Consultora Khatharsis

De Casiopea
Consultora Khatharsis


TítuloConsultora Khatharsis
Tipo de ProyectoProyecto de Taller
Palabras Claveciudad-teatro
AsignaturaTaller del Programa y Forma de la Edificación
Del CursoTaller del Programa y Forma de la Edificación 2º Semestre 2020
CarrerasArquitectura
Alumno(s)Paula Castro Caniguante, Esteban Aguilera, Catalina Paz Belén Bravo Lafferte
ProfesorAndrés Garcés

Consultora Khatharsis

¿Quiénes somos y cuál es nuestro objetivo?

Dentro de la consultora somos tres integrantes, Catalina Bravo, Paula Castro y Esteban Aguilera. La consultora catarsis tiene como objetivo abordar el estado de apreciación máxima del espectador ante un momento de la obra y entender cómo los elementos que la componen propician este estado.

Logotipo de Khátharsis, el cual hace alusión a la conexión de la experiencia con el corazón que llega a un estado catártico abriéndose hacia el cielo.

Origen del nombre

El nombre de nuestra consultora viene del momento en el teatro griego de la catarsis. Estado que se entiende como la purificación de una persona al ser espectadora de sus propios sufrimientos en otra. Una suerte de empatía e identificación de algo ajeno en uno mismo, que nos dispone al mismo estado que el que lo vive y por ende a un mismo o semejante aprendizaje. Como consultora buscamos generar un teatro donde por medio de la luz, la arquitectura y el acto escénico se logre un estado completo de contemplación y así una experiencia duradera y ojalá inolvidable.


Principios de teatralidad

Primer principio: Tensión visual al acto escénico.

Entendemos el principio de tensión visual como lo próximo/cercano a uno desde la mirada, donde lo tenso nace desde el sentido de conexión entre obra y espectador.

En los teatros el ordenamiento del espacio busca una buena disposición del público ante el escenario para que este logre captar cada momento presentado en la obra. Esta distribución genera un encauzamiento de la mirada que propicia esta tensión visual, donde lo que diametralmente puede estar lejano, visualmente cobra una presencia tal que se encuentra tenso a los ojos. Como consultora buscamos potenciar este sentido de apreciación por medio de la arquitectura, donde el espacio acompañe y haga de soporte a esta la contemplación tensada y así de paso al sentido de catarsis expresado.

Esquema primer principio de teatralidad.

Segundo principio: Encuentro orientado desde lo íntimo.

Recalcamos la intimidad como un momento esencial para llegar al estado de conexión entre la catarsis teatral y la personal, proponemos un espacio en donde el espectador y espectadora se le permita entrar en atmósfera mediante el uso de la oscuridad, este elemento se da para separar la zona expectante de la zona tensionada en donde el contenido de las obras transcurren, la primera es donde la oscuridad absoluta envuelve a los espectadores y en donde la atención de ellos busca en donde ir dirigida y así deja que la otra zona ya en el escenario se le entregue mayor o total atención, formando un vínculo atencional y emocional entre zonas completamente distintas.

Esquema segundo principio de teatralidad.
Croquis Catalina Bravo, de la penumbra como intimidad dejando la atención a lo iluminado.
Croquis Catalina Bravo, el enfoque lumínico se contrasta con la penumbra en la zona de espectadores.

Tercer principio: Lumínico de realce y atenuación del acto.

La luz desde la mirada más simple es el elemento que permite al espectador apreciar una obra y mantener una conexión visual con ella. Pero desde esta premisa, consultora Katharsis busca darle un sentido más específico a este dejar ver, donde el trabajo con la luz, el color, su dirección y sentido permitan al espectador percibir la obra más allá de la actuación y el diálogo, sino como un ambiente que inunda y llena todo el espacio, que acrecienta y enfatiza el acto y el sentido emocional a expresar de la obra dejando al espectador inmerso en ella.

Esquema tercer principio teatral.
Croquis Esteban Aguilera, la actriz de la obra a modo de mostrar su goce y felicidad, eleva la mirada a lo alto y una luz cálida inunda todo su cuerpo. Luz y acto se complementan y el sentido de goce se expande más allá del cuerpo que lo expresa.

Normativa

O.G.U.C. CAPÍTULO 7 - TEATROS Y OTROS LOCALES DE REUNIONES ACCESO VINCULANTE CON LO PÚBLICO.

Artículo 4.7.1.

Los locales con cabida mayor de 500 y menor de 1.000 personas deben tener un acceso principal directamente a una calle y, además, uno de sus costados, con acceso directo a calle por medio de un espacio libre o patio de un ancho no menor de 2,60 m. Los locales con cabida inferior a 500 personas deben tener su acceso principal directamente a una calle o a un espacio libre de ancho no menor de 9 m.

ACCESOS INTERIORES

Artículo 4.7.7.

Los escenarios y los camarines de los artistas tendrán acceso independiente al de los espectadores.

Artículo 4.7.10.

Los locales destinados a talleres y habitaciones de cuidadores deberán contar con accesos independientes a los de los espectadores.

VOLÚMENES INTERIORES

Artículo 4.7.6.

La capacidad volumétrica de los locales destinados a los espectadores no será inferior a 3 m3 por persona.

Artículo 4.7.8.

Los camarines de los artistas no tendrán menos de 4 m2 por persona; estarán provistos de servicios higiénicos completos y separados para ambos sexos.

CIRCULACIONES

Artículo 4.7.14.

El ancho de los pasillos, puertas interiores, corredores, escaleras, puertas de calle y demás pasos y salidas, ubicados en el trayecto que deben seguir las personas al desalojar un teatro o sala de reuniones, se determinará a razón de 1 m por cada 125 personas que por ellos deban pasar. Las puertas exteriores del frente principal y las de acceso a las salas de espectáculos de los teatros, cualquiera que sea su cabida, tendrán un ancho no inferior a 2 m.

Artículo 4.7.15.

Las puertas de los locales destinados al público deberán abrirse hacia afuera y estar provistas de dispositivos de suspensión que permitan abrirlas o eliminarlas con toda rapidez en los casos de alarma.

ESCALERAS

Artículo 4.7.18.

Las escaleras deben cumplir con los siguientes requisitos: Serán de tramos rectos, separados por descansos de longitud no inferior a 1,20 m. Los descansos en los cambios de dirección no tendrán un largo inferior al ancho de la escalera. Cada tramo podrá tener hasta 16 gradas y cada una de éstas no tendrá más de 0,16 m de altura, ni ancho menor de 0,30 m. Cuando el ancho de la escalera sea superior a 3 m, se deberá agregar a los pasamanos laterales un doble pasamanos central que la divida en dos secciones paralelas.

Artículo 4.7.19.

No podrá haber gradas o peldaños en el piso de la sala principal ni en el de los vestíbulos, pasillos y corredores ligados con ellos. Las diferencias de nivel se salvarán con planos inclinados de pendiente no mayor de 10%. Para rampas de más de 10m de desarrollo, la pendiente disminuirá proporcionalmente. El plano inclinado del piso de la platea tendrá una pendiente máxima del 15%. Si se produjeran pendientes mayores se salvarán con gradas que se distribuirán uniformemente en la parte del pasillo de mayor pendiente.

DISPOSICIÓN DE LOS ASIENTOS

Artículo 4.7.22.

La disposición de los asientos para el público, en salas con cabida superior a 500 personas, deberá cumplir con las siguientes prescripciones: Los pasillos interiores de platea tendrán un ancho mínimo de 1,20 m en su punto más cercano al escenario. Este ancho se aumentará hacia los puntos de salida, en un mínimo de 0,025 m por cada metro de longitud de pasillo. Los pasillos de platea que sirvan asientos de un solo lado tendrán un ancho mínimo de 0,65 m en su punto más próximo al escenario. Este ancho se aumentará hacia los puntos de salida en un mínimo de 0,015 m por cada metro de longitud del pasillo. La distancia mínima entre respaldo y respaldo de los asientos de platea será de 0,90 m y 1,00 m para los de funciones rotativas. No podrán ubicarse más de 18 asientos en una fila de platea entre dos pasillos, ni más de 14 en los balcones o galerías. No podrán disponerse más de 9 asientos por fila con acceso a un solo pasillo de platea, ni más de 7 en los balcones o galerías. La altura mínima entre el piso y el cielo, medida en el eje del asiento más alto, no será inferior a 2,50 m.