Diferencia entre revisiones de «La democracia de hoy»

De Casiopea
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Entre los mecanismos o técnicas que la democracia semidirecta puede emplear, Nogueira señala los siguientes:
Entre los mecanismos o técnicas que la democracia semidirecta puede emplear, Nogueira señala los siguientes:


#El referéndum o plebiscito obligatorio: cuando el pueblo aprueba o rechaza las leyes aprobadas por el parlamento, éste sólo prepara las leyes.<ref>Esta técnica no es utilizada por ningún país a nivel estatal.</ref>
#La iniciativa popular de reforma constitucional o de ley: proyectos de ley considerados necesarias por la ciudadanía que deben obligatoriamente ser consideradas por el parlamento e incluso aprobados a su pesar. El proyecto se presenta redactado con las  rmas de un número determinado de ciudadanos.
#El referéndum abrogatorio de Ley: cuando el pueblo busca vetar la entrada en vigencia de cualquier ley ya votada por el Parlamento, la cual no puede entrar en vigencia.
#El referéndum o plebiscito facultativo: Es aquel que es convocado, como facultad propia, de ciertos órganos constitucionales ya sea el presidente o el parlamento.






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Revisión del 22:54 12 dic 2016







Caso de Estudio
NombreLa democracia de hoy Entre la incapacidad y la capacidad del pueblo para autogobernarse
AutorKim López
RelacionadoDiseno para la democracia
Estudiado enTaller de Diseño Gráfico Titulación 1
Estudiado porKim López


LA DEMOCRACIA HOY

Entre la incapacidad y la capacidad del pueblo para autogobernarse

Abstract

La siguiente investigación tiene como propósito abordar distintas construcciones teóricas del concepto de “democracia” y, con ello, poder elaborar mapas de ujos que respondan a la pregunta de cómo los ciudadanos se hacen partícipes o no de la construcción política de las sociedades según cada modelo.

El estudio comenzará por el modelo de democracia griega (o ateniense) como precedente. Seguidamente se verán las bases fundantes del Estado moderno con el modelo de Monarquía Absoluta que, si bien no entra en la categoría de democracia, nos servirá para ver las bases desde las cuales se levanta el modelo democrático liberal y su construcción teórica. La estructura analítica, a partir de la cual se abordarán los distintos modelos teóricos, contempla la revisión de los elementos antropológicos, los fines y los mecanismos de cada uno de ellos. Dicha estructura nos permitirá comprender el fundamento a partir del cual se establecen ciertas de niciones, tales como, quiénes pueden ser ciudadanos y participar de la construcción política en distintos grados, dónde reside el poder y la soberanía, quién ejercer el poder, entre otras; cuestiones que nos per- miten comprender el ujo de participación de ciudadana según los distintos modelos.

Todo lo anterior nos permitirá establecer relaciones entre los distintos modelos teóricos estudiados, los regímenes políticos en general y la democracia en particular, para, en una posterior investigación, tener elementos claros con los cuales abordar en profundidad los elementos primordiales que debe considerar toda democracia.[1]

Keywords Democracia | elitismo | participacionismo

Remitiéndonos a la investigación conceptual anterior, el concepto de democracia corresponde al poder del pueblo, gobierno del pueblo o, en de nitiva, que el poder reside en el pueblo. Esto al provenir del griego Demos y Kratos, cuyos signi cados son pueblo y poder, autoridad o gobierno, respectivamente.

Para el presente apartado tomaremos como caso de estudio el texto del escritor constitucionalista Humberto Nogueira [2] Regímenes políticos contemporáneos, [3] con el cual podremos obtener una visión más completa sobre el concepto de democracia y los regímenes democráticos desde el modelo liberal hasta nuestros días.</ref>

Es en el capítulo II de su libro donde Nogueira profundiza con respecto a la democracia y a ésta como forma de gobierno.[4]El estudio de las formas o mecanismos que ésta puede adquirir nos dará luces con respecto a, por un lado, qué elementos especí cos son los que de nen una democracia y, por otro, que tipo de democracia tenemos hoy en nuestro país. De esta manera, podremos tener más herramientas para tener una postura con respecto a qué tipo de democracia es la más completa para que un cuerpo político,5 cualquiera sea este, se pueda gobernar a sí mismo.

El poder reside en el pueblo

Según Nogueira, “la primera formulación histórica de la democracia la encontramos en la Atenas del siglo v a.c., luego desaparece, para renacer en Suiza en el siglo XIII... hasta el surgimiento de las democracias modernas en el siglo XIII [democracias burguesas]”.[5] En los dos primeros casos el concepto implicaría “el ejercicio del poder por el pueblo, la aceptación de que la autoridad reside en el pueblo”.[6] Hoy por hoy, todos los regímenes políticos buscan cubrirse con el manto legitimador de la democracia, aun cuan-do ellos nada digan en relación o incluso sean negadores de principios esenciales de la democracia.[7] Sin embargo, como señalara Sartori creer que un sistema político es una democracia por el hecho de que se llame así, es una forma de destruir la democracia por su propio nombre.[8]

Un acento pone Burdeau para reforzar la concepción general de democracia al señalar que no hay democracia auténtica más que cuando el pueblo, soporte del poder político, es puesto en condiciones de ejercerlo directamente o, al menos, de controlar su ejercicio. [9]

Así también lo señalan y reconocen las distintas declaraciones que tratan de llegar a consensos generales con respecto a temas especí cos y principios claves de la organización política de las sociedades. Ejemplo de esto lo podemos encontrar en la Declaración Universal de Derechos Humanos, en donde se señala que toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente elegidos,[10] lo cual nos remite nuevamente al hecho de la representatividad frente a la forma directa de gobernar por parte del pueblo, a partir de lo cual se considera, básicamente, que ambas son válidamente democráticas. Prosigue considerando la misma declaración que la voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público, la cual se expresaría a través de elecciones auténticas que habrá de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.[11] Según Nogueira, lo que estaría detrás de esos principios es uno de los elementos esenciales de la democracia, a saber el derecho del pueblo a autogobernarse,[12] el problema que podemos ver a la luz de nuestras democracias actuales radica en que un régimen perfectamente podría tener todos estos elementos, de hecho la mayoría suscribe la Declaración Universal de los Derechos Humanos, y aun así no ser considerada una democracia válida para sus habitantes.

La democracia ideal y las democracias reales

Partiendo del hecho de la democracia no es una y para siempre sino que es más bien un desarrollo y un proceso histórico que se va alcanzando tras la lucha y la conquista de espacios democráticos, tal como señalásemos en el apartado anterior, Nogueira señala cuales son los aspectos históricos que deben contemplarse al momento de analizar los regíme- nes de gobierno y, en particular, las “democracias reales”.[13]

En primer lugar, habría que considerar el signi cado de las expresiones de “pueblo” y “ciudadano” que los regímenes políticos tienen, los cuales, a nuestro parecer, derivan de la concepción antropológica dominante en la sociedad en cuestión. Ejemplo claro de ello son las diferencias que podíamos encontrar entre los modelos griegos, liberales y los modelos de nuestros días, en donde, en el primero sólo un 10% de la población eran hombres libres y con plenos derechos políticos, mientras que en el modelo liberal lo eran solo quienes podían acreditar una situación económica determinada y, hoy, la ciudadanía se ha expandido asumiendo un carácter de universal, abarcando prácticamente la totalidad de los nacionales en edad adulta, [ya que ha] desaparecido la esclavitud, el voto censitario y de capacidades, las discriminaciones religiosas, de raza, ideológicas y sexuales.[14]

Un segundo aspecto que contempla es la “extensión territorial y el número de habitantes que tienen hoy las so- ciedades políticas, como el desarrollo económico, social, político y cultural de ellas”.[15]

En tercer lugar, habría que ver cuán cerca está el régi- men del ideal democrático, el cual, para Nogueira, es el que busca realizar el desarrollo humano, teniendo en consideración los valores y las necesidades de la persona y de su vida de relación... el respeto de la dignidad humana y la realización de la libertad y la justicia en la igualdad, constituyen las tesis permanentes del ideal democrático.

Todas estas variables tienen mayor o menor respuesta en relación al caso concreto e histórico a analizar y difieren entre un cuerpo político o sociedad y otro.

El problema sería la concretización de ese ideal, por ello se dice que la democracia es un régimen político en constante vía de autosuperación y perfeccionamiento,uscando tratar de realizar cada vez más en la realidad la concepción democrática, sin nunca lograrlo plenamente.[16].

Los atributos permanentes de la democracia

Independiente de la caracterización que adquiera una democracia en base a su contexto, Nogueira reconoce la existencia de atributos que debiesen estar siempre presentes en ellas. Estos atributos serían valores, principios y reglas del juego.

En cuanto a los valores esenciales de la democracia, encontramos el reconocer la dignidad de la persona humana. Entendiendo a la persona como un ser racional, ya que puede pensar; que tiene voluntad, dado que puede dirigir su conducta; que tiene afectividad, dado que puede sentir y generar adhesión a personas cosas y valores; que es consciente de sí misma, por tanto puede relacionarse con otros; que es capaz de aprender, pudiendo perfeccionarse; y, nalmente, que es libre y puede elegir entre opciones diversas y proponer nuevas alternativas.[17]

Lo anterior lleva también al segundo valor, el cual sería el reconocer la libertad e igualdad como esencial como fin de la vida política ya que no es posible ver una libertad efectiva de todos los miembros de una sociedad sin que exista una igualdad política, social y económica, como asimismo la igualdad efectiva tampoco puede darse sin la existencia del reconocimiento y ejercicio de efectivo de la libertad para todos.[18]La libertad aquí es entendida no solo como una libertad -autonomía para hacer, sino también como libertad-participativa, Derecho que tiene el pueblo de asociarse al ejercicio del poder con el objeto de impedirle que imponga medidas arbitrarias, para poder así ejercer el poder en la sociedad, determinando por sí mismos el régimen político en el que desean vivir [auto- determinación de los pueblos].[19] La libertad así entendida, no solo debe conceder los derechos y garantizarlos jurídicamente, sino que también debe garantizar la posibilidad efectiva de ejercerlos en la práctica, de contar con todos los medios necesarios para poder ejercerlos.[20] Por lo tanto el deber de la sociedad es:

eliminar los obstáculos externos y favorecer determinadas orientaciones, entre las cuales deben contarse el desarmar cualquier forma de opresión de las personas ya sea política, social, económica o cultural); el establecer alrededor de la persona un margen de independencia y de vida privada, como asimismo una organización del orden social sobre el principio de la responsabilidad personal y de una participación activa de las personas que conforman la comunidad nacional; y una disposición de las estructuras sociales y económicas que permita a todos los miembros de una sociedad tener los medios materiales necesarios para vivir una existencia digna que facilite al hombre las condiciones para el desarrollo de su fecunda vocación libertaria. Así, la justicia y la libertad son los valores que posibilitan que todos puedan hacer un efectivo uso de la libertad. El constante reordenamiento de las estructuras sociales y económicas, como la constante preocupación por la dis- tribución justa de los ingresos y la riqueza, es una tarea en este sentido de suma importancia. Ni la miseria ni los privilegios son posibles de soportar en una sociedad de- mocrática, como asimismo, ésta debe luchar permanentemente contra las discriminaciones de todo tipo.

Una auténtica sociedad democrática no puede contentarse, como lo hizo en su época el liberalismo, con la mera igualdad ante la ley, sino que, además de proteger jurídicamente la igualdad de todos los hombres, debe asegurar una igualdad de oportunidades y una igualdad de resultados que cubran las necesidades fundamentales del hombre (salud, vivienda, educación, etc.).[21]

Un tercer y último atributo serían las reglas del juego, en donde identifica como tal el hecho de que 1) gobierne la mayoría respetando siempre a las minorías y con el fin de promover el bien común; 2) que exista pluralismo ideológico y político;[22] 3) que haya libre elección periódica de los gobernantes, según reglas preestablecidas; 4) que la competencia por el poder sea pacífica; 5) que el ejercicio de la autoridad sea conforme a un Estado de Derecho; 5) el Estado de derecho.[23]

A lo establecido por Nogueira, Futzgibbon señala la necesidad de la existencia de 1) una libertad de prensa, palabra y reunión; 2) la existencia de elecciones libres y recuento honesto de votos; 3) la libertad para la organización político-partidista, la oposición partidaria y existencia de libertad para las agrupaciones de oposición,4) poderes Legislativo y Judicial independientes; 5) Supre- macía del poder civil sobre el poder militar; y 6) un gobierno democrático, representativo, participatorio y pluralista. Si bien estos atributos presentados por Nogueira serían los elementos básicos que debiese considerar cualquier democracia, bien sabemos que por más que sean constitutivos de un régimen democrático, en la práctica puede variar mucho su aplicación entre un cuerpo político y otro. Por tal motivo es que el autor pasa a repasar las dos teorías democráticas.

Desde arriba hacia abajo o a la inversa La teoría elitista y la teoría participacionista de la democracia

Nogueira clasifica como autores de la teoría elitista a Schumpeter, Kelsen, Dahl y Sartori. El primero señalaría que “la democracia signi ca tan sólo que el pueblo tiene la oportunidad de aceptar o rechazar los hombres que han de gobernarle”.[24] Dahl, compartiendo el planteamiento de Schumpeter, plantea que en la sociedad existe una poliarquía,[25] es decir, varias elites compitiendo por gobernar, lo cual implicaría que las demandas de los electores serán consideradas aunque no siempre se transforman en políticas sociales.[26] Lo mismo ocurriría con Sartori al establecer que la democracia sería el sistema político en el cual el pueblo ejerce el poder hasta el punto en que tiene facultad para cambiar a sus gobernantes, pero no hasta el punto de gobernarse a sí mismo, más aún lo clari ca al indicar que el pueblo ejerce un poder de control y/o presión que equivale a un conjunto de vetos y demandas básicas que afectan a quienes gobiernan. Pero aunque el pueblo imponga condiciones a un gobierno, no gobierna por sí mismo.[27]Finalmente Kelsen también abogaría por lo mismo y, según Nogueira, reduciría la democracia solo a un tema de procedimientos.

Por lo tanto la teoría elitista considera a la democracia como un sistema estrictamente político, conjunto de reglas en virtud de las cuales el poder es conferido y ejercido... método sin contenido valórico y sin fines.[28] Sería por tanto el ejercicio de los gobernados de votar cada cierto tiempo por uno u otro candidato de la elite gobernante, algo netamente funcional y sin nes, el pueblo no participaría en el poder político de forma orgánica [29] más allá de eso, en ningún caso directamente, es decir, el pueblo enajena su capacidad de autodeterminación.

A lo más podría tratar de que uno de los candidatos recoja sus anhelos y demandas y los presente en sus discursos de campaña como promesas, lo cual puede transmutar completamente al momento de llegar al poder. No existe la autodeterminación o el autogobierno del pueblo, éste no tiene poder sobre lo que pueda hacer quién lo representa, a menos que espere hasta la próxima elección. Ejemplos de esto último los sabemos de sobra. Así, la teoría elitista consideraría como expresión concreta de sus postulados a la democracia representativa y al parlamentarismo. De ahí también que sus ejes serían el método político, la elección y el sufragio, la alternancia de elites, la protección de las libertades, su preocupación por el pluralismo, y la protección de la oposición, etc. Esto también lo confirmaría Nogueira al señalar que Todos tienen derecho a la protección de sus personas, su propiedad y su libertad, pero no todos tienen el derecho a participar en la formación de la autoridad pública. No todos son ciudadanos activos (no todos tienen el poder de decidir, no todos pueden ser elegidos como gobernantes).[30] La misma crítica hace Rousseau en El Contrato Social al referirse al régimen representativo y parlamentario inglés: El pueblo inglés se considera libre, pero se engaña seriamente. Es libre solo en el momento en que elige a los miembros del Parlamento. Tan pronto como son elegidos, revierte a su servidumbre y queda anulado.[31] Junto con todo lo anterior encontramos también un desprecio por la participación dado que no importa cuanta gente elija a los representantes, basta con que salgan electas, la elección en sí misma es el elemento legitimante y presentan, a su vez un menosprecio o un escepticismo frente a los mecanismos de democracia directa... una desconfianza en el hombre común.[32] de riqueza generan lo mismo en educación, en el poder y en el control político, por tanto la solución iría por la participación del individuo en todas las asociaciones de las cuales forma parte. Maritain sostendría que democracia implicaría también tener fe en la dignidad de la persona y de la humanidad común para avivar el sentido de igualdad. Finalmente Burdeau partiría de la crítica a la teoría elitista considerando que:

La democracia gobernada [o elitista] es un régimen en que el pueblo es, indiscutiblemente, soberano porque es el dueño de la obra realizada por la institución estatal. Solo que la manera en que es llamada a constituirse por el sufragio y en que los mecanismos constitucionales deducen su voluntad por un compromiso, entre tendencias rivales, hacen que el pueblo sea el soporte de un conjunto de valores determinados e indiferentes a los impulsos de la masa y a las fantasías individuales. De esta democracia, construida racionalmente, porque nació... de la especulación de escritores políticos, el resorte moral es el civismo... De ella resulta que, en semejante régimen, quien gobierna es el ciudadano, mientras que los hombres reales, con sus vinculaciones personales, sus intereses y sus ambiciones, son gobernados. Pero este régimen es, además una de- mocracia gobernada por la independencia que gozan los gobernantes..., de hecho son independientes, porque no representan una clase o una tendencia social determinada, sino la voluntad indivisible del grupo nacional. Son independientes, también, porque las voluntades ciudadanas de la que son tributarios, les dejan una amplia libertad de maniobra para deducir la voluntad del pueblo de un com- promiso, entre la mayoría y la minoría. Son independientes, en n, porque la organización de los poderes públicos está concebida de forma que éstos puedan dar pruebas de una iniciativa a la medida de sus responsabilidades.[33]

En contraste a esto encontramos su propuesta de la democracia gobernante, descrita por Nogueira como:

el régimen en que se considera a la masa capaz de prescindir de los intermediarios que le proporcionaba la democracia gobernada; ella va unida a una interpretación intervencionista de la función del poder. La sustancia del querer del pueblo “se nutre de sus aspiraciones reales y no cabe oponerle el respeto de los valores de un orden social dado o las enseñanzas de una conjetural sabiduría política. La democracia gobernante es una democracia de lucha, donde el pueblo gobierna. A su vez, la democracia pasa del dominio político, que afecta solo al gobierno del Estado, a una democracia social, que “reposa sobre los derechos del hombre”, adquiriendo el carácter de exigencia, que es la medida de una necesidad, la que si no es satisfecha impide al hombre su realización plena.

La democracia social se traduce en la liberación del individuo de las coacciones autoritarias... Económica y socialmente, implica condiciones de vida que garanticen a cada uno la seguridad y la comodidad adquiridas para su dicha... permite “establecer entre los individuos, una igualdad de hecho que su libertad teórica es impotente para asegurar”... permite la extensión de las instituciones democráticas del plano propiamente político a todos los dominios de la actividad común.[34]

Así, la teoría participacionista busca la real democratización de la política y de la vida a partir de la constante participación de los individuos para que éstos puedan vivir una vida plenamente humana, es decir, que permita un desarrollo o una realización plena del ser humano. En cuanto a lo concreto proponen combinar mecanismos de democracia directa y de democracia representativa, la primera a niveles de base, la segunda en los niveles superiores, esta- bleciendo mecanismos participativos en la base productiva, en el nivel vecinal y educacional, para así:

acortar las distancias entre gobernantes y gobernados, que más que un participante activo en las decisiones políticas, el ciudadano debe ser gestor de su vida y participante activo en las decisiones políticas: se plantea el Estado como un promotor del bien común; se preocupa por los derechos sociales y económicos, como complementarios de los derechos políticos; se plantea el problema del paso de la igualdad jurídica y política también a una igualdad de oportunidades; el derecho de propiedad pierde el carácter individualista y pasa a tener una función social.[35]

Nogueira sintetiza también los mecanismos mediante los cuales el pueblo participa y decide, estos serían: 1) Elección periódica de representantes en todos los niveles;[36] 2) Control directo o indirecto de los gobernantes; 3) Decisión vía plebiscitos de los con ictos políticos, contenidos de las leyes y decisiones gubernamentales de trascendencia; 4) Iniciativa popular de ley y de reforma constitucional; 5) desempeño de las funciones públicas por parte de las autoridades electas por él, 6) Participación directa en gestión de organizaciones políticas, económicas, sociales y culturales. 7) Libertad de expresión; 8) Organización y militancia.

Clasificación de la democracia

Según los grados de participación del pueblo en las decisiones del Estado (o, para sus efectos, cualquier otro cuerpo político), Nogueira clasifica distintos tipos de democracias, entre los cuales podemos encontrar a la democracia representativa, la directa y la semidirecta o semirepresentativa.

Democracia representativa

Su necesidad, como enunciamos con la teoría elitista, se justifica principalmente a partir del hecho de que el pueblo...

solo debe entrar en el gobierno para elegir sus representantes, lo que está totalmente a su alcance. Pues, aunque hay pocos que conocen el grado preciso de capacidad de los hombres, cada uno es, sin embargo, capaz de saber, en general, si el que elige es más brillante que la mayoría de los hombres; la gran ventaja de los representantes es que son capaces de discutir los asuntos. El pueblo no es apropiado para ello, lo que constituye uno de los grandes inconvenientes de la democracia.[37]

Así, el pueblo debe mantenerse al margen de las discusiones y decisiones dado que no está preparado para ello por las limitaciones que le presentan sus necesidades. De esta forma se argumenta que, bajo el principio de soberanía nacional, los actos del representante elegido por el pueblo se consideran como actos del pueblo mismo, por el solo hecho de ser electo por él. Los representantes reciben el mandato y actuarían en nombre de la nación, por lo que no puede ser revocado. Una vez electo tienen libertad absoluta en términos jurídicos para decidir, sin control de parte del pueblo.

La democracia representativa ha tenido que variar con el paso del tiempo incorporando modi caciones por presión social. Tal es el hecho de que ya no se elige, en teoría, a una persona, sino que se eligen partidos o conglomerados con sus correspondientes programas de gobierno. Tampoco son absolutamente independientes dado que se deben a su partido y su programa para poder ser reelectos, también en teoría. Dentro de todo esto, los candidatos independientes tienen muy pocas posibilidades de ser electos.

Democracia Directa o pura:

Donde el propio pueblo se autogobierna a sí mismo. Lo cual, como vimos también en la teoría participacionista, se justi caría por la concepción de soberanía popular de Rousseau. Ésta implica que el pueblo se “reúne, físicamente, en un mismo lugar y adopta todas las leyes y, si es posible, todas las decisiones que afecten al Estado... además puede elegir jueces, autoridades encargadas de la administración diaria... [y] dirigir las relaciones exteriores”.[38]

Se vincula también con el mandato imperativo, el cual “transforma a los representantes en servidores sometidos a las órdenes de quienes los han elegido... es un subordinado obligado a obedecer a quienes lo han elegido... actúa bajo las instrucciones de sus electores y no puede emitir opinión ni voto distinto a la voluntad de ellos”,[39] por lo tanto, se puede revocar. A juicio de Nogueira esto sería impracticable ya que hay imponderables que surgen donde el representante debe actuar, de lo contrario se paralizaría su acción de no haber una orden previa. Así mismo, critica la revocación cuando no es normada debidamente con un estándar de firmas necesarias dado que, de lo contrario, podría caer en un mal uso y la anarquización de la vida política.

Democracia Semidirecta:

Régimen que combina técnicas de los dos regímenes anteriores dado que le “permite al pueblo tomar las decisiones políticas más importantes por medio de plebiscito o referéndum... las otras [son] adoptadas por las autoridades ejecutivas y legislativas elegidas por el pueblo... las cuales están sometidas al control permanente del mismo a través de plebiscitos y referéndums... [por lo que] los representantes no están sometidos al mandato imperativo, pero tampoco pueden actuar libremente... la ciudadanía controla permanentemente su actuar”.[40]

Entre los mecanismos o técnicas que la democracia semidirecta puede emplear, Nogueira señala los siguientes:

  1. El referéndum o plebiscito obligatorio: cuando el pueblo aprueba o rechaza las leyes aprobadas por el parlamento, éste sólo prepara las leyes.[41]
  2. La iniciativa popular de reforma constitucional o de ley: proyectos de ley considerados necesarias por la ciudadanía que deben obligatoriamente ser consideradas por el parlamento e incluso aprobados a su pesar. El proyecto se presenta redactado con las rmas de un número determinado de ciudadanos.
  3. El referéndum abrogatorio de Ley: cuando el pueblo busca vetar la entrada en vigencia de cualquier ley ya votada por el Parlamento, la cual no puede entrar en vigencia.
  4. El referéndum o plebiscito facultativo: Es aquel que es convocado, como facultad propia, de ciertos órganos constitucionales ya sea el presidente o el parlamento.


  1. La presente investigación teórica conceptual surge a partir del trabajo desarrollado para el Módulo de Investigación, dirigido por Ursula Exss y Javiera Fernández, durante el tercer trimestre del presente año y como parte constitutiva del Título I de la carrera de Diseño Gráfico.
  2. Abogado por la Universidad de Chile, con estudios de postgrado en Derecho Constitucional por la Universidad Católica de Lovaina, Bélgica. Licenciado en Ciencias del Desarrollo con mención en Ciencia Política, en ilades y Diplomado en Derecho Internacional de los Derechos Humanos por la Universidad Erasmo de Róterdam, Holanda, y Universidad Diego Portales, Chile. Profesor de Derecho Constitucional en distintas universidades de Chile, jurista y escritor constitucionalista, ex abogado in- tegrante de la Corte de Apelaciones de Santiago y exdecano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Talca.
  3. Nogueira, Humberto, Regímenes políticos contemporáneos, Santiago: Jurídica de Chile, 1993.
  4. Gobierno es entendido aquí desde su concepción griega, la cual alude al pilotar, dirigir, o “gobernar” un barco, por tanto, veremos cómo las distintas concepciones de la democracia pueden ir dirigiendo una sociedad o cuerpo político en diversas formas y direcciones, ya sea una comunidad organizada o un país.
  5. Ibíd, p. 21.
  6. Idem.
  7. Idem. Destacado nuestro.
  8. Sartori, Giovanni, Aspectos de la democracia, México: Ed. Limusa-Wiley s.a., 1965, p. 23.
  9. Burdeau, Georges, La democracia, España: Ed Ariel, 1970, p. 39.
  10. Asamblea General de las Naciones Unidas, Declaración Universal de los Derechos Humanos, París, 1948. Art. 21, n° 1.
  11. Ibíd, n°3.
  12. Op. Cit. Nogueira, p. 24.
  13. Con democracia real nos referimos a los regímenes de gobierno que han existido en lugares y sociedades deter- minadas en un período especí co y que se han autodenominado como democracias.
  14. Op. Cit. Nogueira, p. 23.
  15. Idem. Destacado nuestro.
  16. Idem.
  17. Ibíd, p. 34-35.
  18. Ibíd, p. 35.
  19. Ibíd, p. 36.
  20. Ibíd, p. 38.
  21. Idem. Los defensores de la desigualdad apelarán frente a esto que los hombres son distintos entre sí por naturaleza y por tanto la desigualdad no puede dejar de existir, sin embargo Nogueira replica que “las desigualdades concretas no pueden llevar a una sociedad en que sus ciudadanos tengan calidades de vida diferentes: mientras unos estén en la miseria, otros gocen de las franquicias de la sociedad de consumo postindustrial. Las diferencias de situación no pueden llegar a tales extremos y la sociedad debe preocuparse porque la diferencia de situación individual y grupal pueda reducirse al mínimo posible, como también los más favorecidos deben asumir la carga proporcional en las obligaciones sociales”.
  22. Nogueira señala al respecto que “el pluralismo supone la existencia de diferentes corrientes de pensamiento y su correspondiente expresión política a través de los partidos políticos, a los cuales se reconoce una misma “calidad” y un mismo trato jurídico, como también la existencia de diversidad de canales de socialización del pensamiento que puedan ser alternativos e incluso contradictorios, sin que ello afecte su existencia.” Por tanto la expresión principal del pluralismo serían los partidos políticos.
  23. Estado en donde su poder y actividad está regulado por el derecho, vale decir, donde sus miembros están subordinados al derecho.
  24. Schumpeter, J. A. Capitalismo, socialismo y democracia, Tomo 2, Buenos Aires: Ed. Orbis s.a. 1983, p. 343.
  25. Dahl, Robert, Poliarquía, participación y oposición, Yale Uni- versity Press, 1971.
  26. Op. Cit. Nogueira, p. 49.
  27. Op. Cit. Sartori, p. 90
  28. Op. Cit. Nogueira, p. 48.
  29. Con esto nos referimos a que no existen mecanismos formales consagrados en la constitución para ejercer su parecer político, tal es el caso actual de Chile.
  30. Op. Cit. Nogueira, p. 50.
  31. Rousseau, Juan Jacobo, El Contrato Social, iii p. 15
  32. Op. Cit. Nogueira, p. 51.
  33. Op. Cit., Burdeau, Georges, p. 49-50.
  34. Op. Cit. Nogueira, p. 54.
  35. Ibíd, p 55.
  36. Con voto universal, secreto, libre e informado.
  37. Montesquieu, El espíritu de las leyes, xi, p. 6. Citado por Nogueira en Regímenes políticos...
  38. Op. Cit. Nogueira, p. 58.
  39. Idem.
  40. Idem.
  41. Esta técnica no es utilizada por ningún país a nivel estatal.