Diferencia entre revisiones de «Atención Primaria de Salud»

De Casiopea
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Además, el aporte fiscal a la APS, se encuentra regulado en la Ley de Presupuestos del Sector Público, Partida 16, capítulo 02, Programa 02 de Atención Primaria, considerando dos glosas: 01 asociada a la APS dependiente de los Servicios de Salud que incluye los recursos para el financiamiento del aporte destinado a las organizaciones no gubernamentales, bajo convenios DFL 36/80, y, la 02, a la APS Municipal.
Además, el aporte fiscal a la APS, se encuentra regulado en la Ley de Presupuestos del Sector Público, Partida 16, capítulo 02, Programa 02 de Atención Primaria, considerando dos glosas: 01 asociada a la APS dependiente de los Servicios de Salud que incluye los recursos para el financiamiento del aporte destinado a las organizaciones no gubernamentales, bajo convenios DFL 36/80, y, la 02, a la APS Municipal.
Se distinguen los siguientes mecanismos de financiamiento, según dependencia administrativa:
Se distinguen los siguientes mecanismos de financiamiento, según dependencia administrativa:
 
====Mecanismo de Pago Per Cápita====
#'''Mecanismo de Pago Per Cápita'''
Hasta junio de 1994, el sistema de asignación de recursos a la Atención Primaria Municipalizada, estaba caracterizado por el pago de las atenciones prestadas, más comúnmente conocido como el Mecanismo de Facturación por Atención Prestada en Establecimientos Municipalizados (FAPEM). Dicho mecanismo operaba sobre la determinación de ciertos techos comunales, discrecionalmente definidos por la autoridad regional. El mecanismo FAPEM generaba incentivos a la sobrefacturación de prestaciones sin reparar en su calidad, ya que estaba asociado a realizar una mayor cantidad de acciones, principalmente aquellas con mayor precio relativo en el arancel.
Hasta junio de 1994, el sistema de asignación de recursos a la Atención Primaria Municipalizada, estaba caracterizado por el pago de las atenciones prestadas, más comúnmente conocido como el Mecanismo de Facturación por Atención Prestada en Establecimientos Municipalizados (FAPEM). Dicho mecanismo operaba sobre la determinación de ciertos techos comunales, discrecionalmente definidos por la autoridad regional. El mecanismo FAPEM generaba incentivos a la sobrefacturación de prestaciones sin reparar en su calidad, ya que estaba asociado a realizar una mayor cantidad de acciones, principalmente aquellas con mayor precio relativo en el arancel.
Considerando las deficiencias que implicaba un mecanismo como el FAPEM, a partir de julio de 1994, se puso en marcha un nuevo mecanismo de asignación de recursos, denominado, el sistema de pago per-cápita a la atención primaria municipalizada el cual prioriza la entrega de recursos a las comunas de mayor pobreza, ruralidad, con mayor dificultad de acceso a los beneficios, distancias geográficas y con mayor dificultad para prestar las atenciones de salud. El artículo 49 define de manera específica el sustento para el mecanismo de Pago Per Cápita.
Considerando las deficiencias que implicaba un mecanismo como el FAPEM, a partir de julio de 1994, se puso en marcha un nuevo mecanismo de asignación de recursos, denominado, el sistema de pago per-cápita a la atención primaria municipalizada el cual prioriza la entrega de recursos a las comunas de mayor pobreza, ruralidad, con mayor dificultad de acceso a los beneficios, distancias geográficas y con mayor dificultad para prestar las atenciones de salud. El artículo 49 define de manera específica el sustento para el mecanismo de Pago Per Cápita.
Línea 73: Línea 72:
Para el cálculo del plan de salud familiar se ha considerado la dotación necesaria de acuerdo a parámetros y normas Ministeriales, tomándose como referencia las normas contenidas en la Ley No 19.378 - Estatuto de Atención Primaria, para su valoración. A su vez, cada una de las actividades sanitarias consideradas en el plan de salud familiar, consideran grupo objetivo y coberturas; finalmente se calculan los costos asistenciales, sobre los cuales se estiman los costos de administración, de farmacia, de operación y de administración municipal; con base a todos los anteriores costos, se establece un precio unitario homogéneo denominado per cápita basal, para todas las personas pertenecientes a la población beneficiaria, sin distinción de cualquier tipo y todas las comunas del país pertenecientes al sistema.
Para el cálculo del plan de salud familiar se ha considerado la dotación necesaria de acuerdo a parámetros y normas Ministeriales, tomándose como referencia las normas contenidas en la Ley No 19.378 - Estatuto de Atención Primaria, para su valoración. A su vez, cada una de las actividades sanitarias consideradas en el plan de salud familiar, consideran grupo objetivo y coberturas; finalmente se calculan los costos asistenciales, sobre los cuales se estiman los costos de administración, de farmacia, de operación y de administración municipal; con base a todos los anteriores costos, se establece un precio unitario homogéneo denominado per cápita basal, para todas las personas pertenecientes a la población beneficiaria, sin distinción de cualquier tipo y todas las comunas del país pertenecientes al sistema.


*#'''Per Cápita Basal'''
=====Per Cápita Basal=====
El per cápita basal se define como el aporte básico unitario homogéneo, por beneficiario inscrito en los establecimientos municipales de atención primaria de salud de cada comuna, se considera a la población certificada (inscrita y validada) por comuna, definida en octubre del año anterior al que comienza a regir el decreto con los aportes correspondientes. Los factores de incremento del per cápita basal, consideran: el nivel socioeconómico de la población potencialmente beneficiaria, contemplando en este criterio a comunas con diferentes grados de pobreza y la población potencialmente beneficiaria de 65 años y más de las comunas adscritas al sistema; La dificultad para prestar atenciones de salud; La dificultad para acceder a las atenciones de salud;
El per cápita basal se define como el aporte básico unitario homogéneo, por beneficiario inscrito en los establecimientos municipales de atención primaria de salud de cada comuna, se considera a la población certificada (inscrita y validada) por comuna, definida en octubre del año anterior al que comienza a regir el decreto con los aportes correspondientes. Los factores de incremento del per cápita basal, consideran: el nivel socioeconómico de la población potencialmente beneficiaria, contemplando en este criterio a comunas con diferentes grados de pobreza y la población potencialmente beneficiaria de 65 años y más de las comunas adscritas al sistema; La dificultad para prestar atenciones de salud; La dificultad para acceder a las atenciones de salud;


*#'''Aplicación de Criterios de Incremento del Per Cápita Basal'''
=====Aplicación de Criterios de Incremento del Per Cápita Basal=====
 
**#Pobreza:
Se considera el Índice de Privación Promedio Municipal, IPP, elaborado con base a la información proporcionada por la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo (SUBDERE) a través del Sistema Nacional de Información Municipal (SINIM). Este indicador mide la capacidad económica del municipio, mediante la mayor o menor dependencia del Fondo Común Municipal (FCM) y varía entre 0 y 1. Más cercano a 1 implica mayor dependencia de FCM y por ende mayor pobreza o menor capacidad de generar recursos propios. Existen cuatro tramos de pobreza e incrementos respectivos en el per cápita basal:*Tramo 1: 18% *Tramo 2: 12% *Tramo 3: 6% *Tramo 4: 0%
 
**#Riesgo asociado a edad:
Por el mayor costo relativo de la atención de adultos mayores en salud, a las comunas con población potencialmente beneficiaria de 65 años y más, se incorpora una asignación adicional por cada uno de ellos que asciende a $ 448 (en pesos de 2010) por persona de 65 años y más, a cargo, por mes.
 
**#Ruralidad:
Incremento por ruralidad: 20%. De acuerdo al CENSO de 2002, se clasifican las comunas en rurales y urbanas, considerando rural toda comuna en la cual población rural sea igual o mayor al 30%, así como, aquella en que la entidad respectiva administre solamente establecimientos rurales, tales como consultorios generales rurales, postas rurales, estaciones médicos rurales.
 
**#Referencia de Asignación de Zona:
Para las comunas con diferentes grados de dificultad para acceder a las atenciones de salud, se ha considerado en forma referencial el porcentaje de asignación de zona establecido en artículo 7° del Decreto Ley N° 249, estructurado en diferentes tramos, con porcentajes de incremento que van desde 0% a 24%. La matriz que refleja este factor de incremento se muestra a seguir:
 
PONER TABLA PLANIFICACION Y PROGRAMACION EN RED 2011.PDF PÁG 29


**#Desempeño Difícil:
#'''Pobreza''': Se considera el Índice de Privación Promedio Municipal, IPP, elaborado con base a la información proporcionada por la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo (SUBDERE) a través del Sistema Nacional de Información Municipal (SINIM). Este indicador mide la capacidad económica del municipio, mediante la mayor o menor dependencia del Fondo Común Municipal (FCM) y varía entre 0 y 1. Más cercano a 1 implica mayor dependencia de FCM y por ende mayor pobreza o menor capacidad de generar recursos propios. Existen cuatro tramos de pobreza e incrementos respectivos en el per cápita basal:*Tramo 1: 18% *Tramo 2: 12% *Tramo 3: 6% *Tramo 4: 0%
Comunas con diferentes grados de dificultad para prestar atenciones de salud, en que la dotación de los establecimientos municipales de atención primaria de salud deba recibir la asignación de desempeño difícil a la que se hace mención en los artículos 28.29 y 30 de la Ley N° 19.378.
#'''Riesgo asociado a edad''': Por el mayor costo relativo de la atención de adultos mayores en salud, a las comunas con población potencialmente beneficiaria de 65 años y más, se incorpora una asignación adicional por cada uno de ellos que asciende a $ 448 (en pesos de 2010) por persona de 65 años y más, a cargo, por mes.
#'''Ruralidad''': Incremento por ruralidad: 20%. De acuerdo al CENSO de 2002, se clasifican las comunas en rurales y urbanas, considerando rural toda comuna en la cual población rural sea igual o mayor al 30%, así como, aquella en que la entidad respectiva administre solamente establecimientos rurales, tales como consultorios generales rurales, postas rurales, estaciones médicos rurales.
#'''Referencia de Asignación de Zona''': Para las comunas con diferentes grados de dificultad para acceder a las atenciones de salud, se ha considerado en forma referencial el porcentaje de asignación de zona establecido en artículo 7° del Decreto Ley N° 249, estructurado en diferentes tramos, con porcentajes de incremento que van desde 0% a 24%. La matriz que refleja este factor de incremento se muestra a seguir: PONER TABLA PLANIFICACION Y PROGRAMACION EN RED 2011.PDF PÁG 29
#'''Desempeño Difícil''': Comunas con diferentes grados de dificultad para prestar atenciones de salud, en que la dotación de los establecimientos municipales de atención primaria de salud deba recibir la asignación de desempeño difícil a la que se hace mención en los artículos 28.29 y 30 de la Ley N° 19.378.


Los recursos que resultan de la combinación de los distintos factores de incremento del per cápita, permiten la implementación de un Plan de Salud Familiar, al que tienen derecho los beneficiarios del sistema público inscritos en cada comuna. Este aporte estatal a la salud municipal, que plasma el plan de salud, se financia con aporte fiscal y se efectúan las transferencias a través de los Servicios de Salud a los Municipios, con base a Decreto fundado anual suscrito por los Ministerios de Hacienda, Interior y Salud y resoluciones respectivas. El decreto vigente para el año 2010 es el No 70 del Ministerio de Salud.
Los recursos que resultan de la combinación de los distintos factores de incremento del per cápita, permiten la implementación de un Plan de Salud Familiar, al que tienen derecho los beneficiarios del sistema público inscritos en cada comuna. Este aporte estatal a la salud municipal, que plasma el plan de salud, se financia con aporte fiscal y se efectúan las transferencias a través de los Servicios de Salud a los Municipios, con base a Decreto fundado anual suscrito por los Ministerios de Hacienda, Interior y Salud y resoluciones respectivas. El decreto vigente para el año 2010 es el No 70 del Ministerio de Salud.

Revisión del 10:24 14 may 2012



TítuloNo se sabe
Tipo de ProyectoProyecto de Titulación
Palabras Clavesalud, gestión del paciente, diseño de servicios
Período2011-2012
CarrerasDiseño Gráfico"Diseño Gráfico" is not in the list (Arquitectura, Diseño, Magíster, Otra) of allowed values for the "Carreras Relacionadas" property.
Alumno(s)Andrea Cifuentes
ProfesorHerbert Spencer

Paradigmas de la Salud

Sistema de Salud en Chile

La Salud es un componente esencial del bienestar individual y social de las personas. La conciencia de la importancia que tiene este factor en tanto indicador de desarrollo de los países ha llevado a suscribirlo a nivel internacional como un Derecho Humano, y a nivel de la legislación chilena, como un derecho fundamental plasmado en la Constitución Política de Chile, particularmente a través de la garantía que asume el Estado de disponer una atención en salud “libre” e “igualitaria” para toda la población. Sin embargo, la protección de la salud en Chile no se condice necesariamente con la exclusividad de un dispositivo público orientado a proveerla.

El Sistema de Salud chileno es mixto, pues posee más de un tipo de financiamiento y más de un tipo de servicios. Sin embargo, desde el punto de vista normativo, tiene un carácter unitario, dado que es el sector público el encargado de elaborar las políticas y directrices generales de las acciones de salud en todo el país.

Niveles de Organización Institucional

Modelo de la Estructura del Sistema de Salud en Chile, por Dámaris Sepúlveda

Financiamiento

Desde el punto de vista del financiamiento, en el sistema de salud participan instituciones, organismos y entidades tanto del sector público como del sector privado. Ambos sub-sectores funcionan con la cotización obligatoria del 7% (con un tope de UF 4,2 mensual) de la renta imponible de los trabajadores activos (son la población económicamente activa que se encuentra trabajando y recibiendo un pago por su trabajo) y pasivos (jubilados, pensionados y montepiados), la cual es asignada por cada cotizante al sistema previsional (público o privado) que sea más acorde con su situación económica. En el caso del sector público se inyecta además un fondo estatal que, entre otros aspectos, está destinado a entregar servicios ambulatorios y hospitalarios gratuitos a beneficiarios que no son cotizantes.

Servicios Ofrecidos Relacionados con la Salud

Desde el punto de vista de los servicios ofrecidos, el sistema de salud en Chile está constituido principalmente por una industria de seguros o previsional-financiera y otra industria prestadora de servicios asistenciales, y, en menor medida, por una industria de productos sanitarios (farmacias y laboratorios farmacéuticos).

Industria Previsional-Financiera

La línea de explotación previsional-financiera, recauda, administra y distribuye los recursos de los cotizantes y demás beneficiarios de acuerdo a los servicios de salud estipulados por cada institución previsional (pública o privada). Si bien las ISAPRES y FONASA constituyen el “núcleo duro” de esta cadena de negocios, también participan de ella las mutualidades de empleadores, las compañías de seguros y las cajas de compensación, entre otros.

Industria de Servicios Asistenciales

La entrega directa del servicio asistencial, por su parte, se lleva a cabo a través de una gama de prestadores que pueden ser públicos o privados, e institucionales o individuales a la vez, siendo la primera dicotomía (públicos/privados) sustancial para entender la organización del sistema de salud chileno, mientras que la última tan sólo útil para efectos técnicos. Esta reconoce a los siguientes tipos de prestadores de salud:

  1. Prestadores Institucionales; personas jurídicas que otorgan prestaciones consistentes en acciones de salud, que pueden ser:
    • Prestadores Institucionales de Atención Cerrada (u atención hospitalaria); aquellos establecimientos asistenciales de atención general y/o especializada que están habilitados para la internación de pacientes con ocupación de una cama.
    • Prestadores Institucionales de Atención Abierta (u ambulatoria); aquellos centros asistenciales que otorgan atención sin pernoctación de pacientes.
  2. Prestadores de Salud Individuales; personas naturales que de manera independiente, dependiendo de un prestador institucional o a través de un convenio con éste, otorgan, al igual que los prestadores institucionales, prestaciones consistentes en acciones de salud.

En el sector público de salud encontramos sólo prestadores del primer tipo, en tanto en el sector privado encontramos tanto prestadores institucionales como individuales.

Sub Sector Público

Marco Institucional

La base operativa del subsector público es el Sistema Nacional de Servicios de Salud (SNSS), cuya organización se halla estipulada en el Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud (DS 1980). Complementariamente actúan en este sector otras instituciones de Salud Pública con un rango de acción más limitado.

Sistema Nacional de Servicios de Salud (SNSS)

El SNSS está compuesto por un conjunto de organismos dependientes entre sí, con distintos grados de jerarquía, los que pueden ordenarse de acuerdo a los siguientes ámbitos de acción:

  1. Línea Normativa-Fiscalizadora: a cargo del Ministerio de Salud (máximo representante en esta materia), la Superintendencia de Salud y el Instituto de Salud Pública.
  2. Línea Industria de Seguros: a cargo del Fondo Nacional de Salud.
  3. Línea Industria de Prestaciones Asistenciales: donde se encuentran los Servicios de Salud y todas aquellas instituciones que realizan convenios con el sistema de salud público, tales como los Municipios y los servicios delegados.
  4. Línea de suministros para la industria asistencial, donde actúa la Central de Abastecimiento.

Atención Primaria de Salud

Financiamiento de la Atención Primaria de Salud

La Atención Primaria (APS) posee distintos mecanismos y fuentes de financiamiento, así como distintas dependencias administrativas. Se distingue la Atención Primaria de Salud Municipal cuya administración se encuentra en las entidades administradoras de salud municipal y su red de establecimientos. La Atención Primaria dependiente de los propios Servicios de Salud cuya administración es del Servicio de Salud correspondiente, considerando en ésta, sus establecimientos, consultorios generales rurales y urbanos, adosados o no, postas de salud rural, estaciones, y, adicionalmente hospitales de menor complejidad, que efectúan acciones de nivel primario, y, Organizaciones No Gubernamentales (ONG), que a través de convenios DFL 36/80 con los 27 Servicios de Salud respectivos, ejecutan acciones de nivel primario de atención. La APS municipal, posee un marco jurídico que sustenta los aportes estatales a la salud administrada por los municipios el que se encuentra en la ley No 19.378, artículos 49 y 56, y se refleja en dos mecanismos de pago per cápita y pago prospectivo por prestación (programas). Además, el aporte fiscal a la APS, se encuentra regulado en la Ley de Presupuestos del Sector Público, Partida 16, capítulo 02, Programa 02 de Atención Primaria, considerando dos glosas: 01 asociada a la APS dependiente de los Servicios de Salud que incluye los recursos para el financiamiento del aporte destinado a las organizaciones no gubernamentales, bajo convenios DFL 36/80, y, la 02, a la APS Municipal. Se distinguen los siguientes mecanismos de financiamiento, según dependencia administrativa:

Mecanismo de Pago Per Cápita

Hasta junio de 1994, el sistema de asignación de recursos a la Atención Primaria Municipalizada, estaba caracterizado por el pago de las atenciones prestadas, más comúnmente conocido como el Mecanismo de Facturación por Atención Prestada en Establecimientos Municipalizados (FAPEM). Dicho mecanismo operaba sobre la determinación de ciertos techos comunales, discrecionalmente definidos por la autoridad regional. El mecanismo FAPEM generaba incentivos a la sobrefacturación de prestaciones sin reparar en su calidad, ya que estaba asociado a realizar una mayor cantidad de acciones, principalmente aquellas con mayor precio relativo en el arancel. Considerando las deficiencias que implicaba un mecanismo como el FAPEM, a partir de julio de 1994, se puso en marcha un nuevo mecanismo de asignación de recursos, denominado, el sistema de pago per-cápita a la atención primaria municipalizada el cual prioriza la entrega de recursos a las comunas de mayor pobreza, ruralidad, con mayor dificultad de acceso a los beneficios, distancias geográficas y con mayor dificultad para prestar las atenciones de salud. El artículo 49 define de manera específica el sustento para el mecanismo de Pago Per Cápita. El Per Cápita es un mecanismo de financiamiento que paga de acuerdo a la población beneficiaria, por un precio estipulado por Ministerio de Salud en referencia a una canasta de prestaciones, llamada Plan de Salud Familiar. Este mecanismo está basado en el plan de salud familiar y sus programas y la inscripción de la población beneficiaria. Con relación al plan de salud familiar, se menciona que su cálculo se efectúa con base a una población tipo de 10.000 habitantes, considerando un perfil epidemiológico y demográfico representativo de la población chilena, de acuerdo a parámetros de cobertura y de rendimientos asociados al personal médico y no médico que trabajan en los distintos establecimientos de la atención primaria. El plan de salud familiar, considera los distintos programas de salud, tales como: programa de salud del niño, del adolescente, del adulto y del adulto mayor, de la mujer, odontológico, del ambiente y garantías explícitas otorgadas por el nivel primario de atención. Para el cálculo del plan de salud familiar se ha considerado la dotación necesaria de acuerdo a parámetros y normas Ministeriales, tomándose como referencia las normas contenidas en la Ley No 19.378 - Estatuto de Atención Primaria, para su valoración. A su vez, cada una de las actividades sanitarias consideradas en el plan de salud familiar, consideran grupo objetivo y coberturas; finalmente se calculan los costos asistenciales, sobre los cuales se estiman los costos de administración, de farmacia, de operación y de administración municipal; con base a todos los anteriores costos, se establece un precio unitario homogéneo denominado per cápita basal, para todas las personas pertenecientes a la población beneficiaria, sin distinción de cualquier tipo y todas las comunas del país pertenecientes al sistema.

Per Cápita Basal

El per cápita basal se define como el aporte básico unitario homogéneo, por beneficiario inscrito en los establecimientos municipales de atención primaria de salud de cada comuna, se considera a la población certificada (inscrita y validada) por comuna, definida en octubre del año anterior al que comienza a regir el decreto con los aportes correspondientes. Los factores de incremento del per cápita basal, consideran: el nivel socioeconómico de la población potencialmente beneficiaria, contemplando en este criterio a comunas con diferentes grados de pobreza y la población potencialmente beneficiaria de 65 años y más de las comunas adscritas al sistema; La dificultad para prestar atenciones de salud; La dificultad para acceder a las atenciones de salud;

Aplicación de Criterios de Incremento del Per Cápita Basal
  1. Pobreza: Se considera el Índice de Privación Promedio Municipal, IPP, elaborado con base a la información proporcionada por la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo (SUBDERE) a través del Sistema Nacional de Información Municipal (SINIM). Este indicador mide la capacidad económica del municipio, mediante la mayor o menor dependencia del Fondo Común Municipal (FCM) y varía entre 0 y 1. Más cercano a 1 implica mayor dependencia de FCM y por ende mayor pobreza o menor capacidad de generar recursos propios. Existen cuatro tramos de pobreza e incrementos respectivos en el per cápita basal:*Tramo 1: 18% *Tramo 2: 12% *Tramo 3: 6% *Tramo 4: 0%
  2. Riesgo asociado a edad: Por el mayor costo relativo de la atención de adultos mayores en salud, a las comunas con población potencialmente beneficiaria de 65 años y más, se incorpora una asignación adicional por cada uno de ellos que asciende a $ 448 (en pesos de 2010) por persona de 65 años y más, a cargo, por mes.
  3. Ruralidad: Incremento por ruralidad: 20%. De acuerdo al CENSO de 2002, se clasifican las comunas en rurales y urbanas, considerando rural toda comuna en la cual población rural sea igual o mayor al 30%, así como, aquella en que la entidad respectiva administre solamente establecimientos rurales, tales como consultorios generales rurales, postas rurales, estaciones médicos rurales.
  4. Referencia de Asignación de Zona: Para las comunas con diferentes grados de dificultad para acceder a las atenciones de salud, se ha considerado en forma referencial el porcentaje de asignación de zona establecido en artículo 7° del Decreto Ley N° 249, estructurado en diferentes tramos, con porcentajes de incremento que van desde 0% a 24%. La matriz que refleja este factor de incremento se muestra a seguir: PONER TABLA PLANIFICACION Y PROGRAMACION EN RED 2011.PDF PÁG 29
  5. Desempeño Difícil: Comunas con diferentes grados de dificultad para prestar atenciones de salud, en que la dotación de los establecimientos municipales de atención primaria de salud deba recibir la asignación de desempeño difícil a la que se hace mención en los artículos 28.29 y 30 de la Ley N° 19.378.

Los recursos que resultan de la combinación de los distintos factores de incremento del per cápita, permiten la implementación de un Plan de Salud Familiar, al que tienen derecho los beneficiarios del sistema público inscritos en cada comuna. Este aporte estatal a la salud municipal, que plasma el plan de salud, se financia con aporte fiscal y se efectúan las transferencias a través de los Servicios de Salud a los Municipios, con base a Decreto fundado anual suscrito por los Ministerios de Hacienda, Interior y Salud y resoluciones respectivas. El decreto vigente para el año 2010 es el No 70 del Ministerio de Salud.

PONER TABLA PLANIFICACION Y PROGRAMACION EN RED 2011.PDF PÁG 29

Administración y Gestión | Corporaciones Municipales

¿Qué son las Corporaciones Municipales?

Son personas jurídicas de derecho privado y sin fines de lucro, constituidas a partir de 1981 conforme a las normas del Código Civil y a los Decretos Nº 462/81 y 110/76 del Ministerio de Justicia.
La finalidad principal de las Corporaciones Municipales es administrar y operar los entonces traspasados servicios de educación y salud, así como también en algunos casos, la atención de menores.
A contar de la vigencia de la Ley Nº 18.695 del 31 de marzo de 1988, los municipios ya no pudieron crear este tipo de entidades sino con los objetivos específicos de educación y salud, así como también en algunos casos, la atención de menores.

¿Qué son las corporaciones o fundaciones?

Las organizaciones, asociaciones y reuniones de personas, si bien pueden desarrollar diversas actividades, generalmente no son reconocidas por el derecho. Entonces, sólo a partir de la concesión de la personalidad jurídica la organización ahora como corporación o fundación, es reconocida formalmente por el derecho y por las instituciones del Estado. Con ello es posible postular y acceder a diversos beneficios, tanto gubernamental (programas, adjudicarse proyectos, licitaciones, fondos concursables, etc.), como del sector privado (programas de otras ONG, financiamiento, crédito, etc.).

CMAP Definición, Financiamiento y Funciones de las Corporaciones Municipales

Tipos de Establecimientos de Atención Primaria

CESFAM | Centro de Salud Familiar

Corresponden a consultorios que han adquirido la certificación como centros de salud integral, con enfoque familiar y comunitario. La certificación se obtiene mediante un trabajo sistemático de los equipos de salud; quienes desarrollarán competencias y destrezas específicas para aplicar las actividades trazadoras de dicho modelo. Éstos, han sido certificados periódicamente mediante instrumentos de medición especialmente formulados para su evaluación en las diversas áreas de desarrollo propuestas. Cuentan, entre sus estrategias el trabajar en forma sectorizada, con equipos de cabecera a cargo de familias; su programación se hace sectorizadamente, se trabaja con familias con enfoque biopsicosocial, se fomenta el autocuidado y los estilos de vida saludable, se trabaja con las redes sanitarias y sociales, con constantes nexos con el intersector, las acciones son participativas en todas sus etapas, la atención está en medicina basada en evidencia y se apoya en guías y protocolos, se buscan resultados sanitarios, con permanente mejora de coberturas y compensaciones, disminuyendo agudizaciones o agravamientos de patologías crónicas, disminuyendo hospitalizaciones evitables, disminuyendo daños a las familias tales producidas por disfunciones tales como VIF, alcoholismo y/o drogadicción, mediante la aplicación de estrategias antropológicas y sociológicamente aceptables en el trabajo multisectorial.

GES en APS

Modelo de atención del GES; el que determina el nivel de resolución preferente de los problemas de salud GES en la Red. En este sentido le corresponde a la APS, en forma preferente la atención (sospecha, diagnostico y tratamiento) de los siguientes Problemas de Salud Ges:

  • Hipertensión arterial esencial
  • Diabetes mellitus tipo 2
  • Depresión leve y moderada
  • Presbicia
  • Entrega de Ortesis
  • Artrosis de cadera y/o rodilla leve y moderada
  • Ira
  • Neumonía
  • Epilepsia no refractaria
  • Salud oral integral de 6 y 60 años
  • EPOC
  • Asma bronquial
  • Urgencia odontológica
  • Plan ambulatorio básico consumo perjudicial de OH y drogas

Relación Médico-Paciente

Atención Deshumanizada versus Modelo de Atención Integral

Probablemente suena a redundancia hablar de humanizar al ser humano, pero cuando con tanta frecuencia se visualiza al interior del Sistema de Salud, formas de interacción que no poseen los valores esperados para estas, hay que aceptar que se ha producido una deshumanización en la atención de salud. La deshumanización tiene que ver con la incapacidad de crear vínculos, con el anonimato de aquellos a los que se sirve, con el desconocimiento de las necesidades emocionales de las personas, con respuestas estereotipadas ante la diversidad del sufrimiento, entre otras cosas. El origen de tal deshumanización es múltiple y entre las situaciones que la explican está el modelo asistencial predominante desde décadas, centrado en la enfermedad como entidad ajena a la vivencia de la persona y carente de una mirada integradora del ser humano. En lo macro, se encuentra la complejidad del sistema socio sanitario, la escasez de recursos, el desgaste profesional, la creación de sistemas masivos de salud, la incorporación de la medicina al mercado, la tecnificación, la especialización, la biologización de la Medicina, la super especialización de la ciencia, la aplicación irresponsable de la tecnología y la farmacología, sumado a la falta de participación de los ciudadanos en la gestión de su salud, etc. Al interior de los sistemas están los estilos autoritarios de dirección, los modelos de relación entre los miembros del equipo y en muchas ocasiones aspectos emocionales deficitarios de quienes trabajan en el sector salud, entre otros. Una respuesta ante la frustración, muchas veces, agresiva de parte de usuarios completa la espiral de interacción deshumanizada. Una atención deshumanizada tendría por lo menos los siguientes elementos:

  • La conversión del paciente en un objeto, su cosificación: importa la enfermedad y no la persona que la sufre ni su sufrimiento.
  • La ausencia de calor, afecto y empatía en la relación humana: la relación será distante, con la menor implicación humana posible.
  • La falta de autonomía y la impotencia del enfermo: las decisiones son tomadas por los técnicos. El paciente o su familia son irrelevantes en los planes y decisiones.

Enfermería

Oficio, Profesión, Disciplina

El oficio se refiere a la ocupación, de trabajo físico o manual, para el que no se requieren estudios teóricos. Sin embargo, el hecho de ejercerlo a través del tiempo, permite el aprendizaje por medio de la experiencia.

Las profesiones, a diferencia del oficio, son ocupaciones que requieren de un conocimiento especializado, una capacitación educativa de alto nivel, control sobre el contenido del trabajo, organización propia, autorregulación, altruismo, espíritu de servicio a la comunidad y elevadas normas éticas.

La profesión aborda el desempeño de la práctica y la disciplina se preocupa del desarrollo del conocimiento enriqueciendo la profesión desde su esencia, y profundizando el sustento teórico de la práctica.

Bibliografía

  1. Definiciones de Oficio, Profesión y Disciplina
  2. Atención Primaria de Salud en Acción, su contexto histórico, naturaleza y organización en Costa Rica

Glosario de Términos Importantes

  1. Ambiente: Medio físico, biológico, químico, psicosocial y cultural en que se desenvuelven los seres vivos; sistemas de relaciones sociales y ecológicos que permiten la vida en la Tierra. El ambiente es un poderoso determinante de la salud-enfermedad.
  2. Atención integral de salud: Debe partir de la concepción de la salud como un proceso de construcción social, y por lo tanto debe tomar en consideración los diversos determinantes del proceso de salud-enfermedad en los ámbitos biológico, económico, ecológico, psicosocial y otros, de los diferentes grupos sociales. Exige, además, tomar en consideración a todos los actores sociales en un proceso de participación democrática, dirigido al desarrollo de las potencialidades y responsabilidades tanto individuales como colectivas. Incluye actividades de promoción, prevención, curación y rehabilitación de la salud.
  3. Comunidad: Grupo de población en que los miembros están o pueden estar en contacto directo unos con otros, tienen intereses sociales comunes, y están ligados a objetivos comunes. En el contexto de la atención de salud, la comunidad tiene un ámbito geográfico y se refiere a un barrio, a un pueblo o a un caserío.
  4. Demanda: Se expresa en la solicitud de atención o servicios de salud por la población adscrita al centro de salud. La demanda no siempre refleja las necesidades reales de las personas. Hay una demanda inducida por el personal de salud en las consultas de tipo preventivo (control prenatal, de crecimiento y desarrollo), o en las consultas de control de enfermos crónicos (diabéticos, hipertensos y otras).
  5. Desarrollo social: Desarrollo humano, cultural y social de las colectividades humanas y del hombre, como individuo.
  6. Educación para la salud: Actividad educativa diseñada para ampliar los conocimientos individuales y de la población en relación con la salud. En el pasado ha estado ligada a la prevención de la enfermedad; más recientemente se vincula a la promoción de la salud para fomentar conductas saludables personales, a grupos, organizaciones y comunidades.
  7. Equipo de salud: Conjunto de profesionales, técnicos y personal administrativo, quienes participan en forma colaborativa, cada uno según sus funciones, en la planificación, ejecución, monitoreo y evaluación de un programa de salud.
  8. Estrategias: Vías de acción que la organización elige para alcanzar los objetivos y las metas, considerando tanto los recursos disponibles o posibles, las fortalezas, debilidades y oportunidades, como la viabilidad técnica, financiera, política, administrativa y legal para alcanzarlos.
  9. Medicina comunitaria: Rama de la medicina concerniente a poblaciones o grupos, más que a pacientes individuales. Requiere de conocimientos de epidemiología, organización y evaluación de la atención médica y de aspectos de administración de servicios de salud (S. L. Kart).
  10. Oferta de servicios de salud: Conjunto de recursos organizados para satisfacer las necesidades de salud de una determinada comunidad.
  11. Promoción de la salud: “Consiste en proporcionar a los pueblos los medios necesarios para mejorar la salud y ejercer un mayor control sobre la misma. Para alcanzar un estado adecuado de bienestar físico, mental y social en un individuo o grupo, debe ser capaz de identificar y realizar sus aspiraciones, de satisfacer sus necesidades y de cambiar y adaptarse al medio ambiente. La salud se percibe, pues, no como un objetivo, sino como la fuente de riqueza de la vida cotidiana. Se trata por tanto de un concepto positivo, que acentúa los recursos sociales y personales así como las aptitudes físicas. Por consiguiente, dado que el concepto de salud como bienestar trasciende la idea de formas de vida sana, la promoción de la salud no concierne exclusivamente al sector sanitario”. Carta de Ottawa, 1986.
  12. Prevención de enfermedad: Estrategias para atenuar o aminorar los factores de riesgo de enfermedades específicas; estrategias encaminadas a reducir las consecuencias de la enfermedad. Se habla entonces de prevención primaria para evitar la aparición inicial de una enfermedad (ej. vacunaciones); de prevención secundaria, para detener o retardar una enfermedad existente mediante el diagnóstico precoz y el tratamiento oportuno (ej. diagnóstico y manejo adecuado del paciente hipertenso, el diagnóstico del cáncer cérvico-uterino mediante el PAP); y de prevención terciaria, que se refiere a la rehabilitación y a impedir el avance de la enfermedad (ej. la rehabilitación de un accidentado de tránsito o la detención del daño de las complicaciones de la diabetes).
  13. Participación social en salud: Se da cuando grupos organizados de personas en una comunidad se involucran activamente en los procesos de análisis de situación de salud, en la planificación de los programas locales, la ejecución de proyectos y actividades encaminadas a la promoción de la salud. También participan en los grupos de autoayuda y otras formas de intervención social.
  14. Plan nacional de salud: Documento que recoge las políticas, programas y proyectos de salud de un país en un periodo determinado; generalmente en cuatro años.
  15. Planificación estratégica en salud: “Se entiende como la forma de relacionar los problemas y necesidades de salud que presentan los conjuntos sociales que viven en espacios geográficos delimitados, con los conocimientos y recursos institucionales y comunitarios, de tal modo que sea posible definir prioridades, considerar alternativas reales de acción, asignar recursos y conducir el proceso hasta la resolución o control del problema” (OPS/OMS, 1999).
  16. Programa de salud: Grandes conjuntos que articulan los objetivos, metas, actividades y recursos a ejecutar en un periodo determinado; generalmente se desagregan en proyectos.
  17. Proyecto: Conjunto de tareas organizadas para la consecución de un producto verificable, caracterizado por tener un inicio y un término claramente definidos. Por su complejidad e importancia algunas veces un proyecto no depende de un programa.
  18. Salud y enfermedad: El concepto de salud-enfermedad ha evolucionado a lo largo de los siglos y el mismo tiene implicaciones en las estrategias de la atención y en los servicios de salud. Un primer acercamiento fue el enfoque monocausal y biologista: cada enfermedad se debía a un agente causal y la salud se entendía como la ausencia de enfermedad. Posteriormente, con la descripción de la triada ecológica, la salud se entiende como un equilibrio entre el agente, el huésped y el ambiente. En 1948 la Organización Mundial de la Salud (OMS) adopta su famosa definición: “La salud es un estado de completo bienestar, físico, mental y social, y no sólo la ausencia de enfermedad”. Posteriormente aparece el concepto de riesgo que da origen al diagnóstico situacional. Más recientemente se ha generalizado el enfoque multicausal: la salud-enfermedad como proceso (Lalonde, Macmahon, M. Terris). Finalmente, la salud-enfermedad se conceptualiza como producto del desarrollo armónico de la sociedad. La salud no es un “estado”; la salud es una situación relativa, dinámica, variable, producto de la vida social de la población y del individuo, influenciada por un conjunto de factores determinantes.
  19. Salud comunitaria: “El mejoramiento paulatino de las condiciones de vida comunal y del nivel de salud de la comunidad, mediante actividades integradas y planificadas de protección y promoción de la salud, prevención y curación de la enfermedad, incluyendo la rehabilitación y reinserción social, además de actividades de trabajo social favorables al desarrollo comunal y de la salud en particular; todo esto con el apoyo, el acuerdo y la participación activa de la comunidad. Salud comunitaria es entendida como la estrategia local de salud pública” (H. San Martín y V. Pastor).
  20. Salud pública: “Es la ciencia y el arte de prevenir las dolencias y las discapacidades, prolongar la vida y fomentar la salud y la eficiencia física y mental, mediante esfuerzos organizados de la comunidad para sanear el medio ambiente, controlar las enfermedades infecciosas y no infecciosas, así como las lesiones; educar al individuo en los principios de higiene personal; organizar los servicios para el diagnóstico y tratamiento de las enfermedades y para la rehabilitación, así como desarrollar la maquinaria social que le asegure a cada miembro de la comunidad un nivel de vida adecuado para el mantenimiento de la salud” (M.Terris). Las acciones de salud pública se concentran en la población más que en los individuos. Están directamente relacionadas, por ejemplo, con el mejoramiento del ambiente, la higiene de los alimentos y la seguridad alimentaria, las condiciones de vida y de trabajo, la vigilancia de la salud, entre otros.
  21. Sistema nacional de salud: Conjunto de instituciones y establecimientos que conforman el sector público y privado. Su fin es procurar la salud de las personas, de las familias y de la comunidad. (Reglamento General del SNS, Costa Rica, 1989).
  22. Trabajo en equipo: Participación activa y consciente del equipo de salud en las distintas fases de un programa. Los integrantes de un equipo de salud tienen una misma visión y misión, así como objetivos y metas comunes.

Casos de Estudio

  1. CESFAM Barón