Diferencia entre revisiones de «Tenencia Responsable de Canes en la Región de Valparaíso»

De Casiopea
Sin resumen de edición
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=== Antecedentes en Materia Legislativa ===
=== Antecedentes en Materia Legislativa ===
El perro es una subespecie del lobo domesticado, cuya presencia ha marcado el transcurso de la civilización como un animal de compañía para el hombre. De esta manera, existen distintas concepciones acerca de éste  a través del mundo donde se estima que existen 400 millones de perros en el mundo. Hoy en día el concepto de animal de compañía es sinónimo de animal domesticado, es decir “mascota”, siendo la más común el perro. Las mascotas se definen como: “Este no se utiliza como alimento y vive en una casa, como compañía y en estado equivalente al ser humano. Absolutamente dependiente de éste para asegurar su bienestar  y supervivencia” .
Para ello se han creado diversas instancias de protección a los animales para prevenir y lograr que se cumplan los deberes como dueños y derechos como mascotas. El SESMA lo define, el año 2005 como “''tenencia responsable de animales”'' y explicita que es: “El conjunto de obligaciones que adquiere una persona  o familia cuando decide adoptar una mascota, para asegurar el bienestar de los animales, de las personas y su entorno”. Ella incluye satisfacer las necesidades de las mascotas como: alimentación, espacio y protección, limpieza y cuidados sanitarios. Se considera irresponsable el hecho de que un dueño abandone a su mascota, o permita que deambule libremente en la calle. Como también el hecho de que la mascota se transforme en un riesgo para la salud de otras personas o que no obtenga los cuidados sanitarios básicos, como vacunas y controles en el médico veterinario, entre otros.
La legislación chilena norma la tenencia responsable de perros en ámbito municipal a través de ordenanzas anuales dictadas por cada particular. El Código Civil norma la manera de adquirir el dominio de los animales, (Art. 567) mientras que el Código Penal es el encargado de sancionar el maltrato contra los animales como delito. (Art. 291).
El Reglamento de prevención de la rabia en el hombre y animales, de orden sanitario es quien dispone en nuestro país que: “Los dueños de perros tienen la obligación perentoria de mantener a los animales dentro de su residencia o recinto en que los albergan; en caso que quieran circular por las vías públicas ó lugares de uso público con las mascotas, deben llevar a éstos con algún medio de sujeción, de manera que mantengan un permanente control sobre los mismos.”  Es decir, en nuestro país existe tratamiento jurídico que sustentan y apoyan la tenencia responsable de perros y el incumplimiento de ello precisa ser sancionado por la ley como infracción sanitaria correspondiente con una multa de hasta 1.000 UTM, aplicable a quién tenga a su cargo la mascota.
Los deberes legales de los dueños de animales domésticos en nuestro país están penados por ley y asimismo al poseer una mascota en la casa, se debe considerar que la tenencia responsable de ello involucra tanto intereses públicos como privados. “Los dueños de animales deben adoptar las medidas apropiadas para satisfacer las necesidades fisiológicas y etológicas de los animales como también abarcar la problemática que reside tras un mal manejo de los cuidados básicos de salud. Ello, pues existen variadas enfermedades que se transmiten a las personas conocidas como zoonosis” .
Existe además una Declaración universal de los derechos de los animales proclamada el año 1978 y aprobada por la UNESCO en y a su vez por aprobada por la ONU en 1990 donde a través de catorce artículos se promueven los derechos de los animales como por ejemplo el Artículo 2 dictamina que: “El hombre, en tanto que especie animal, no puede atribuirse el derecho a exterminar a los otros animales o de explotarlos violando ese derecho. Tiene la obligación de poner sus conocimientos al servicio de los Animales ”.
Todo lo anteriormente expuesto expone una problemática ante la desinformación e incumplimientos en términos de Tenencia de responsable de perros, pues involucra y denuncia malas prácticas en relación a la responsabilidad de los dueños para con sus mascotas. Ello se ha manifestado como una problemática de  nivel mundial provocando la
Sobrepoblación de estos en muchas ciudades. El exterminio de ellos se ha conformado como unas de las soluciones propuestas en varias ciudades , violando varios de los artículos tanto del Código Penal de la legislación chilena, como los Derechos Universales de los animales. Además esta última señala en el Artículo 5 que: “Todo Animal perteneciente a una especie que viva tradicionalmente en el entorno del hombre, tiene derecho a vivir y a crecer al ritmo y en condiciones de vida y de libertad que sean propias de su especie".
Es decir la problemática existente a nivel mundial acerca de la tenencia irresponsable de animales, en este caso de perros, ha conllevado a un problema de sobrepoblación de canes en las calles de muchas ciudades, ya sea debido al abandono de ellos o a características de mal manejo. Constituye entonces un problema de orden social mundial que incluso se ha denominado como una de las nuevas plagas del siglo. En Estados Unidos por ejemplo, existen 61.080.000 millones de perros siendo la primera en una lista de 10 países con la mayor cantidad de perros en el mundo. Le siguen Brasil con 30, 051,000 millones y China con 22, 908,000 perros.
En Chile aún no existen datos exactos en relación a la población de los dueños de animales o de perros vagos, aunque existen estudios porcentuales realizados en la Universidad de Chile que estiman que un 70% de hogares poseen perros como mascotas y que existen cada una persona seis perros (1:6) en zonas urbanas y cuatro (4:1) en zonas rurales. Según el Departamento de Agricultura de Estados Unidos USDA, se estima que en nuestro país existen tres millones de perros como mascotas y que el 40% de ellos reside en Santiago .
=== Antecedentes de Proyectos Anteriores ===  
=== Antecedentes de Proyectos Anteriores ===  



Revisión del 19:43 4 sep 2008

Proposición de una Solución de comunicación visual para la Tenencia responsable de perros en la Región de Valparaíso

Abstract

Antecedentes

Antecedentes en Materia Legislativa

El perro es una subespecie del lobo domesticado, cuya presencia ha marcado el transcurso de la civilización como un animal de compañía para el hombre. De esta manera, existen distintas concepciones acerca de éste a través del mundo donde se estima que existen 400 millones de perros en el mundo. Hoy en día el concepto de animal de compañía es sinónimo de animal domesticado, es decir “mascota”, siendo la más común el perro. Las mascotas se definen como: “Este no se utiliza como alimento y vive en una casa, como compañía y en estado equivalente al ser humano. Absolutamente dependiente de éste para asegurar su bienestar y supervivencia” .

Para ello se han creado diversas instancias de protección a los animales para prevenir y lograr que se cumplan los deberes como dueños y derechos como mascotas. El SESMA lo define, el año 2005 como “tenencia responsable de animales” y explicita que es: “El conjunto de obligaciones que adquiere una persona o familia cuando decide adoptar una mascota, para asegurar el bienestar de los animales, de las personas y su entorno”. Ella incluye satisfacer las necesidades de las mascotas como: alimentación, espacio y protección, limpieza y cuidados sanitarios. Se considera irresponsable el hecho de que un dueño abandone a su mascota, o permita que deambule libremente en la calle. Como también el hecho de que la mascota se transforme en un riesgo para la salud de otras personas o que no obtenga los cuidados sanitarios básicos, como vacunas y controles en el médico veterinario, entre otros. La legislación chilena norma la tenencia responsable de perros en ámbito municipal a través de ordenanzas anuales dictadas por cada particular. El Código Civil norma la manera de adquirir el dominio de los animales, (Art. 567) mientras que el Código Penal es el encargado de sancionar el maltrato contra los animales como delito. (Art. 291). El Reglamento de prevención de la rabia en el hombre y animales, de orden sanitario es quien dispone en nuestro país que: “Los dueños de perros tienen la obligación perentoria de mantener a los animales dentro de su residencia o recinto en que los albergan; en caso que quieran circular por las vías públicas ó lugares de uso público con las mascotas, deben llevar a éstos con algún medio de sujeción, de manera que mantengan un permanente control sobre los mismos.” Es decir, en nuestro país existe tratamiento jurídico que sustentan y apoyan la tenencia responsable de perros y el incumplimiento de ello precisa ser sancionado por la ley como infracción sanitaria correspondiente con una multa de hasta 1.000 UTM, aplicable a quién tenga a su cargo la mascota.

Los deberes legales de los dueños de animales domésticos en nuestro país están penados por ley y asimismo al poseer una mascota en la casa, se debe considerar que la tenencia responsable de ello involucra tanto intereses públicos como privados. “Los dueños de animales deben adoptar las medidas apropiadas para satisfacer las necesidades fisiológicas y etológicas de los animales como también abarcar la problemática que reside tras un mal manejo de los cuidados básicos de salud. Ello, pues existen variadas enfermedades que se transmiten a las personas conocidas como zoonosis” .

Existe además una Declaración universal de los derechos de los animales proclamada el año 1978 y aprobada por la UNESCO en y a su vez por aprobada por la ONU en 1990 donde a través de catorce artículos se promueven los derechos de los animales como por ejemplo el Artículo 2 dictamina que: “El hombre, en tanto que especie animal, no puede atribuirse el derecho a exterminar a los otros animales o de explotarlos violando ese derecho. Tiene la obligación de poner sus conocimientos al servicio de los Animales ”.

Todo lo anteriormente expuesto expone una problemática ante la desinformación e incumplimientos en términos de Tenencia de responsable de perros, pues involucra y denuncia malas prácticas en relación a la responsabilidad de los dueños para con sus mascotas. Ello se ha manifestado como una problemática de nivel mundial provocando la Sobrepoblación de estos en muchas ciudades. El exterminio de ellos se ha conformado como unas de las soluciones propuestas en varias ciudades , violando varios de los artículos tanto del Código Penal de la legislación chilena, como los Derechos Universales de los animales. Además esta última señala en el Artículo 5 que: “Todo Animal perteneciente a una especie que viva tradicionalmente en el entorno del hombre, tiene derecho a vivir y a crecer al ritmo y en condiciones de vida y de libertad que sean propias de su especie".

Es decir la problemática existente a nivel mundial acerca de la tenencia irresponsable de animales, en este caso de perros, ha conllevado a un problema de sobrepoblación de canes en las calles de muchas ciudades, ya sea debido al abandono de ellos o a características de mal manejo. Constituye entonces un problema de orden social mundial que incluso se ha denominado como una de las nuevas plagas del siglo. En Estados Unidos por ejemplo, existen 61.080.000 millones de perros siendo la primera en una lista de 10 países con la mayor cantidad de perros en el mundo. Le siguen Brasil con 30, 051,000 millones y China con 22, 908,000 perros.

En Chile aún no existen datos exactos en relación a la población de los dueños de animales o de perros vagos, aunque existen estudios porcentuales realizados en la Universidad de Chile que estiman que un 70% de hogares poseen perros como mascotas y que existen cada una persona seis perros (1:6) en zonas urbanas y cuatro (4:1) en zonas rurales. Según el Departamento de Agricultura de Estados Unidos USDA, se estima que en nuestro país existen tres millones de perros como mascotas y que el 40% de ellos reside en Santiago .

Antecedentes de Proyectos Anteriores

En Chile

En el Mundo

Definición y Estado del Problema a Investigar

Proyecto

Objetivos del Proyecto

Objetivos Generales

Objetivos Específicos

Plan de Trabajo General

A Corto Plazo (6 meses)

En el Mediano plazo (1 año)

Largo Plazo (2 años)

Equipos de Trabajo

Plan de Acción para Costos y Donaciones

Costos del Proyecto

Bibliografía y Referencias