https://wiki.ead.pucv.cl/api.php?action=feedcontributions&user=Catalinasalasbarahona&feedformat=atomCasiopea - Contribuciones del usuario [es]2024-03-29T13:11:33ZContribuciones del usuarioMediaWiki 1.39.6https://wiki.ead.pucv.cl/index.php?title=Taller_Habitabilidad_e_Infraestructura_Urbana:_2%C2%B0_Semestre_2023&diff=1560453Taller Habitabilidad e Infraestructura Urbana: 2° Semestre 20232023-12-14T17:58:49Z<p>Catalinasalasbarahona: </p>
<hr />
<div>{{Curso<br />
|Asignaturas Relacionadas=Taller Habitabilidad e Infraestructura Urbana<br />
|Año=2023<br />
|Tipo de Curso=Taller de Etapa<br />
|Talleres=ARQ 3º, ARQ 4º, ARQ 5º<br />
|Profesores=David Luza, Emanuela Di Felice<br />
|Ayudantes=Diego Apablaza<br />
|Alumnos=Daniela Benavides López, fernanda Bernales, Lia Brown Campos, Nicolas Cardenas, Javiera Castro, Catalina Cisternas Álvarez, José Domingo Flores Mendoza, Tomás Gómez Salas, Pia Gonzalez, Valeria Gonzalez, Francisca Guerra, Josefa Hidalgo Eaton, Carolina Jofré Santander, Daniela López M., Monserrat Miranda Baez, matias mondaca, Antonia Morales, Catalina Morales Zuñiga, Dafne Oyarzún Maureira, Trinidad Ramos Álvarez, Maria Ignacia Roca Zerega, Thais Rosales, Kristin Scholtbach Aljaro, Natalia Sepúlveda Gutiérrez, Francisca Soto Rodríguez, Federico Tealdo, Constanza Toro, Ismael Valdes Alicera, Cristóbal Valenzuela Flores, Maria francisca Valera, Florencia Vargas Díaz, Rocío Vásquez Díaz, Joaquín Villagra, Josefina Pozzo Astele, Benjamín Torres Navarro, Elías Muñoz Cárdenas, Cristobal reitze, Matias mondaca, Catalina Salas<br />
|Carreras Relacionadas=Arquitectura<br />
}}<br />
==Información del Taller==<br />
<br />
===Docentes===<br />
<br />
{{#show: David Luza|?|? Imagen|format=template|template=Foto Persona}}<br />
{{#show: Emanuela Di Felice|?|? Imagen|format=template|template=Foto Persona}}<br />
{{#show: Diego Apablaza|?|? Imagen|format=template|template=Foto Persona}}<br />
<br />
===Delegados del Taller===<br />
{{#show: Matias Mondaca |?|? Imagen|format=template|template=Foto Persona}}<br />
{{#show: Monserrat Miranda |?|? Imagen|format=template|template=Foto Persona}}<br />
<br />
===Descripción===<br />
<br />
Este taller forma parte de conjunto de talleres finales previos al ingreso al Taller de Titulación, por lo tanto las actividades, trabajos e investigación apuntan a la elaboración de un proyecto que demuestra el conjunto de saberes adquiridos en los años académicos previos, esto es, tener un punto de partida propio para abordar y reflexionar sobre el espacio que da cabida al habitar, hasta la conformación de un espacio con todos sus requerimientos esenciales, y de esta manera lograr conformar en una realidad arquitectónica entera, la cual involucra aspectos espaciales, ambientales, y sociales. <br />
<br />
En particular la materia de este taller trata de la necesidad de integrar los diversos espacios que constituyen la ciudad, así la significancia de la arquitectura no queda relegada a un paño o lo que está exclusivamente detrás de una línea oficial, sino que es capaz de trascender gracias a una visión desde la cual las infraestructuras; que caracterizan y catalogan nuestras ciudades; aportan a la habitabilidad y al sentido de lugar. Así no solo reportan sentido desde su función; como por ejemplo, una calle o avenida no solo cobra importancia en cuanto a su función en la red vial, o en cuanto eficiencia de unir origen y destino; pues en la cinética que alberga esta calle también existe un modo de hilvanar nuestras actividades y la posibilidad de dar cabida a otras acciones para que las personas se apropien de estos espacios.<br />
<br />
===Horarios y sala===<br />
<br />
*'''Lunes:''' claves 9-12 (14:30 - 17:00)<br />
*'''Jueves:''' claves 9-12 (14:30 - 17:00)<br />
<br />
Las clases se realizarán en la sala '''3B''' ubicada en Matta 79.<br />
<br />
===Calendario del taller===<br />
<br />
El taller se divide en tres periodos<br />
<br />
{| class="wikitable"<br />
! width = '950' | 30%<br />
! width = '950' | 30%<br />
! width = '950' | 40%<br />
|-<br />
| style="text-align: center; font-weight:bold;" | Periodo 1<br />
| style="text-align: center; font-weight:bold;" | Periodo 2<br />
| style="text-align: center; font-weight:bold;" | Periodo 3<br />
|-<br />
| style="text-align: center;" | Desde 07.08 al 04.09<br />
| style="text-align: center;" | Desde 07.09 al 05.10<br />
| style="text-align: center;" | Desde 09.10 al 07.12<br />
|}<br />
<br />
==Resultados del aprendizaje==<br />
===periodo 1===<br />
<br />
El o la estudiante:<br />
<br />
R1: Logra nombrar actos y desarrollar afirmaciones a partir de lo observado en la ciudad<br />
<br />
===periodo 2===<br />
El o la estudiante:<br />
<br />
R3: Presenta una maestría y destreza manual mediante la factura al desarrollar trabajos tridimensionales.<br />
<br />
R4: Es capaz de orientar y posicionar la forma espacialmente en relación a la posibilidad del acto interior/exterior<br />
<br />
===periodo 3===<br />
El o la estudiante:<br />
<br />
R5: Logra desarrollar dos etapas esenciales en el proyecto de arquitectura, origen (fundamento) y generación (forma).<br />
<br />
R6: Aplica conceptos que corresponden a estudios de normativa dentro del proyecto desarrollado<br />
<br />
==Evaluación y asistencia==<br />
===Evaluaciones===<br />
*'''Evaluaciones formativas:''' Se realizan clase a clase, al momento en que los estudiantes presentan su encargo al taller y reciben una retroalimentación individual y colectiva. Son fundamentales para aprender dentro de un taller. <br />
*'''Evaluaciones sumativas:''' Se realizan al final de cada periodo, con retroalimentación individual y una nota que contribuye a la nota final de la asignatura.<br />
<br />
===Asistencia===<br />
la asistencia mínima para aprobar el taller corresponde a un 80% donde el 20% restante se puede justificar. La justificación se debe hacer a través de un certificado médico enviado a docencia, en caso de no haber esta inasistencia debe ser conversada con el profesor.<br />
<br />
===Acuerdos del taller===<br />
para un buen desarrollo del taller, el estudiante debe conocer los requerimientos de asistencia y puntualidad, la participación en clases, las actitudes de respeto y responsabilidad académica y la dinámica en el aula.<br />
<br />
Documentos importantes:<br />
*[https://www.pucv.cl/pucv/site/docs/20200706/20200706130237/dro_n_000561_2017_reglamento_de_disciplina_de_los_alumnos.pdf Reglamento de disciplina de los alumnos PUCV]<br />
*[https://www.pucv.cl/pucv/site/docs/20200706/20200706130237/reglamento_para_la_prevenci__n__investigaci__n_y_sanci__n_de_actos_de_acoso__hostigamiento__violencia_y_discriminaci__n_arbitraria.pdf Reglamento acoso, hostigamiento, violencia y discriminación arbitraria]<br />
<br />
==Clases==<br />
<br />
===Clase 1===<br />
<br />
A) Presentación del taller y orientaciones.<br />
<br />
Consolidación del Área, Estero de Viña del Mar.<br />
<br />
B) objetivos del taller.<br />
<br />
1) Seccional Marina consolida el Área a partir de infraestructura Verde<br />
<br />
2) Se asume el desafío a partir de infraestructura verde<br />
<br />
C) Explicación de los instrumentos de planificación territorial (IPT)<br />
<br />
'''Encargo''': Salida de observación y estudio del seccional Marina.<br />
<br />
===Clase 2===<br />
<br />
Seminario: "Parque urbano y ciudad"<br />
<br />
===Clase 3===<br />
<br />
1. Revisión de encargos<br />
<br />
2. Clase sobre DS50 y plano de accesibilidad<br />
<br />
3. Definición de grupos de trabajo<br />
<br />
'''Grupo 1'''<br />
<br />
Thais Rosales<br />
<br />
Francisca Guerra<br />
<br />
Francisca Soto<br />
<br />
Luísa Sousa<br />
<br />
Margarida Freire<br />
<br />
'''Grupo 2'''<br />
<br />
Trinidad Ramos<br />
<br />
Francisca Varela<br />
<br />
Matias Mondaca<br />
<br />
Nicolás Cardenas<br />
<br />
Carolina Jofre<br />
<br />
Monserrat Miranda<br />
<br />
'''Grupo 3'''<br />
<br />
Josefina Pozzo<br />
<br />
Natalia Sepúlveda<br />
<br />
Catalina Morales<br />
<br />
Valeria Gonzalez<br />
<br />
'''Grupo 4'''<br />
<br />
Constanza Toro<br />
<br />
Catalina Cisternas<br />
<br />
Florencia Vaargas<br />
<br />
Tomas Gomez <br />
<br />
'''Grupo 5'''<br />
<br />
María Ignacia Roca<br />
<br />
Kristin Scholtbach<br />
<br />
Federico Tealdo<br />
<br />
Cristobal Reitze<br />
<br />
Lia Brown<br />
<br />
Ismael Valdes<br />
<br />
'''Grupo 6'''<br />
<br />
Javiera Castro<br />
<br />
Catalina Salas<br />
<br />
Pia Gonzalez<br />
<br />
Josefa Hidalgo<br />
<br />
Dafne Oyarzun<br />
<br />
Daniela Benavides<br />
<br />
'''Grupo 7'''<br />
<br />
<br />
Antonia Morales<br />
<br />
Fernanda Bernales<br />
<br />
Benjamin Torres<br />
<br />
Javiera Rodriguez<br />
<br />
Cristobal Valenzuela<br />
<br />
'''Grupo 8'''<br />
<br />
Daniela Lopez<br />
<br />
Rocio Vasquez<br />
<br />
Jose Flores<br />
<br />
Juaquín Villagra<br />
<br />
Elias Muñoz<br />
<br />
===Clase 4===<br />
<br />
1. Revisión de avances de los encargos y orientaciones para el avance de los grupos, exposición grupal.<br />
<br />
===Clase 5===<br />
<br />
1. revisión grupos restantes sin corregir de la clase anterior.<br />
<br />
2. Definición de temas de trabajo por grupo.<br />
<br />
Grupo 1: Culto y cultura<br />
<br />
Grupo 2: Comercio<br />
<br />
Grupo 3: Deporte<br />
<br />
Grupo 4: Educación<br />
<br />
Grupo 5: Recreación, esparcimiento y áreas verdes<br />
<br />
Grupo 6: Residencial y Salud<br />
<br />
Grupo 7:Transporte<br />
<br />
Grupo 8: Vías</div>Catalinasalasbarahonahttps://wiki.ead.pucv.cl/index.php?title=Catalina_Salas&diff=1394319Catalina Salas2023-03-15T01:09:45Z<p>Catalinasalasbarahona: </p>
<hr />
<div>{{Persona<br />
|Nombre=Catalina<br />
|Apellido=Salas Barahona<br />
|Imagen=26230100 1834251366599751 9019043849013419761 n.jpg<br />
|Año de Ingreso a la Escuela=2019<br />
|Fecha de Nacimiento=2000/08/14<br />
|País=Chile<br />
|Ciudad=Viña del Mar<br />
|Relación con la Escuela=Alumno<br />
|Carreras Relacionadas=Arquitectura<br />
}}<br />
{{Mis Talleres}}<br />
{{Mis Proyectos}}</div>Catalinasalasbarahonahttps://wiki.ead.pucv.cl/index.php?title=Lenguaje_y_Representaci%C3%B3n_Arquitect%C3%B3nica_3:_2%C2%B0_Semestre_2022&diff=1394317Lenguaje y Representación Arquitectónica 3: 2° Semestre 20222023-03-15T01:02:59Z<p>Catalinasalasbarahona: </p>
<hr />
<div>{{Curso<br />
|Asignaturas Relacionadas=Lenguaje y Representación Arquitectónica 3<br />
|Año=2022<br />
|Tipo de Curso=Ramo Lectivo<br />
|Profesores=Fernanda Soto Rojas<br />
|Ayudantes=Catalina Aninat, Simón Pablo Otárola Neira<br />
|Alumnos=Ignacio Urbina, Lukas Ulloa, Valentina Aguilera Valencia, Almendra gonzalez valderrama, Patricia Alejandra Cuevas Zúñiga, Ignacia Blaimont Sagredo, Luckas Gajardo González, Pilar Flores Alballay, Andres Andrade Andrade, Danae Pirce Badillo, Francisca Faúndez Soto<br />
|Carreras Relacionadas=Arquitectura<br />
}}<br />
==Calendario==<br />
<br />
*'''ENTREGA PARCIAL:''' La entrega parcial se realizará el día '''Viernes 30 de Septiembre'''.<br />
*'''ENTREGA FINAL:''' La entrega final se realizará el día '''Viernes 11 de Noviembre'''.<br />
<br />
'''IMPORTANTE:''' Ambas entregas deben ser subidas al drive del curso en la carpeta correspondiente, como máximo '''hasta las 23:59 hrs para el caso de la Entrega Parcial y hasta las 17:00 hrs para el caso de la Entrega Final'''.<br />
<br />
==Proyecto==<br />
<br />
'''ESPECIFICACIONES DEL PROYECTO:''' Este semestre se trabajará un proyecto que cuente con una superficie mínima construida de 200 m2, la cual es de libre elección. Puede estar ubicada en cualquier parte del mundo, lo importante es que sea una obra de la cual el/la alumno/a pueda obtener la suficiente información como para poder modelar en Revit.<br />
<br />
'''IMPORTANTE:''' El proyecto '''no puede estar repetido''' y es responsabilidad del/la alumno/a asegurar que su proyecto no este ocupado por otro/a. <br />
<br />
[https://docs.google.com/spreadsheets/d/1T7wt2OINZTSXhUZrZxRRrnr0rN2vSXYikFOMo0WR9uw/edit?usp=drive_web&ouid=115369881840994627847 Excel para inscribir el proyecto]<br />
<br />
==Entrega Parcial - Viernes 30 de Septiembre==<br />
<br />
Esta entrega, tiene una equivalencia de un 40% de la nota final y busca revisar el avance del modelo considerando la aplicación de todas las habilidades vistas en el curso durante las primeras 6 clases de este. <br />
<br />
Clase a clase se ha ido definiendo lo que deben presentar en la entrega, pero les hacemos un resumen para que puedan revisar previamente a entregar.<br />
<br />
1. Definir Unidades del proyecto en metros o centímetros.<br />
<br />
2. Definir Niveles a trabajar y nombrar (editar niveles, definir altura). <br />
<br />
3. Sistema de Ejes del proyecto definidos y nombrados correctamente (correlativos). Definir cuáles son los ejes necesarios del proyecto para una buena descripción informativa y constructiva.<br />
<br />
4. Muros en todos los niveles (duplicar, nombrar, editar, insertar) Mínimo de 2 tipos (interior / exterior). Muros cortinas en el caso de que el proyecto lo requiera.<br />
<br />
5. Puertas y Ventanas (duplicar, nombrar, editar, insertar). Mínimo de 2 tipos para cada elemento.<br />
<br />
6. Tener identificadas las Plantas y definidas sus áreas de recorte (nombrados las plantas a base de los niveles. Debe decir, por ejemplo; PLANTA “PRIMER PISO”).<br />
<br />
7. Tener los Alzados correctos, nombrados (no por defecto) y definidas sus áreas de recorte. Debe decir ELEVACIÓN "X".... para cada una de las vistas.<br />
<br />
8. Tener Cortes de trabajo, nombrados (debe decir, por ejemplo, CORTE “ A - A’ ”) y definidas sus áreas de recorte.<br />
<br />
9. Topografía definida con materialidad asignada. Insertar plataforma y subregión.<br />
<br />
10. Elementos de Suelos, Techos (Cielos), y Cubiertas definidos (duplicar, nombrar, editar, insertar).<br />
<br />
11. Pilares en el caso de requerirse. (duplicar, nombrar, editar, insertar).<br />
<br />
12. Componentes del proyecto, mobiliario, cocinas y baños ( privilegiando lo que se ve en planta).<br />
<br />
13. Todas las vistas creadas al momento a escala 1:50.<br />
<br />
14. Elementos de circulación si son necesario (escaleras con su respectiva baranda y/o rampas) <br />
<br />
Con respecto a las áreas de recorte, priorizar el proyecto por sobre el entorno (debe existir un criterio personal de cual es la mejor manera de mostrar el proyecto).<br />
<br />
Con respecto a la existencia de cada elemento (muros, pisos, puertas, ventanas, cielos, cubiertas, etc.), estos se deben nombrar de la siguiente forma:<br />
<br />
Nombre + Apellido (por claridad en la corrección que no sean las iniciales) _ Elemento y Descripción básica _ Medida<br />
<br />
El plazo máximo de entrega será hasta el día 30 de Septiembre, a las 23:59 hrs. El formato de entrega será digital subida al drive. Los archivos que lleguen después de la hora no considerarán el punto base y solo serán corregidos los trabajos que lleguen durante el día. En esta entrega digital deben incluir en un solo documento PDF la información que están ocupando para realizar el modelo y su ficha (planos, fotografías, etc). No olvidar generar una carátula inicial con el nombre del alumno y el nombre del proyecto.<br />
<br />
Los archivos se deben nombrar de la siguiente forma:<br />
<br />
Archivo REVIT: Apellido + Nombre (por claridad en la corrección que no sean las iniciales) _ Entrega Parcial.rvt<br />
<br />
Archivo PDF con la información del proyecto (Ficha): Apellido + Nombre (que no sean las iniciales para mayor claridad en la corrección) _ Entrega Parcial.pdf<br />
<br />
Subir estos archivos en el drive en la carpeta Entrega Parcial, dentro de una carpeta creada por ustedes en su respectivo paralelo, nombrada de la siguiente manera APELLIDO + NOMBRE <br />
<br />
Nombrar los elementos y archivos es parte de la corrección y de las instrucciones, por lo que se rebajara puntaje si tuvieran errores al nombrar.<br />
<br />
Esta entrega mide la completitud del modelo junto a su entorno y que demuestren que manejan las herramientas al estar presentes todos los elementos de la lista como mínimo.<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
==Entrega Final - Viernes 11 de Noviembre==<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
Como objetivo general de esta entrega, las herramientas REVIT deben ocuparse a favor del dibujo, para poder crear un lenguaje que describa las intenciones arquitectónicas. Esta evaluación se centra en el '''lenguaje de la planimetría''' entregada. <br />
<br />
<br />
'''La entrega final responde a lo siguiente:'''<br />
<br />
<br />
'''1.''' El proyecto debe tener una ubicación y tener definidos los límites del terreno. <br />
<br />
<br />
'''2.''' En el caso de elementos como Muros, Cubiertas, Suelos, Puertas y Ventanas, se solicita asignar nombres personalizados. Así también los niveles, elevaciones y cortes.<br />
<br />
· Niveles: Configuración correspondiente a la altura, nombrar las alturas que se definen en el proyecto. No hay nombre por defecto.<br />
<br />
· Grillas: Ejes principales del proyecto, acotados con el fin de dimensionar el proyecto, incluyendo sea el caso, referencia de ángulos (en caso de diagonales). <br />
<br />
· Muros: Uso de diferentes tipos de muros personalizados para cada proyecto.<br />
<br />
· Puertas: Uso de diferentes tipos de puertas personalizadas para cada proyecto.<br />
<br />
· Ventanas: Uso de diferentes tipos de ventanas personalizadas para cada proyecto.<br />
<br />
· Suelos: Uso de diferentes tipos de suelos o losas personalizadas para cada proyecto.<br />
<br />
· Cielos: Uso personalizado para cada proyecto.<br />
<br />
· Techumbres: Tipo de cubierta personalizada para cada proyecto.<br />
<br />
<br />
'''3.''' Insertar Componentes: Insertar componentes según proyecto. Mobiliario, entorno, personas, entre otros.<br />
<br />
<br />
'''4.''' Programar elevaciones y cortes del proyecto, Definir región de corte de estas vistas. Ordenar información y completar con anotaciones y cotas.<br />
<br />
<br />
'''5.''' Acotar proyecto completo. Cotas interiores y exteriores. Asignarles la relación con respecto a los límites del proyecto. Se deben acotar los ejes y las distancias interiores necesarias según proyecto en todas las vistas.<br />
<br />
<br />
'''6.''' Habitaciones y Áreas<br />
<br />
· Definir y nombrar habitaciones.<br />
<br />
· Esquemas de áreas y cuadro de superficie.<br />
<br />
<br />
'''7.''' Utilizar Herramientas de Anotación: Líneas de detalle, región de rellenos, textos, etiquetas (puertas, ventanas, habitaciones, áreas, etc), pendientes, puntos de elevación (niveles), etc. Se deben utilizar los elementos específicos de vista en todas las vistas según necesidad. <br />
<br />
<br />
'''8.''' Topografía.<br />
<br />
· Insertar superficie topográfica trabajada (NO PLANA) y plataformas si es necesario.<br />
<br />
· Insertar cotas de nivel si es necesario.<br />
<br />
<br />
'''9.''' Imágenes programadas a base de imágenes generadas de la cámara, con una intención clara en que fue escogida la vista. Se recomienda hacer una paralelo con las imágenes reales del proyecto. No es necesario que sea render.<br />
<br />
<br />
'''10.''' Diagramación de láminas a base de formato entregado por nosotros, el cual se puede editar (solo de ser necesario) según tamaño de proyecto.<br />
<br />
· Lámina formato A1.<br />
<br />
· Viñeta del proyecto con información completa del alumno y de la obra.<br />
<br />
<br />
<br />
La cantidad de láminas va de acuerdo a cada proyecto. De todas formas como aproximación, el proyecto podría tener como mínimo el siguiente esquema:<br />
<br />
· Lámina 1: Plano de Ubicación (Imagen JGP o DWG). Plano de Emplazamiento, con límites de terreno y referencias de este con el terreno. Esquemas de Áreas y cuadro de Superficie simple. Además se debe incluir la información general del proyecto (Ubicación, Arquitecto, Año construcción, Superficie, etc.), un texto relacionado a éste y fotos reales del proyecto (como se realizó para la ficha de la Entrega Parcial).<br />
<br />
· Lámina 2: Planta o plantas de la casa y plano de techumbre 1:50.<br />
<br />
· Lámina 3: Elevaciones (al menos 4) 1:50<br />
<br />
· Lámina 4: Cortes (al menos 2) 1:50<br />
<br />
· Lámina 5: Imágenes de referencia de vistas significativas del proyecto, de cámara o renderizadas (se pueden incluir en otras láminas si hay espacio)<br />
<br />
<br />
'''La entrega del archivo se debe realizar de la siguiente forma:'''<br />
<br />
· Entregar el total de archivos en el DRIVE del curso, en carpeta llamada "ENTREGA FINAL”, dentro de una carpeta creada por ustedes en su respectivo paralelo, nombrada como: APELLIDO+NOMBRE.<br />
<br />
· Guardar el archivo .rvt de la siguiente manera: APELLIDO+NOMBRE_Entrega Final.RVT. (Fijarse bien en el formato que entregan)<br />
<br />
· Imprimir en Archivo PDF cada lámina del proyecto, guardado de la siguiente manera: APELLIDO +NOMBRE_laminas.pdf (Se debe entregar el conjunto de láminas en UN SOLO ARCHIVO).<br />
<br />
<br />
'''El formato y el modo de nombrar la entrega también es parte de la nota, por lo que deben entregar de acuerdo a las instrucciones.'''<br />
<br />
'''El plazo final será el día 11 de Noviembre a las 17:00 hrs.'''</div>Catalinasalasbarahonahttps://wiki.ead.pucv.cl/index.php?title=Taller_Marginalidad_Borde_Costero_y_Ciudad_Puerto_2022_S2&diff=1394316Taller Marginalidad Borde Costero y Ciudad Puerto 2022 S22023-03-15T01:02:12Z<p>Catalinasalasbarahona: </p>
<hr />
<div>{{Curso<br />
|Año=2022<br />
|Tipo de Curso=Taller de Etapa<br />
|Talleres=ARQ 3º, ARQ 4º, ARQ 5º<br />
|Profesores=Jorge Ferrada<br />
|Ayudantes=Enrique Rivadeneira Barrios<br />
|Alumnos=Catalina Salas<br />
|Carreras Relacionadas=Arquitectura<br />
}}<br />
{{Tarea<br />
|Carreras Relacionadas=Arquitectura<br />
}}<br />
<br />
=Taller arquitectónico Marginalidad, Borde Costero y Ciudad Puerto Segundo semestre 2022=<br />
<br />
==Información del Taller==<br />
<br />
===Docentes===<br />
<br />
{{#show: Jorge Ferrada|?|? Imagen|format=template|template=Foto Persona}}<br />
{{#show: Enrique Rivadeneira Barrios|?|? Imagen|format=template|template=Foto Persona}}<br />
<br />
===Horario===<br />
* Reuniones presenciales, los '''Lunes''' a las 9:35 am a 12:10 pm - Sala 2B-M79<br />
* Reuniones presenciales, los '''Jueves''' a las 9:35 am a 12:10 pm - Sala 2B-M79<br />
<br />
==Descripción==<br />
<br />
El taller introduce a una compresión de la marginalidad de la ciudad y su relevancia en el habitar durante la dimensión del tiempo. Se centra en el desarrollo de propuestas arquitectónicas que logren ver esta condición de marginalidad como una potencia urbana, dentro del contexto de Ciudad-Puerto. El margen urbano se traduce en un tiempo que la propuesta arquitectónica construye y transforma en un espesor habitable. <br />
<br />
Aborda los conceptos de Limite, Borde y Margen, y su relación con la configuración de la ciudad, sus limites urbanos y orillas naturales. Se analiza el contexto de la Ciudad-Puerto, su relación con el entorno espacial y físico-geográfico, junto a aspectos normativos y de infraestructura. Se trabajara bajo tres metodologías de estudio: la observación, la observacional y la constatación. <br />
<br />
==Estructura==<br />
<br />
El taller contara de tres ciclos. <br />
Los porcentajes de evaluación estarán sujetos a cambios según las circunstancias del contexto nacional. En un comienzo, la ponderación de cada ciclo serán: <br />
<br />
C1: 30%<br />
C2: 30%<br />
C3: 40%<br />
<br />
==Acuerdos de Taller==<br />
<br />
Para el correcto funcionamiento del taller, es necesario tener presente ciertos acuerdos previos que posibiliten y sostengan el correcto funcionamiento; den a conocer los requerimientos mínimos para su aprobación y evaluación; y entreguen los formatos de entrega y condiciones de la misma. Con esto se necesita estar en acuerdo con siguiente: <br />
<br />
El taller requiere de la asistencia a todas las sesiones (reuniones o clases), para comprender la completitud del contenido.<br />
<br />
Cada clase se inicia a la hora previamente acordada y tendrá una lista de asistencia. <br />
<br />
Es responsabilidad de cada estudiante atender a la lista, o cumplir con los requerimientos dados en el taller para ingresar a esta. Un estudiante atrasado, puede registrarse en el intermedio de la sesión, sin interrumpir el curso de la clase; un atraso cuenta como media asistencia.<br />
<br />
El estudiante tiene que dar aviso oportuno de su ausencia a los profesores si es requerido. Sólo se aceptará una inasistencia debidamente justificada.<br />
<br />
Las entregas de tareas se realizaran en los plazos acordados. Una entrega tardía tendrá un descuento en la calificación. Con esto, para entregas via online, se deberá entregar el día anterior (hasta las 23:59 hrs.); y si se trata de entregas presenciales bajo un régimen normal de taller, estas se entregaran al comienzo de cada sesión. <br />
<br />
Es responsabilidad de cada alumno respetar los formatos dados en el taller, y de informarse o consultar estos mismos previamente. <br />
<br />
Se espera que los estudiantes generen su propia materia de estudio a partir de las indicaciones entregadas en clase. El trabajo de cada estudiante es original, por ello se debe cuidar no incurrir en plagios, tanto en trabajos escritos como en la materialización de una forma arquitectónica, y debe cumplir con normas de citación APA.<br />
<br />
Finalmente, se exige una actitud de respeto y convivencia por parte de los alumnos hacia sus compañeros y profesores, ajustado Reglamento PUCV nº561/2017, Reglamento de actos de acoso y hostigamiento nº572/2018.<br />
==Tareas==<br />
===Tarea 1 - Curso del espacio===<br />
{{#ask:[[Categoría:Tarea]] [[Cursos Relacionados::Taller Marginalidad Borde Costero y Ciudad Puerto 2022 S2]] [[Number::1]] <br />
|0<br />
|sort=Alumnos<br />
|order=ascending<br />
|format=ol<br />
|limit=50<br />
|[[Isabel Gallardo - Taller MBCCP - T1-2]]}}<br />
[[Maia Alva M Garrido . - Taller MBCCP - T1-2]]<br />
<br />
===Tarea 2 - Concurso===<br />
{{#ask:[[Categoría:Tarea]] [[Cursos Relacionados::Taller Marginalidad Borde Costero y Ciudad Puerto 2022 S2]] [[Number::2]] <br />
|0<br />
|sort=Alumnos<br />
|order=ascending<br />
|format=ol<br />
|limit=50<br />
|}}<br />
<br />
===Tarea 3 - Proyectos integrados===<br />
{{#ask:[[Categoría:Tarea]] [[Cursos Relacionados::Taller Marginalidad Borde Costero y Ciudad Puerto 2022 S2]] [[Number::3]] <br />
|0<br />
|sort=Alumnos<br />
|order=ascending<br />
|format=ol<br />
|limit=50<br />
|}}<br />
<br />
===Tarea 4 - Tarea Recopilación===<br />
{{#ask:[[Categoría:Tarea]] [[Cursos Relacionados::Taller Marginalidad Borde Costero y Ciudad Puerto 2022 S2]] [[Number::4]] <br />
|0<br />
|sort=Alumnos<br />
|order=ascending<br />
|format=ol<br />
|limit=50<br />
|}} 7.[[Recapitulación - Maia]]<br />
8.[[:File:LAMINA WORKSHOP_FERRARI Louise.pdf]]<br />
===Entrega final===<br />
{{#ask:[[Categoría:Tarea]] [[Cursos Relacionados::Taller Marginalidad Borde Costero y Ciudad Puerto 2022 S2]] [[Number::5]] <br />
|0<br />
|sort=Alumnos<br />
|order=ascending<br />
|format=ol<br />
|limit=50<br />
|}}</div>Catalinasalasbarahonahttps://wiki.ead.pucv.cl/index.php?title=Metodolog%C3%ADa_T01_Catalina_Salas_Barahona&diff=1394116Metodología T01 Catalina Salas Barahona2023-03-14T19:12:04Z<p>Catalinasalasbarahona: Página creada con «{{Tarea |Título=Metodología T01 Catalina Salas Barahona |Número=1 |Cursos Relacionados=Metodología de la Investigación en Arquitectura y Diseño S1 2023 |Carreras Relacionadas=Arquitectura |Alumnos=Catalina Salas }}»</p>
<hr />
<div>{{Tarea<br />
|Título=Metodología T01 Catalina Salas Barahona<br />
|Número=1<br />
|Cursos Relacionados=Metodología de la Investigación en Arquitectura y Diseño S1 2023<br />
|Carreras Relacionadas=Arquitectura<br />
|Alumnos=Catalina Salas<br />
}}</div>Catalinasalasbarahonahttps://wiki.ead.pucv.cl/index.php?title=Archivo:CSB.TMBCCP.T04.JPG&diff=1375798Archivo:CSB.TMBCCP.T04.JPG2022-11-15T03:35:26Z<p>Catalinasalasbarahona: </p>
<hr />
<div><br />
== Licencia ==<br />
{{Copyright}}</div>Catalinasalasbarahonahttps://wiki.ead.pucv.cl/index.php?title=Archivo:CSB.TMBCCP.T04.2.PDF&diff=1375797Archivo:CSB.TMBCCP.T04.2.PDF2022-11-15T03:34:48Z<p>Catalinasalasbarahona: </p>
<hr />
<div><br />
== Licencia ==<br />
{{Copyright}}</div>Catalinasalasbarahonahttps://wiki.ead.pucv.cl/index.php?title=Recapitulaci%C3%B3n_de_Pre-Workshop_-_Catalina_Salas_Barahona&diff=1368430Recapitulación de Pre-Workshop - Catalina Salas Barahona2022-10-29T02:04:04Z<p>Catalinasalasbarahona: </p>
<hr />
<div>{{Tarea<br />
|Título=Recapitulación de Pre-Workshop - Catalina Salas Barahona<br />
|Número=4<br />
|Asignaturas Relacionadas=Taller Marginalidad Borde Costero y Ciudad Puerto 2022 S2<br />
|Cursos Relacionados=Taller Marginalidad Borde Costero y Ciudad Puerto 2022 S2<br />
|Carreras Relacionadas=Arquitectura<br />
|Alumnos=Catalina Salas<br />
}}<br />
===Lámina Recapitulación Workshop===<br />
<br />
[[Archivo:CSB.TMBCCP.T04.JPG|700px|center]]<br />
[[Archivo:CSB.TMBCCP.T04.2.PDF|center]]</div>Catalinasalasbarahonahttps://wiki.ead.pucv.cl/index.php?title=Recapitulaci%C3%B3n_de_Pre-Workshop_-_Catalina_Salas_Barahona&diff=1368429Recapitulación de Pre-Workshop - Catalina Salas Barahona2022-10-29T02:03:44Z<p>Catalinasalasbarahona: Página creada con «{{Tarea |Título=Recapitulación de Pre-Workshop - Catalina Salas Barahona |Número=4 |Asignaturas Relacionadas=Taller Marginalidad Borde Costero y Ciudad Puerto 2022 S2 |Cursos Relacionados=Taller Marginalidad Borde Costero y Ciudad Puerto 2022 S2 |Carreras Relacionadas=Arquitectura |Alumnos=Catalina Salas }} ==Lámina Recapitulación Workshop== center center»</p>
<hr />
<div>{{Tarea<br />
|Título=Recapitulación de Pre-Workshop - Catalina Salas Barahona<br />
|Número=4<br />
|Asignaturas Relacionadas=Taller Marginalidad Borde Costero y Ciudad Puerto 2022 S2<br />
|Cursos Relacionados=Taller Marginalidad Borde Costero y Ciudad Puerto 2022 S2<br />
|Carreras Relacionadas=Arquitectura<br />
|Alumnos=Catalina Salas<br />
}}<br />
==Lámina Recapitulación Workshop==<br />
<br />
[[Archivo:CSB.TMBCCP.T04.JPG|700px|center]]<br />
[[Archivo:CSB.TMBCCP.T04.2.PDF|center]]</div>Catalinasalasbarahonahttps://wiki.ead.pucv.cl/index.php?title=Catalina_Salas_Barahona_-_Taller_MBCCP_-_T1-2&diff=1358862Catalina Salas Barahona - Taller MBCCP - T1-22022-10-09T22:25:50Z<p>Catalinasalasbarahona: Página reemplazada por «{{Tarea}}»</p>
<hr />
<div>{{Tarea}}</div>Catalinasalasbarahonahttps://wiki.ead.pucv.cl/index.php?title=Catalina_Salas_Barahona_-_Taller_MBCCP_-_T1-2&diff=1358861Catalina Salas Barahona - Taller MBCCP - T1-22022-10-09T22:25:24Z<p>Catalinasalasbarahona: </p>
<hr />
<div>{{Tarea<br />
|Número=1<br />
|Asignaturas Relacionadas=Taller Marginalidad Borde Costero y Ciudad Puerto 2022 S2<br />
|Cursos Relacionados=Taller Marginalidad Borde Costero y Ciudad Puerto 2022 S2<br />
|Carreras Relacionadas=Arquitectura<br />
|Alumnos=Catalina Salas<br />
}}<br />
===Lámina fundamento curso del espacio===<br />
<br />
[[Archivo:CSB.TMBC.T02.01.JPG|200px|center]]<br />
[[Archivo:CSB.TMBC.T02.02.PDF|200px|center]]<br />
<br />
----<br />
<br />
===Curso del espacio===<br />
[[Archivo:CSB.TMBC.T02.01.JPG|200px|center]]<br />
[[Archivo:CSB.TMBC.T02.02.JPG|200px|center]]<br />
[[Archivo:CSB.TMBC.T02.03.JPG|200px|center]]<br />
[[Archivo:CSB.TMBC.T02.04.JPG|200px|center]]</div>Catalinasalasbarahonahttps://wiki.ead.pucv.cl/index.php?title=Taller_MBCCP_-_Concurso_-_Oficina_Leichtigkeit&diff=1349737Taller MBCCP - Concurso - Oficina Leichtigkeit2022-09-16T02:11:08Z<p>Catalinasalasbarahona: </p>
<hr />
<div>{{Tarea<br />
|Título=Taller MBCCP - Concurso - Oficina Leichtigkeit<br />
|Número=2<br />
|Asignaturas Relacionadas=Taller Marginalidad Borde Costero y Ciudad Puerto 2022 S2<br />
|Cursos Relacionados=Taller Marginalidad Borde Costero y Ciudad Puerto 2022 S2<br />
|Carreras Relacionadas=Arquitectura<br />
|Alumnos=Javiera Castro, Thomas Fischer Pulgar, Pía González, Gabriela Muñoz, Catalina Salas, Nike<br />
}}<br />
===Oficina Leichtigkeit===<br />
<br />
==Lámina concurso==<br />
<br />
[[Archivo:COL.TMBCCP.JPG|700px|center]]<br />
[[Archivo:COL.TMBCCP.2.PDF|center]]<br />
<br />
----<br />
<br />
==Lámina profundización fundamento==<br />
<br />
[[Archivo:COL.TMBCCP.3.JPG|700px|center]]<br />
[[Archivo:COL.TMBCCP.4.PDF|center]]</div>Catalinasalasbarahonahttps://wiki.ead.pucv.cl/index.php?title=Archivo:COL.TMBCCP.3.JPG&diff=1349736Archivo:COL.TMBCCP.3.JPG2022-09-16T02:10:29Z<p>Catalinasalasbarahona: </p>
<hr />
<div><br />
== Licencia ==<br />
{{Copyright}}</div>Catalinasalasbarahonahttps://wiki.ead.pucv.cl/index.php?title=Archivo:COL.TMBCCP.4.PDF&diff=1349733Archivo:COL.TMBCCP.4.PDF2022-09-16T02:07:43Z<p>Catalinasalasbarahona: </p>
<hr />
<div><br />
== Licencia ==<br />
{{Copyright}}</div>Catalinasalasbarahonahttps://wiki.ead.pucv.cl/index.php?title=Taller_MBCCP_-_Concurso_-_Oficina_Leichtigkeit&diff=1349730Taller MBCCP - Concurso - Oficina Leichtigkeit2022-09-16T02:03:59Z<p>Catalinasalasbarahona: </p>
<hr />
<div>{{Tarea<br />
|Título=Taller MBCCP - Concurso - Oficina Leichtigkeit<br />
|Número=2<br />
|Asignaturas Relacionadas=Taller Marginalidad Borde Costero y Ciudad Puerto 2022 S2<br />
|Cursos Relacionados=Taller Marginalidad Borde Costero y Ciudad Puerto 2022 S2<br />
|Carreras Relacionadas=Arquitectura<br />
|Alumnos=Javiera Castro, Thomas Fischer Pulgar, Pía González, Gabriela Muñoz, Catalina Salas, Nike<br />
}}<br />
===Oficina Leichtigkeit===<br />
<br />
==Lámina concurso==<br />
<br />
[[Archivo:COL.TMBCCP.JPG|700px|center]]<br />
[[Archivo:COL.TMBCCP.2.PDF|700px|center]]<br />
<br />
----<br />
<br />
==Lámina profundización fundamento==<br />
<br />
[[Archivo:COL.TMBCCP.3.JPG|700px|center]]<br />
[[Archivo:COL.TMBCCP.4.PDF|700px|center]]</div>Catalinasalasbarahonahttps://wiki.ead.pucv.cl/index.php?title=Catalina_Salas_Barahona_-_Taller_MBCCP_-_T1-2&diff=1348192Catalina Salas Barahona - Taller MBCCP - T1-22022-09-14T20:13:13Z<p>Catalinasalasbarahona: </p>
<hr />
<div>{{Tarea<br />
|Título=Catalina Salas Barahona - Taller MBCCP - T1<br />
|Número=1<br />
|Asignaturas Relacionadas=Taller Marginalidad Borde Costero y Ciudad Puerto 2022 S2<br />
|Cursos Relacionados=Taller Marginalidad Borde Costero y Ciudad Puerto 2022 S2<br />
|Carreras Relacionadas=Arquitectura<br />
|Alumnos=Catalina Salas<br />
}}<br />
===Lámina fundamento curso del espacio===<br />
<br />
[[Archivo:CSB.TMBC.T02.01.JPG|200px|center]]<br />
[[Archivo:CSB.TMBC.T02.02.PDF|200px|center]]<br />
<br />
----<br />
<br />
===Curso del espacio===<br />
[[Archivo:CSB.TMBC.T02.01.JPG|200px|center]]<br />
[[Archivo:CSB.TMBC.T02.02.JPG|200px|center]]<br />
[[Archivo:CSB.TMBC.T02.03.JPG|200px|center]]<br />
[[Archivo:CSB.TMBC.T02.04.JPG|200px|center]]</div>Catalinasalasbarahonahttps://wiki.ead.pucv.cl/index.php?title=Catalina_Salas_Barahona_-_Taller_MBCCP_-_T1-2&diff=1348191Catalina Salas Barahona - Taller MBCCP - T1-22022-09-14T20:12:36Z<p>Catalinasalasbarahona: </p>
<hr />
<div>{{Tarea<br />
|Título=Catalina Salas Barahona - Taller MBCCP - T1<br />
|Número=1<br />
|Asignaturas Relacionadas=Taller Marginalidad Borde Costero y Ciudad Puerto 2022 S2<br />
|Cursos Relacionados=Taller Marginalidad Borde Costero y Ciudad Puerto 2022 S2<br />
|Carreras Relacionadas=Arquitectura<br />
|Alumnos=Catalina Salas<br />
}}<br />
==Curso del espacio==<br />
<br />
===Lámina fundamento curso del espacio===<br />
<br />
[[Archivo:CSB.TMBC.T02.01.JPG|200px|center]]<br />
[[Archivo:CSB.TMBC.T02.02.PDF|200px|center]]<br />
<br />
----<br />
<br />
[[Archivo:CSB.TMBC.T02.01.JPG|200px|center]]<br />
[[Archivo:CSB.TMBC.T02.02.JPG|200px|center]]<br />
[[Archivo:CSB.TMBC.T02.03.JPG|200px|center]]<br />
[[Archivo:CSB.TMBC.T02.04.JPG|200px|center]]</div>Catalinasalasbarahonahttps://wiki.ead.pucv.cl/index.php?title=Taller_MBCCP_-_Ciclo_1_-1er_semestre_2022_-_Yaquelinne_Morales_Guti%C3%A9rre&diff=1347147Taller MBCCP - Ciclo 1 -1er semestre 2022 - Yaquelinne Morales Gutiérre2022-09-12T23:56:17Z<p>Catalinasalasbarahona: </p>
<hr />
<div>{{Tarea<br />
|Título=Taller MBCCP - Ciclo 1 -2S semestre 2022 - Yaquelinne Morales Gutiérre<br />
|Número=1<br />
|Asignaturas Relacionadas=Taller Marginalidad Borde Costero y Ciudad Puerto 2022 S2<br />
|Cursos Relacionados=Taller Marginalidad Borde Costero y Ciudad Puerto 2022 S2<br />
|Carreras Relacionadas=Arquitectura<br />
|Alumnos=Yaquelinne Morales Gutiérrez<br />
|PDF=file:///C:/Users/yaque/Desktop/Encargo.obserrvaciones.1y2.2s.tmbcycp.yomg.2022.laminas_compressed-3encargo2.entregapdfx.pdf<br />
}}<br />
'''SEGUNDO ENCARGO DE OBSERVACIÓN'''<br />
file:///C:/Users/yaque/Desktop/Encargo.obserrvaciones.1y2.2s.tmbcycp.yomg.2022.laminas_compressed-3encargo2.entregapdfx.pdf</div>Catalinasalasbarahonahttps://wiki.ead.pucv.cl/index.php?title=Taller_MBCCP_-_Concurso_-_Oficina_Leichtigkeit&diff=1347145Taller MBCCP - Concurso - Oficina Leichtigkeit2022-09-12T23:55:36Z<p>Catalinasalasbarahona: </p>
<hr />
<div>{{Tarea<br />
|Título=Taller MBCCP - Concurso - Oficina Leichtigkeit<br />
|Número=2<br />
|Asignaturas Relacionadas=Taller Marginalidad Borde Costero y Ciudad Puerto 2022 S2<br />
|Cursos Relacionados=Taller Marginalidad Borde Costero y Ciudad Puerto 2022 S2<br />
|Carreras Relacionadas=Arquitectura<br />
|Alumnos=Javiera Castro, Thomas Fischer Pulgar, Pía González, Gabriela Muñoz, Catalina Salas, Nike<br />
|PDF=COL.TMBCCP.2.PDF<br />
}}<br />
===Oficina Leichtigkeit===<br />
<br />
==Lámina concurso==<br />
<br />
[[Archivo:COL.TMBCCP.JPG|700px|center]]</div>Catalinasalasbarahonahttps://wiki.ead.pucv.cl/index.php?title=Taller_MBCCP_-_Concurso_-_Oficina_Leichtigkeit&diff=1347143Taller MBCCP - Concurso - Oficina Leichtigkeit2022-09-12T23:55:16Z<p>Catalinasalasbarahona: </p>
<hr />
<div>{{Tarea<br />
|Título=Taller MBCCP - Concurso - Oficina Leichtigkeit<br />
|Número=2<br />
|Asignaturas Relacionadas=Taller Marginalidad Borde Costero y Ciudad Puerto 2022 S2<br />
|Cursos Relacionados=Taller Marginalidad Borde Costero y Ciudad Puerto 2022 S2<br />
|Carreras Relacionadas=Arquitectura<br />
|Alumnos=Javiera Castro, Thomas Fischer Pulgar, Pía González, Gabriela Muñoz, Catalina Salas, Nike<br />
|PDF=COL.TMBCCP.2.PDF<br />
}}<br />
===Oficina Leichtigkeit===<br />
<br />
==Lámina concurso==<br />
<br />
[[Archivo:COL.TMBCCP.JPG|500px|center]]</div>Catalinasalasbarahonahttps://wiki.ead.pucv.cl/index.php?title=Taller_MBCCP_-_Concurso_-_Oficina_Leichtigkeit&diff=1347140Taller MBCCP - Concurso - Oficina Leichtigkeit2022-09-12T23:52:44Z<p>Catalinasalasbarahona: </p>
<hr />
<div>{{Tarea<br />
|Título=Taller MBCCP - Concurso - Oficina Leichtigkeit<br />
|Número=2<br />
|Asignaturas Relacionadas=Taller Marginalidad Borde Costero y Ciudad Puerto 2022 S2<br />
|Cursos Relacionados=Taller Marginalidad Borde Costero y Ciudad Puerto 2022 S2<br />
|Carreras Relacionadas=Arquitectura<br />
|Alumnos=Javiera Castro, Thomas Fischer Pulgar, Pía González, Gabriela Muñoz, Catalina Salas, Nike<br />
|PDF=COL.TMBCCP.2.PDF<br />
}}<br />
===Oficina Leichtigkeit===<br />
<br />
==Lámina concurso==<br />
<br />
[[Archivo:COL.TMBCCP.JPG|300px|center]]</div>Catalinasalasbarahonahttps://wiki.ead.pucv.cl/index.php?title=Archivo:COL.TMBCCP.JPG&diff=1347138Archivo:COL.TMBCCP.JPG2022-09-12T23:51:21Z<p>Catalinasalasbarahona: </p>
<hr />
<div><br />
== Licencia ==<br />
{{Copyright}}</div>Catalinasalasbarahonahttps://wiki.ead.pucv.cl/index.php?title=Archivo:COL.TMBCCP.2.PDF&diff=1347130Archivo:COL.TMBCCP.2.PDF2022-09-12T23:46:33Z<p>Catalinasalasbarahona: </p>
<hr />
<div><br />
== Licencia ==<br />
{{Copyright}}</div>Catalinasalasbarahonahttps://wiki.ead.pucv.cl/index.php?title=Taller_MBCCP_-_Concurso_-_Oficina_Leichtigkeit&diff=1347129Taller MBCCP - Concurso - Oficina Leichtigkeit2022-09-12T23:46:02Z<p>Catalinasalasbarahona: </p>
<hr />
<div>{{Tarea<br />
|Título=Taller MBCCP - Concurso - Oficina Leichtigkeit<br />
|Número=2<br />
|Asignaturas Relacionadas=Taller Marginalidad Borde Costero y Ciudad Puerto 2022 S2<br />
|Cursos Relacionados=Taller Marginalidad Borde Costero y Ciudad Puerto 2022 S2<br />
|Carreras Relacionadas=Arquitectura<br />
|Alumnos=Javiera Castro, Thomas Fischer Pulgar, Pía González, Gabriela Muñoz, Catalina Salas, Nike<br />
}}<br />
===Oficina Leichtigkeit===<br />
<br />
==Lámina concurso==<br />
<br />
[[Archivo:COL.TMBCCP.JPG|300px|center]]<br />
<br />
----<br />
<br />
[[Archivo:COL.TMBCCP.2.PDF]]</div>Catalinasalasbarahonahttps://wiki.ead.pucv.cl/index.php?title=Taller_MBCCP_-_Concurso_-_Oficina_Leichtigkeit&diff=1347126Taller MBCCP - Concurso - Oficina Leichtigkeit2022-09-12T23:40:23Z<p>Catalinasalasbarahona: Página creada con «{{Tarea |Título=Taller MBCCP - Concurso - Oficina Leichtigkeit |Número=2 |Asignaturas Relacionadas=Taller Marginalidad Borde Costero y Ciudad Puerto 2022 S2 |Cursos Relacionados=Taller Marginalidad Borde Costero y Ciudad Puerto 2022 S2 |Carreras Relacionadas=Arquitectura |Alumnos=Javiera Castro, Thomas Fischer Pulgar, Pía González, Gabriela Muñoz, Catalina Salas, Nike }}»</p>
<hr />
<div>{{Tarea<br />
|Título=Taller MBCCP - Concurso - Oficina Leichtigkeit<br />
|Número=2<br />
|Asignaturas Relacionadas=Taller Marginalidad Borde Costero y Ciudad Puerto 2022 S2<br />
|Cursos Relacionados=Taller Marginalidad Borde Costero y Ciudad Puerto 2022 S2<br />
|Carreras Relacionadas=Arquitectura<br />
|Alumnos=Javiera Castro, Thomas Fischer Pulgar, Pía González, Gabriela Muñoz, Catalina Salas, Nike<br />
}}</div>Catalinasalasbarahonahttps://wiki.ead.pucv.cl/index.php?title=Catalina_Salas_Barahona_-_Taller_MBCCP_-_T1-2&diff=1336223Catalina Salas Barahona - Taller MBCCP - T1-22022-08-24T16:07:00Z<p>Catalinasalasbarahona: </p>
<hr />
<div>{{Tarea<br />
|Título=Catalina Salas Barahona - Taller MBCCP - T1<br />
|Número=1<br />
|Asignaturas Relacionadas=Taller Marginalidad Borde Costero y Ciudad Puerto 2022 S2<br />
|Cursos Relacionados=Taller Marginalidad Borde Costero y Ciudad Puerto 2022 S2<br />
|Carreras Relacionadas=Arquitectura<br />
|Alumnos=Catalina Salas<br />
}}<br />
===Tarea de observación===<br />
<br />
[[Archivo:CSB.TMBC.T01.JPG|300px|center]]<br />
<br />
----<br />
<br />
===Curso del espacio===<br />
<br />
[[Archivo:CSB.TMBC.T02.01.JPG|200px|center]]<br />
[[Archivo:CSB.TMBC.T02.02.JPG|200px|center]]<br />
[[Archivo:CSB.TMBC.T02.03.JPG|200px|center]]<br />
[[Archivo:CSB.TMBC.T02.04.JPG|200px|center]]<br />
<br />
<br />
===Lámina fundamento curso del espacio===<br />
<br />
[[Archivo:CSB.TMBC.T02.05.JPG|200px|center]]</div>Catalinasalasbarahonahttps://wiki.ead.pucv.cl/index.php?title=Catalina_Salas&diff=1336222Catalina Salas2022-08-24T16:05:43Z<p>Catalinasalasbarahona: </p>
<hr />
<div>{{Persona<br />
|Nombre=Catalina<br />
|Apellido=Salas Barahona<br />
|Imagen=26230100 1834251366599751 9019043849013419761 n.jpg<br />
|Año de Ingreso a la Escuela=2019<br />
|Fecha de Nacimiento=2000/08/14<br />
|País=Chile<br />
|Ciudad=Viña del Mar<br />
|Relación con la Escuela=Alumno<br />
|Carreras Relacionadas=Arquitectura<br />
}}<br />
{{Mis Talleres}}<br />
{{Mis Tareas}}<br />
{{Mis Proyectos}}</div>Catalinasalasbarahonahttps://wiki.ead.pucv.cl/index.php?title=Catalina_Salas_Barahona_-_Taller_MBCCP_-_T1-2&diff=1336221Catalina Salas Barahona - Taller MBCCP - T1-22022-08-24T16:04:28Z<p>Catalinasalasbarahona: </p>
<hr />
<div>{{Tarea<br />
|Título=Catalina Salas Barahona - Taller MBCCP - T1-2<br />
|Número=1<br />
|Asignaturas Relacionadas=Taller Marginalidad Borde Costero y Ciudad Puerto 2022 S2<br />
|Cursos Relacionados=Taller Marginalidad Borde Costero y Ciudad Puerto 2022 S2<br />
|Carreras Relacionadas=Arquitectura<br />
|Alumnos=Catalina Salas<br />
}}<br />
===Tarea de observación===<br />
<br />
[[Archivo:CSB.TMBC.T01.JPG|300px|center]]<br />
<br />
----<br />
<br />
===Curso del espacio===<br />
<br />
[[Archivo:CSB.TMBC.T02.01.JPG|200px|center]]<br />
[[Archivo:CSB.TMBC.T02.02.JPG|200px|center]]<br />
[[Archivo:CSB.TMBC.T02.03.JPG|200px|center]]<br />
[[Archivo:CSB.TMBC.T02.04.JPG|200px|center]]<br />
<br />
<br />
===Lámina fundamento curso del espacio===<br />
<br />
[[Archivo:CSB.TMBC.T02.05.JPG|200px|center]]</div>Catalinasalasbarahonahttps://wiki.ead.pucv.cl/index.php?title=Catalina_Salas_Barahona_-_Taller_MBCCP_-_T1-2&diff=1336220Catalina Salas Barahona - Taller MBCCP - T1-22022-08-24T16:03:03Z<p>Catalinasalasbarahona: </p>
<hr />
<div>{{Tarea<br />
|Título=Catalina Salas Barahona - Taller MBCCP - T1-2<br />
|Número=1<br />
|Asignaturas Relacionadas=Taller de Marginalidad Borde Costero y Ciudad-Puerto<br />
|Cursos Relacionados=Taller Marginalidad Borde Costero y Ciudad Puerto 2022 S2<br />
|Carreras Relacionadas=Arquitectura<br />
|Alumnos=Catalina Salas<br />
}}<br />
===Tarea de observación===<br />
<br />
[[Archivo:CSB.TMBC.T01.JPG|300px|center]]<br />
<br />
----<br />
<br />
===Curso del espacio===<br />
<br />
[[Archivo:CSB.TMBC.T02.01.JPG|200px|center]]<br />
[[Archivo:CSB.TMBC.T02.02.JPG|200px|center]]<br />
[[Archivo:CSB.TMBC.T02.03.JPG|200px|center]]<br />
[[Archivo:CSB.TMBC.T02.04.JPG|200px|center]]<br />
<br />
<br />
===Lámina fundamento curso del espacio===<br />
<br />
[[Archivo:CSB.TMBC.T02.05.JPG|200px|center]]</div>Catalinasalasbarahonahttps://wiki.ead.pucv.cl/index.php?title=Catalina_Salas_Barahona_-_Taller_MBCCP_-_T1-2&diff=1336219Catalina Salas Barahona - Taller MBCCP - T1-22022-08-24T16:02:46Z<p>Catalinasalasbarahona: </p>
<hr />
<div>{{Tarea<br />
|Título=Catalina Salas Barahona - Taller MBCCP - T1-2<br />
|Número=1<br />
|Asignaturas Relacionadas=Taller de Marginalidad Borde Costero y Ciudad-Puerto<br />
|Cursos Relacionados=Taller Marginalidad Borde Costero y Ciudad Puerto 2022 S2<br />
|Carreras Relacionadas=Arquitectura<br />
|Alumnos=Catalina Salas<br />
}}<br />
====Tarea de observación====<br />
<br />
[[Archivo:CSB.TMBC.T01.JPG|300px|center]]<br />
<br />
----<br />
<br />
===Curso del espacio===<br />
<br />
[[Archivo:CSB.TMBC.T02.01.JPG|200px|center]]<br />
[[Archivo:CSB.TMBC.T02.02.JPG|200px|center]]<br />
[[Archivo:CSB.TMBC.T02.03.JPG|200px|center]]<br />
[[Archivo:CSB.TMBC.T02.04.JPG|200px|center]]<br />
<br />
<br />
===Lámina fundamento curso del espacio===<br />
<br />
[[Archivo:CSB.TMBC.T02.05.JPG|200px|center]]</div>Catalinasalasbarahonahttps://wiki.ead.pucv.cl/index.php?title=Catalina_Salas_Barahona_-_Taller_MBCCP_-_T1-2&diff=1336218Catalina Salas Barahona - Taller MBCCP - T1-22022-08-24T16:02:14Z<p>Catalinasalasbarahona: </p>
<hr />
<div>{{Tarea<br />
|Título=Catalina Salas Barahona - Taller MBCCP - T1-2<br />
|Número=1<br />
|Asignaturas Relacionadas=Taller de Marginalidad Borde Costero y Ciudad-Puerto<br />
|Cursos Relacionados=Taller Marginalidad Borde Costero y Ciudad Puerto 2022 S2<br />
|Carreras Relacionadas=Arquitectura<br />
|Alumnos=Catalina Salas<br />
}}<br />
=Admirari Consultorías=<br />
<br />
<br />
===Tarea de observación===<br />
<br />
[[Archivo:CSB.TMBC.T01.JPG|300px|center]]<br />
<br />
----<br />
<br />
===Curso del espacio===<br />
<br />
[[Archivo:CSB.TMBC.T02.01.JPG|200px|center]]<br />
[[Archivo:CSB.TMBC.T02.02.JPG|200px|center]]<br />
[[Archivo:CSB.TMBC.T02.03.JPG|200px|center]]<br />
[[Archivo:CSB.TMBC.T02.04.JPG|200px|center]]<br />
<br />
<br />
===Lámina fundamento curso del espacio===<br />
<br />
[[Archivo:CSB.TMBC.T02.05.JPG|200px|center]]</div>Catalinasalasbarahonahttps://wiki.ead.pucv.cl/index.php?title=Catalina_Salas_Barahona_-_Taller_MBCCP_-_T1-2&diff=1336217Catalina Salas Barahona - Taller MBCCP - T1-22022-08-24T15:55:53Z<p>Catalinasalasbarahona: Página creada con «{{Tarea |Título=Catalina Salas Barahona - Taller MBCCP - T1-2 |Número=1 }}»</p>
<hr />
<div>{{Tarea<br />
|Título=Catalina Salas Barahona - Taller MBCCP - T1-2<br />
|Número=1<br />
}}</div>Catalinasalasbarahonahttps://wiki.ead.pucv.cl/index.php?title=Lenguaje_y_Representaci%C3%B3n_Arquitect%C3%B3nica_3:_2%C2%B0_Semestre_2022&diff=1335646Lenguaje y Representación Arquitectónica 3: 2° Semestre 20222022-08-23T02:18:33Z<p>Catalinasalasbarahona: </p>
<hr />
<div>{{Curso<br />
|Asignaturas Relacionadas=Lenguaje y Representación Arquitectónica 3<br />
|Año=2022<br />
|Tipo de Curso=Ramo Lectivo<br />
|Profesores=Fernanda Soto Rojas<br />
|Ayudantes=Catalina Aninat, Simón Pablo Otárola Neira<br />
|Alumnos=Ignacio Urbina, Lukas Ulloa, Catalina Salas<br />
|Carreras Relacionadas=Arquitectura<br />
}}<br />
==Calendario==<br />
<br />
*'''ENTREGA PARCIAL:''' La entrega parcial se realizará el día '''Viernes 23 de Septiembre'''.<br />
*'''ENTREGA FINAL:''' La entrega final se realizará el día '''Viernes 28 de Octubre'''.<br />
<br />
'''IMPORTANTE:''' Ambas entregas deben ser subidas al drive del curso en la carpeta correspondiente, como máximo '''hasta las 23:59 hrs del día correspondiente a cada una de ellas'''. <br />
<br />
==Proyecto==<br />
<br />
'''ESPECIFICACIONES DEL PROYECTO:''' Este semestre se trabajará un proyecto que cuente con una superficie mínima construida de 200 m2, la cual es de libre elección. Puede estar ubicada en cualquier parte del mundo, lo importante es que sea una obra de la cual el/la alumno/a pueda obtener la suficiente información como para poder modelar en Revit.<br />
<br />
'''IMPORTANTE:''' El proyecto '''no puede estar repetido''' y es responsabilidad del/la alumno/a asegurar que su proyecto no este ocupado por otro/a. <br />
<br />
[https://docs.google.com/spreadsheets/d/1T7wt2OINZTSXhUZrZxRRrnr0rN2vSXYikFOMo0WR9uw/edit?usp=drive_web&ouid=115369881840994627847 Excel para inscribir el proyecto]<br />
<br />
==Entrega Parcial - Viernes 27 de Septiembre==<br />
<br />
==Entrega Final - Viernes 28 de Octubre==</div>Catalinasalasbarahonahttps://wiki.ead.pucv.cl/index.php?title=Catalina_Salas&diff=1331560Catalina Salas2022-08-16T03:06:49Z<p>Catalinasalasbarahona: </p>
<hr />
<div>{{Persona<br />
|Nombre=Catalina<br />
|Apellido=Salas Barahona<br />
|Imagen=26230100 1834251366599751 9019043849013419761 n.jpg<br />
|Año de Ingreso a la Escuela=2019<br />
|Fecha de Nacimiento=2000/08/14<br />
|País=Chile<br />
|Ciudad=Viña del Mar<br />
|Relación con la Escuela=Alumno<br />
|Carreras Relacionadas=Arquitectura<br />
}}<br />
{{Mis Talleres}}<br />
{{Mis Proyectos}}</div>Catalinasalasbarahonahttps://wiki.ead.pucv.cl/index.php?title=Taller_Marginalidad_Borde_Costero_y_Ciudad_Puerto_2022_S2&diff=1331559Taller Marginalidad Borde Costero y Ciudad Puerto 2022 S22022-08-16T03:06:12Z<p>Catalinasalasbarahona: </p>
<hr />
<div>{{Curso<br />
|Año=2022<br />
|Tipo de Curso=Taller de Etapa<br />
|Talleres=ARQ 3º, ARQ 4º, ARQ 5º<br />
|Profesores=Jorge Ferrada<br />
|Ayudantes=Enrique Rivadeneira Barrios<br />
|Carreras Relacionadas=Arquitectura<br />
}}<br />
=Taller arquitectónico Marginalidad, Borde Costero y Ciudad Puerto Segundo semestre 2022=<br />
<br />
==Información del Taller==<br />
<br />
===Docentes===<br />
<br />
{{#show: Jorge Ferrada|?|? Imagen|format=template|template=Foto Persona}}<br />
{{#show: Enrique Rivadeneira Barrios|?|? Imagen|format=template|template=Foto Persona}}<br />
<br />
===Horario===<br />
* Reuniones presenciales, los '''Lunes''' a las 9:35 am a 12:10 pm - Sala 2B-M79<br />
* Reuniones presenciales, los '''Jueves''' a las 9:35 am a 12:10 pm - Sala 2B-M79<br />
<br />
==Descripción==<br />
<br />
El taller introduce a una compresión de la marginalidad de la ciudad y su relevancia en el habitar durante la dimensión del tiempo. Se centra en el desarrollo de propuestas arquitectónicas que logren ver esta condición de marginalidad como una potencia urbana, dentro del contexto de Ciudad-Puerto. El margen urbano se traduce en un tiempo que la propuesta arquitectónica construye y transforma en un espesor habitable. <br />
<br />
Aborda los conceptos de Limite, Borde y Margen, y su relación con la configuración de la ciudad, sus limites urbanos y orillas naturales. Se analiza el contexto de la Ciudad-Puerto, su relación con el entorno espacial y físico-geográfico, junto a aspectos normativos y de infraestructura. Se trabajara bajo tres metodologías de estudio: la observación, la observacional y la constatación. <br />
<br />
==Estructura==<br />
<br />
El taller contara de tres ciclos. <br />
Los porcentajes de evaluación estarán sujetos a cambios según las circunstancias del contexto nacional. En un comienzo, la ponderación de cada ciclo serán: <br />
<br />
C1: 30%<br />
C2: 30%<br />
C3: 40%<br />
<br />
==Acuerdos de Taller==<br />
<br />
Para el correcto funcionamiento del taller, es necesario tener presente ciertos acuerdos previos que posibiliten y sostengan el correcto funcionamiento; den a conocer los requerimientos mínimos para su aprobación y evaluación; y entreguen los formatos de entrega y condiciones de la misma. Con esto se necesita estar en acuerdo con siguiente: <br />
<br />
El taller requiere de la asistencia a todas las sesiones (reuniones o clases), para comprender la completitud del contenido.<br />
<br />
Cada clase se inicia a la hora previamente acordada y tendrá una lista de asistencia. <br />
<br />
Es responsabilidad de cada estudiante atender a la lista, o cumplir con los requerimientos dados en el taller para ingresar a esta. Un estudiante atrasado, puede registrarse en el intermedio de la sesión, sin interrumpir el curso de la clase; un atraso cuenta como media asistencia.<br />
<br />
El estudiante tiene que dar aviso oportuno de su ausencia a los profesores si es requerido. Sólo se aceptará una inasistencia debidamente justificada.<br />
<br />
Las entregas de tareas se realizaran en los plazos acordados. Una entrega tardía tendrá un descuento en la calificación. Con esto, para entregas via online, se deberá entregar el día anterior (hasta las 23:59 hrs.); y si se trata de entregas presenciales bajo un régimen normal de taller, estas se entregaran al comienzo de cada sesión. <br />
<br />
Es responsabilidad de cada alumno respetar los formatos dados en el taller, y de informarse o consultar estos mismos previamente. <br />
<br />
Se espera que los estudiantes generen su propia materia de estudio a partir de las indicaciones entregadas en clase. El trabajo de cada estudiante es original, por ello se debe cuidar no incurrir en plagios, tanto en trabajos escritos como en la materialización de una forma arquitectónica, y debe cumplir con normas de citación APA.<br />
<br />
Finalmente, se exige una actitud de respeto y convivencia por parte de los alumnos hacia sus compañeros y profesores, ajustado Reglamento PUCV nº561/2017, Reglamento de actos de acoso y hostigamiento nº572/2018.</div>Catalinasalasbarahonahttps://wiki.ead.pucv.cl/index.php?title=Taller_Marginalidad_Borde_Costero_y_Ciudad_Puerto_2022_S2&diff=1331558Taller Marginalidad Borde Costero y Ciudad Puerto 2022 S22022-08-16T03:05:57Z<p>Catalinasalasbarahona: </p>
<hr />
<div>{{Curso<br />
|Año=2022<br />
|Tipo de Curso=Taller de Etapa<br />
|Talleres=ARQ 3º, ARQ 4º, ARQ 5º<br />
|Profesores=Jorge Ferrada<br />
|Ayudantes=Enrique Rivadeneira Barrios<br />
|Alumnos=Catalina Salas<br />
|Carreras Relacionadas=Arquitectura<br />
}}<br />
=Taller arquitectónico Marginalidad, Borde Costero y Ciudad Puerto Segundo semestre 2022=<br />
<br />
==Información del Taller==<br />
<br />
===Docentes===<br />
<br />
{{#show: Jorge Ferrada|?|? Imagen|format=template|template=Foto Persona}}<br />
{{#show: Enrique Rivadeneira Barrios|?|? Imagen|format=template|template=Foto Persona}}<br />
<br />
===Horario===<br />
* Reuniones presenciales, los '''Lunes''' a las 9:35 am a 12:10 pm - Sala 2B-M79<br />
* Reuniones presenciales, los '''Jueves''' a las 9:35 am a 12:10 pm - Sala 2B-M79<br />
<br />
==Descripción==<br />
<br />
El taller introduce a una compresión de la marginalidad de la ciudad y su relevancia en el habitar durante la dimensión del tiempo. Se centra en el desarrollo de propuestas arquitectónicas que logren ver esta condición de marginalidad como una potencia urbana, dentro del contexto de Ciudad-Puerto. El margen urbano se traduce en un tiempo que la propuesta arquitectónica construye y transforma en un espesor habitable. <br />
<br />
Aborda los conceptos de Limite, Borde y Margen, y su relación con la configuración de la ciudad, sus limites urbanos y orillas naturales. Se analiza el contexto de la Ciudad-Puerto, su relación con el entorno espacial y físico-geográfico, junto a aspectos normativos y de infraestructura. Se trabajara bajo tres metodologías de estudio: la observación, la observacional y la constatación. <br />
<br />
==Estructura==<br />
<br />
El taller contara de tres ciclos. <br />
Los porcentajes de evaluación estarán sujetos a cambios según las circunstancias del contexto nacional. En un comienzo, la ponderación de cada ciclo serán: <br />
<br />
C1: 30%<br />
C2: 30%<br />
C3: 40%<br />
<br />
==Acuerdos de Taller==<br />
<br />
Para el correcto funcionamiento del taller, es necesario tener presente ciertos acuerdos previos que posibiliten y sostengan el correcto funcionamiento; den a conocer los requerimientos mínimos para su aprobación y evaluación; y entreguen los formatos de entrega y condiciones de la misma. Con esto se necesita estar en acuerdo con siguiente: <br />
<br />
El taller requiere de la asistencia a todas las sesiones (reuniones o clases), para comprender la completitud del contenido.<br />
<br />
Cada clase se inicia a la hora previamente acordada y tendrá una lista de asistencia. <br />
<br />
Es responsabilidad de cada estudiante atender a la lista, o cumplir con los requerimientos dados en el taller para ingresar a esta. Un estudiante atrasado, puede registrarse en el intermedio de la sesión, sin interrumpir el curso de la clase; un atraso cuenta como media asistencia.<br />
<br />
El estudiante tiene que dar aviso oportuno de su ausencia a los profesores si es requerido. Sólo se aceptará una inasistencia debidamente justificada.<br />
<br />
Las entregas de tareas se realizaran en los plazos acordados. Una entrega tardía tendrá un descuento en la calificación. Con esto, para entregas via online, se deberá entregar el día anterior (hasta las 23:59 hrs.); y si se trata de entregas presenciales bajo un régimen normal de taller, estas se entregaran al comienzo de cada sesión. <br />
<br />
Es responsabilidad de cada alumno respetar los formatos dados en el taller, y de informarse o consultar estos mismos previamente. <br />
<br />
Se espera que los estudiantes generen su propia materia de estudio a partir de las indicaciones entregadas en clase. El trabajo de cada estudiante es original, por ello se debe cuidar no incurrir en plagios, tanto en trabajos escritos como en la materialización de una forma arquitectónica, y debe cumplir con normas de citación APA.<br />
<br />
Finalmente, se exige una actitud de respeto y convivencia por parte de los alumnos hacia sus compañeros y profesores, ajustado Reglamento PUCV nº561/2017, Reglamento de actos de acoso y hostigamiento nº572/2018.</div>Catalinasalasbarahonahttps://wiki.ead.pucv.cl/index.php?title=Propiedad_de_los_materiales_T01_Catalina_Salas_Barahona&diff=1329433Propiedad de los materiales T01 Catalina Salas Barahona2022-08-01T17:28:16Z<p>Catalinasalasbarahona: </p>
<hr />
<div>{{Tarea<br />
|Título=Propiedad de los materiales T01 Catalina Salas Barahona<br />
|Número=1<br />
|Cursos Relacionados=Propiedades de los materiales 1 Semestre 2022<br />
|Carreras Relacionadas=Arquitectura<br />
|Alumnos=Catalina Salas<br />
}}<br />
====ENCARGO NÚMERO 01====<br />
----<br />
[[Archivo: Catalina Salas Barahona T01 PM 2022.pdf]]</div>Catalinasalasbarahonahttps://wiki.ead.pucv.cl/index.php?title=Propiedad_de_los_materiales_T01_Catalina_Salas_Barahona&diff=1329432Propiedad de los materiales T01 Catalina Salas Barahona2022-08-01T17:27:07Z<p>Catalinasalasbarahona: </p>
<hr />
<div>{{Tarea<br />
|Carreras Relacionadas=Arquitectura<br />
}}<br />
====ENCARGO NÚMERO 01====<br />
----<br />
[[Archivo: Catalina Salas Barahona T01 PM 2022.pdf]]</div>Catalinasalasbarahonahttps://wiki.ead.pucv.cl/index.php?title=Propiedad_de_los_materiales_T01_Catalina_Salas_Barahona&diff=1329431Propiedad de los materiales T01 Catalina Salas Barahona2022-08-01T17:26:33Z<p>Catalinasalasbarahona: </p>
<hr />
<div>{{Tarea<br />
|Título=Propiedad de los materiales T01 Catalina Salas Barahona<br />
|Número=1<br />
|Carreras Relacionadas=Arquitectura<br />
}}<br />
====ENCARGO NÚMERO 01====<br />
----<br />
[[Archivo: Catalina Salas Barahona T01 PM 2022.pdf]]</div>Catalinasalasbarahonahttps://wiki.ead.pucv.cl/index.php?title=Propiedad_de_los_materiales_T01_Catalina_Salas_Barahona&diff=1329430Propiedad de los materiales T01 Catalina Salas Barahona2022-08-01T17:25:56Z<p>Catalinasalasbarahona: </p>
<hr />
<div>{{Tarea<br />
|Título=Propiedad de los materiales T01 Catalina Salas Barahona<br />
|Número=1<br />
|Cursos Relacionados=Propiedades de los materiales 1 Semestre 2022<br />
|Carreras Relacionadas=Arquitectura<br />
}}<br />
====ENCARGO NÚMERO 01====<br />
----<br />
[[Archivo: Catalina Salas Barahona T01 PM 2022.pdf]]</div>Catalinasalasbarahonahttps://wiki.ead.pucv.cl/index.php?title=Catalina_Salas_Barahona_-_Caso_Referencial_2_-_1%C2%BAS_2022&diff=1329429Catalina Salas Barahona - Caso Referencial 2 - 1ºS 20222022-08-01T17:25:19Z<p>Catalinasalasbarahona: </p>
<hr />
<div>{{Tarea<br />
|Título=Fiesta de los locos<br />
|Imagen=CSB.CR2.TCT.JPG<br />
|Número=5<br />
|Asignaturas Relacionadas=Taller del Programa y Forma de la Edificación<br />
|Cursos Relacionados=Taller del Programa y Forma de la Edificación 1º Semestre 2022<br />
|Carreras Relacionadas=Arquitectura<br />
}}<br />
'''Caso Referencial Rito Edad Media'''<br />
----<br />
=Fiesta de los locos=<br />
<br />
<gallery widths="500px" heights="500px" mode="slideshow"><br />
Archivo:CSB.CR2.TCT.JPG|<br />
Archivo:Three Fools of Carnival.jpg|<br />
Archivo:CSB.CR2.3.TCT.JPG|<br />
Archivo:CSB.CR2.4.TCT.JPG|<br />
Archivo:CSB.CR2.5.TCT.PNG|<br />
</gallery><br />
<br />
----<br />
<br />
<br />
'''Antecedentes Generales'''<br />
*''Nombre del rito'': Festum Stultorum / Fiesta de los bufones / Fiesta de los locos<br />
*''Tipo de rito'': Popular - Pagana.<br />
*''Origen'': Francia, Edad Media.<br />
*''Lugar de realización'': Francia, Alemania e Inglaterra.<br />
<br />
----<br />
<br />
'''Descripción'''<br />
<br />
[[Archivo:CSB.CR2.6.TCT.JPG|thumb|300px|derecha|Esquema de relaciones espaciales - Elaboración propia.]]<br />
<br />
La Fiesta de los Locos es una celebración popular ligada a una serie de eventos con trasfondo pagano. Esta era característica de la Edad Media y el Renacimiento, y se mantiene hasta la actualidad en distintas formas y localidades de Europa y Centro América.<br />
<br />
Esta fiesta se celebraba el primero de enero, y buscaba ser una especie de parodia a lo habitual y ortodoxo de la sociedad y de la iglesia católica, utilizando vestimentas características y llamativas contrarias a lo normal de la época.<br />
<br />
----<br />
<br />
'''Relaciones espaciales'''<br />
<br />
La fiesta tenía lugar primeramente en la iglesia, donde los sacerdotes, acompañados de personas externas, se caracterizaban y realizaban una ceremonia "solemne" acompañada de cánticos y bailes burlones y divertidos. Posteriormente, la celebración salía a la ciudad en forma de procesión, continuando con el aura festiva y acompañada de personas que se iban sumando y realizando acciones que representaran los excesos que la iglesia pregonaba (desnudarse, insultar, tomar el lugar del obispo y utilizar sus vestimentas en forma de burla, etc.) <br />
<br />
----<br />
<br />
'''Bibliografía y referencias'''<br />
*''https://www.jstor.org/stable/40356218''<br />
*''https://amberesrevista.com/la-fiesta-de-los-locos/''<br />
*''https://www.globovision.com/article/las-fiestas-de-los-locos-son-una-antigua-tradicion-de-origen-pagano''<br />
*''https://revistaaventurero.com.mx/imperdible/desfile-de-los-locos-en-san-miguel-de-allende/''<br />
*''http://socompa.info/cultural/presuncion-de-inocencia/attachment/la-fiesta-de-los-locos-mexico/''<br />
*''https://www.uv.es/dpujante/PDF/CAP1/A/Ramon_Garcia.pdf''</div>Catalinasalasbarahonahttps://wiki.ead.pucv.cl/index.php?title=Catalina_Salas_Barahona_-_Caso_Referencial_1_-_1%C2%BAS_2022&diff=1329428Catalina Salas Barahona - Caso Referencial 1 - 1ºS 20222022-08-01T17:24:06Z<p>Catalinasalasbarahona: </p>
<hr />
<div>{{Tarea<br />
|Título=Teatro Herodes Ático<br />
|Imagen=CSB.CR1.TCT.JPG<br />
|Número=3<br />
|Asignaturas Relacionadas=Taller del Programa y Forma de la Edificación<br />
|Cursos Relacionados=Taller del Programa y Forma de la Edificación 1º Semestre 2022<br />
|Carreras Relacionadas=Arquitectura<br />
}}<br />
'''Caso Referencial Teatro Griego'''<br />
----<br />
=Odeón de Herodes Ático=<br />
<br />
<gallery widths="500px" heights="500px" mode="slideshow"><br />
Archivo:CSB.CR1.TCT.JPG|<br />
Archivo:CSB.CR1.2.TCT.JPG|<br />
Archivo:CSB.CR1.3.TCT.JPG|<br />
Archivo:CSB.CR1.5.TCT.JPG|<br />
Archivo:CSB.CR1.4.TCT.JPG|<br />
</gallery><br />
<br />
----<br />
<br />
<br />
'''Antecedentes Generales'''<br />
*''Ubicación'': Atenas, Grecia.<br />
*''Arquitectos/as'': Desconocido.<br />
*''Año'': 161 d.C.<br />
*''Clasificación'': Teatro romano.<br />
<br />
----<br />
<br />
'''Antecedentes Técnicos'''<br />
*''Superficie total'': 5.024 metros cuadrados.<br />
*''Capacidad'': 5.000 espectadores app.<br />
<br />
----<br />
[[Archivo:CSB.CR1.6.TCT.JPG|thumb|300px|derecha|Esquema programa arquitectónico - Elaboración propia.]]<br />
<br />
'''Descripción'''<br />
<br />
El Odeón de Herodes Ático es un teatro utilizado hasta la actualidad para representaciones dramáticas y/o musicales, como también festivales. Construido en honor de la esposa fallecida del cónsul romano, la estructura hecha completamente de mármol con accesorios de madera, se mantiene en pie hasta nuestros días siendo el mejor mantenido entre su tipo y las estructuras cercanas.<br />
<br />
'''Programa Arquitectónico'''<br />
<br />
El teatro se compone de una orquesta semi circular y un escenario de aproximadamente 19 metros de longitud. Adicional a esto, se encuentra el conjunto de graderías dispuestas en 32 filas con un diámetro total de 80 metros.<br />
<br />
<br />
<br />
----<br />
<br />
'''Planimetría'''<br />
<br />
<gallery widths="400px" heights="400px" mode="packed"><br />
Archivo:CSB.CR1.8.TCT.JPG|<br />
</gallery><br />
<br />
----<br />
<br />
'''Bibliografía y referencias'''<br />
*''https://sobregrecia.com/2016/07/19/el-odeon-de-herodes-atico-en-atenas/''<br />
*''https://acropolisdeatenas.info/odeon-de-herodes-atico/''<br />
*''https://www.atenas.net/odeon-herodes-atico''<br />
*''https://www.guiadegrecia.com/atenas/odeon.html''<br />
*''https://turismo.org/odeon-de-herodes-atico/''<br />
*''https://www.orangesmile.com/extreme/es/anfiteatro-operativo/odeon-de-herodes-atico.htm''<br />
*''https://www.alamy.com/stock-photo-plan-of-the-odeon-of-herodes-atticus-an-ancient-theater-in-athens-75404270.html''</div>Catalinasalasbarahonahttps://wiki.ead.pucv.cl/index.php?title=Admirari_Consultor%C3%ADas&diff=1321233Admirari Consultorías2022-07-05T19:54:54Z<p>Catalinasalasbarahona: </p>
<hr />
<div>{{Proyecto<br />
|Título=Admirari Consultorías<br />
|Imagen=baselogoadmirari.jpeg<br />
|Tipo de Proyecto=Proyecto de Taller<br />
|Palabras Clave=ciudad-teatro<br />
|Año de Inicio=2022<br />
|Año de Término=2022<br />
|Carreras Relacionadas=Arquitectura<br />
|Asignaturas Relacionadas=Taller del Programa y Forma de la Edificación<br />
|Cursos Relacionados=Taller del Programa y Forma de la Edificación 1º Semestre 2022<br />
|Profesor=Andrés Garcés, Paula Andrea Olmedo Latoja<br />
|Alumnos=Pía González, Catalina Salas, Camila Torres<br />
}}<br />
=Admirari Consultorías=<br />
<br />
<br />
===Origen===<br />
<br />
''Admirari''. Del conjunto de palabras con etimología en latín ''Ad (hacia)'' y ''Mirari (mirar, admirarse)'', hace referencia al acto de contemplar permanente en que nos encontramos en el habitar y recorrer de la ciudad.<br />
<br />
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<br />
===Objetivo===<br />
<br />
Admirari es una consultora dedicada a dar lugar a infraestructuras que acojan actos escénicos y artísticos dentro de la ciudad, generando espacios que reciban correctamente y consideren el desenvolver del cuerpo en conjunto con sus actos variados, conviviendo en armonía con el acontecer dinámico urbano ya existente.<br />
<br />
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<br />
<br />
===Principios de Teatralidad===<br />
<br />
<br />
====Vinculación con el recorrer urbano====<br />
[[Archivo:ConsultoraAdmirariE1PrincipioVRUEsquema.jpg|350px|miniaturadeimagen|derecha| Polígono de relaciones "Vinculación con el recorrer urbano"]]<br />
<br />
El recorrer bordeante existente en la ciudad como un factor de resguardo del acto escénico, que se ve centralizado en la intimidad de este espacio de dinamismo.<br />
<br />
<gallery><br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.31.JPG| Reunión resguardada en la suplencia corporal. Un descanso contenido en la corporalidad de los vendedores ambulantes reunidos en su paso por la sombra que va intercambiándose para continuar cada uno en su ajetreo sin perder este espacio generado.<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.32.JPG|Frente a lo inclinado del reloj de flores se da una doble disposición dinámica, donde una primera capa utiliza como fondo la vista, y otro se direcciona enfrentado a la imagen, contemplándola y esperando para poder posicionarse dentro de este panorama.<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.33.JPG|Explanada concéntrica del dinamismo simultaneo. El dinamismo urbano se da desde una multiplicidad de recorridos que se reúnen en una misma explanada céntrica, que desde su extensión vincula estas realidades simultaneas. Este núcleo equidista la vista en lejanía hacia todas direcciones.<br />
</gallery><br />
<br />
<br />
====Visual Condicionada====<br />
[[Archivo:ConsultoraAdmirariE2PrincipioCNEsquema.jpg|350px|miniaturadeimagen|derecha| Polígono de relaciones "Visual Condicionada"]]<br />
<br />
Se permite distintas formas de participación en la contemplación del acto escénico desde la disposición corporal y o espacial, dando lugar a un espectador participante, como a uno distanciado con vista ampliada a toda la extensión.<br />
<br />
<gallery><br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.34.JPG|Dicotomía vertical desde la contemplación en lejanía. La dicotomía entre la intimidad de arriba, donde la parte residencia permite la contemplación a la lejanía, y lo de abajo, dinámico pero de una potencia reducida por lo que se enfrenta, quedándose así cada realidad resguardada en su propia naturaleza sin cruzarse.<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.35.JPG|La batucada se conforma en una circunferencia abierta a la vista a través de la separación corporal, permitiendo a todo su contorno que observa a acceder a un frente<br />
Archivo:AdmirariconsultoraC.PT.3.jpg|Las personas se encuentran dando frente a la calle, el muro construido a sus espaldas en su largo y alto cubre la extensión detrás de ellos. Se crea un delante y un detrás en la plaza. Atención dirigida por la envolvente<br />
Archivo:AdmirariconsultoraC.PT.1.jpg|El ancho de las calles y estas curvas que muestran previamente parte de su continuidad, se reúnen en este centro y amplían el fondo extendiéndose. lo opuesto entre la música sonando en alguno de los locales y el flujo del ir y venir de las personas, se ve interrumpido por momentos, por la aparición de vehículos que se detienen en este centro, sus bocinas sonando por encima de lo demás y cubriendo con su tamaño y cercanía el frente y alrededor.<br />
</gallery><br />
<br />
<br />
====Conformación en niveles====<br />
[[Archivo:ConsultoraAdmirariE3PrincipioCNEsquema.jpg|350px|miniaturadeimagen|derecha| Polígono de relaciones "Conformación en niveles"]]<br />
<br />
Determinación particular del espacio en lo nivelado, dando momentos de distención diferida en su separación.<br />
<br />
<gallery><br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.36.JPG|Presencia potenciada en la elevación. Una mujer se sube a un revestimiento de la plaza, para obtener la altura necesaria para buscar a alguien, al encontrarla no se baja, sino que le grita desde ahí y mantiene la conversación. el estar más alto del resto se permite el foco para su interlocutor.<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.37.JPG|La elevación, a nivel del hombro de la plataforma da lugar a una privacidad domestica, donde se come y conversa en desahogo, potenciado también en la ronda corporal. A pesar de la sensación de intimidad que da su cobertura, la vista se ve enfocada hacia allá.<br />
Archivo:AdmirariconsultoraC.PT.4.jpg|Aparece la reunión y el transitar de un mayor número de personas. En el fondo de escena aparece esta amplitud de la plaza, mostrando la dispersión de la gente en su interior y cobijo de los grandes arboles, la extensión de las calles contiguas que la rodean, muestran una mayor amplitud del espacio de enfrente. La calle junto a la plaza es poco concurrido por los vehículos, pareciera formar parte de la plaza estando a su mismo nivel, haciéndola ver más extensa...<br />
</gallery><br />
<br />
<br />
====La disposición corporal como delimitante del acto teatral====<br />
<br />
[[Archivo:ConsultoraAdmirariE4PrincipioDCEsquema.jpg|350px|miniaturadeimagen|derecha| Polígono de relaciones "La disposición corporal como delimitante del acto teatral"]]<br />
La tensión de lo corporal que vincula a las personas en este momento efímero y temporal grupal, que hace aparecer lo extraordinario del acto escénico, siendo esta conformación el intermediario entre el acto y la realidad circundante.<br />
<br />
<gallery><br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.38.JPG|Ronda de vinculación intima equilibrada. los estudiantes a medida que salen se va agrupando en diferentes circunferencias, independiente de la cantidad se personas que se sumen. A través de la cercanía corporal se cierra este interior intimo, donde se da la conversación equilibrando la participación de cada uno.<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.39.JPG|Barrera de permanencia grupal. La gente camina por la calle a pesar del cambio del semáforo y los bocinazos, resguardándose en la barrera que la multitud genera ante los autos. La masa potencia la permanencia al brindar seguridad.<br />
Archivo:AdmirariconsultoraC.PT.2.jpg|Permanencia circular creada por el orden de los cuerpos en el espacio, los puestos dispuestos en ronda acompañados de los arboles alzados sobre el lugar, crean un envolvente cubriendo el sitio en el centro usado para la detención/estadía del transitar exterior.<br />
</gallery><br />
<br />
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<br />
<br />
===Isomorfismo===<br />
<br />
<br />
[[Archivo:Isomorfismo.1.ConsultoraAdmirari.jpg|700px|center]]<br />
<br />
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<br />
<br />
===Normativas===<br />
<br />
<br />
====O.G.U.C. / Título 4: Disposiciones comunes a los permisos de urbanización y edificación====<br />
====Capítulo 2: Condiciones generales de seguridad.====<br />
<div class="mw-collapsible mw-collapsed"> <br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.2.''''' Para solicitar autorización de cambio de destino de una edificación, se contemplen o no obras de construcción, deberá adjuntarse un informe suscrito por profesional competente que acredite el cumplimiento de las disposiciones de este Capítulo aplicables al nuevo destino, salvo que se trate de edificaciones cuya carga de ocupación sea inferior a 30 personas, en cuyo caso dichas disposiciones no serán aplicables.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.3.'''''El dimensionamiento de las vías de evacuación de una edificación se basará en la carga de ocupación correspondiente a la superficie servida por dichas vías.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.4.''''' La superficie de la edificación o del sector de ella que señala la tabla de éste artículo, se considerará ocupada por personas para la determinación de la carga de ocupación. En edificios cuyo destino no sea residencial u oficinas, cuando se contemple un número fijo de ocupantes, podrán descontarse de la carga de ocupación aplicable a las salidas comunes aquellos recintos que tendrán una ocupación no simultánea, tales como auditorios o laboratorios en establecimientos educacionales, o salas de reunión o casinos en establecimientos industriales.<br />
En cada caso la cantidad de personas se calculará de acuerdo a la siguiente tabla:<br />
<br />
{| class="wikitable"<br />
|-<br />
! Destino!! m^2 por persona <br />
|-<br />
| Oficinas (superficie útil)|| 10,0<br />
|-<br />
| Comercio (Malls) :<br />
|-<br />
|Locales comerciales, en niveles con acceso exterior|| 10,0<br />
|-<br />
|Pasillos entre locales, en niveles con acceso exterior|| 5,0<br />
|-<br />
|Locales comerciales, otros niveles || 14,0<br />
|-<br />
|Pasillos entre locales, otros niveles || 7,0<br />
|-<br />
|Patios de comida y otras áreas comunes con mesas || 1,0<br />
|-<br />
| Otros :<br />
|-<br />
|Recintos de espectáculos (área para espectadores de pié) || 0,25<br />
|-<br />
|Capillas, Discotecas || 0,5<br />
|-<br />
|Salones de reuniones || 0,8<br />
|-<br />
|Area para público en bares, cafeterías, pubs || 1,0<br />
|-<br />
|Restaurantes (comedores), salones de juego || 1,5<br />
|-<br />
|Salas de exposición || 3,0<br />
|-<br />
|Hogares de niños || 3,0<br />
|-<br />
|Gimnasios, Academias de danza || 4,0<br />
|-<br />
|Hogares de ancianos || 6,0<br />
|-<br />
|Estacionamientos de uso común o públicos (superficie total) || 16,0<br />
|-<br />
|Hoteles (superficie total) || 18,0<br />
|-<br />
|Bodegas, Archivos || 40,0<br />
|}<br />
<br />
Los destinos no considerados en la tabla anterior deberán asimilarse a los allí señalados. <br><br />
En locales con asientos fijos se tomará el número de asientos. <br><br />
En aposentadurías corridas se considerará 0,45 m por persona. <br><br />
En caso de edificaciones con dos o más destinos se calculará la carga de ocupación correspondiente a cada sector según su destino. Cuando en un mismo sector se contemplen usos alternados deberá considerarse la carga de ocupación más exigente. <br><br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.5.''''' El ancho mínimo de cualquier sección de una vía de evacuación se determinará en base a la carga de ocupación de la superficie que sirve dicha sección. <br><br />
En el piso de salida de edificaciones de dos o más pisos se considerará como superficie servida la ubicada hasta en el nivel superior o inferior adyacente a dicho piso, sin incluir la superficie de los demás pisos. <br><br />
En caso de convergencia de un piso superior y uno inferior en un piso intermedio de salida, el ancho de la salida debe calcularse sumando el número de ocupantes de los pisos superior e inferior. <br><br />
Se exceptúan de lo indicado en este artículo las escaleras, cuyo ancho mínimo será determinado conforme al artículo 4.2.10. <br><br />
Las vías de evacuación pueden tener ancho variable siempre que se cumplan los anchos mínimos para cada tramo de ellas.<br<br />
Cuando se contemplen dos o más vías de salida, la superficie servida por dichas vías se dividirá según el número de salidas. <br><br />
<br />
'''alturas mínimas'''<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.6.''''' La altura mínima libre interior de las vías de evacuación será de 2,10 m medidos verticalmente en obra terminada desde el piso hasta la proyección más cercana del cielo, vigas u otros elementos salientes, salvo en el caso de las escaleras, en que la altura mínima se medirá trazando un arco de 1,80 m de radio desde la nariz de las gradas. En los vanos de puertas se admitirá una altura libre mínima de 2 m.<br />
<br />
'''Barandas'''<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.7. ''''' Todas las aberturas de pisos, mezaninas, costados abiertos de escaleras, descansos, pasarelas, rampas, balcones, terrazas, y ventanas de edificios que se encuentren a una altura superior a 1m por sobre el suelo adyacente,deberán estar provistas de barandas o antepechos de solidez suficiente para evitar la caída fortuita de personas. Dichas barandas o antepechos tendrán una altura no inferior a 0,95 m medida verticalmente desde el nivel de piso interior terminado en el plomo interior del remate superior de la baranda o antepecho, y deberán resistir una sobrecarga horizontal, aplicada en cualquier punto de su estructura, no inferior a 50 kg por metro lineal, salvo en el caso de edificios de uso público y todo aquel que, sin importar su carga de ocupación, preste un servicio a la comunidad, en que dicha resistencia no podrá ser inferior a 100 kg por metro lineal.<br><br />
<br />
En los tramos inclinados de escaleras se admitirá una altura mínima de baranda de 0,85 m, medida desde la nariz de los peldaños.<br><br />
La baranda se podrá suprimir en caso de recintos con fachada de cristales fijos o ventanas cuya apertura no sobrepase 0,12 m, que cuenten con antepecho,baranda o refuerzo interior de al menos 0,60 m de altura, medido desde el nivel de piso interior terminado, y que certifiquen una resistencia de los cristales a sobrecargas horizontales no inferior a la indicada en el inciso primero de este artículo.<br><br />
<br />
En los costados de una ruta accesible, que sea parte de la circulación del edificio, no podrán existir desniveles superiores a 0,30 m sin estar debidamente protegidos por barandas y un borde resistente de una altura no inferior a 0,30 m. <br><br />
<br />
Las barandas transparentes y abiertas tendrán sus elementos estructurales y ornamentales dispuestos de manera tal que no permitan el paso de una esfera de 0,125 m de diámetro a través de ellos. En las escaleras las aberturas triangulares formadas por la huella, la contrahuella y la barra inferior de la baranda podrán admitir el paso de una esfera de 0,185 m de diámetro. <br><br />
<br />
Se exceptúan de lo dispuesto en este artículo los andenes de transporte de personas o de carga y descarga de productos, los escenarios y otras superficies cuya función se impediría con la instalación de barandas o antepechos. <br><br />
<br />
'''Vías de evacuación'''<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.8.''''' Para los efectos de este Capítulo, los ascensores, escaleras mecánicas, rampas mecánicas y pasillos móviles no se considerarán vías de evacuación, con las excepciones que señala el artículo 4.2.21. de este mismo Capítulo. <br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.9.''''' Las áreas externas de una edificación, tales como patios, plazoletas, atrios o similares, susceptibles de ser ocupadas por personas, deben estar provistas de vías de evacuación conforme a este Capítulo.En estos casos la carga de ocupación del área externa será determinada por el arquitecto del proyecto según los usos estimados para dicha área.<br><br />
<br />
Cuando la salida de un área externa sea a través de una edificación, el número de ocupantes de dicha área debe ser considerado en el diseño de las vías de evacuación de la edificación.<br />
<br />
'''Escaleras'''<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.10.''''' La cantidad y ancho mínimo requerido para las escaleras que forman parte de una vía de evacuación, conforme a la carga de ocupación del área servida, será la que señala la siguiente tabla:<br />
<br />
{| class="wikitable"<br />
|-<br />
! N° de Personas!! Cantidad y ancho mínimo<br />
|-<br />
|hasta 50 || 1 1,10 m<br />
|-<br />
|Desde 51 hasta 100 || 1 1,20 m<br />
|-<br />
|Desde 101 hasta 150 || 1 1,30 m<br />
|-<br />
|Desde 151 hasta 200 || 1 1,40 m<br />
|-<br />
|Desde 201 hasta 250 || 1 1,50 m<br />
|-<br />
|Desde 251 hasta 300 || 2 1,20 m<br />
|-<br />
|Desde 301 hasta 400 || 2 1,30 m<br />
|-<br />
|Desde 401 hasta 500 || 2 1,40 m<br />
|-<br />
|Desde 501 hasta 700 || 2 1,50 m<br />
|-<br />
|Desde 701 hasta 1.000 || 2 1,60 m<br />
|}<br />
<br />
Cuando la carga de ocupación de una edificación sea superior a 1.000 personas deberá adjuntarse al proyecto un Estudio de Evacuación que determine la cantidad, disposición y características de las escaleras necesarias sobre las requeridas según la tabla anterior. <br><br />
<br />
Cuando se requieran dos o más escaleras, éstas deberán disponerse de manera tal que en cada piso constituyan vías de evacuación alternativas, independientes y aisladas entre sí. Si no existiere en un mismo piso acceso a dos o más escaleras como vías de evacuación de uso alternativo, la única escalera de evacuación accesible en cada piso deberá terminar en una terraza de evacuación que cumpla con las exigencias señaladas para éstas en el artículo 4.2.15. Tratándose de escaleras contiguas, deberán estar separadas por muros con resistencia mínima al fuego según el artículo 4.3.3. y sus puertas de acceso, en cada piso, deberán disponerse separadas por al menos 3 m.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.11.''''' Las escaleras de evacuación deben consultar pasamanos en un<br />
costado a lo menos y cumplir además los siguientes requerimientos:<br />
<br />
1. En los tramos inclinados el pasamanos debe ubicarse a una altura de entre 0,85 m y 1,05 m y en los descansos o vestíbulos a una altura de entre 0,95 m y 1,05 m. <br><br />
<br />
2. Los peldaños tendrán un ancho de huella no inferior a 0,28 m en proyección horizontal y una altura de contrahuella no mayor a 0,18 m ni menor a 0,13 m. Esta norma deberá cumplirse en cualquier peldaño que forme parte de una vía de evacuación. <br><br />
<br />
3. En las escaleras que forman parte de una zona vertical de seguridad los tramos deben ser rectos y las huellas de los peldaños y descansos deben ser antideslizantes. <br><br />
<br />
Se exceptúan de lo indicado en este artículo los peldaños de escaleras auxiliares de evacuación, las que se regirán por lo dispuesto en el artículo 4.2.16. de este mismo Capítulo.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.12.''''' Las escaleras interiores de evacuación terminarán en el piso de salida del edificio en un vestíbulo, galería o pasillo de un ancho mínimo de 1,80 m, el cual debe mantenerse hasta un espacio exterior comunicado a la vía pública.<br />
La distancia máxima desde la primera grada de la escalera hasta dicho espacio exterior no será mayor de 20 m. No obstante, dicha longitud podrá llegar hasta 40 m cuando el espacio al que se accede presente un riesgo de incendio muy reducido, por estar revestido con materiales no combustibles y tener una densidad de carga combustible inferior a 100 MJ/m2, determinada conforme a la norma NCh 1916. <br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.13.''''': En los pisos distintos al de salida del edificio, la distancia máxima desde la puerta de un departamento, oficina o local, hasta una escalera de evacuación en el mismo piso, será de 40 m, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 4.2.17.<br />
<br />
En edificaciones que cuenten con sistema de rociadores automáticos, avalado por un Estudio de Seguridad, la distancia señalada en el inciso anterior será de hasta 60 m.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.14.''''': En los pisos destinados a estacionamientos, bodegas e instalaciones de servicio del edificio, la distancia máxima desde cualquier punto del área de uso común hasta la escalera más cercana no será superior a 60 m, salvo que se trate de una planta abierta en al menos el 50% de su perímetro, en cuyo caso la distancia máxima será de 90 m. En ambos casos la distancia máxima podrá extenderse hasta en un tercio si la planta cuenta con<br />
un sistema de rociadores automáticos avalado por un Estudio de Seguridad.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.15.''''': En los edificios de 10 o más pisos que cuenten con solo una escalera de evacuación, ésta deberá terminar en el nivel de cubierta en una terraza de evacuación, la cual deberá tener un ancho libre mínimo de 3 m y un área no menor a 0,2 m2 por persona, calculada en base a la carga de ocupación del sector del edificio ubicado por sobre la mitad del recorrido de evacuación de la escalera.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.16.''''': En obras de rehabilitación de inmuebles, en que la disposición de escaleras de las características señaladas en los artículos anteriores presente especial dificultad, el Director de Obras Municipales podrá autorizar escaleras auxiliares de evacuación situadas al exterior de la edificación, las cuales deberán cumplir las siguientes condiciones:<br />
<br />
1. El ancho libre del recorrido se calculará de acuerdo a la regla general, pudiendo tener un mínimo de 0,90 m.<br />
<br />
2. Los peldaños tendrán una huella no menor a 0,21 m, una contrahuella no mayor de 0,20 m, y sus tramos serán rectos.<br />
<br />
3. Contarán con defensas o barandas de acuerdo a la regla general, debiendo agregarse, en caso necesario, defensas adicionales que contrarresten posibles sensaciones de vértigo.<br />
<br />
4. Los accesos a la escalera estarán debidamente señalizados, podrán situarse al interior de los departamentos, oficinas o locales y su tramo inferior podrá ser retráctil o desplegable. <br />
<br />
Estas escaleras auxiliares podrán ser de estructura metálica, sin protecciones contra incendio.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.17.''''': Cuando los pasillos de un edificio queden en situación de fondo de saco con respecto a la escalera de evacuación, las puertas de acceso a las unidades no podrán ubicarse a una distancia superior a 10 m respecto de la escalera, salvo que el pasillo esté protegido contra el fuego de acuerdo al artículo 4.3.27. de este mismo Título.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.18.''''': Los pasillos tendrán un ancho libre mínimo de medio centímetro por persona, calculado conforme a la carga de ocupación de la superficie servida, con un ancho mínimo de 1,10 m. En el caso de pasillos que sirvan a varios pisos, el cálculo se efectuará según las reglas del artículo 4.2.5. de este mismo Capítulo.<br />
<br />
Cuando se trate de ocupaciones menores de 50 personas, o en caso de pisos subterráneos destinados a estacionamientos, bodegas o instalaciones de servicio, el ancho mínimo será de 1,10 m.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.19.''''': Los pasillos o galerías que formen parte de una vía de evacuación carecerán de obstáculos en el ancho requerido, salvo que se trate de elementos de seguridad ubicados en las paredes que no reduzcan en más de 0,15 m el ancho requerido.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.20.''''': Las rampas previstas como recorrido de evacuación se asimilarán a los pasillos en el dimensionamiento de su ancho y tendrán una pendiente máxima de 12%, sin perjuicio del cumplimiento, cuando corresponda, de las condiciones establecidas para personas con discapacidad en el artículo 4.1.7. de este mismo Título.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.21.''''': Las rampas mecánicas y los pasillos móviles podrán considerarse como parte de una vía de evacuación, cuando no sea posible su utilización por personas que trasladen carros de transporte de mercaderías y además estén provistos de un dispositivo de parada manual debidamente señalizado, sin perjuicio de su conexión a sistemas automáticos de detección y alarma.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.22.''''': Las puertas de escape deben ser fácilmente reconocibles como tales. En ningún caso podrán estar cubiertas con materiales reflectantes o decoraciones que disimulen su ubicación.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.23.''''': El ancho mínimo requerido conforme al artículo 4.2.5. de este mismo Capítulo debe cumplirse, en el caso de las puertas, sumando los anchos libres de salida de cada una. Dicha medida no podrá ser inferior al ancho mínimo requerido para los pasillos que sirven a las puertas.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.24.''''': Las puertas de escape tendrán un ancho nominal de hoja no menor a 0,85 m y un alto no menor de 2 m. Cuando contemplen mecanismos de apertura o dispositivos anti pánico, estos deberán ubicarse a una altura de 0,95 m.<br />
<br />
El ancho libre de salida, en ningún caso, podrá ser menor a 0,80 m, y el espesor horizontal del umbral de la puerta o vano de escape no podrá ser mayor a 0,60 m.<br />
<br />
En el piso de salida del edificio, la puerta de salida de la escalera de evacuación tendrá un ancho nominal de hoja no menor a 0,90 m.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.25.''''': Las puertas de acceso a una escalera de evacuación no pueden obstruir, durante su apertura, más de un tercio del ancho libre requerido para la escalera.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.26.''''': Las puertas de escape deben abrir en el sentido de la evacuación siempre que el área que sirvan tenga una carga de ocupación superior a 50 personas.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.27.''''': Las puertas de escape deben abrir desde el interior sin la utilización de llaves o mecanismos que requieran algún esfuerzo o conocimiento especial.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.28.''''': Las puertas giratorias o deslizantes que sirvan a un número de ocupantes de 10 o más personas no podrán ser consideradas puertas de escape.<br />
Se exceptúan de lo dispuesto en el inciso anterior las puertas giratorias o deslizantes que dispongan de un sistema que permita el abatimiento de sus hojas en el sentido de la evacuación, mediante la aplicación manual de una fuerza no superior a 14 kg. <br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.29.''''': Todas las vías de evacuación y sus accesos deben identificarse mediante señales de gráfica adecuada. En cada caso deben contemplarse las señales necesarias para facilitar la evacua<br />
</div><br />
<br />
====Capítulo 7: Teatros y otros locales de reuniones.====<br />
<div class="mw-collapsible mw-collapsed"><br />
*'''''Artículo 4.7.1.''''' Los edificios destinados a teatros, auditorios y salas de exhibiciones cinematográficas, comprendidas todas ellas bajo la denominación genérica de teatros y otros locales de reuniones públicas, deben cumplir los requisitos siguientes:<br />
<br />
1. Los locales con cabida superior a 1.000 personas deben tener acceso a dos calles de ancho no inferior a 12 m o bien a una calle de ancho no inferior a 12 m y a un espacio libre que comunique directamente con una calle y que tenga un ancho superior a 3 m, siempre que los muros colindantes de este espacio sean asísmicos y con resistencia a la acción del fuego correspondiente a lo menos a la clase F-60, según la norma NCh 935/1, o la que la reemplace.<br />
<br />
2. Los locales con cabida mayor de 500 y menor de 1.000 personas deben tener un acceso principal directamente a una calle y, además, uno de sus costados, con acceso directo a calle por medio de un espacio libre o patio de un ancho no menor de 2,60 m siempre que los muros colindantes de este patio o espacio libre sean asísmicos y con resistencia a la acción del fuego correspondiente a lo menos a la clase F-60, según la norma NCh 935/1, o la que la reemplace. Podrá aceptarse el acceso a una sola calle cuando el eje principal de la sala de espectáculos sea paralelo a aquélla y ninguna localidad (asiento de una sala de espectáculos) diste más de 25 m de la puerta de salida a dicha calle.<br />
<br />
3. Los locales con cabida inferior a 500 personas deben tener su acceso principal directamente a una calle o a un espacio libre de ancho no menor de 9 m.<br />
<br />
4. Sin embargo, todos los locales con cabida inferior a 1.000 personas podrán tener acceso a calle por medio de dos pasillos independientes de ancho no menor de 3m, o por un espacio libre de ancho no menor a 5 m, siempre que los edificios que rodean los pasillos o espacios libres sean asísmicos y construidos con resistencia mínima al fuego de tipo b.<br />
<br />
Los anchos fijados para los patios, pasillos y otros espacios libres se medirán entre paramentos de columnas u otros elementos salientes de la construcción.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.2.''''' :Los espacios libres o patios laterales a que se refiere el artículo anterior podrán tener un ancho constante en toda su longitud o tener un ancho creciente desde la línea del muro de boca del proscenio o de los locales más lejanos destinados al público, hasta la calle, conservándose el ancho medio indicado. <br />
<br />
Estos patios o espacios libres tendrán su piso o pavimento en un solo plano. Podrán tener rejas de todo su ancho en la línea de la calle, dispuestas de manera que puedan mantenerse abiertas durante los espectáculos o reuniones. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.3.''''': Los edificios a que se refiere el presente Capítulo deben construirse cumpliendo las respectivas exigencias establecidas en la presente Ordenanza y, en especial, las normas de este Capítulo, las que prevalecerán sobre las de carácter general de esta Ordenanza cuando ambas estén referidas a una misma materia. <br />
<br />
Estos edificios deberán construirse de las clases A o B que establece el artículo 5.3.1. de esta Ordenanza, cuando su cabida total sea superior a 1.000 personas, o cuando las aposentadurías para personas comprendan más de un piso principal y un balcón o galería. <br />
<br />
En los sectores destinados a las aposentadurías o a los asientos fijos, según corresponda, se consultarán espacios libres horizontales de 1,20 m de largo por 0,90 m de ancho, reservados para personas con discapacidad en silla de ruedas. Deberán estar antecedidos o precedidos de un espacio libre y horizontal de un diámetro mínimo de 1,50 m que permita el giro en 360° de una silla de ruedas. Se ubicarán uniformemente repartidos en la sala e integrados en los costados de las líneas de aposentadurías o de asientos fijos, de modo que la persona con discapacidad en silla de ruedas pueda ser asistida o acompañada en todo momento. Se ubicarán, además, próximos al nivel de acceso de la sala y la circulación interior para acceder a los espacios libres deberá tener 0,90 m como ancho mínimo, estar libre de peldaños y conectada a la ruta accesible. Estos espacios libres deberán estar señalizados con el Símbolo Internacional de Accesibilidad (SIA).<br />
<br />
La cantidad mínima de espacios libres se calculará según la siguiente tabla:<br />
{| class="wikitable"<br />
|-<br />
!Cantidad de Asientos !! Cantidad de espacios libres horizontales para Personas con Discapacidad !! <br />
|-<br />
|desde 1 hasta 50 || 1 ||<br />
|-<br />
|desde 51 hasta 100 || 2 ||<br />
|-<br />
|desde 101 hasta 150 || 3 || <br />
|-<br />
|desde 151 hasta 300 || 4 || <br />
|-<br />
|desde 301 hasta 500 || 5 || <br />
|-<br />
|desde 501 hasta 5000 ||5 + 1 por cada 300 o fracción, entre 501 y 5000 || <br />
|-<br />
|sobre 5000 || 19 + 1 por cada 500 o fracción, sobre 5000 || <br />
|}<br />
<br />
<br />
El diseño de la línea de visión para los espacios libres a los que se refiere el inciso precedente deberá ser similar al previsto para los demás espectadores, no pudiendo ser interrumpida por espectadores de pie en caso que les antecedan una o más filas de graderías, aposentadurías o asientos fijos. Estas mismas reglas se aplicarán a los anfiteatros o <br />
las graderías que se consulten al interior de espacios públicos o privados. Si contaren con escenario, se aplicará lo dispuesto sobre esta materia en el artículo 4.7.7. de esta Ordenanza.<br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.4.''''': Los locales o salas destinadas a los usos a que se refiere el presente Capítulo deberán estar totalmente rodeados de muros cortafuego.<br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.5.''''': Los teatros que no tengan su sala principal en primer piso deberán cumplir los requisitos siguientes: <br />
1. El edificio debe construirse en su totalidad de las clases A o B de la presente Ordenanza. <br />
<br />
2. Los vestíbulos, pasadizos y escaleras que conduzcan a las salas de espectáculos y demás destinadas al público deben ser independientes de los locales situados en primer piso. <br />
<br />
3. No podrán consultarse recintos bajo o encima del ocupado por la sala del teatro, que puedan destinarse a depósito o para la venta de productos o materiales inflamables, o que puedan originar incendios. <br />
<br />
4. Las escaleras que den acceso a los recintos del piso principal del teatro serán de tramos rectos separados por descansos y tendrán un ancho no inferior a 2 m. No habrá más de 16 gradas por tramo y la altura de éstas no será mayor de 0,16 m y el ancho no inferior a 0,30 m, debiendo mantenerse la condición: 2 h + a = 0,62 m si se adoptaren cifras distintas de esos límites. <br />
<br />
5. El ancho total de los pasillos o zaguanes de salida, así como el de las puertas de <br />
acceso a los recintos para el público, será equivalente a 1 m por cada 125 espectadores que puedan transitar por ellos.<br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.6.''''': La capacidad volumétrica de los locales destinados a los espectadores no será inferior a 3 m3 por persona, debiendo, en todo caso, establecerse la ventilación de manera que se aseguren las condiciones higiénicas que prescriban las normas oficiales correspondientes. No obstante, podrá disminuirse esta capacidad cúbica en caso de emplearse medios mecánicos adecuados. <br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.7.''''': Los escenarios y los camarines de los artistas tendrán acceso independiente al de los espectadores. <br />
<br />
No se permitirá otra comunicación que la boca del escenario entre aquellos recintos y la sala de espectáculos. <br />
<br />
En caso que los edificios a los que se refiere este capítulo, contemplen un escenario, éste deberá ser accesible desde la sala de espectáculos. El desnivel entre el escenario y el nivel de la sala contiguo a éste, se salvará a través de una rampa antideslizante de ancho mínimo de 0,90 m, con pendiente máxima de 10% y protección lateral de al menos 10 cm de alto, o con un dispositivo mecánico elevador que permita su uso en forma autónoma y segura.<br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.8.''''': Los camarines de los artistas no tendrán menos de 4 m2 por persona; podrán alumbrarse y ventilarse artificialmente, y estarán provistos de servicios higiénicos completos y separados para ambos sexos. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.9.''''': La autoridad municipal podrá hacer instalar, por cuenta del propietario, grifos contra incendio en la acera contigua al teatro o sala de reuniones de cabida superior a 300 personas. Estos grifos se ubicarán a una distancia aproximada de 50m de la puerta principal del edificio. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.10.''''': Los locales destinados a talleres y habitaciones de cuidadores deberán contar con accesos independientes a los de los espectadores. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.11.''''': En la techumbre del escenario se dispondrán claraboyas de cierre hermético, que puedan abrirse o romperse en caso de incendio. Estas claraboyas tendrán una superficie equivalente a 1/10 del área de dicho local. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.12.''''':Los teatros y salas de reunión estarán dotados de doble instalación de luz; una especial de seguridad, destinada a la sala de espectáculos, vestíbulos, corredores, pasillos y puertas de escape, que se establecerá con artefactos protegidos y de manera que no quede expuesta a interrupciones por ninguna causa de origen interno; y la instalación general, que deberá funcionar independientemente de la anterior, de acuerdo con la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.<br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.13.''''': No se permitirá consultar instalaciones que empleen esencias minerales, alcoholes y líquidos inflamables para el alumbrado, calefacción o ventilación de las salas de espectáculos y recintos destinados al público. Sin embargo, se permitirá emplear los sistemas de calefacción a petróleo, siempre que el campo productor de calor se encuentre fuera de la sala. <br />
<br />
Se prohíbe, asimismo, la colocación de generadores de gas, electricidad, vapor o agua caliente en los locales mismos destinados al público. <br />
<br />
Los generadores deben instalarse en locales especiales, construidos sin comunicación alguna con la sala de espectáculos, escenario, vestíbulos, corredores y escaleras para el uso del público. <br />
<br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.14.''''': El ancho de los pasillos, puertas interiores, corredores, escaleras, puertas de calle y demás pasos y salidas, ubicados en el trayecto que deben seguir las personas al desalojar un teatro o sala de reuniones, se determinará a razón de 1 m por cada 125 personas que por ellos deban pasar, de acuerdo con la cabida correspondiente.<br />
<br />
Las puertas exteriores del frente principal y las de acceso a las salas de espectáculos de los teatros, cualquiera que sea su cabida, tendrán un ancho no inferior a 2 m y la suma total de sus anchos deberá cumplir con lo dispuesto en el inciso anterior. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.15.''''': Las puertas de los locales destinados al público deberán abrirse hacia afuera y estar provistas de dispositivos de suspensión que permitan abrirlas o eliminarlas con toda rapidez en los casos de alarma. <br />
Estas puertas de acceso para las personas serán independientes de las que se consulten para el servicio de vehículos. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.16.''''': Las puertas laterales y de escape, y las de pasillos y vestíbulos que conduzcan a las escaleras, tendrán letreros luminosos sobre su dintel con la indicación de "Salida". <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.17.''''': Se establecerán escaleras o rampas independientes de la sala misma, para las aposentadurías superiores o inferiores, sean éstas balcones o galerías. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.18.''''': Las escaleras deben cumplir con los siguientes requisitos: <br />
<br />
1. Entregarán a vestíbulos que estén en comunicación directa con las aposentadurías que sirvan y serán de ancho libre no menor de 1,20 m. <br />
<br />
2. Serán de tramos rectos, separados por descansos de longitud no inferior a 1,20 m. Los descansos en los cambios de dirección no tendrán un largo inferior al ancho de la escalera. <br />
<br />
3. Cada tramo podrá tener hasta 16 gradas y cada una de éstas no tendrá más de 0,16 m de altura, ni ancho menor de 0,30 m. <br />
<br />
4. Cuando el ancho de la escalera sea superior a 3 m, se deberá agregar a los pasamanos laterales un doble pasamanos central que la divida en dos secciones paralelas. <br />
<br />
5. Las aposentadurías superiores o inferiores al primer piso, con cabida superior a 500 personas, deberán estar provistas de dos escaleras, ubicadas en lados opuestos. <br />
<br />
6. Las escaleras y cajas de escaleras que sirvan los locales destinados al público no podrán tener comunicación alguna con los subterráneos o pisos en el subsuelo del edificio. <br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.19.''''': No podrá haber gradas o peldaños en el piso de la sala principal ni en el de los vestíbulos, pasillos y corredores ligados con ellos. Las diferencias de nivel se salvarán con planos inclinados de pendiente no mayor de 10%. Para rampas de más de 10m de desarrollo, la pendiente disminuirá proporcionalmente. <br />
<br />
Sin perjuicio de lo anterior, cuando el sistema de proyección corresponda a pantalla panorámica, regirán las siguientes disposiciones para el piso de la platea, escaleras y escapes: <br />
<br />
1. El plano inclinado del piso de la platea tendrá una pendiente máxima del 15%. <br />
<br />
2. Si se produjeran pendientes mayores se salvarán con gradas que se distribuirán uniformemente en la parte del pasillo de mayor pendiente. <br />
<br />
3. Se permitirán soluciones mixtas de rampas y gradas, si se adoptan sistemas especiales de iluminación que señalen cada grada y comunicando, separadamente, al "Escape", la zona de gradas y la zona de rampa.<br />
<br />
4. Los pasillos centrales de platea se comunicarán con el foyer, sin producir cambios de dirección. <br />
<br />
5. Las escaleras tendrán una sola dirección y comunicarán directamente a la calle o espacios públicos comunicados con ella. Sus tramos serán rectos, de no más de 16 gradas por tramo y en que se cumpla la relación de 2h + a = 0,62 m. <br />
<br />
6. Regirán, además, todas las disposiciones del presente Capítulo que no se contrapongan a las aquí enunciadas. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.20.''''': No se permitirán pasillos, escaleras, corredores, o similares que puedan originar corrientes encontradas de tránsito, ni instalaciones de quioscos, mostradores, lamparas giratorias o no, o cualquiera otra instalación que entorpezca la fácil y rápida desocupación de los locales en casos de incendio o pánico. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.21.''''': Los teatros, locales de espectáculos públicos y de reuniones, deberán tener en cada piso servicios higiénicos para ambos sexos, en la siguiente proporción, de acuerdo con su capacidad: <br />
<br />
1. Hasta 1.000 personas, un inodoro por cada 125 personas y un urinario por cada 70 personas. <br />
<br />
2. Sobre 1.000 y hasta 2.000 personas, un inodoro más por cada 250 personas y un urinario más por cada 125. <br />
<br />
3. Sobre 2.000 y hasta 3.000 personas, un inodoro más por cada 500 personas y un urinario más por cada 250.<br />
<br />
4. Sobre 3.000 personas, un inodoro más por cada 1.000 y un urinario más por cada 500 personas.<br />
<br />
5. Los camarines tendrán los servicios higiénicos que determine la Dirección de Obras Municipales. <br />
Además de los artefactos indicados en los números 1. al 4., habrá un lavamanos por cada inodoro independiente y cuando éstos estén agrupados en una sola unidad, habrá como mínimo un lavamanos por cada 4 inodoros.<br />
<br />
Los teatros y otros locales de reuniones, deberán contar con un recinto independiente destinado a servicio higiénico para personas con discapacidad conforme a los requisitos y características establecidas en el artículo 4.1.7. de esta Ordenanza, debiendo agregarse un recinto más por cada 200 personas o fracción que exceda de esa cantidad. <br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.22.''''': La disposición de los asientos para el público, en salas con cabida superior a 500 personas, deberá cumplir con las siguientes prescripciones: <br />
<br />
1. Los pasillos interiores de platea tendrán un ancho mínimo de 1,20 m en su punto más cercano al escenario. Este ancho se aumentará hacia los puntos de salida, en un mínimo de 0,025 m por cada metro de longitud de pasillo. <br />
<br />
2. Los pasillos de platea que sirvan asientos de un solo lado tendrán un ancho mínimo de 0,65 m en su punto más próximo al escenario. Este ancho se aumentará hacia los puntos de salida en un mínimo de 0,015 m por cada metro de longitud del pasillo. <br />
<br />
3. La distancia mínima entre respaldo y respaldo de los asientos de platea será de 0,90 m y 1,00 m para los de funciones rotativas. <br />
<br />
4. Las butacas tendrán los asientos plegables y un ancho libre entre brazos no inferior a 0,45 m. <br />
<br />
5. No podrán ubicarse más de 18 asientos en una fila de platea entre dos pasillos, ni más de 14 en los balcones o galerías. <br />
<br />
6. No podrán disponerse más de 9 asientos por fila con acceso a un solo pasillo de platea, ni más de 7 en los balcones o galerías. <br />
<br />
7. La altura mínima entre el piso y el cielo, medida en el eje del asiento más alto, no será inferior a 2,50 m. <br />
<br />
8. La distancia horizontal entre el muro de boca y el asiento más próximo, destinado a los espectadores, no podrá ser inferior a 6 m en los teatros de representaciones, ni a 5 m en las salas de audiciones musicales o exhibiciones cinematográficas y otras salas de reunión. La distancia de la pantalla en las exhibiciones cinematográficas al espectador más próximo será de 10 m como mínimo. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.23.''''': Las salas destinadas a los espectadores estarán provistas de dispositivos eficaces o de instalaciones mecánicas de ventilaciones y de calefacción, proyectadas en consideración a las condiciones climáticas locales. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.24.''''' Las cabinas de cinematógrafos deberán cumplir con los siguientes requisitos:<br />
<br />
1. Tendrán un cubo interior de 20 m3 a lo menos por cada aparato proyector. <br />
<br />
2. Estarán provistas de medios adecuados para extinguir el incendio de películas. <br />
<br />
3. Tendrán una sola puerta de acceso, que abrirá hacia afuera y que cerrará en forma hermética.<br />
<br />
4. Las aperturas indispensables irán provistas de obturadores de cierre hermético.<br />
<br />
5. El acceso debe hacerse desde el exterior de la sala. <br />
<br />
6. Tendrán ventilación directa al exterior enteramente aislada de la sala. <br />
<br />
7. Estarán dotadas de una caja para guardar películas, de cierre hermético. <br />
<br />
8. Estarán dotadas de un servicio higiénico para el o los operadores. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.25.''''': Ningún teatro, sala de baile o de reunión podrá abrirse al uso público sin la inspección y aprobación previas de la construcción del edificio como de sus instalaciones eléctricas, de calefacción, de higiene y otras, por la Dirección de Obras Municipales.<br />
</div><br />
----<br />
<br />
<br />
===Lugar de emplazamiento===<br />
<br />
<gallery mode="slideshow"><br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.18.JPG<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.19.JPG<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.20.JPG<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.21.JPG<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.23.JPG<br />
</gallery><br />
<br />
----<br />
<br />
<br />
===Entregas Ciclo 02===<br />
<br />
<br />
----<br />
<br />
====ERE Grupal====<br />
<br />
<gallery mode="slideshow"><br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.65.JPG|<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.66.JPG|<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.67.JPG|<br />
</gallery><br />
<br />
<br />
----<br />
<br />
<br />
====ERE Grupal Final====<br />
<br />
<gallery mode="slideshow"><br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.55.PNG|<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.56.PNG|<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.57.PNG|<br />
</gallery><br />
<br />
<br />
----<br />
<br />
====Lámina Final ERE====<br />
<br />
[[Archivo:AdmirariConsultora.TCT.LFE.PDF|center]]<br />
<br />
----<br />
<br />
====Lámina Campos de Abstracción y experimento de la taza====<br />
<br />
[[Archivo:AdmirariConsultora.TCT.LCA.PDF|center]]<br />
<br />
----<br />
<br />
====Lámina Fundamento Campo de Abstracción====<br />
<br />
[[Archivo:AdmirariConsultora.TCT.LCCA.PDF|center]]<br />
<br />
----<br />
<br />
<br />
====Campo de Abstracción====<br />
<br />
[[Archivo:AdmirariConsultora.TCT.69.JPG|300px|center]]<br />
[[Archivo:AdmirariConsultora.TCT.70.JPG|300px|center]]<br />
[[Archivo:AdmirariConsultora.TCT.71.JPG|300px|center]]<br />
<br />
<br />
----<br />
<br />
<br />
===Entregas Ciclo 03 - Proyecto Final===<br />
<br />
<br />
<br />
====Lámina Fundamento Proyecto Final====<br />
<br />
[[Archivo:AdmirariConsultora.TCT.LFPF.PDF|center]]<br />
<br />
----<br />
<br />
====Lámina Vistas Proyecto Final====<br />
<br />
[[Archivo:AdmirariConsultora.TCT.LVPF.PDF|center]]<br />
<br />
----<br />
<br />
====Lámina Planimetrías Proyecto Final====<br />
<br />
[[Archivo:AdmirariConsultora.TCT.LPPF.PDF|center]]<br />
<br />
----<br />
<br />
====Maqueta Proyecto Final====<br />
<br />
[[Archivo:AdmirariConsultora.TCT.60.JPG|300px|center]]<br />
<br />
----</div>Catalinasalasbarahonahttps://wiki.ead.pucv.cl/index.php?title=Admirari_Consultor%C3%ADas&diff=1321227Admirari Consultorías2022-07-05T19:52:59Z<p>Catalinasalasbarahona: </p>
<hr />
<div>{{Proyecto<br />
|Título=Admirari Consultorías<br />
|Imagen=baselogoadmirari.jpeg<br />
|Tipo de Proyecto=Proyecto de Taller<br />
|Palabras Clave=ciudad-teatro<br />
|Año de Inicio=2022<br />
|Año de Término=2022<br />
|Carreras Relacionadas=Arquitectura<br />
|Asignaturas Relacionadas=Taller del Programa y Forma de la Edificación<br />
|Cursos Relacionados=Taller del Programa y Forma de la Edificación 1º Semestre 2022<br />
|Profesor=Andrés Garcés, Paula Andrea Olmedo Latoja<br />
|Alumnos=Pía González, Catalina Salas, Camila Torres<br />
}}<br />
=Admirari Consultorías=<br />
<br />
<br />
===Origen===<br />
<br />
''Admirari''. Del conjunto de palabras con etimología en latín ''Ad (hacia)'' y ''Mirari (mirar, admirarse)'', hace referencia al acto de contemplar permanente en que nos encontramos en el habitar y recorrer de la ciudad.<br />
<br />
----<br />
<br />
<br />
===Objetivo===<br />
<br />
Admirari es una consultora dedicada a dar lugar a infraestructuras que acojan actos escénicos y artísticos dentro de la ciudad, generando espacios que reciban correctamente y consideren el desenvolver del cuerpo en conjunto con sus actos variados, conviviendo en armonía con el acontecer dinámico urbano ya existente.<br />
<br />
----<br />
<br />
<br />
===Principios de Teatralidad===<br />
<br />
<br />
====Vinculación con el recorrer urbano====<br />
[[Archivo:ConsultoraAdmirariE1PrincipioVRUEsquema.jpg|350px|miniaturadeimagen|derecha| Polígono de relaciones "Vinculación con el recorrer urbano"]]<br />
<br />
El recorrer bordeante existente en la ciudad como un factor de resguardo del acto escénico, que se ve centralizado en la intimidad de este espacio de dinamismo.<br />
<br />
<gallery><br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.31.JPG| Reunión resguardada en la suplencia corporal. Un descanso contenido en la corporalidad de los vendedores ambulantes reunidos en su paso por la sombra que va intercambiándose para continuar cada uno en su ajetreo sin perder este espacio generado.<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.32.JPG|Frente a lo inclinado del reloj de flores se da una doble disposición dinámica, donde una primera capa utiliza como fondo la vista, y otro se direcciona enfrentado a la imagen, contemplándola y esperando para poder posicionarse dentro de este panorama.<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.33.JPG|Explanada concéntrica del dinamismo simultaneo. El dinamismo urbano se da desde una multiplicidad de recorridos que se reúnen en una misma explanada céntrica, que desde su extensión vincula estas realidades simultaneas. Este núcleo equidista la vista en lejanía hacia todas direcciones.<br />
</gallery><br />
<br />
<br />
====Visual Condicionada====<br />
[[Archivo:ConsultoraAdmirariE2PrincipioCNEsquema.jpg|350px|miniaturadeimagen|derecha| Polígono de relaciones "Visual Condicionada"]]<br />
<br />
Se permite distintas formas de participación en la contemplación del acto escénico desde la disposición corporal y o espacial, dando lugar a un espectador participante, como a uno distanciado con vista ampliada a toda la extensión.<br />
<br />
<gallery><br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.34.JPG|Dicotomía vertical desde la contemplación en lejanía. La dicotomía entre la intimidad de arriba, donde la parte residencia permite la contemplación a la lejanía, y lo de abajo, dinámico pero de una potencia reducida por lo que se enfrenta, quedándose así cada realidad resguardada en su propia naturaleza sin cruzarse.<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.35.JPG|La batucada se conforma en una circunferencia abierta a la vista a través de la separación corporal, permitiendo a todo su contorno que observa a acceder a un frente<br />
Archivo:AdmirariconsultoraC.PT.3.jpg|Las personas se encuentran dando frente a la calle, el muro construido a sus espaldas en su largo y alto cubre la extensión detrás de ellos. Se crea un delante y un detrás en la plaza. Atención dirigida por la envolvente<br />
Archivo:AdmirariconsultoraC.PT.1.jpg|El ancho de las calles y estas curvas que muestran previamente parte de su continuidad, se reúnen en este centro y amplían el fondo extendiéndose. lo opuesto entre la música sonando en alguno de los locales y el flujo del ir y venir de las personas, se ve interrumpido por momentos, por la aparición de vehículos que se detienen en este centro, sus bocinas sonando por encima de lo demás y cubriendo con su tamaño y cercanía el frente y alrededor.<br />
</gallery><br />
<br />
<br />
====Conformación en niveles====<br />
[[Archivo:ConsultoraAdmirariE3PrincipioCNEsquema.jpg|350px|miniaturadeimagen|derecha| Polígono de relaciones "Conformación en niveles"]]<br />
<br />
Determinación particular del espacio en lo nivelado, dando momentos de distención diferida en su separación.<br />
<br />
<gallery><br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.36.JPG|Presencia potenciada en la elevación. Una mujer se sube a un revestimiento de la plaza, para obtener la altura necesaria para buscar a alguien, al encontrarla no se baja, sino que le grita desde ahí y mantiene la conversación. el estar más alto del resto se permite el foco para su interlocutor.<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.37.JPG|La elevación, a nivel del hombro de la plataforma da lugar a una privacidad domestica, donde se come y conversa en desahogo, potenciado también en la ronda corporal. A pesar de la sensación de intimidad que da su cobertura, la vista se ve enfocada hacia allá.<br />
Archivo:AdmirariconsultoraC.PT.4.jpg|Aparece la reunión y el transitar de un mayor número de personas. En el fondo de escena aparece esta amplitud de la plaza, mostrando la dispersión de la gente en su interior y cobijo de los grandes arboles, la extensión de las calles contiguas que la rodean, muestran una mayor amplitud del espacio de enfrente. La calle junto a la plaza es poco concurrido por los vehículos, pareciera formar parte de la plaza estando a su mismo nivel, haciéndola ver más extensa...<br />
</gallery><br />
<br />
<br />
====La disposición corporal como delimitante del acto teatral====<br />
<br />
[[Archivo:ConsultoraAdmirariE4PrincipioDCEsquema.jpg|350px|miniaturadeimagen|derecha| Polígono de relaciones "La disposición corporal como delimitante del acto teatral"]]<br />
La tensión de lo corporal que vincula a las personas en este momento efímero y temporal grupal, que hace aparecer lo extraordinario del acto escénico, siendo esta conformación el intermediario entre el acto y la realidad circundante.<br />
<br />
<gallery><br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.38.JPG|Ronda de vinculación intima equilibrada. los estudiantes a medida que salen se va agrupando en diferentes circunferencias, independiente de la cantidad se personas que se sumen. A través de la cercanía corporal se cierra este interior intimo, donde se da la conversación equilibrando la participación de cada uno.<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.39.JPG|Barrera de permanencia grupal. La gente camina por la calle a pesar del cambio del semáforo y los bocinazos, resguardándose en la barrera que la multitud genera ante los autos. La masa potencia la permanencia al brindar seguridad.<br />
Archivo:AdmirariconsultoraC.PT.2.jpg|Permanencia circular creada por el orden de los cuerpos en el espacio, los puestos dispuestos en ronda acompañados de los arboles alzados sobre el lugar, crean un envolvente cubriendo el sitio en el centro usado para la detención/estadía del transitar exterior.<br />
</gallery><br />
<br />
----<br />
<br />
<br />
===Isomorfismo===<br />
<br />
<br />
[[Archivo:Isomorfismo.1.ConsultoraAdmirari.jpg|700px|center]]<br />
<br />
----<br />
<br />
<br />
===Normativas===<br />
<br />
<br />
====O.G.U.C. / Título 4: Disposiciones comunes a los permisos de urbanización y edificación====<br />
====Capítulo 2: Condiciones generales de seguridad.====<br />
<div class="mw-collapsible mw-collapsed"> <br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.2.''''' Para solicitar autorización de cambio de destino de una edificación, se contemplen o no obras de construcción, deberá adjuntarse un informe suscrito por profesional competente que acredite el cumplimiento de las disposiciones de este Capítulo aplicables al nuevo destino, salvo que se trate de edificaciones cuya carga de ocupación sea inferior a 30 personas, en cuyo caso dichas disposiciones no serán aplicables.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.3.'''''El dimensionamiento de las vías de evacuación de una edificación se basará en la carga de ocupación correspondiente a la superficie servida por dichas vías.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.4.''''' La superficie de la edificación o del sector de ella que señala la tabla de éste artículo, se considerará ocupada por personas para la determinación de la carga de ocupación. En edificios cuyo destino no sea residencial u oficinas, cuando se contemple un número fijo de ocupantes, podrán descontarse de la carga de ocupación aplicable a las salidas comunes aquellos recintos que tendrán una ocupación no simultánea, tales como auditorios o laboratorios en establecimientos educacionales, o salas de reunión o casinos en establecimientos industriales.<br />
En cada caso la cantidad de personas se calculará de acuerdo a la siguiente tabla:<br />
<br />
{| class="wikitable"<br />
|-<br />
! Destino!! m^2 por persona <br />
|-<br />
| Oficinas (superficie útil)|| 10,0<br />
|-<br />
| Comercio (Malls) :<br />
|-<br />
|Locales comerciales, en niveles con acceso exterior|| 10,0<br />
|-<br />
|Pasillos entre locales, en niveles con acceso exterior|| 5,0<br />
|-<br />
|Locales comerciales, otros niveles || 14,0<br />
|-<br />
|Pasillos entre locales, otros niveles || 7,0<br />
|-<br />
|Patios de comida y otras áreas comunes con mesas || 1,0<br />
|-<br />
| Otros :<br />
|-<br />
|Recintos de espectáculos (área para espectadores de pié) || 0,25<br />
|-<br />
|Capillas, Discotecas || 0,5<br />
|-<br />
|Salones de reuniones || 0,8<br />
|-<br />
|Area para público en bares, cafeterías, pubs || 1,0<br />
|-<br />
|Restaurantes (comedores), salones de juego || 1,5<br />
|-<br />
|Salas de exposición || 3,0<br />
|-<br />
|Hogares de niños || 3,0<br />
|-<br />
|Gimnasios, Academias de danza || 4,0<br />
|-<br />
|Hogares de ancianos || 6,0<br />
|-<br />
|Estacionamientos de uso común o públicos (superficie total) || 16,0<br />
|-<br />
|Hoteles (superficie total) || 18,0<br />
|-<br />
|Bodegas, Archivos || 40,0<br />
|}<br />
<br />
Los destinos no considerados en la tabla anterior deberán asimilarse a los allí señalados. <br><br />
En locales con asientos fijos se tomará el número de asientos. <br><br />
En aposentadurías corridas se considerará 0,45 m por persona. <br><br />
En caso de edificaciones con dos o más destinos se calculará la carga de ocupación correspondiente a cada sector según su destino. Cuando en un mismo sector se contemplen usos alternados deberá considerarse la carga de ocupación más exigente. <br><br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.5.''''' El ancho mínimo de cualquier sección de una vía de evacuación se determinará en base a la carga de ocupación de la superficie que sirve dicha sección. <br><br />
En el piso de salida de edificaciones de dos o más pisos se considerará como superficie servida la ubicada hasta en el nivel superior o inferior adyacente a dicho piso, sin incluir la superficie de los demás pisos. <br><br />
En caso de convergencia de un piso superior y uno inferior en un piso intermedio de salida, el ancho de la salida debe calcularse sumando el número de ocupantes de los pisos superior e inferior. <br><br />
Se exceptúan de lo indicado en este artículo las escaleras, cuyo ancho mínimo será determinado conforme al artículo 4.2.10. <br><br />
Las vías de evacuación pueden tener ancho variable siempre que se cumplan los anchos mínimos para cada tramo de ellas.<br<br />
Cuando se contemplen dos o más vías de salida, la superficie servida por dichas vías se dividirá según el número de salidas. <br><br />
<br />
'''alturas mínimas'''<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.6.''''' La altura mínima libre interior de las vías de evacuación será de 2,10 m medidos verticalmente en obra terminada desde el piso hasta la proyección más cercana del cielo, vigas u otros elementos salientes, salvo en el caso de las escaleras, en que la altura mínima se medirá trazando un arco de 1,80 m de radio desde la nariz de las gradas. En los vanos de puertas se admitirá una altura libre mínima de 2 m.<br />
<br />
'''Barandas'''<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.7. ''''' Todas las aberturas de pisos, mezaninas, costados abiertos de escaleras, descansos, pasarelas, rampas, balcones, terrazas, y ventanas de edificios que se encuentren a una altura superior a 1m por sobre el suelo adyacente,deberán estar provistas de barandas o antepechos de solidez suficiente para evitar la caída fortuita de personas. Dichas barandas o antepechos tendrán una altura no inferior a 0,95 m medida verticalmente desde el nivel de piso interior terminado en el plomo interior del remate superior de la baranda o antepecho, y deberán resistir una sobrecarga horizontal, aplicada en cualquier punto de su estructura, no inferior a 50 kg por metro lineal, salvo en el caso de edificios de uso público y todo aquel que, sin importar su carga de ocupación, preste un servicio a la comunidad, en que dicha resistencia no podrá ser inferior a 100 kg por metro lineal.<br><br />
<br />
En los tramos inclinados de escaleras se admitirá una altura mínima de baranda de 0,85 m, medida desde la nariz de los peldaños.<br><br />
La baranda se podrá suprimir en caso de recintos con fachada de cristales fijos o ventanas cuya apertura no sobrepase 0,12 m, que cuenten con antepecho,baranda o refuerzo interior de al menos 0,60 m de altura, medido desde el nivel de piso interior terminado, y que certifiquen una resistencia de los cristales a sobrecargas horizontales no inferior a la indicada en el inciso primero de este artículo.<br><br />
<br />
En los costados de una ruta accesible, que sea parte de la circulación del edificio, no podrán existir desniveles superiores a 0,30 m sin estar debidamente protegidos por barandas y un borde resistente de una altura no inferior a 0,30 m. <br><br />
<br />
Las barandas transparentes y abiertas tendrán sus elementos estructurales y ornamentales dispuestos de manera tal que no permitan el paso de una esfera de 0,125 m de diámetro a través de ellos. En las escaleras las aberturas triangulares formadas por la huella, la contrahuella y la barra inferior de la baranda podrán admitir el paso de una esfera de 0,185 m de diámetro. <br><br />
<br />
Se exceptúan de lo dispuesto en este artículo los andenes de transporte de personas o de carga y descarga de productos, los escenarios y otras superficies cuya función se impediría con la instalación de barandas o antepechos. <br><br />
<br />
'''Vías de evacuación'''<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.8.''''' Para los efectos de este Capítulo, los ascensores, escaleras mecánicas, rampas mecánicas y pasillos móviles no se considerarán vías de evacuación, con las excepciones que señala el artículo 4.2.21. de este mismo Capítulo. <br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.9.''''' Las áreas externas de una edificación, tales como patios, plazoletas, atrios o similares, susceptibles de ser ocupadas por personas, deben estar provistas de vías de evacuación conforme a este Capítulo.En estos casos la carga de ocupación del área externa será determinada por el arquitecto del proyecto según los usos estimados para dicha área.<br><br />
<br />
Cuando la salida de un área externa sea a través de una edificación, el número de ocupantes de dicha área debe ser considerado en el diseño de las vías de evacuación de la edificación.<br />
<br />
'''Escaleras'''<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.10.''''' La cantidad y ancho mínimo requerido para las escaleras que forman parte de una vía de evacuación, conforme a la carga de ocupación del área servida, será la que señala la siguiente tabla:<br />
<br />
{| class="wikitable"<br />
|-<br />
! N° de Personas!! Cantidad y ancho mínimo<br />
|-<br />
|hasta 50 || 1 1,10 m<br />
|-<br />
|Desde 51 hasta 100 || 1 1,20 m<br />
|-<br />
|Desde 101 hasta 150 || 1 1,30 m<br />
|-<br />
|Desde 151 hasta 200 || 1 1,40 m<br />
|-<br />
|Desde 201 hasta 250 || 1 1,50 m<br />
|-<br />
|Desde 251 hasta 300 || 2 1,20 m<br />
|-<br />
|Desde 301 hasta 400 || 2 1,30 m<br />
|-<br />
|Desde 401 hasta 500 || 2 1,40 m<br />
|-<br />
|Desde 501 hasta 700 || 2 1,50 m<br />
|-<br />
|Desde 701 hasta 1.000 || 2 1,60 m<br />
|}<br />
<br />
Cuando la carga de ocupación de una edificación sea superior a 1.000 personas deberá adjuntarse al proyecto un Estudio de Evacuación que determine la cantidad, disposición y características de las escaleras necesarias sobre las requeridas según la tabla anterior. <br><br />
<br />
Cuando se requieran dos o más escaleras, éstas deberán disponerse de manera tal que en cada piso constituyan vías de evacuación alternativas, independientes y aisladas entre sí. Si no existiere en un mismo piso acceso a dos o más escaleras como vías de evacuación de uso alternativo, la única escalera de evacuación accesible en cada piso deberá terminar en una terraza de evacuación que cumpla con las exigencias señaladas para éstas en el artículo 4.2.15. Tratándose de escaleras contiguas, deberán estar separadas por muros con resistencia mínima al fuego según el artículo 4.3.3. y sus puertas de acceso, en cada piso, deberán disponerse separadas por al menos 3 m.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.11.''''' Las escaleras de evacuación deben consultar pasamanos en un<br />
costado a lo menos y cumplir además los siguientes requerimientos:<br />
<br />
1. En los tramos inclinados el pasamanos debe ubicarse a una altura de entre 0,85 m y 1,05 m y en los descansos o vestíbulos a una altura de entre 0,95 m y 1,05 m. <br><br />
<br />
2. Los peldaños tendrán un ancho de huella no inferior a 0,28 m en proyección horizontal y una altura de contrahuella no mayor a 0,18 m ni menor a 0,13 m. Esta norma deberá cumplirse en cualquier peldaño que forme parte de una vía de evacuación. <br><br />
<br />
3. En las escaleras que forman parte de una zona vertical de seguridad los tramos deben ser rectos y las huellas de los peldaños y descansos deben ser antideslizantes. <br><br />
<br />
Se exceptúan de lo indicado en este artículo los peldaños de escaleras auxiliares de evacuación, las que se regirán por lo dispuesto en el artículo 4.2.16. de este mismo Capítulo.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.12.''''' Las escaleras interiores de evacuación terminarán en el piso de salida del edificio en un vestíbulo, galería o pasillo de un ancho mínimo de 1,80 m, el cual debe mantenerse hasta un espacio exterior comunicado a la vía pública.<br />
La distancia máxima desde la primera grada de la escalera hasta dicho espacio exterior no será mayor de 20 m. No obstante, dicha longitud podrá llegar hasta 40 m cuando el espacio al que se accede presente un riesgo de incendio muy reducido, por estar revestido con materiales no combustibles y tener una densidad de carga combustible inferior a 100 MJ/m2, determinada conforme a la norma NCh 1916. <br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.13.''''': En los pisos distintos al de salida del edificio, la distancia máxima desde la puerta de un departamento, oficina o local, hasta una escalera de evacuación en el mismo piso, será de 40 m, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 4.2.17.<br />
<br />
En edificaciones que cuenten con sistema de rociadores automáticos, avalado por un Estudio de Seguridad, la distancia señalada en el inciso anterior será de hasta 60 m.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.14.''''': En los pisos destinados a estacionamientos, bodegas e instalaciones de servicio del edificio, la distancia máxima desde cualquier punto del área de uso común hasta la escalera más cercana no será superior a 60 m, salvo que se trate de una planta abierta en al menos el 50% de su perímetro, en cuyo caso la distancia máxima será de 90 m. En ambos casos la distancia máxima podrá extenderse hasta en un tercio si la planta cuenta con<br />
un sistema de rociadores automáticos avalado por un Estudio de Seguridad.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.15.''''': En los edificios de 10 o más pisos que cuenten con solo una escalera de evacuación, ésta deberá terminar en el nivel de cubierta en una terraza de evacuación, la cual deberá tener un ancho libre mínimo de 3 m y un área no menor a 0,2 m2 por persona, calculada en base a la carga de ocupación del sector del edificio ubicado por sobre la mitad del recorrido de evacuación de la escalera.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.16.''''': En obras de rehabilitación de inmuebles, en que la disposición de escaleras de las características señaladas en los artículos anteriores presente especial dificultad, el Director de Obras Municipales podrá autorizar escaleras auxiliares de evacuación situadas al exterior de la edificación, las cuales deberán cumplir las siguientes condiciones:<br />
<br />
1. El ancho libre del recorrido se calculará de acuerdo a la regla general, pudiendo tener un mínimo de 0,90 m.<br />
<br />
2. Los peldaños tendrán una huella no menor a 0,21 m, una contrahuella no mayor de 0,20 m, y sus tramos serán rectos.<br />
<br />
3. Contarán con defensas o barandas de acuerdo a la regla general, debiendo agregarse, en caso necesario, defensas adicionales que contrarresten posibles sensaciones de vértigo.<br />
<br />
4. Los accesos a la escalera estarán debidamente señalizados, podrán situarse al interior de los departamentos, oficinas o locales y su tramo inferior podrá ser retráctil o desplegable. <br />
<br />
Estas escaleras auxiliares podrán ser de estructura metálica, sin protecciones contra incendio.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.17.''''': Cuando los pasillos de un edificio queden en situación de fondo de saco con respecto a la escalera de evacuación, las puertas de acceso a las unidades no podrán ubicarse a una distancia superior a 10 m respecto de la escalera, salvo que el pasillo esté protegido contra el fuego de acuerdo al artículo 4.3.27. de este mismo Título.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.18.''''': Los pasillos tendrán un ancho libre mínimo de medio centímetro por persona, calculado conforme a la carga de ocupación de la superficie servida, con un ancho mínimo de 1,10 m. En el caso de pasillos que sirvan a varios pisos, el cálculo se efectuará según las reglas del artículo 4.2.5. de este mismo Capítulo.<br />
<br />
Cuando se trate de ocupaciones menores de 50 personas, o en caso de pisos subterráneos destinados a estacionamientos, bodegas o instalaciones de servicio, el ancho mínimo será de 1,10 m.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.19.''''': Los pasillos o galerías que formen parte de una vía de evacuación carecerán de obstáculos en el ancho requerido, salvo que se trate de elementos de seguridad ubicados en las paredes que no reduzcan en más de 0,15 m el ancho requerido.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.20.''''': Las rampas previstas como recorrido de evacuación se asimilarán a los pasillos en el dimensionamiento de su ancho y tendrán una pendiente máxima de 12%, sin perjuicio del cumplimiento, cuando corresponda, de las condiciones establecidas para personas con discapacidad en el artículo 4.1.7. de este mismo Título.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.21.''''': Las rampas mecánicas y los pasillos móviles podrán considerarse como parte de una vía de evacuación, cuando no sea posible su utilización por personas que trasladen carros de transporte de mercaderías y además estén provistos de un dispositivo de parada manual debidamente señalizado, sin perjuicio de su conexión a sistemas automáticos de detección y alarma.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.22.''''': Las puertas de escape deben ser fácilmente reconocibles como tales. En ningún caso podrán estar cubiertas con materiales reflectantes o decoraciones que disimulen su ubicación.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.23.''''': El ancho mínimo requerido conforme al artículo 4.2.5. de este mismo Capítulo debe cumplirse, en el caso de las puertas, sumando los anchos libres de salida de cada una. Dicha medida no podrá ser inferior al ancho mínimo requerido para los pasillos que sirven a las puertas.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.24.''''': Las puertas de escape tendrán un ancho nominal de hoja no menor a 0,85 m y un alto no menor de 2 m. Cuando contemplen mecanismos de apertura o dispositivos anti pánico, estos deberán ubicarse a una altura de 0,95 m.<br />
<br />
El ancho libre de salida, en ningún caso, podrá ser menor a 0,80 m, y el espesor horizontal del umbral de la puerta o vano de escape no podrá ser mayor a 0,60 m.<br />
<br />
En el piso de salida del edificio, la puerta de salida de la escalera de evacuación tendrá un ancho nominal de hoja no menor a 0,90 m.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.25.''''': Las puertas de acceso a una escalera de evacuación no pueden obstruir, durante su apertura, más de un tercio del ancho libre requerido para la escalera.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.26.''''': Las puertas de escape deben abrir en el sentido de la evacuación siempre que el área que sirvan tenga una carga de ocupación superior a 50 personas.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.27.''''': Las puertas de escape deben abrir desde el interior sin la utilización de llaves o mecanismos que requieran algún esfuerzo o conocimiento especial.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.28.''''': Las puertas giratorias o deslizantes que sirvan a un número de ocupantes de 10 o más personas no podrán ser consideradas puertas de escape.<br />
Se exceptúan de lo dispuesto en el inciso anterior las puertas giratorias o deslizantes que dispongan de un sistema que permita el abatimiento de sus hojas en el sentido de la evacuación, mediante la aplicación manual de una fuerza no superior a 14 kg. <br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.29.''''': Todas las vías de evacuación y sus accesos deben identificarse mediante señales de gráfica adecuada. En cada caso deben contemplarse las señales necesarias para facilitar la evacua<br />
</div><br />
<br />
====Capítulo 7: Teatros y otros locales de reuniones.====<br />
<div class="mw-collapsible mw-collapsed"><br />
*'''''Artículo 4.7.1.''''' Los edificios destinados a teatros, auditorios y salas de exhibiciones cinematográficas, comprendidas todas ellas bajo la denominación genérica de teatros y otros locales de reuniones públicas, deben cumplir los requisitos siguientes:<br />
<br />
1. Los locales con cabida superior a 1.000 personas deben tener acceso a dos calles de ancho no inferior a 12 m o bien a una calle de ancho no inferior a 12 m y a un espacio libre que comunique directamente con una calle y que tenga un ancho superior a 3 m, siempre que los muros colindantes de este espacio sean asísmicos y con resistencia a la acción del fuego correspondiente a lo menos a la clase F-60, según la norma NCh 935/1, o la que la reemplace.<br />
<br />
2. Los locales con cabida mayor de 500 y menor de 1.000 personas deben tener un acceso principal directamente a una calle y, además, uno de sus costados, con acceso directo a calle por medio de un espacio libre o patio de un ancho no menor de 2,60 m siempre que los muros colindantes de este patio o espacio libre sean asísmicos y con resistencia a la acción del fuego correspondiente a lo menos a la clase F-60, según la norma NCh 935/1, o la que la reemplace. Podrá aceptarse el acceso a una sola calle cuando el eje principal de la sala de espectáculos sea paralelo a aquélla y ninguna localidad (asiento de una sala de espectáculos) diste más de 25 m de la puerta de salida a dicha calle.<br />
<br />
3. Los locales con cabida inferior a 500 personas deben tener su acceso principal directamente a una calle o a un espacio libre de ancho no menor de 9 m.<br />
<br />
4. Sin embargo, todos los locales con cabida inferior a 1.000 personas podrán tener acceso a calle por medio de dos pasillos independientes de ancho no menor de 3m, o por un espacio libre de ancho no menor a 5 m, siempre que los edificios que rodean los pasillos o espacios libres sean asísmicos y construidos con resistencia mínima al fuego de tipo b.<br />
<br />
Los anchos fijados para los patios, pasillos y otros espacios libres se medirán entre paramentos de columnas u otros elementos salientes de la construcción.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.2.''''' :Los espacios libres o patios laterales a que se refiere el artículo anterior podrán tener un ancho constante en toda su longitud o tener un ancho creciente desde la línea del muro de boca del proscenio o de los locales más lejanos destinados al público, hasta la calle, conservándose el ancho medio indicado. <br />
<br />
Estos patios o espacios libres tendrán su piso o pavimento en un solo plano. Podrán tener rejas de todo su ancho en la línea de la calle, dispuestas de manera que puedan mantenerse abiertas durante los espectáculos o reuniones. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.3.''''': Los edificios a que se refiere el presente Capítulo deben construirse cumpliendo las respectivas exigencias establecidas en la presente Ordenanza y, en especial, las normas de este Capítulo, las que prevalecerán sobre las de carácter general de esta Ordenanza cuando ambas estén referidas a una misma materia. <br />
<br />
Estos edificios deberán construirse de las clases A o B que establece el artículo 5.3.1. de esta Ordenanza, cuando su cabida total sea superior a 1.000 personas, o cuando las aposentadurías para personas comprendan más de un piso principal y un balcón o galería. <br />
<br />
En los sectores destinados a las aposentadurías o a los asientos fijos, según corresponda, se consultarán espacios libres horizontales de 1,20 m de largo por 0,90 m de ancho, reservados para personas con discapacidad en silla de ruedas. Deberán estar antecedidos o precedidos de un espacio libre y horizontal de un diámetro mínimo de 1,50 m que permita el giro en 360° de una silla de ruedas. Se ubicarán uniformemente repartidos en la sala e integrados en los costados de las líneas de aposentadurías o de asientos fijos, de modo que la persona con discapacidad en silla de ruedas pueda ser asistida o acompañada en todo momento. Se ubicarán, además, próximos al nivel de acceso de la sala y la circulación interior para acceder a los espacios libres deberá tener 0,90 m como ancho mínimo, estar libre de peldaños y conectada a la ruta accesible. Estos espacios libres deberán estar señalizados con el Símbolo Internacional de Accesibilidad (SIA).<br />
<br />
La cantidad mínima de espacios libres se calculará según la siguiente tabla:<br />
{| class="wikitable"<br />
|-<br />
!Cantidad de Asientos !! Cantidad de espacios libres horizontales para Personas con Discapacidad !! <br />
|-<br />
|desde 1 hasta 50 || 1 ||<br />
|-<br />
|desde 51 hasta 100 || 2 ||<br />
|-<br />
|desde 101 hasta 150 || 3 || <br />
|-<br />
|desde 151 hasta 300 || 4 || <br />
|-<br />
|desde 301 hasta 500 || 5 || <br />
|-<br />
|desde 501 hasta 5000 ||5 + 1 por cada 300 o fracción, entre 501 y 5000 || <br />
|-<br />
|sobre 5000 || 19 + 1 por cada 500 o fracción, sobre 5000 || <br />
|}<br />
<br />
<br />
El diseño de la línea de visión para los espacios libres a los que se refiere el inciso precedente deberá ser similar al previsto para los demás espectadores, no pudiendo ser interrumpida por espectadores de pie en caso que les antecedan una o más filas de graderías, aposentadurías o asientos fijos. Estas mismas reglas se aplicarán a los anfiteatros o <br />
las graderías que se consulten al interior de espacios públicos o privados. Si contaren con escenario, se aplicará lo dispuesto sobre esta materia en el artículo 4.7.7. de esta Ordenanza.<br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.4.''''': Los locales o salas destinadas a los usos a que se refiere el presente Capítulo deberán estar totalmente rodeados de muros cortafuego.<br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.5.''''': Los teatros que no tengan su sala principal en primer piso deberán cumplir los requisitos siguientes: <br />
1. El edificio debe construirse en su totalidad de las clases A o B de la presente Ordenanza. <br />
<br />
2. Los vestíbulos, pasadizos y escaleras que conduzcan a las salas de espectáculos y demás destinadas al público deben ser independientes de los locales situados en primer piso. <br />
<br />
3. No podrán consultarse recintos bajo o encima del ocupado por la sala del teatro, que puedan destinarse a depósito o para la venta de productos o materiales inflamables, o que puedan originar incendios. <br />
<br />
4. Las escaleras que den acceso a los recintos del piso principal del teatro serán de tramos rectos separados por descansos y tendrán un ancho no inferior a 2 m. No habrá más de 16 gradas por tramo y la altura de éstas no será mayor de 0,16 m y el ancho no inferior a 0,30 m, debiendo mantenerse la condición: 2 h + a = 0,62 m si se adoptaren cifras distintas de esos límites. <br />
<br />
5. El ancho total de los pasillos o zaguanes de salida, así como el de las puertas de <br />
acceso a los recintos para el público, será equivalente a 1 m por cada 125 espectadores que puedan transitar por ellos.<br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.6.''''': La capacidad volumétrica de los locales destinados a los espectadores no será inferior a 3 m3 por persona, debiendo, en todo caso, establecerse la ventilación de manera que se aseguren las condiciones higiénicas que prescriban las normas oficiales correspondientes. No obstante, podrá disminuirse esta capacidad cúbica en caso de emplearse medios mecánicos adecuados. <br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.7.''''': Los escenarios y los camarines de los artistas tendrán acceso independiente al de los espectadores. <br />
<br />
No se permitirá otra comunicación que la boca del escenario entre aquellos recintos y la sala de espectáculos. <br />
<br />
En caso que los edificios a los que se refiere este capítulo, contemplen un escenario, éste deberá ser accesible desde la sala de espectáculos. El desnivel entre el escenario y el nivel de la sala contiguo a éste, se salvará a través de una rampa antideslizante de ancho mínimo de 0,90 m, con pendiente máxima de 10% y protección lateral de al menos 10 cm de alto, o con un dispositivo mecánico elevador que permita su uso en forma autónoma y segura.<br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.8.''''': Los camarines de los artistas no tendrán menos de 4 m2 por persona; podrán alumbrarse y ventilarse artificialmente, y estarán provistos de servicios higiénicos completos y separados para ambos sexos. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.9.''''': La autoridad municipal podrá hacer instalar, por cuenta del propietario, grifos contra incendio en la acera contigua al teatro o sala de reuniones de cabida superior a 300 personas. Estos grifos se ubicarán a una distancia aproximada de 50m de la puerta principal del edificio. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.10.''''': Los locales destinados a talleres y habitaciones de cuidadores deberán contar con accesos independientes a los de los espectadores. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.11.''''': En la techumbre del escenario se dispondrán claraboyas de cierre hermético, que puedan abrirse o romperse en caso de incendio. Estas claraboyas tendrán una superficie equivalente a 1/10 del área de dicho local. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.12.''''':Los teatros y salas de reunión estarán dotados de doble instalación de luz; una especial de seguridad, destinada a la sala de espectáculos, vestíbulos, corredores, pasillos y puertas de escape, que se establecerá con artefactos protegidos y de manera que no quede expuesta a interrupciones por ninguna causa de origen interno; y la instalación general, que deberá funcionar independientemente de la anterior, de acuerdo con la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.<br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.13.''''': No se permitirá consultar instalaciones que empleen esencias minerales, alcoholes y líquidos inflamables para el alumbrado, calefacción o ventilación de las salas de espectáculos y recintos destinados al público. Sin embargo, se permitirá emplear los sistemas de calefacción a petróleo, siempre que el campo productor de calor se encuentre fuera de la sala. <br />
<br />
Se prohíbe, asimismo, la colocación de generadores de gas, electricidad, vapor o agua caliente en los locales mismos destinados al público. <br />
<br />
Los generadores deben instalarse en locales especiales, construidos sin comunicación alguna con la sala de espectáculos, escenario, vestíbulos, corredores y escaleras para el uso del público. <br />
<br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.14.''''': El ancho de los pasillos, puertas interiores, corredores, escaleras, puertas de calle y demás pasos y salidas, ubicados en el trayecto que deben seguir las personas al desalojar un teatro o sala de reuniones, se determinará a razón de 1 m por cada 125 personas que por ellos deban pasar, de acuerdo con la cabida correspondiente.<br />
<br />
Las puertas exteriores del frente principal y las de acceso a las salas de espectáculos de los teatros, cualquiera que sea su cabida, tendrán un ancho no inferior a 2 m y la suma total de sus anchos deberá cumplir con lo dispuesto en el inciso anterior. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.15.''''': Las puertas de los locales destinados al público deberán abrirse hacia afuera y estar provistas de dispositivos de suspensión que permitan abrirlas o eliminarlas con toda rapidez en los casos de alarma. <br />
Estas puertas de acceso para las personas serán independientes de las que se consulten para el servicio de vehículos. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.16.''''': Las puertas laterales y de escape, y las de pasillos y vestíbulos que conduzcan a las escaleras, tendrán letreros luminosos sobre su dintel con la indicación de "Salida". <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.17.''''': Se establecerán escaleras o rampas independientes de la sala misma, para las aposentadurías superiores o inferiores, sean éstas balcones o galerías. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.18.''''': Las escaleras deben cumplir con los siguientes requisitos: <br />
<br />
1. Entregarán a vestíbulos que estén en comunicación directa con las aposentadurías que sirvan y serán de ancho libre no menor de 1,20 m. <br />
<br />
2. Serán de tramos rectos, separados por descansos de longitud no inferior a 1,20 m. Los descansos en los cambios de dirección no tendrán un largo inferior al ancho de la escalera. <br />
<br />
3. Cada tramo podrá tener hasta 16 gradas y cada una de éstas no tendrá más de 0,16 m de altura, ni ancho menor de 0,30 m. <br />
<br />
4. Cuando el ancho de la escalera sea superior a 3 m, se deberá agregar a los pasamanos laterales un doble pasamanos central que la divida en dos secciones paralelas. <br />
<br />
5. Las aposentadurías superiores o inferiores al primer piso, con cabida superior a 500 personas, deberán estar provistas de dos escaleras, ubicadas en lados opuestos. <br />
<br />
6. Las escaleras y cajas de escaleras que sirvan los locales destinados al público no podrán tener comunicación alguna con los subterráneos o pisos en el subsuelo del edificio. <br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.19.''''': No podrá haber gradas o peldaños en el piso de la sala principal ni en el de los vestíbulos, pasillos y corredores ligados con ellos. Las diferencias de nivel se salvarán con planos inclinados de pendiente no mayor de 10%. Para rampas de más de 10m de desarrollo, la pendiente disminuirá proporcionalmente. <br />
<br />
Sin perjuicio de lo anterior, cuando el sistema de proyección corresponda a pantalla panorámica, regirán las siguientes disposiciones para el piso de la platea, escaleras y escapes: <br />
<br />
1. El plano inclinado del piso de la platea tendrá una pendiente máxima del 15%. <br />
<br />
2. Si se produjeran pendientes mayores se salvarán con gradas que se distribuirán uniformemente en la parte del pasillo de mayor pendiente. <br />
<br />
3. Se permitirán soluciones mixtas de rampas y gradas, si se adoptan sistemas especiales de iluminación que señalen cada grada y comunicando, separadamente, al "Escape", la zona de gradas y la zona de rampa.<br />
<br />
4. Los pasillos centrales de platea se comunicarán con el foyer, sin producir cambios de dirección. <br />
<br />
5. Las escaleras tendrán una sola dirección y comunicarán directamente a la calle o espacios públicos comunicados con ella. Sus tramos serán rectos, de no más de 16 gradas por tramo y en que se cumpla la relación de 2h + a = 0,62 m. <br />
<br />
6. Regirán, además, todas las disposiciones del presente Capítulo que no se contrapongan a las aquí enunciadas. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.20.''''': No se permitirán pasillos, escaleras, corredores, o similares que puedan originar corrientes encontradas de tránsito, ni instalaciones de quioscos, mostradores, lamparas giratorias o no, o cualquiera otra instalación que entorpezca la fácil y rápida desocupación de los locales en casos de incendio o pánico. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.21.''''': Los teatros, locales de espectáculos públicos y de reuniones, deberán tener en cada piso servicios higiénicos para ambos sexos, en la siguiente proporción, de acuerdo con su capacidad: <br />
<br />
1. Hasta 1.000 personas, un inodoro por cada 125 personas y un urinario por cada 70 personas. <br />
<br />
2. Sobre 1.000 y hasta 2.000 personas, un inodoro más por cada 250 personas y un urinario más por cada 125. <br />
<br />
3. Sobre 2.000 y hasta 3.000 personas, un inodoro más por cada 500 personas y un urinario más por cada 250.<br />
<br />
4. Sobre 3.000 personas, un inodoro más por cada 1.000 y un urinario más por cada 500 personas.<br />
<br />
5. Los camarines tendrán los servicios higiénicos que determine la Dirección de Obras Municipales. <br />
Además de los artefactos indicados en los números 1. al 4., habrá un lavamanos por cada inodoro independiente y cuando éstos estén agrupados en una sola unidad, habrá como mínimo un lavamanos por cada 4 inodoros.<br />
<br />
Los teatros y otros locales de reuniones, deberán contar con un recinto independiente destinado a servicio higiénico para personas con discapacidad conforme a los requisitos y características establecidas en el artículo 4.1.7. de esta Ordenanza, debiendo agregarse un recinto más por cada 200 personas o fracción que exceda de esa cantidad. <br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.22.''''': La disposición de los asientos para el público, en salas con cabida superior a 500 personas, deberá cumplir con las siguientes prescripciones: <br />
<br />
1. Los pasillos interiores de platea tendrán un ancho mínimo de 1,20 m en su punto más cercano al escenario. Este ancho se aumentará hacia los puntos de salida, en un mínimo de 0,025 m por cada metro de longitud de pasillo. <br />
<br />
2. Los pasillos de platea que sirvan asientos de un solo lado tendrán un ancho mínimo de 0,65 m en su punto más próximo al escenario. Este ancho se aumentará hacia los puntos de salida en un mínimo de 0,015 m por cada metro de longitud del pasillo. <br />
<br />
3. La distancia mínima entre respaldo y respaldo de los asientos de platea será de 0,90 m y 1,00 m para los de funciones rotativas. <br />
<br />
4. Las butacas tendrán los asientos plegables y un ancho libre entre brazos no inferior a 0,45 m. <br />
<br />
5. No podrán ubicarse más de 18 asientos en una fila de platea entre dos pasillos, ni más de 14 en los balcones o galerías. <br />
<br />
6. No podrán disponerse más de 9 asientos por fila con acceso a un solo pasillo de platea, ni más de 7 en los balcones o galerías. <br />
<br />
7. La altura mínima entre el piso y el cielo, medida en el eje del asiento más alto, no será inferior a 2,50 m. <br />
<br />
8. La distancia horizontal entre el muro de boca y el asiento más próximo, destinado a los espectadores, no podrá ser inferior a 6 m en los teatros de representaciones, ni a 5 m en las salas de audiciones musicales o exhibiciones cinematográficas y otras salas de reunión. La distancia de la pantalla en las exhibiciones cinematográficas al espectador más próximo será de 10 m como mínimo. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.23.''''': Las salas destinadas a los espectadores estarán provistas de dispositivos eficaces o de instalaciones mecánicas de ventilaciones y de calefacción, proyectadas en consideración a las condiciones climáticas locales. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.24.''''' Las cabinas de cinematógrafos deberán cumplir con los siguientes requisitos:<br />
<br />
1. Tendrán un cubo interior de 20 m3 a lo menos por cada aparato proyector. <br />
<br />
2. Estarán provistas de medios adecuados para extinguir el incendio de películas. <br />
<br />
3. Tendrán una sola puerta de acceso, que abrirá hacia afuera y que cerrará en forma hermética.<br />
<br />
4. Las aperturas indispensables irán provistas de obturadores de cierre hermético.<br />
<br />
5. El acceso debe hacerse desde el exterior de la sala. <br />
<br />
6. Tendrán ventilación directa al exterior enteramente aislada de la sala. <br />
<br />
7. Estarán dotadas de una caja para guardar películas, de cierre hermético. <br />
<br />
8. Estarán dotadas de un servicio higiénico para el o los operadores. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.25.''''': Ningún teatro, sala de baile o de reunión podrá abrirse al uso público sin la inspección y aprobación previas de la construcción del edificio como de sus instalaciones eléctricas, de calefacción, de higiene y otras, por la Dirección de Obras Municipales.<br />
</div><br />
----<br />
<br />
<br />
===Lugar de emplazamiento===<br />
<br />
<gallery mode="slideshow"><br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.18.JPG<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.19.JPG<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.20.JPG<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.21.JPG<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.23.JPG<br />
</gallery><br />
<br />
----<br />
<br />
<br />
===Entregas Ciclo 02===<br />
<br />
<br />
----<br />
<br />
====ERE Grupal====<br />
<br />
<gallery mode="slideshow"><br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.65.JPG|<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.66.JPG|<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.67.JPG|<br />
</gallery><br />
<br />
<br />
----<br />
<br />
<br />
====ERE Grupal Final====<br />
<br />
<gallery mode="slideshow"><br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.55.PNG|<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.56.PNG|<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.57.PNG|<br />
</gallery><br />
<br />
<br />
----<br />
<br />
====Lámina Final ERE====<br />
<br />
[[Archivo:AdmirariConsultora.TCT.LFE.PDF|center]]<br />
<br />
----<br />
<br />
====Lámina Campos de Abstracción y experimento de la taza====<br />
<br />
[[Archivo:AdmirariConsultora.TCT.LCA.PDF|center]]<br />
<br />
----<br />
<br />
<br />
====Campo de Abstracción====<br />
<br />
<gallery mode="packed"><br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.69.JPG|<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.70.JPG|<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.71.JPG|<br />
</gallery><br />
<br />
<br />
----<br />
<br />
====Lámina Fundamento Campo de Abstracción====<br />
<br />
[[Archivo:AdmirariConsultora.TCT.LCCA.PDF|center]]<br />
<br />
----<br />
<br />
<br />
===Entregas Ciclo 03 - Proyecto Final===<br />
<br />
<br />
<br />
====Lámina Fundamento Proyecto Final====<br />
<br />
[[Archivo:AdmirariConsultora.TCT.LFPF.PDF|center]]<br />
<br />
----<br />
<br />
====Lámina Vistas Proyecto Final====<br />
<br />
[[Archivo:AdmirariConsultora.TCT.LVPF.PDF|center]]<br />
<br />
----<br />
<br />
====Lámina Planimetrías Proyecto Final====<br />
<br />
[[Archivo:AdmirariConsultora.TCT.LPPF.PDF|center]]<br />
<br />
----<br />
<br />
====Maqueta Proyecto Final====<br />
<br />
[[Archivo:AdmirariConsultora.TCT.60.JPG|300px|center]]<br />
<br />
----</div>Catalinasalasbarahonahttps://wiki.ead.pucv.cl/index.php?title=Admirari_Consultor%C3%ADas&diff=1321225Admirari Consultorías2022-07-05T19:52:31Z<p>Catalinasalasbarahona: </p>
<hr />
<div>{{Proyecto<br />
|Título=Admirari Consultorías<br />
|Imagen=baselogoadmirari.jpeg<br />
|Tipo de Proyecto=Proyecto de Taller<br />
|Palabras Clave=ciudad-teatro<br />
|Año de Inicio=2022<br />
|Año de Término=2022<br />
|Carreras Relacionadas=Arquitectura<br />
|Asignaturas Relacionadas=Taller del Programa y Forma de la Edificación<br />
|Cursos Relacionados=Taller del Programa y Forma de la Edificación 1º Semestre 2022<br />
|Profesor=Andrés Garcés, Paula Andrea Olmedo Latoja<br />
|Alumnos=Pía González, Catalina Salas, Camila Torres<br />
}}<br />
=Admirari Consultorías=<br />
<br />
<br />
===Origen===<br />
<br />
''Admirari''. Del conjunto de palabras con etimología en latín ''Ad (hacia)'' y ''Mirari (mirar, admirarse)'', hace referencia al acto de contemplar permanente en que nos encontramos en el habitar y recorrer de la ciudad.<br />
<br />
----<br />
<br />
<br />
===Objetivo===<br />
<br />
Admirari es una consultora dedicada a dar lugar a infraestructuras que acojan actos escénicos y artísticos dentro de la ciudad, generando espacios que reciban correctamente y consideren el desenvolver del cuerpo en conjunto con sus actos variados, conviviendo en armonía con el acontecer dinámico urbano ya existente.<br />
<br />
----<br />
<br />
<br />
===Principios de Teatralidad===<br />
<br />
<br />
====Vinculación con el recorrer urbano====<br />
[[Archivo:ConsultoraAdmirariE1PrincipioVRUEsquema.jpg|350px|miniaturadeimagen|derecha| Polígono de relaciones "Vinculación con el recorrer urbano"]]<br />
<br />
El recorrer bordeante existente en la ciudad como un factor de resguardo del acto escénico, que se ve centralizado en la intimidad de este espacio de dinamismo.<br />
<br />
<gallery><br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.31.JPG| Reunión resguardada en la suplencia corporal. Un descanso contenido en la corporalidad de los vendedores ambulantes reunidos en su paso por la sombra que va intercambiándose para continuar cada uno en su ajetreo sin perder este espacio generado.<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.32.JPG|Frente a lo inclinado del reloj de flores se da una doble disposición dinámica, donde una primera capa utiliza como fondo la vista, y otro se direcciona enfrentado a la imagen, contemplándola y esperando para poder posicionarse dentro de este panorama.<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.33.JPG|Explanada concéntrica del dinamismo simultaneo. El dinamismo urbano se da desde una multiplicidad de recorridos que se reúnen en una misma explanada céntrica, que desde su extensión vincula estas realidades simultaneas. Este núcleo equidista la vista en lejanía hacia todas direcciones.<br />
</gallery><br />
<br />
<br />
====Visual Condicionada====<br />
[[Archivo:ConsultoraAdmirariE2PrincipioCNEsquema.jpg|350px|miniaturadeimagen|derecha| Polígono de relaciones "Visual Condicionada"]]<br />
<br />
Se permite distintas formas de participación en la contemplación del acto escénico desde la disposición corporal y o espacial, dando lugar a un espectador participante, como a uno distanciado con vista ampliada a toda la extensión.<br />
<br />
<gallery><br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.34.JPG|Dicotomía vertical desde la contemplación en lejanía. La dicotomía entre la intimidad de arriba, donde la parte residencia permite la contemplación a la lejanía, y lo de abajo, dinámico pero de una potencia reducida por lo que se enfrenta, quedándose así cada realidad resguardada en su propia naturaleza sin cruzarse.<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.35.JPG|La batucada se conforma en una circunferencia abierta a la vista a través de la separación corporal, permitiendo a todo su contorno que observa a acceder a un frente<br />
Archivo:AdmirariconsultoraC.PT.3.jpg|Las personas se encuentran dando frente a la calle, el muro construido a sus espaldas en su largo y alto cubre la extensión detrás de ellos. Se crea un delante y un detrás en la plaza. Atención dirigida por la envolvente<br />
Archivo:AdmirariconsultoraC.PT.1.jpg|El ancho de las calles y estas curvas que muestran previamente parte de su continuidad, se reúnen en este centro y amplían el fondo extendiéndose. lo opuesto entre la música sonando en alguno de los locales y el flujo del ir y venir de las personas, se ve interrumpido por momentos, por la aparición de vehículos que se detienen en este centro, sus bocinas sonando por encima de lo demás y cubriendo con su tamaño y cercanía el frente y alrededor.<br />
</gallery><br />
<br />
<br />
====Conformación en niveles====<br />
[[Archivo:ConsultoraAdmirariE3PrincipioCNEsquema.jpg|350px|miniaturadeimagen|derecha| Polígono de relaciones "Conformación en niveles"]]<br />
<br />
Determinación particular del espacio en lo nivelado, dando momentos de distención diferida en su separación.<br />
<br />
<gallery><br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.36.JPG|Presencia potenciada en la elevación. Una mujer se sube a un revestimiento de la plaza, para obtener la altura necesaria para buscar a alguien, al encontrarla no se baja, sino que le grita desde ahí y mantiene la conversación. el estar más alto del resto se permite el foco para su interlocutor.<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.37.JPG|La elevación, a nivel del hombro de la plataforma da lugar a una privacidad domestica, donde se come y conversa en desahogo, potenciado también en la ronda corporal. A pesar de la sensación de intimidad que da su cobertura, la vista se ve enfocada hacia allá.<br />
Archivo:AdmirariconsultoraC.PT.4.jpg|Aparece la reunión y el transitar de un mayor número de personas. En el fondo de escena aparece esta amplitud de la plaza, mostrando la dispersión de la gente en su interior y cobijo de los grandes arboles, la extensión de las calles contiguas que la rodean, muestran una mayor amplitud del espacio de enfrente. La calle junto a la plaza es poco concurrido por los vehículos, pareciera formar parte de la plaza estando a su mismo nivel, haciéndola ver más extensa...<br />
</gallery><br />
<br />
<br />
====La disposición corporal como delimitante del acto teatral====<br />
<br />
[[Archivo:ConsultoraAdmirariE4PrincipioDCEsquema.jpg|350px|miniaturadeimagen|derecha| Polígono de relaciones "La disposición corporal como delimitante del acto teatral"]]<br />
La tensión de lo corporal que vincula a las personas en este momento efímero y temporal grupal, que hace aparecer lo extraordinario del acto escénico, siendo esta conformación el intermediario entre el acto y la realidad circundante.<br />
<br />
<gallery><br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.38.JPG|Ronda de vinculación intima equilibrada. los estudiantes a medida que salen se va agrupando en diferentes circunferencias, independiente de la cantidad se personas que se sumen. A través de la cercanía corporal se cierra este interior intimo, donde se da la conversación equilibrando la participación de cada uno.<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.39.JPG|Barrera de permanencia grupal. La gente camina por la calle a pesar del cambio del semáforo y los bocinazos, resguardándose en la barrera que la multitud genera ante los autos. La masa potencia la permanencia al brindar seguridad.<br />
Archivo:AdmirariconsultoraC.PT.2.jpg|Permanencia circular creada por el orden de los cuerpos en el espacio, los puestos dispuestos en ronda acompañados de los arboles alzados sobre el lugar, crean un envolvente cubriendo el sitio en el centro usado para la detención/estadía del transitar exterior.<br />
</gallery><br />
<br />
----<br />
<br />
<br />
===Isomorfismo===<br />
<br />
<br />
[[Archivo:Isomorfismo.1.ConsultoraAdmirari.jpg|700px|center]]<br />
<br />
----<br />
<br />
<br />
===Normativas===<br />
<br />
<br />
====O.G.U.C. / Título 4: Disposiciones comunes a los permisos de urbanización y edificación====<br />
====Capítulo 2: Condiciones generales de seguridad.====<br />
<div class="mw-collapsible mw-collapsed"> <br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.2.''''' Para solicitar autorización de cambio de destino de una edificación, se contemplen o no obras de construcción, deberá adjuntarse un informe suscrito por profesional competente que acredite el cumplimiento de las disposiciones de este Capítulo aplicables al nuevo destino, salvo que se trate de edificaciones cuya carga de ocupación sea inferior a 30 personas, en cuyo caso dichas disposiciones no serán aplicables.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.3.'''''El dimensionamiento de las vías de evacuación de una edificación se basará en la carga de ocupación correspondiente a la superficie servida por dichas vías.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.4.''''' La superficie de la edificación o del sector de ella que señala la tabla de éste artículo, se considerará ocupada por personas para la determinación de la carga de ocupación. En edificios cuyo destino no sea residencial u oficinas, cuando se contemple un número fijo de ocupantes, podrán descontarse de la carga de ocupación aplicable a las salidas comunes aquellos recintos que tendrán una ocupación no simultánea, tales como auditorios o laboratorios en establecimientos educacionales, o salas de reunión o casinos en establecimientos industriales.<br />
En cada caso la cantidad de personas se calculará de acuerdo a la siguiente tabla:<br />
<br />
{| class="wikitable"<br />
|-<br />
! Destino!! m^2 por persona <br />
|-<br />
| Oficinas (superficie útil)|| 10,0<br />
|-<br />
| Comercio (Malls) :<br />
|-<br />
|Locales comerciales, en niveles con acceso exterior|| 10,0<br />
|-<br />
|Pasillos entre locales, en niveles con acceso exterior|| 5,0<br />
|-<br />
|Locales comerciales, otros niveles || 14,0<br />
|-<br />
|Pasillos entre locales, otros niveles || 7,0<br />
|-<br />
|Patios de comida y otras áreas comunes con mesas || 1,0<br />
|-<br />
| Otros :<br />
|-<br />
|Recintos de espectáculos (área para espectadores de pié) || 0,25<br />
|-<br />
|Capillas, Discotecas || 0,5<br />
|-<br />
|Salones de reuniones || 0,8<br />
|-<br />
|Area para público en bares, cafeterías, pubs || 1,0<br />
|-<br />
|Restaurantes (comedores), salones de juego || 1,5<br />
|-<br />
|Salas de exposición || 3,0<br />
|-<br />
|Hogares de niños || 3,0<br />
|-<br />
|Gimnasios, Academias de danza || 4,0<br />
|-<br />
|Hogares de ancianos || 6,0<br />
|-<br />
|Estacionamientos de uso común o públicos (superficie total) || 16,0<br />
|-<br />
|Hoteles (superficie total) || 18,0<br />
|-<br />
|Bodegas, Archivos || 40,0<br />
|}<br />
<br />
Los destinos no considerados en la tabla anterior deberán asimilarse a los allí señalados. <br><br />
En locales con asientos fijos se tomará el número de asientos. <br><br />
En aposentadurías corridas se considerará 0,45 m por persona. <br><br />
En caso de edificaciones con dos o más destinos se calculará la carga de ocupación correspondiente a cada sector según su destino. Cuando en un mismo sector se contemplen usos alternados deberá considerarse la carga de ocupación más exigente. <br><br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.5.''''' El ancho mínimo de cualquier sección de una vía de evacuación se determinará en base a la carga de ocupación de la superficie que sirve dicha sección. <br><br />
En el piso de salida de edificaciones de dos o más pisos se considerará como superficie servida la ubicada hasta en el nivel superior o inferior adyacente a dicho piso, sin incluir la superficie de los demás pisos. <br><br />
En caso de convergencia de un piso superior y uno inferior en un piso intermedio de salida, el ancho de la salida debe calcularse sumando el número de ocupantes de los pisos superior e inferior. <br><br />
Se exceptúan de lo indicado en este artículo las escaleras, cuyo ancho mínimo será determinado conforme al artículo 4.2.10. <br><br />
Las vías de evacuación pueden tener ancho variable siempre que se cumplan los anchos mínimos para cada tramo de ellas.<br<br />
Cuando se contemplen dos o más vías de salida, la superficie servida por dichas vías se dividirá según el número de salidas. <br><br />
<br />
'''alturas mínimas'''<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.6.''''' La altura mínima libre interior de las vías de evacuación será de 2,10 m medidos verticalmente en obra terminada desde el piso hasta la proyección más cercana del cielo, vigas u otros elementos salientes, salvo en el caso de las escaleras, en que la altura mínima se medirá trazando un arco de 1,80 m de radio desde la nariz de las gradas. En los vanos de puertas se admitirá una altura libre mínima de 2 m.<br />
<br />
'''Barandas'''<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.7. ''''' Todas las aberturas de pisos, mezaninas, costados abiertos de escaleras, descansos, pasarelas, rampas, balcones, terrazas, y ventanas de edificios que se encuentren a una altura superior a 1m por sobre el suelo adyacente,deberán estar provistas de barandas o antepechos de solidez suficiente para evitar la caída fortuita de personas. Dichas barandas o antepechos tendrán una altura no inferior a 0,95 m medida verticalmente desde el nivel de piso interior terminado en el plomo interior del remate superior de la baranda o antepecho, y deberán resistir una sobrecarga horizontal, aplicada en cualquier punto de su estructura, no inferior a 50 kg por metro lineal, salvo en el caso de edificios de uso público y todo aquel que, sin importar su carga de ocupación, preste un servicio a la comunidad, en que dicha resistencia no podrá ser inferior a 100 kg por metro lineal.<br><br />
<br />
En los tramos inclinados de escaleras se admitirá una altura mínima de baranda de 0,85 m, medida desde la nariz de los peldaños.<br><br />
La baranda se podrá suprimir en caso de recintos con fachada de cristales fijos o ventanas cuya apertura no sobrepase 0,12 m, que cuenten con antepecho,baranda o refuerzo interior de al menos 0,60 m de altura, medido desde el nivel de piso interior terminado, y que certifiquen una resistencia de los cristales a sobrecargas horizontales no inferior a la indicada en el inciso primero de este artículo.<br><br />
<br />
En los costados de una ruta accesible, que sea parte de la circulación del edificio, no podrán existir desniveles superiores a 0,30 m sin estar debidamente protegidos por barandas y un borde resistente de una altura no inferior a 0,30 m. <br><br />
<br />
Las barandas transparentes y abiertas tendrán sus elementos estructurales y ornamentales dispuestos de manera tal que no permitan el paso de una esfera de 0,125 m de diámetro a través de ellos. En las escaleras las aberturas triangulares formadas por la huella, la contrahuella y la barra inferior de la baranda podrán admitir el paso de una esfera de 0,185 m de diámetro. <br><br />
<br />
Se exceptúan de lo dispuesto en este artículo los andenes de transporte de personas o de carga y descarga de productos, los escenarios y otras superficies cuya función se impediría con la instalación de barandas o antepechos. <br><br />
<br />
'''Vías de evacuación'''<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.8.''''' Para los efectos de este Capítulo, los ascensores, escaleras mecánicas, rampas mecánicas y pasillos móviles no se considerarán vías de evacuación, con las excepciones que señala el artículo 4.2.21. de este mismo Capítulo. <br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.9.''''' Las áreas externas de una edificación, tales como patios, plazoletas, atrios o similares, susceptibles de ser ocupadas por personas, deben estar provistas de vías de evacuación conforme a este Capítulo.En estos casos la carga de ocupación del área externa será determinada por el arquitecto del proyecto según los usos estimados para dicha área.<br><br />
<br />
Cuando la salida de un área externa sea a través de una edificación, el número de ocupantes de dicha área debe ser considerado en el diseño de las vías de evacuación de la edificación.<br />
<br />
'''Escaleras'''<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.10.''''' La cantidad y ancho mínimo requerido para las escaleras que forman parte de una vía de evacuación, conforme a la carga de ocupación del área servida, será la que señala la siguiente tabla:<br />
<br />
{| class="wikitable"<br />
|-<br />
! N° de Personas!! Cantidad y ancho mínimo<br />
|-<br />
|hasta 50 || 1 1,10 m<br />
|-<br />
|Desde 51 hasta 100 || 1 1,20 m<br />
|-<br />
|Desde 101 hasta 150 || 1 1,30 m<br />
|-<br />
|Desde 151 hasta 200 || 1 1,40 m<br />
|-<br />
|Desde 201 hasta 250 || 1 1,50 m<br />
|-<br />
|Desde 251 hasta 300 || 2 1,20 m<br />
|-<br />
|Desde 301 hasta 400 || 2 1,30 m<br />
|-<br />
|Desde 401 hasta 500 || 2 1,40 m<br />
|-<br />
|Desde 501 hasta 700 || 2 1,50 m<br />
|-<br />
|Desde 701 hasta 1.000 || 2 1,60 m<br />
|}<br />
<br />
Cuando la carga de ocupación de una edificación sea superior a 1.000 personas deberá adjuntarse al proyecto un Estudio de Evacuación que determine la cantidad, disposición y características de las escaleras necesarias sobre las requeridas según la tabla anterior. <br><br />
<br />
Cuando se requieran dos o más escaleras, éstas deberán disponerse de manera tal que en cada piso constituyan vías de evacuación alternativas, independientes y aisladas entre sí. Si no existiere en un mismo piso acceso a dos o más escaleras como vías de evacuación de uso alternativo, la única escalera de evacuación accesible en cada piso deberá terminar en una terraza de evacuación que cumpla con las exigencias señaladas para éstas en el artículo 4.2.15. Tratándose de escaleras contiguas, deberán estar separadas por muros con resistencia mínima al fuego según el artículo 4.3.3. y sus puertas de acceso, en cada piso, deberán disponerse separadas por al menos 3 m.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.11.''''' Las escaleras de evacuación deben consultar pasamanos en un<br />
costado a lo menos y cumplir además los siguientes requerimientos:<br />
<br />
1. En los tramos inclinados el pasamanos debe ubicarse a una altura de entre 0,85 m y 1,05 m y en los descansos o vestíbulos a una altura de entre 0,95 m y 1,05 m. <br><br />
<br />
2. Los peldaños tendrán un ancho de huella no inferior a 0,28 m en proyección horizontal y una altura de contrahuella no mayor a 0,18 m ni menor a 0,13 m. Esta norma deberá cumplirse en cualquier peldaño que forme parte de una vía de evacuación. <br><br />
<br />
3. En las escaleras que forman parte de una zona vertical de seguridad los tramos deben ser rectos y las huellas de los peldaños y descansos deben ser antideslizantes. <br><br />
<br />
Se exceptúan de lo indicado en este artículo los peldaños de escaleras auxiliares de evacuación, las que se regirán por lo dispuesto en el artículo 4.2.16. de este mismo Capítulo.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.12.''''' Las escaleras interiores de evacuación terminarán en el piso de salida del edificio en un vestíbulo, galería o pasillo de un ancho mínimo de 1,80 m, el cual debe mantenerse hasta un espacio exterior comunicado a la vía pública.<br />
La distancia máxima desde la primera grada de la escalera hasta dicho espacio exterior no será mayor de 20 m. No obstante, dicha longitud podrá llegar hasta 40 m cuando el espacio al que se accede presente un riesgo de incendio muy reducido, por estar revestido con materiales no combustibles y tener una densidad de carga combustible inferior a 100 MJ/m2, determinada conforme a la norma NCh 1916. <br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.13.''''': En los pisos distintos al de salida del edificio, la distancia máxima desde la puerta de un departamento, oficina o local, hasta una escalera de evacuación en el mismo piso, será de 40 m, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 4.2.17.<br />
<br />
En edificaciones que cuenten con sistema de rociadores automáticos, avalado por un Estudio de Seguridad, la distancia señalada en el inciso anterior será de hasta 60 m.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.14.''''': En los pisos destinados a estacionamientos, bodegas e instalaciones de servicio del edificio, la distancia máxima desde cualquier punto del área de uso común hasta la escalera más cercana no será superior a 60 m, salvo que se trate de una planta abierta en al menos el 50% de su perímetro, en cuyo caso la distancia máxima será de 90 m. En ambos casos la distancia máxima podrá extenderse hasta en un tercio si la planta cuenta con<br />
un sistema de rociadores automáticos avalado por un Estudio de Seguridad.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.15.''''': En los edificios de 10 o más pisos que cuenten con solo una escalera de evacuación, ésta deberá terminar en el nivel de cubierta en una terraza de evacuación, la cual deberá tener un ancho libre mínimo de 3 m y un área no menor a 0,2 m2 por persona, calculada en base a la carga de ocupación del sector del edificio ubicado por sobre la mitad del recorrido de evacuación de la escalera.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.16.''''': En obras de rehabilitación de inmuebles, en que la disposición de escaleras de las características señaladas en los artículos anteriores presente especial dificultad, el Director de Obras Municipales podrá autorizar escaleras auxiliares de evacuación situadas al exterior de la edificación, las cuales deberán cumplir las siguientes condiciones:<br />
<br />
1. El ancho libre del recorrido se calculará de acuerdo a la regla general, pudiendo tener un mínimo de 0,90 m.<br />
<br />
2. Los peldaños tendrán una huella no menor a 0,21 m, una contrahuella no mayor de 0,20 m, y sus tramos serán rectos.<br />
<br />
3. Contarán con defensas o barandas de acuerdo a la regla general, debiendo agregarse, en caso necesario, defensas adicionales que contrarresten posibles sensaciones de vértigo.<br />
<br />
4. Los accesos a la escalera estarán debidamente señalizados, podrán situarse al interior de los departamentos, oficinas o locales y su tramo inferior podrá ser retráctil o desplegable. <br />
<br />
Estas escaleras auxiliares podrán ser de estructura metálica, sin protecciones contra incendio.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.17.''''': Cuando los pasillos de un edificio queden en situación de fondo de saco con respecto a la escalera de evacuación, las puertas de acceso a las unidades no podrán ubicarse a una distancia superior a 10 m respecto de la escalera, salvo que el pasillo esté protegido contra el fuego de acuerdo al artículo 4.3.27. de este mismo Título.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.18.''''': Los pasillos tendrán un ancho libre mínimo de medio centímetro por persona, calculado conforme a la carga de ocupación de la superficie servida, con un ancho mínimo de 1,10 m. En el caso de pasillos que sirvan a varios pisos, el cálculo se efectuará según las reglas del artículo 4.2.5. de este mismo Capítulo.<br />
<br />
Cuando se trate de ocupaciones menores de 50 personas, o en caso de pisos subterráneos destinados a estacionamientos, bodegas o instalaciones de servicio, el ancho mínimo será de 1,10 m.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.19.''''': Los pasillos o galerías que formen parte de una vía de evacuación carecerán de obstáculos en el ancho requerido, salvo que se trate de elementos de seguridad ubicados en las paredes que no reduzcan en más de 0,15 m el ancho requerido.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.20.''''': Las rampas previstas como recorrido de evacuación se asimilarán a los pasillos en el dimensionamiento de su ancho y tendrán una pendiente máxima de 12%, sin perjuicio del cumplimiento, cuando corresponda, de las condiciones establecidas para personas con discapacidad en el artículo 4.1.7. de este mismo Título.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.21.''''': Las rampas mecánicas y los pasillos móviles podrán considerarse como parte de una vía de evacuación, cuando no sea posible su utilización por personas que trasladen carros de transporte de mercaderías y además estén provistos de un dispositivo de parada manual debidamente señalizado, sin perjuicio de su conexión a sistemas automáticos de detección y alarma.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.22.''''': Las puertas de escape deben ser fácilmente reconocibles como tales. En ningún caso podrán estar cubiertas con materiales reflectantes o decoraciones que disimulen su ubicación.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.23.''''': El ancho mínimo requerido conforme al artículo 4.2.5. de este mismo Capítulo debe cumplirse, en el caso de las puertas, sumando los anchos libres de salida de cada una. Dicha medida no podrá ser inferior al ancho mínimo requerido para los pasillos que sirven a las puertas.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.24.''''': Las puertas de escape tendrán un ancho nominal de hoja no menor a 0,85 m y un alto no menor de 2 m. Cuando contemplen mecanismos de apertura o dispositivos anti pánico, estos deberán ubicarse a una altura de 0,95 m.<br />
<br />
El ancho libre de salida, en ningún caso, podrá ser menor a 0,80 m, y el espesor horizontal del umbral de la puerta o vano de escape no podrá ser mayor a 0,60 m.<br />
<br />
En el piso de salida del edificio, la puerta de salida de la escalera de evacuación tendrá un ancho nominal de hoja no menor a 0,90 m.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.25.''''': Las puertas de acceso a una escalera de evacuación no pueden obstruir, durante su apertura, más de un tercio del ancho libre requerido para la escalera.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.26.''''': Las puertas de escape deben abrir en el sentido de la evacuación siempre que el área que sirvan tenga una carga de ocupación superior a 50 personas.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.27.''''': Las puertas de escape deben abrir desde el interior sin la utilización de llaves o mecanismos que requieran algún esfuerzo o conocimiento especial.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.28.''''': Las puertas giratorias o deslizantes que sirvan a un número de ocupantes de 10 o más personas no podrán ser consideradas puertas de escape.<br />
Se exceptúan de lo dispuesto en el inciso anterior las puertas giratorias o deslizantes que dispongan de un sistema que permita el abatimiento de sus hojas en el sentido de la evacuación, mediante la aplicación manual de una fuerza no superior a 14 kg. <br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.29.''''': Todas las vías de evacuación y sus accesos deben identificarse mediante señales de gráfica adecuada. En cada caso deben contemplarse las señales necesarias para facilitar la evacua<br />
</div><br />
<br />
====Capítulo 7: Teatros y otros locales de reuniones.====<br />
<div class="mw-collapsible mw-collapsed"><br />
*'''''Artículo 4.7.1.''''' Los edificios destinados a teatros, auditorios y salas de exhibiciones cinematográficas, comprendidas todas ellas bajo la denominación genérica de teatros y otros locales de reuniones públicas, deben cumplir los requisitos siguientes:<br />
<br />
1. Los locales con cabida superior a 1.000 personas deben tener acceso a dos calles de ancho no inferior a 12 m o bien a una calle de ancho no inferior a 12 m y a un espacio libre que comunique directamente con una calle y que tenga un ancho superior a 3 m, siempre que los muros colindantes de este espacio sean asísmicos y con resistencia a la acción del fuego correspondiente a lo menos a la clase F-60, según la norma NCh 935/1, o la que la reemplace.<br />
<br />
2. Los locales con cabida mayor de 500 y menor de 1.000 personas deben tener un acceso principal directamente a una calle y, además, uno de sus costados, con acceso directo a calle por medio de un espacio libre o patio de un ancho no menor de 2,60 m siempre que los muros colindantes de este patio o espacio libre sean asísmicos y con resistencia a la acción del fuego correspondiente a lo menos a la clase F-60, según la norma NCh 935/1, o la que la reemplace. Podrá aceptarse el acceso a una sola calle cuando el eje principal de la sala de espectáculos sea paralelo a aquélla y ninguna localidad (asiento de una sala de espectáculos) diste más de 25 m de la puerta de salida a dicha calle.<br />
<br />
3. Los locales con cabida inferior a 500 personas deben tener su acceso principal directamente a una calle o a un espacio libre de ancho no menor de 9 m.<br />
<br />
4. Sin embargo, todos los locales con cabida inferior a 1.000 personas podrán tener acceso a calle por medio de dos pasillos independientes de ancho no menor de 3m, o por un espacio libre de ancho no menor a 5 m, siempre que los edificios que rodean los pasillos o espacios libres sean asísmicos y construidos con resistencia mínima al fuego de tipo b.<br />
<br />
Los anchos fijados para los patios, pasillos y otros espacios libres se medirán entre paramentos de columnas u otros elementos salientes de la construcción.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.2.''''' :Los espacios libres o patios laterales a que se refiere el artículo anterior podrán tener un ancho constante en toda su longitud o tener un ancho creciente desde la línea del muro de boca del proscenio o de los locales más lejanos destinados al público, hasta la calle, conservándose el ancho medio indicado. <br />
<br />
Estos patios o espacios libres tendrán su piso o pavimento en un solo plano. Podrán tener rejas de todo su ancho en la línea de la calle, dispuestas de manera que puedan mantenerse abiertas durante los espectáculos o reuniones. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.3.''''': Los edificios a que se refiere el presente Capítulo deben construirse cumpliendo las respectivas exigencias establecidas en la presente Ordenanza y, en especial, las normas de este Capítulo, las que prevalecerán sobre las de carácter general de esta Ordenanza cuando ambas estén referidas a una misma materia. <br />
<br />
Estos edificios deberán construirse de las clases A o B que establece el artículo 5.3.1. de esta Ordenanza, cuando su cabida total sea superior a 1.000 personas, o cuando las aposentadurías para personas comprendan más de un piso principal y un balcón o galería. <br />
<br />
En los sectores destinados a las aposentadurías o a los asientos fijos, según corresponda, se consultarán espacios libres horizontales de 1,20 m de largo por 0,90 m de ancho, reservados para personas con discapacidad en silla de ruedas. Deberán estar antecedidos o precedidos de un espacio libre y horizontal de un diámetro mínimo de 1,50 m que permita el giro en 360° de una silla de ruedas. Se ubicarán uniformemente repartidos en la sala e integrados en los costados de las líneas de aposentadurías o de asientos fijos, de modo que la persona con discapacidad en silla de ruedas pueda ser asistida o acompañada en todo momento. Se ubicarán, además, próximos al nivel de acceso de la sala y la circulación interior para acceder a los espacios libres deberá tener 0,90 m como ancho mínimo, estar libre de peldaños y conectada a la ruta accesible. Estos espacios libres deberán estar señalizados con el Símbolo Internacional de Accesibilidad (SIA).<br />
<br />
La cantidad mínima de espacios libres se calculará según la siguiente tabla:<br />
{| class="wikitable"<br />
|-<br />
!Cantidad de Asientos !! Cantidad de espacios libres horizontales para Personas con Discapacidad !! <br />
|-<br />
|desde 1 hasta 50 || 1 ||<br />
|-<br />
|desde 51 hasta 100 || 2 ||<br />
|-<br />
|desde 101 hasta 150 || 3 || <br />
|-<br />
|desde 151 hasta 300 || 4 || <br />
|-<br />
|desde 301 hasta 500 || 5 || <br />
|-<br />
|desde 501 hasta 5000 ||5 + 1 por cada 300 o fracción, entre 501 y 5000 || <br />
|-<br />
|sobre 5000 || 19 + 1 por cada 500 o fracción, sobre 5000 || <br />
|}<br />
<br />
<br />
El diseño de la línea de visión para los espacios libres a los que se refiere el inciso precedente deberá ser similar al previsto para los demás espectadores, no pudiendo ser interrumpida por espectadores de pie en caso que les antecedan una o más filas de graderías, aposentadurías o asientos fijos. Estas mismas reglas se aplicarán a los anfiteatros o <br />
las graderías que se consulten al interior de espacios públicos o privados. Si contaren con escenario, se aplicará lo dispuesto sobre esta materia en el artículo 4.7.7. de esta Ordenanza.<br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.4.''''': Los locales o salas destinadas a los usos a que se refiere el presente Capítulo deberán estar totalmente rodeados de muros cortafuego.<br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.5.''''': Los teatros que no tengan su sala principal en primer piso deberán cumplir los requisitos siguientes: <br />
1. El edificio debe construirse en su totalidad de las clases A o B de la presente Ordenanza. <br />
<br />
2. Los vestíbulos, pasadizos y escaleras que conduzcan a las salas de espectáculos y demás destinadas al público deben ser independientes de los locales situados en primer piso. <br />
<br />
3. No podrán consultarse recintos bajo o encima del ocupado por la sala del teatro, que puedan destinarse a depósito o para la venta de productos o materiales inflamables, o que puedan originar incendios. <br />
<br />
4. Las escaleras que den acceso a los recintos del piso principal del teatro serán de tramos rectos separados por descansos y tendrán un ancho no inferior a 2 m. No habrá más de 16 gradas por tramo y la altura de éstas no será mayor de 0,16 m y el ancho no inferior a 0,30 m, debiendo mantenerse la condición: 2 h + a = 0,62 m si se adoptaren cifras distintas de esos límites. <br />
<br />
5. El ancho total de los pasillos o zaguanes de salida, así como el de las puertas de <br />
acceso a los recintos para el público, será equivalente a 1 m por cada 125 espectadores que puedan transitar por ellos.<br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.6.''''': La capacidad volumétrica de los locales destinados a los espectadores no será inferior a 3 m3 por persona, debiendo, en todo caso, establecerse la ventilación de manera que se aseguren las condiciones higiénicas que prescriban las normas oficiales correspondientes. No obstante, podrá disminuirse esta capacidad cúbica en caso de emplearse medios mecánicos adecuados. <br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.7.''''': Los escenarios y los camarines de los artistas tendrán acceso independiente al de los espectadores. <br />
<br />
No se permitirá otra comunicación que la boca del escenario entre aquellos recintos y la sala de espectáculos. <br />
<br />
En caso que los edificios a los que se refiere este capítulo, contemplen un escenario, éste deberá ser accesible desde la sala de espectáculos. El desnivel entre el escenario y el nivel de la sala contiguo a éste, se salvará a través de una rampa antideslizante de ancho mínimo de 0,90 m, con pendiente máxima de 10% y protección lateral de al menos 10 cm de alto, o con un dispositivo mecánico elevador que permita su uso en forma autónoma y segura.<br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.8.''''': Los camarines de los artistas no tendrán menos de 4 m2 por persona; podrán alumbrarse y ventilarse artificialmente, y estarán provistos de servicios higiénicos completos y separados para ambos sexos. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.9.''''': La autoridad municipal podrá hacer instalar, por cuenta del propietario, grifos contra incendio en la acera contigua al teatro o sala de reuniones de cabida superior a 300 personas. Estos grifos se ubicarán a una distancia aproximada de 50m de la puerta principal del edificio. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.10.''''': Los locales destinados a talleres y habitaciones de cuidadores deberán contar con accesos independientes a los de los espectadores. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.11.''''': En la techumbre del escenario se dispondrán claraboyas de cierre hermético, que puedan abrirse o romperse en caso de incendio. Estas claraboyas tendrán una superficie equivalente a 1/10 del área de dicho local. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.12.''''':Los teatros y salas de reunión estarán dotados de doble instalación de luz; una especial de seguridad, destinada a la sala de espectáculos, vestíbulos, corredores, pasillos y puertas de escape, que se establecerá con artefactos protegidos y de manera que no quede expuesta a interrupciones por ninguna causa de origen interno; y la instalación general, que deberá funcionar independientemente de la anterior, de acuerdo con la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.<br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.13.''''': No se permitirá consultar instalaciones que empleen esencias minerales, alcoholes y líquidos inflamables para el alumbrado, calefacción o ventilación de las salas de espectáculos y recintos destinados al público. Sin embargo, se permitirá emplear los sistemas de calefacción a petróleo, siempre que el campo productor de calor se encuentre fuera de la sala. <br />
<br />
Se prohíbe, asimismo, la colocación de generadores de gas, electricidad, vapor o agua caliente en los locales mismos destinados al público. <br />
<br />
Los generadores deben instalarse en locales especiales, construidos sin comunicación alguna con la sala de espectáculos, escenario, vestíbulos, corredores y escaleras para el uso del público. <br />
<br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.14.''''': El ancho de los pasillos, puertas interiores, corredores, escaleras, puertas de calle y demás pasos y salidas, ubicados en el trayecto que deben seguir las personas al desalojar un teatro o sala de reuniones, se determinará a razón de 1 m por cada 125 personas que por ellos deban pasar, de acuerdo con la cabida correspondiente.<br />
<br />
Las puertas exteriores del frente principal y las de acceso a las salas de espectáculos de los teatros, cualquiera que sea su cabida, tendrán un ancho no inferior a 2 m y la suma total de sus anchos deberá cumplir con lo dispuesto en el inciso anterior. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.15.''''': Las puertas de los locales destinados al público deberán abrirse hacia afuera y estar provistas de dispositivos de suspensión que permitan abrirlas o eliminarlas con toda rapidez en los casos de alarma. <br />
Estas puertas de acceso para las personas serán independientes de las que se consulten para el servicio de vehículos. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.16.''''': Las puertas laterales y de escape, y las de pasillos y vestíbulos que conduzcan a las escaleras, tendrán letreros luminosos sobre su dintel con la indicación de "Salida". <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.17.''''': Se establecerán escaleras o rampas independientes de la sala misma, para las aposentadurías superiores o inferiores, sean éstas balcones o galerías. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.18.''''': Las escaleras deben cumplir con los siguientes requisitos: <br />
<br />
1. Entregarán a vestíbulos que estén en comunicación directa con las aposentadurías que sirvan y serán de ancho libre no menor de 1,20 m. <br />
<br />
2. Serán de tramos rectos, separados por descansos de longitud no inferior a 1,20 m. Los descansos en los cambios de dirección no tendrán un largo inferior al ancho de la escalera. <br />
<br />
3. Cada tramo podrá tener hasta 16 gradas y cada una de éstas no tendrá más de 0,16 m de altura, ni ancho menor de 0,30 m. <br />
<br />
4. Cuando el ancho de la escalera sea superior a 3 m, se deberá agregar a los pasamanos laterales un doble pasamanos central que la divida en dos secciones paralelas. <br />
<br />
5. Las aposentadurías superiores o inferiores al primer piso, con cabida superior a 500 personas, deberán estar provistas de dos escaleras, ubicadas en lados opuestos. <br />
<br />
6. Las escaleras y cajas de escaleras que sirvan los locales destinados al público no podrán tener comunicación alguna con los subterráneos o pisos en el subsuelo del edificio. <br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.19.''''': No podrá haber gradas o peldaños en el piso de la sala principal ni en el de los vestíbulos, pasillos y corredores ligados con ellos. Las diferencias de nivel se salvarán con planos inclinados de pendiente no mayor de 10%. Para rampas de más de 10m de desarrollo, la pendiente disminuirá proporcionalmente. <br />
<br />
Sin perjuicio de lo anterior, cuando el sistema de proyección corresponda a pantalla panorámica, regirán las siguientes disposiciones para el piso de la platea, escaleras y escapes: <br />
<br />
1. El plano inclinado del piso de la platea tendrá una pendiente máxima del 15%. <br />
<br />
2. Si se produjeran pendientes mayores se salvarán con gradas que se distribuirán uniformemente en la parte del pasillo de mayor pendiente. <br />
<br />
3. Se permitirán soluciones mixtas de rampas y gradas, si se adoptan sistemas especiales de iluminación que señalen cada grada y comunicando, separadamente, al "Escape", la zona de gradas y la zona de rampa.<br />
<br />
4. Los pasillos centrales de platea se comunicarán con el foyer, sin producir cambios de dirección. <br />
<br />
5. Las escaleras tendrán una sola dirección y comunicarán directamente a la calle o espacios públicos comunicados con ella. Sus tramos serán rectos, de no más de 16 gradas por tramo y en que se cumpla la relación de 2h + a = 0,62 m. <br />
<br />
6. Regirán, además, todas las disposiciones del presente Capítulo que no se contrapongan a las aquí enunciadas. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.20.''''': No se permitirán pasillos, escaleras, corredores, o similares que puedan originar corrientes encontradas de tránsito, ni instalaciones de quioscos, mostradores, lamparas giratorias o no, o cualquiera otra instalación que entorpezca la fácil y rápida desocupación de los locales en casos de incendio o pánico. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.21.''''': Los teatros, locales de espectáculos públicos y de reuniones, deberán tener en cada piso servicios higiénicos para ambos sexos, en la siguiente proporción, de acuerdo con su capacidad: <br />
<br />
1. Hasta 1.000 personas, un inodoro por cada 125 personas y un urinario por cada 70 personas. <br />
<br />
2. Sobre 1.000 y hasta 2.000 personas, un inodoro más por cada 250 personas y un urinario más por cada 125. <br />
<br />
3. Sobre 2.000 y hasta 3.000 personas, un inodoro más por cada 500 personas y un urinario más por cada 250.<br />
<br />
4. Sobre 3.000 personas, un inodoro más por cada 1.000 y un urinario más por cada 500 personas.<br />
<br />
5. Los camarines tendrán los servicios higiénicos que determine la Dirección de Obras Municipales. <br />
Además de los artefactos indicados en los números 1. al 4., habrá un lavamanos por cada inodoro independiente y cuando éstos estén agrupados en una sola unidad, habrá como mínimo un lavamanos por cada 4 inodoros.<br />
<br />
Los teatros y otros locales de reuniones, deberán contar con un recinto independiente destinado a servicio higiénico para personas con discapacidad conforme a los requisitos y características establecidas en el artículo 4.1.7. de esta Ordenanza, debiendo agregarse un recinto más por cada 200 personas o fracción que exceda de esa cantidad. <br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.22.''''': La disposición de los asientos para el público, en salas con cabida superior a 500 personas, deberá cumplir con las siguientes prescripciones: <br />
<br />
1. Los pasillos interiores de platea tendrán un ancho mínimo de 1,20 m en su punto más cercano al escenario. Este ancho se aumentará hacia los puntos de salida, en un mínimo de 0,025 m por cada metro de longitud de pasillo. <br />
<br />
2. Los pasillos de platea que sirvan asientos de un solo lado tendrán un ancho mínimo de 0,65 m en su punto más próximo al escenario. Este ancho se aumentará hacia los puntos de salida en un mínimo de 0,015 m por cada metro de longitud del pasillo. <br />
<br />
3. La distancia mínima entre respaldo y respaldo de los asientos de platea será de 0,90 m y 1,00 m para los de funciones rotativas. <br />
<br />
4. Las butacas tendrán los asientos plegables y un ancho libre entre brazos no inferior a 0,45 m. <br />
<br />
5. No podrán ubicarse más de 18 asientos en una fila de platea entre dos pasillos, ni más de 14 en los balcones o galerías. <br />
<br />
6. No podrán disponerse más de 9 asientos por fila con acceso a un solo pasillo de platea, ni más de 7 en los balcones o galerías. <br />
<br />
7. La altura mínima entre el piso y el cielo, medida en el eje del asiento más alto, no será inferior a 2,50 m. <br />
<br />
8. La distancia horizontal entre el muro de boca y el asiento más próximo, destinado a los espectadores, no podrá ser inferior a 6 m en los teatros de representaciones, ni a 5 m en las salas de audiciones musicales o exhibiciones cinematográficas y otras salas de reunión. La distancia de la pantalla en las exhibiciones cinematográficas al espectador más próximo será de 10 m como mínimo. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.23.''''': Las salas destinadas a los espectadores estarán provistas de dispositivos eficaces o de instalaciones mecánicas de ventilaciones y de calefacción, proyectadas en consideración a las condiciones climáticas locales. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.24.''''' Las cabinas de cinematógrafos deberán cumplir con los siguientes requisitos:<br />
<br />
1. Tendrán un cubo interior de 20 m3 a lo menos por cada aparato proyector. <br />
<br />
2. Estarán provistas de medios adecuados para extinguir el incendio de películas. <br />
<br />
3. Tendrán una sola puerta de acceso, que abrirá hacia afuera y que cerrará en forma hermética.<br />
<br />
4. Las aperturas indispensables irán provistas de obturadores de cierre hermético.<br />
<br />
5. El acceso debe hacerse desde el exterior de la sala. <br />
<br />
6. Tendrán ventilación directa al exterior enteramente aislada de la sala. <br />
<br />
7. Estarán dotadas de una caja para guardar películas, de cierre hermético. <br />
<br />
8. Estarán dotadas de un servicio higiénico para el o los operadores. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.25.''''': Ningún teatro, sala de baile o de reunión podrá abrirse al uso público sin la inspección y aprobación previas de la construcción del edificio como de sus instalaciones eléctricas, de calefacción, de higiene y otras, por la Dirección de Obras Municipales.<br />
</div><br />
----<br />
<br />
<br />
===Lugar de emplazamiento===<br />
<br />
<gallery mode="slideshow"><br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.18.JPG<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.19.JPG<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.20.JPG<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.21.JPG<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.23.JPG<br />
</gallery><br />
<br />
----<br />
<br />
<br />
===Entregas Ciclo 02===<br />
<br />
<br />
----<br />
<br />
====ERE Grupal====<br />
<br />
<gallery mode="slideshow"><br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.65.JPG|<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.66.JPG|<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.67.JPG|<br />
</gallery><br />
<br />
<br />
----<br />
<br />
<br />
====ERE Grupal Final====<br />
<br />
<gallery mode="slideshow"><br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.55.PNG|<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.56.PNG|<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.57.PNG|<br />
</gallery><br />
<br />
<br />
----<br />
<br />
====Lámina Final ERE====<br />
<br />
[[Archivo:AdmirariConsultora.TCT.LFE.PDF|center]]<br />
<br />
----<br />
<br />
====Lámina Campos de Abstracción y experimento de la taza====<br />
<br />
[[Archivo:AdmirariConsultora.TCT.LCA.PDF|center]]<br />
<br />
----<br />
<br />
<br />
====Campo de Abstracción====<br />
<br />
<gallery mode="packed"><br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.69.JPG|<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.70.JPG|<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.71.JPG|<br />
</gallery><br />
<br />
<br />
----<br />
<br />
====Lámina Fundamento Campo de Abstracción====<br />
<br />
[[Archivo:AdmirariConsultora.TCT.LCCA.PDF|center]]<br />
<br />
----<br />
<br />
<br />
===Entregas Ciclo 03 - Proyecto Final===<br />
<br />
<br />
<br />
====Lámina Fundamento Proyecto Final====<br />
<br />
[[Archivo:AdmirariConsultora.TCT.LFPF.PDF|center]]<br />
<br />
----<br />
<br />
====Lámina Vistas Proyecto Final====<br />
<br />
[[Archivo:AdmirariConsultora.TCT.LVPF.PDF|center]]<br />
<br />
----<br />
<br />
====Lámina Planimetrías Proyecto Final====<br />
<br />
[[Archivo:AdmirariConsultora.TCT.LPPF.PDF|center]]<br />
<br />
----<br />
<br />
====Maqueta Proyecto Final====<br />
<br />
[[Archivo:AdmirariConsultora.TCT.60.JPG|center]]<br />
<br />
----</div>Catalinasalasbarahonahttps://wiki.ead.pucv.cl/index.php?title=Admirari_Consultor%C3%ADas&diff=1321223Admirari Consultorías2022-07-05T19:51:14Z<p>Catalinasalasbarahona: </p>
<hr />
<div>{{Proyecto<br />
|Título=Admirari Consultorías<br />
|Imagen=baselogoadmirari.jpeg<br />
|Tipo de Proyecto=Proyecto de Taller<br />
|Palabras Clave=ciudad-teatro<br />
|Año de Inicio=2022<br />
|Año de Término=2022<br />
|Carreras Relacionadas=Arquitectura<br />
|Asignaturas Relacionadas=Taller del Programa y Forma de la Edificación<br />
|Cursos Relacionados=Taller del Programa y Forma de la Edificación 1º Semestre 2022<br />
|Profesor=Andrés Garcés, Paula Andrea Olmedo Latoja<br />
|Alumnos=Pía González, Catalina Salas, Camila Torres<br />
}}<br />
=Admirari Consultorías=<br />
<br />
<br />
===Origen===<br />
<br />
''Admirari''. Del conjunto de palabras con etimología en latín ''Ad (hacia)'' y ''Mirari (mirar, admirarse)'', hace referencia al acto de contemplar permanente en que nos encontramos en el habitar y recorrer de la ciudad.<br />
<br />
----<br />
<br />
<br />
===Objetivo===<br />
<br />
Admirari es una consultora dedicada a dar lugar a infraestructuras que acojan actos escénicos y artísticos dentro de la ciudad, generando espacios que reciban correctamente y consideren el desenvolver del cuerpo en conjunto con sus actos variados, conviviendo en armonía con el acontecer dinámico urbano ya existente.<br />
<br />
----<br />
<br />
<br />
===Principios de Teatralidad===<br />
<br />
<br />
====Vinculación con el recorrer urbano====<br />
[[Archivo:ConsultoraAdmirariE1PrincipioVRUEsquema.jpg|350px|miniaturadeimagen|derecha| Polígono de relaciones "Vinculación con el recorrer urbano"]]<br />
<br />
El recorrer bordeante existente en la ciudad como un factor de resguardo del acto escénico, que se ve centralizado en la intimidad de este espacio de dinamismo.<br />
<br />
<gallery><br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.31.JPG| Reunión resguardada en la suplencia corporal. Un descanso contenido en la corporalidad de los vendedores ambulantes reunidos en su paso por la sombra que va intercambiándose para continuar cada uno en su ajetreo sin perder este espacio generado.<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.32.JPG|Frente a lo inclinado del reloj de flores se da una doble disposición dinámica, donde una primera capa utiliza como fondo la vista, y otro se direcciona enfrentado a la imagen, contemplándola y esperando para poder posicionarse dentro de este panorama.<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.33.JPG|Explanada concéntrica del dinamismo simultaneo. El dinamismo urbano se da desde una multiplicidad de recorridos que se reúnen en una misma explanada céntrica, que desde su extensión vincula estas realidades simultaneas. Este núcleo equidista la vista en lejanía hacia todas direcciones.<br />
</gallery><br />
<br />
<br />
====Visual Condicionada====<br />
[[Archivo:ConsultoraAdmirariE2PrincipioCNEsquema.jpg|350px|miniaturadeimagen|derecha| Polígono de relaciones "Visual Condicionada"]]<br />
<br />
Se permite distintas formas de participación en la contemplación del acto escénico desde la disposición corporal y o espacial, dando lugar a un espectador participante, como a uno distanciado con vista ampliada a toda la extensión.<br />
<br />
<gallery><br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.34.JPG|Dicotomía vertical desde la contemplación en lejanía. La dicotomía entre la intimidad de arriba, donde la parte residencia permite la contemplación a la lejanía, y lo de abajo, dinámico pero de una potencia reducida por lo que se enfrenta, quedándose así cada realidad resguardada en su propia naturaleza sin cruzarse.<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.35.JPG|La batucada se conforma en una circunferencia abierta a la vista a través de la separación corporal, permitiendo a todo su contorno que observa a acceder a un frente<br />
Archivo:AdmirariconsultoraC.PT.3.jpg|Las personas se encuentran dando frente a la calle, el muro construido a sus espaldas en su largo y alto cubre la extensión detrás de ellos. Se crea un delante y un detrás en la plaza. Atención dirigida por la envolvente<br />
Archivo:AdmirariconsultoraC.PT.1.jpg|El ancho de las calles y estas curvas que muestran previamente parte de su continuidad, se reúnen en este centro y amplían el fondo extendiéndose. lo opuesto entre la música sonando en alguno de los locales y el flujo del ir y venir de las personas, se ve interrumpido por momentos, por la aparición de vehículos que se detienen en este centro, sus bocinas sonando por encima de lo demás y cubriendo con su tamaño y cercanía el frente y alrededor.<br />
</gallery><br />
<br />
<br />
====Conformación en niveles====<br />
[[Archivo:ConsultoraAdmirariE3PrincipioCNEsquema.jpg|350px|miniaturadeimagen|derecha| Polígono de relaciones "Conformación en niveles"]]<br />
<br />
Determinación particular del espacio en lo nivelado, dando momentos de distención diferida en su separación.<br />
<br />
<gallery><br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.36.JPG|Presencia potenciada en la elevación. Una mujer se sube a un revestimiento de la plaza, para obtener la altura necesaria para buscar a alguien, al encontrarla no se baja, sino que le grita desde ahí y mantiene la conversación. el estar más alto del resto se permite el foco para su interlocutor.<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.37.JPG|La elevación, a nivel del hombro de la plataforma da lugar a una privacidad domestica, donde se come y conversa en desahogo, potenciado también en la ronda corporal. A pesar de la sensación de intimidad que da su cobertura, la vista se ve enfocada hacia allá.<br />
Archivo:AdmirariconsultoraC.PT.4.jpg|Aparece la reunión y el transitar de un mayor número de personas. En el fondo de escena aparece esta amplitud de la plaza, mostrando la dispersión de la gente en su interior y cobijo de los grandes arboles, la extensión de las calles contiguas que la rodean, muestran una mayor amplitud del espacio de enfrente. La calle junto a la plaza es poco concurrido por los vehículos, pareciera formar parte de la plaza estando a su mismo nivel, haciéndola ver más extensa...<br />
</gallery><br />
<br />
<br />
====La disposición corporal como delimitante del acto teatral====<br />
<br />
[[Archivo:ConsultoraAdmirariE4PrincipioDCEsquema.jpg|350px|miniaturadeimagen|derecha| Polígono de relaciones "La disposición corporal como delimitante del acto teatral"]]<br />
La tensión de lo corporal que vincula a las personas en este momento efímero y temporal grupal, que hace aparecer lo extraordinario del acto escénico, siendo esta conformación el intermediario entre el acto y la realidad circundante.<br />
<br />
<gallery><br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.38.JPG|Ronda de vinculación intima equilibrada. los estudiantes a medida que salen se va agrupando en diferentes circunferencias, independiente de la cantidad se personas que se sumen. A través de la cercanía corporal se cierra este interior intimo, donde se da la conversación equilibrando la participación de cada uno.<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.39.JPG|Barrera de permanencia grupal. La gente camina por la calle a pesar del cambio del semáforo y los bocinazos, resguardándose en la barrera que la multitud genera ante los autos. La masa potencia la permanencia al brindar seguridad.<br />
Archivo:AdmirariconsultoraC.PT.2.jpg|Permanencia circular creada por el orden de los cuerpos en el espacio, los puestos dispuestos en ronda acompañados de los arboles alzados sobre el lugar, crean un envolvente cubriendo el sitio en el centro usado para la detención/estadía del transitar exterior.<br />
</gallery><br />
<br />
----<br />
<br />
<br />
===Isomorfismo===<br />
<br />
<br />
[[Archivo:Isomorfismo.1.ConsultoraAdmirari.jpg|700px|center]]<br />
<br />
----<br />
<br />
<br />
===Normativas===<br />
<br />
<br />
====O.G.U.C. / Título 4: Disposiciones comunes a los permisos de urbanización y edificación====<br />
====Capítulo 2: Condiciones generales de seguridad.====<br />
<div class="mw-collapsible mw-collapsed"> <br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.2.''''' Para solicitar autorización de cambio de destino de una edificación, se contemplen o no obras de construcción, deberá adjuntarse un informe suscrito por profesional competente que acredite el cumplimiento de las disposiciones de este Capítulo aplicables al nuevo destino, salvo que se trate de edificaciones cuya carga de ocupación sea inferior a 30 personas, en cuyo caso dichas disposiciones no serán aplicables.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.3.'''''El dimensionamiento de las vías de evacuación de una edificación se basará en la carga de ocupación correspondiente a la superficie servida por dichas vías.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.4.''''' La superficie de la edificación o del sector de ella que señala la tabla de éste artículo, se considerará ocupada por personas para la determinación de la carga de ocupación. En edificios cuyo destino no sea residencial u oficinas, cuando se contemple un número fijo de ocupantes, podrán descontarse de la carga de ocupación aplicable a las salidas comunes aquellos recintos que tendrán una ocupación no simultánea, tales como auditorios o laboratorios en establecimientos educacionales, o salas de reunión o casinos en establecimientos industriales.<br />
En cada caso la cantidad de personas se calculará de acuerdo a la siguiente tabla:<br />
<br />
{| class="wikitable"<br />
|-<br />
! Destino!! m^2 por persona <br />
|-<br />
| Oficinas (superficie útil)|| 10,0<br />
|-<br />
| Comercio (Malls) :<br />
|-<br />
|Locales comerciales, en niveles con acceso exterior|| 10,0<br />
|-<br />
|Pasillos entre locales, en niveles con acceso exterior|| 5,0<br />
|-<br />
|Locales comerciales, otros niveles || 14,0<br />
|-<br />
|Pasillos entre locales, otros niveles || 7,0<br />
|-<br />
|Patios de comida y otras áreas comunes con mesas || 1,0<br />
|-<br />
| Otros :<br />
|-<br />
|Recintos de espectáculos (área para espectadores de pié) || 0,25<br />
|-<br />
|Capillas, Discotecas || 0,5<br />
|-<br />
|Salones de reuniones || 0,8<br />
|-<br />
|Area para público en bares, cafeterías, pubs || 1,0<br />
|-<br />
|Restaurantes (comedores), salones de juego || 1,5<br />
|-<br />
|Salas de exposición || 3,0<br />
|-<br />
|Hogares de niños || 3,0<br />
|-<br />
|Gimnasios, Academias de danza || 4,0<br />
|-<br />
|Hogares de ancianos || 6,0<br />
|-<br />
|Estacionamientos de uso común o públicos (superficie total) || 16,0<br />
|-<br />
|Hoteles (superficie total) || 18,0<br />
|-<br />
|Bodegas, Archivos || 40,0<br />
|}<br />
<br />
Los destinos no considerados en la tabla anterior deberán asimilarse a los allí señalados. <br><br />
En locales con asientos fijos se tomará el número de asientos. <br><br />
En aposentadurías corridas se considerará 0,45 m por persona. <br><br />
En caso de edificaciones con dos o más destinos se calculará la carga de ocupación correspondiente a cada sector según su destino. Cuando en un mismo sector se contemplen usos alternados deberá considerarse la carga de ocupación más exigente. <br><br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.5.''''' El ancho mínimo de cualquier sección de una vía de evacuación se determinará en base a la carga de ocupación de la superficie que sirve dicha sección. <br><br />
En el piso de salida de edificaciones de dos o más pisos se considerará como superficie servida la ubicada hasta en el nivel superior o inferior adyacente a dicho piso, sin incluir la superficie de los demás pisos. <br><br />
En caso de convergencia de un piso superior y uno inferior en un piso intermedio de salida, el ancho de la salida debe calcularse sumando el número de ocupantes de los pisos superior e inferior. <br><br />
Se exceptúan de lo indicado en este artículo las escaleras, cuyo ancho mínimo será determinado conforme al artículo 4.2.10. <br><br />
Las vías de evacuación pueden tener ancho variable siempre que se cumplan los anchos mínimos para cada tramo de ellas.<br<br />
Cuando se contemplen dos o más vías de salida, la superficie servida por dichas vías se dividirá según el número de salidas. <br><br />
<br />
'''alturas mínimas'''<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.6.''''' La altura mínima libre interior de las vías de evacuación será de 2,10 m medidos verticalmente en obra terminada desde el piso hasta la proyección más cercana del cielo, vigas u otros elementos salientes, salvo en el caso de las escaleras, en que la altura mínima se medirá trazando un arco de 1,80 m de radio desde la nariz de las gradas. En los vanos de puertas se admitirá una altura libre mínima de 2 m.<br />
<br />
'''Barandas'''<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.7. ''''' Todas las aberturas de pisos, mezaninas, costados abiertos de escaleras, descansos, pasarelas, rampas, balcones, terrazas, y ventanas de edificios que se encuentren a una altura superior a 1m por sobre el suelo adyacente,deberán estar provistas de barandas o antepechos de solidez suficiente para evitar la caída fortuita de personas. Dichas barandas o antepechos tendrán una altura no inferior a 0,95 m medida verticalmente desde el nivel de piso interior terminado en el plomo interior del remate superior de la baranda o antepecho, y deberán resistir una sobrecarga horizontal, aplicada en cualquier punto de su estructura, no inferior a 50 kg por metro lineal, salvo en el caso de edificios de uso público y todo aquel que, sin importar su carga de ocupación, preste un servicio a la comunidad, en que dicha resistencia no podrá ser inferior a 100 kg por metro lineal.<br><br />
<br />
En los tramos inclinados de escaleras se admitirá una altura mínima de baranda de 0,85 m, medida desde la nariz de los peldaños.<br><br />
La baranda se podrá suprimir en caso de recintos con fachada de cristales fijos o ventanas cuya apertura no sobrepase 0,12 m, que cuenten con antepecho,baranda o refuerzo interior de al menos 0,60 m de altura, medido desde el nivel de piso interior terminado, y que certifiquen una resistencia de los cristales a sobrecargas horizontales no inferior a la indicada en el inciso primero de este artículo.<br><br />
<br />
En los costados de una ruta accesible, que sea parte de la circulación del edificio, no podrán existir desniveles superiores a 0,30 m sin estar debidamente protegidos por barandas y un borde resistente de una altura no inferior a 0,30 m. <br><br />
<br />
Las barandas transparentes y abiertas tendrán sus elementos estructurales y ornamentales dispuestos de manera tal que no permitan el paso de una esfera de 0,125 m de diámetro a través de ellos. En las escaleras las aberturas triangulares formadas por la huella, la contrahuella y la barra inferior de la baranda podrán admitir el paso de una esfera de 0,185 m de diámetro. <br><br />
<br />
Se exceptúan de lo dispuesto en este artículo los andenes de transporte de personas o de carga y descarga de productos, los escenarios y otras superficies cuya función se impediría con la instalación de barandas o antepechos. <br><br />
<br />
'''Vías de evacuación'''<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.8.''''' Para los efectos de este Capítulo, los ascensores, escaleras mecánicas, rampas mecánicas y pasillos móviles no se considerarán vías de evacuación, con las excepciones que señala el artículo 4.2.21. de este mismo Capítulo. <br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.9.''''' Las áreas externas de una edificación, tales como patios, plazoletas, atrios o similares, susceptibles de ser ocupadas por personas, deben estar provistas de vías de evacuación conforme a este Capítulo.En estos casos la carga de ocupación del área externa será determinada por el arquitecto del proyecto según los usos estimados para dicha área.<br><br />
<br />
Cuando la salida de un área externa sea a través de una edificación, el número de ocupantes de dicha área debe ser considerado en el diseño de las vías de evacuación de la edificación.<br />
<br />
'''Escaleras'''<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.10.''''' La cantidad y ancho mínimo requerido para las escaleras que forman parte de una vía de evacuación, conforme a la carga de ocupación del área servida, será la que señala la siguiente tabla:<br />
<br />
{| class="wikitable"<br />
|-<br />
! N° de Personas!! Cantidad y ancho mínimo<br />
|-<br />
|hasta 50 || 1 1,10 m<br />
|-<br />
|Desde 51 hasta 100 || 1 1,20 m<br />
|-<br />
|Desde 101 hasta 150 || 1 1,30 m<br />
|-<br />
|Desde 151 hasta 200 || 1 1,40 m<br />
|-<br />
|Desde 201 hasta 250 || 1 1,50 m<br />
|-<br />
|Desde 251 hasta 300 || 2 1,20 m<br />
|-<br />
|Desde 301 hasta 400 || 2 1,30 m<br />
|-<br />
|Desde 401 hasta 500 || 2 1,40 m<br />
|-<br />
|Desde 501 hasta 700 || 2 1,50 m<br />
|-<br />
|Desde 701 hasta 1.000 || 2 1,60 m<br />
|}<br />
<br />
Cuando la carga de ocupación de una edificación sea superior a 1.000 personas deberá adjuntarse al proyecto un Estudio de Evacuación que determine la cantidad, disposición y características de las escaleras necesarias sobre las requeridas según la tabla anterior. <br><br />
<br />
Cuando se requieran dos o más escaleras, éstas deberán disponerse de manera tal que en cada piso constituyan vías de evacuación alternativas, independientes y aisladas entre sí. Si no existiere en un mismo piso acceso a dos o más escaleras como vías de evacuación de uso alternativo, la única escalera de evacuación accesible en cada piso deberá terminar en una terraza de evacuación que cumpla con las exigencias señaladas para éstas en el artículo 4.2.15. Tratándose de escaleras contiguas, deberán estar separadas por muros con resistencia mínima al fuego según el artículo 4.3.3. y sus puertas de acceso, en cada piso, deberán disponerse separadas por al menos 3 m.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.11.''''' Las escaleras de evacuación deben consultar pasamanos en un<br />
costado a lo menos y cumplir además los siguientes requerimientos:<br />
<br />
1. En los tramos inclinados el pasamanos debe ubicarse a una altura de entre 0,85 m y 1,05 m y en los descansos o vestíbulos a una altura de entre 0,95 m y 1,05 m. <br><br />
<br />
2. Los peldaños tendrán un ancho de huella no inferior a 0,28 m en proyección horizontal y una altura de contrahuella no mayor a 0,18 m ni menor a 0,13 m. Esta norma deberá cumplirse en cualquier peldaño que forme parte de una vía de evacuación. <br><br />
<br />
3. En las escaleras que forman parte de una zona vertical de seguridad los tramos deben ser rectos y las huellas de los peldaños y descansos deben ser antideslizantes. <br><br />
<br />
Se exceptúan de lo indicado en este artículo los peldaños de escaleras auxiliares de evacuación, las que se regirán por lo dispuesto en el artículo 4.2.16. de este mismo Capítulo.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.12.''''' Las escaleras interiores de evacuación terminarán en el piso de salida del edificio en un vestíbulo, galería o pasillo de un ancho mínimo de 1,80 m, el cual debe mantenerse hasta un espacio exterior comunicado a la vía pública.<br />
La distancia máxima desde la primera grada de la escalera hasta dicho espacio exterior no será mayor de 20 m. No obstante, dicha longitud podrá llegar hasta 40 m cuando el espacio al que se accede presente un riesgo de incendio muy reducido, por estar revestido con materiales no combustibles y tener una densidad de carga combustible inferior a 100 MJ/m2, determinada conforme a la norma NCh 1916. <br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.13.''''': En los pisos distintos al de salida del edificio, la distancia máxima desde la puerta de un departamento, oficina o local, hasta una escalera de evacuación en el mismo piso, será de 40 m, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 4.2.17.<br />
<br />
En edificaciones que cuenten con sistema de rociadores automáticos, avalado por un Estudio de Seguridad, la distancia señalada en el inciso anterior será de hasta 60 m.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.14.''''': En los pisos destinados a estacionamientos, bodegas e instalaciones de servicio del edificio, la distancia máxima desde cualquier punto del área de uso común hasta la escalera más cercana no será superior a 60 m, salvo que se trate de una planta abierta en al menos el 50% de su perímetro, en cuyo caso la distancia máxima será de 90 m. En ambos casos la distancia máxima podrá extenderse hasta en un tercio si la planta cuenta con<br />
un sistema de rociadores automáticos avalado por un Estudio de Seguridad.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.15.''''': En los edificios de 10 o más pisos que cuenten con solo una escalera de evacuación, ésta deberá terminar en el nivel de cubierta en una terraza de evacuación, la cual deberá tener un ancho libre mínimo de 3 m y un área no menor a 0,2 m2 por persona, calculada en base a la carga de ocupación del sector del edificio ubicado por sobre la mitad del recorrido de evacuación de la escalera.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.16.''''': En obras de rehabilitación de inmuebles, en que la disposición de escaleras de las características señaladas en los artículos anteriores presente especial dificultad, el Director de Obras Municipales podrá autorizar escaleras auxiliares de evacuación situadas al exterior de la edificación, las cuales deberán cumplir las siguientes condiciones:<br />
<br />
1. El ancho libre del recorrido se calculará de acuerdo a la regla general, pudiendo tener un mínimo de 0,90 m.<br />
<br />
2. Los peldaños tendrán una huella no menor a 0,21 m, una contrahuella no mayor de 0,20 m, y sus tramos serán rectos.<br />
<br />
3. Contarán con defensas o barandas de acuerdo a la regla general, debiendo agregarse, en caso necesario, defensas adicionales que contrarresten posibles sensaciones de vértigo.<br />
<br />
4. Los accesos a la escalera estarán debidamente señalizados, podrán situarse al interior de los departamentos, oficinas o locales y su tramo inferior podrá ser retráctil o desplegable. <br />
<br />
Estas escaleras auxiliares podrán ser de estructura metálica, sin protecciones contra incendio.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.17.''''': Cuando los pasillos de un edificio queden en situación de fondo de saco con respecto a la escalera de evacuación, las puertas de acceso a las unidades no podrán ubicarse a una distancia superior a 10 m respecto de la escalera, salvo que el pasillo esté protegido contra el fuego de acuerdo al artículo 4.3.27. de este mismo Título.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.18.''''': Los pasillos tendrán un ancho libre mínimo de medio centímetro por persona, calculado conforme a la carga de ocupación de la superficie servida, con un ancho mínimo de 1,10 m. En el caso de pasillos que sirvan a varios pisos, el cálculo se efectuará según las reglas del artículo 4.2.5. de este mismo Capítulo.<br />
<br />
Cuando se trate de ocupaciones menores de 50 personas, o en caso de pisos subterráneos destinados a estacionamientos, bodegas o instalaciones de servicio, el ancho mínimo será de 1,10 m.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.19.''''': Los pasillos o galerías que formen parte de una vía de evacuación carecerán de obstáculos en el ancho requerido, salvo que se trate de elementos de seguridad ubicados en las paredes que no reduzcan en más de 0,15 m el ancho requerido.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.20.''''': Las rampas previstas como recorrido de evacuación se asimilarán a los pasillos en el dimensionamiento de su ancho y tendrán una pendiente máxima de 12%, sin perjuicio del cumplimiento, cuando corresponda, de las condiciones establecidas para personas con discapacidad en el artículo 4.1.7. de este mismo Título.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.21.''''': Las rampas mecánicas y los pasillos móviles podrán considerarse como parte de una vía de evacuación, cuando no sea posible su utilización por personas que trasladen carros de transporte de mercaderías y además estén provistos de un dispositivo de parada manual debidamente señalizado, sin perjuicio de su conexión a sistemas automáticos de detección y alarma.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.22.''''': Las puertas de escape deben ser fácilmente reconocibles como tales. En ningún caso podrán estar cubiertas con materiales reflectantes o decoraciones que disimulen su ubicación.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.23.''''': El ancho mínimo requerido conforme al artículo 4.2.5. de este mismo Capítulo debe cumplirse, en el caso de las puertas, sumando los anchos libres de salida de cada una. Dicha medida no podrá ser inferior al ancho mínimo requerido para los pasillos que sirven a las puertas.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.24.''''': Las puertas de escape tendrán un ancho nominal de hoja no menor a 0,85 m y un alto no menor de 2 m. Cuando contemplen mecanismos de apertura o dispositivos anti pánico, estos deberán ubicarse a una altura de 0,95 m.<br />
<br />
El ancho libre de salida, en ningún caso, podrá ser menor a 0,80 m, y el espesor horizontal del umbral de la puerta o vano de escape no podrá ser mayor a 0,60 m.<br />
<br />
En el piso de salida del edificio, la puerta de salida de la escalera de evacuación tendrá un ancho nominal de hoja no menor a 0,90 m.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.25.''''': Las puertas de acceso a una escalera de evacuación no pueden obstruir, durante su apertura, más de un tercio del ancho libre requerido para la escalera.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.26.''''': Las puertas de escape deben abrir en el sentido de la evacuación siempre que el área que sirvan tenga una carga de ocupación superior a 50 personas.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.27.''''': Las puertas de escape deben abrir desde el interior sin la utilización de llaves o mecanismos que requieran algún esfuerzo o conocimiento especial.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.28.''''': Las puertas giratorias o deslizantes que sirvan a un número de ocupantes de 10 o más personas no podrán ser consideradas puertas de escape.<br />
Se exceptúan de lo dispuesto en el inciso anterior las puertas giratorias o deslizantes que dispongan de un sistema que permita el abatimiento de sus hojas en el sentido de la evacuación, mediante la aplicación manual de una fuerza no superior a 14 kg. <br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.29.''''': Todas las vías de evacuación y sus accesos deben identificarse mediante señales de gráfica adecuada. En cada caso deben contemplarse las señales necesarias para facilitar la evacua<br />
</div><br />
<br />
====Capítulo 7: Teatros y otros locales de reuniones.====<br />
<div class="mw-collapsible mw-collapsed"><br />
*'''''Artículo 4.7.1.''''' Los edificios destinados a teatros, auditorios y salas de exhibiciones cinematográficas, comprendidas todas ellas bajo la denominación genérica de teatros y otros locales de reuniones públicas, deben cumplir los requisitos siguientes:<br />
<br />
1. Los locales con cabida superior a 1.000 personas deben tener acceso a dos calles de ancho no inferior a 12 m o bien a una calle de ancho no inferior a 12 m y a un espacio libre que comunique directamente con una calle y que tenga un ancho superior a 3 m, siempre que los muros colindantes de este espacio sean asísmicos y con resistencia a la acción del fuego correspondiente a lo menos a la clase F-60, según la norma NCh 935/1, o la que la reemplace.<br />
<br />
2. Los locales con cabida mayor de 500 y menor de 1.000 personas deben tener un acceso principal directamente a una calle y, además, uno de sus costados, con acceso directo a calle por medio de un espacio libre o patio de un ancho no menor de 2,60 m siempre que los muros colindantes de este patio o espacio libre sean asísmicos y con resistencia a la acción del fuego correspondiente a lo menos a la clase F-60, según la norma NCh 935/1, o la que la reemplace. Podrá aceptarse el acceso a una sola calle cuando el eje principal de la sala de espectáculos sea paralelo a aquélla y ninguna localidad (asiento de una sala de espectáculos) diste más de 25 m de la puerta de salida a dicha calle.<br />
<br />
3. Los locales con cabida inferior a 500 personas deben tener su acceso principal directamente a una calle o a un espacio libre de ancho no menor de 9 m.<br />
<br />
4. Sin embargo, todos los locales con cabida inferior a 1.000 personas podrán tener acceso a calle por medio de dos pasillos independientes de ancho no menor de 3m, o por un espacio libre de ancho no menor a 5 m, siempre que los edificios que rodean los pasillos o espacios libres sean asísmicos y construidos con resistencia mínima al fuego de tipo b.<br />
<br />
Los anchos fijados para los patios, pasillos y otros espacios libres se medirán entre paramentos de columnas u otros elementos salientes de la construcción.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.2.''''' :Los espacios libres o patios laterales a que se refiere el artículo anterior podrán tener un ancho constante en toda su longitud o tener un ancho creciente desde la línea del muro de boca del proscenio o de los locales más lejanos destinados al público, hasta la calle, conservándose el ancho medio indicado. <br />
<br />
Estos patios o espacios libres tendrán su piso o pavimento en un solo plano. Podrán tener rejas de todo su ancho en la línea de la calle, dispuestas de manera que puedan mantenerse abiertas durante los espectáculos o reuniones. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.3.''''': Los edificios a que se refiere el presente Capítulo deben construirse cumpliendo las respectivas exigencias establecidas en la presente Ordenanza y, en especial, las normas de este Capítulo, las que prevalecerán sobre las de carácter general de esta Ordenanza cuando ambas estén referidas a una misma materia. <br />
<br />
Estos edificios deberán construirse de las clases A o B que establece el artículo 5.3.1. de esta Ordenanza, cuando su cabida total sea superior a 1.000 personas, o cuando las aposentadurías para personas comprendan más de un piso principal y un balcón o galería. <br />
<br />
En los sectores destinados a las aposentadurías o a los asientos fijos, según corresponda, se consultarán espacios libres horizontales de 1,20 m de largo por 0,90 m de ancho, reservados para personas con discapacidad en silla de ruedas. Deberán estar antecedidos o precedidos de un espacio libre y horizontal de un diámetro mínimo de 1,50 m que permita el giro en 360° de una silla de ruedas. Se ubicarán uniformemente repartidos en la sala e integrados en los costados de las líneas de aposentadurías o de asientos fijos, de modo que la persona con discapacidad en silla de ruedas pueda ser asistida o acompañada en todo momento. Se ubicarán, además, próximos al nivel de acceso de la sala y la circulación interior para acceder a los espacios libres deberá tener 0,90 m como ancho mínimo, estar libre de peldaños y conectada a la ruta accesible. Estos espacios libres deberán estar señalizados con el Símbolo Internacional de Accesibilidad (SIA).<br />
<br />
La cantidad mínima de espacios libres se calculará según la siguiente tabla:<br />
{| class="wikitable"<br />
|-<br />
!Cantidad de Asientos !! Cantidad de espacios libres horizontales para Personas con Discapacidad !! <br />
|-<br />
|desde 1 hasta 50 || 1 ||<br />
|-<br />
|desde 51 hasta 100 || 2 ||<br />
|-<br />
|desde 101 hasta 150 || 3 || <br />
|-<br />
|desde 151 hasta 300 || 4 || <br />
|-<br />
|desde 301 hasta 500 || 5 || <br />
|-<br />
|desde 501 hasta 5000 ||5 + 1 por cada 300 o fracción, entre 501 y 5000 || <br />
|-<br />
|sobre 5000 || 19 + 1 por cada 500 o fracción, sobre 5000 || <br />
|}<br />
<br />
<br />
El diseño de la línea de visión para los espacios libres a los que se refiere el inciso precedente deberá ser similar al previsto para los demás espectadores, no pudiendo ser interrumpida por espectadores de pie en caso que les antecedan una o más filas de graderías, aposentadurías o asientos fijos. Estas mismas reglas se aplicarán a los anfiteatros o <br />
las graderías que se consulten al interior de espacios públicos o privados. Si contaren con escenario, se aplicará lo dispuesto sobre esta materia en el artículo 4.7.7. de esta Ordenanza.<br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.4.''''': Los locales o salas destinadas a los usos a que se refiere el presente Capítulo deberán estar totalmente rodeados de muros cortafuego.<br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.5.''''': Los teatros que no tengan su sala principal en primer piso deberán cumplir los requisitos siguientes: <br />
1. El edificio debe construirse en su totalidad de las clases A o B de la presente Ordenanza. <br />
<br />
2. Los vestíbulos, pasadizos y escaleras que conduzcan a las salas de espectáculos y demás destinadas al público deben ser independientes de los locales situados en primer piso. <br />
<br />
3. No podrán consultarse recintos bajo o encima del ocupado por la sala del teatro, que puedan destinarse a depósito o para la venta de productos o materiales inflamables, o que puedan originar incendios. <br />
<br />
4. Las escaleras que den acceso a los recintos del piso principal del teatro serán de tramos rectos separados por descansos y tendrán un ancho no inferior a 2 m. No habrá más de 16 gradas por tramo y la altura de éstas no será mayor de 0,16 m y el ancho no inferior a 0,30 m, debiendo mantenerse la condición: 2 h + a = 0,62 m si se adoptaren cifras distintas de esos límites. <br />
<br />
5. El ancho total de los pasillos o zaguanes de salida, así como el de las puertas de <br />
acceso a los recintos para el público, será equivalente a 1 m por cada 125 espectadores que puedan transitar por ellos.<br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.6.''''': La capacidad volumétrica de los locales destinados a los espectadores no será inferior a 3 m3 por persona, debiendo, en todo caso, establecerse la ventilación de manera que se aseguren las condiciones higiénicas que prescriban las normas oficiales correspondientes. No obstante, podrá disminuirse esta capacidad cúbica en caso de emplearse medios mecánicos adecuados. <br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.7.''''': Los escenarios y los camarines de los artistas tendrán acceso independiente al de los espectadores. <br />
<br />
No se permitirá otra comunicación que la boca del escenario entre aquellos recintos y la sala de espectáculos. <br />
<br />
En caso que los edificios a los que se refiere este capítulo, contemplen un escenario, éste deberá ser accesible desde la sala de espectáculos. El desnivel entre el escenario y el nivel de la sala contiguo a éste, se salvará a través de una rampa antideslizante de ancho mínimo de 0,90 m, con pendiente máxima de 10% y protección lateral de al menos 10 cm de alto, o con un dispositivo mecánico elevador que permita su uso en forma autónoma y segura.<br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.8.''''': Los camarines de los artistas no tendrán menos de 4 m2 por persona; podrán alumbrarse y ventilarse artificialmente, y estarán provistos de servicios higiénicos completos y separados para ambos sexos. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.9.''''': La autoridad municipal podrá hacer instalar, por cuenta del propietario, grifos contra incendio en la acera contigua al teatro o sala de reuniones de cabida superior a 300 personas. Estos grifos se ubicarán a una distancia aproximada de 50m de la puerta principal del edificio. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.10.''''': Los locales destinados a talleres y habitaciones de cuidadores deberán contar con accesos independientes a los de los espectadores. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.11.''''': En la techumbre del escenario se dispondrán claraboyas de cierre hermético, que puedan abrirse o romperse en caso de incendio. Estas claraboyas tendrán una superficie equivalente a 1/10 del área de dicho local. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.12.''''':Los teatros y salas de reunión estarán dotados de doble instalación de luz; una especial de seguridad, destinada a la sala de espectáculos, vestíbulos, corredores, pasillos y puertas de escape, que se establecerá con artefactos protegidos y de manera que no quede expuesta a interrupciones por ninguna causa de origen interno; y la instalación general, que deberá funcionar independientemente de la anterior, de acuerdo con la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.<br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.13.''''': No se permitirá consultar instalaciones que empleen esencias minerales, alcoholes y líquidos inflamables para el alumbrado, calefacción o ventilación de las salas de espectáculos y recintos destinados al público. Sin embargo, se permitirá emplear los sistemas de calefacción a petróleo, siempre que el campo productor de calor se encuentre fuera de la sala. <br />
<br />
Se prohíbe, asimismo, la colocación de generadores de gas, electricidad, vapor o agua caliente en los locales mismos destinados al público. <br />
<br />
Los generadores deben instalarse en locales especiales, construidos sin comunicación alguna con la sala de espectáculos, escenario, vestíbulos, corredores y escaleras para el uso del público. <br />
<br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.14.''''': El ancho de los pasillos, puertas interiores, corredores, escaleras, puertas de calle y demás pasos y salidas, ubicados en el trayecto que deben seguir las personas al desalojar un teatro o sala de reuniones, se determinará a razón de 1 m por cada 125 personas que por ellos deban pasar, de acuerdo con la cabida correspondiente.<br />
<br />
Las puertas exteriores del frente principal y las de acceso a las salas de espectáculos de los teatros, cualquiera que sea su cabida, tendrán un ancho no inferior a 2 m y la suma total de sus anchos deberá cumplir con lo dispuesto en el inciso anterior. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.15.''''': Las puertas de los locales destinados al público deberán abrirse hacia afuera y estar provistas de dispositivos de suspensión que permitan abrirlas o eliminarlas con toda rapidez en los casos de alarma. <br />
Estas puertas de acceso para las personas serán independientes de las que se consulten para el servicio de vehículos. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.16.''''': Las puertas laterales y de escape, y las de pasillos y vestíbulos que conduzcan a las escaleras, tendrán letreros luminosos sobre su dintel con la indicación de "Salida". <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.17.''''': Se establecerán escaleras o rampas independientes de la sala misma, para las aposentadurías superiores o inferiores, sean éstas balcones o galerías. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.18.''''': Las escaleras deben cumplir con los siguientes requisitos: <br />
<br />
1. Entregarán a vestíbulos que estén en comunicación directa con las aposentadurías que sirvan y serán de ancho libre no menor de 1,20 m. <br />
<br />
2. Serán de tramos rectos, separados por descansos de longitud no inferior a 1,20 m. Los descansos en los cambios de dirección no tendrán un largo inferior al ancho de la escalera. <br />
<br />
3. Cada tramo podrá tener hasta 16 gradas y cada una de éstas no tendrá más de 0,16 m de altura, ni ancho menor de 0,30 m. <br />
<br />
4. Cuando el ancho de la escalera sea superior a 3 m, se deberá agregar a los pasamanos laterales un doble pasamanos central que la divida en dos secciones paralelas. <br />
<br />
5. Las aposentadurías superiores o inferiores al primer piso, con cabida superior a 500 personas, deberán estar provistas de dos escaleras, ubicadas en lados opuestos. <br />
<br />
6. Las escaleras y cajas de escaleras que sirvan los locales destinados al público no podrán tener comunicación alguna con los subterráneos o pisos en el subsuelo del edificio. <br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.19.''''': No podrá haber gradas o peldaños en el piso de la sala principal ni en el de los vestíbulos, pasillos y corredores ligados con ellos. Las diferencias de nivel se salvarán con planos inclinados de pendiente no mayor de 10%. Para rampas de más de 10m de desarrollo, la pendiente disminuirá proporcionalmente. <br />
<br />
Sin perjuicio de lo anterior, cuando el sistema de proyección corresponda a pantalla panorámica, regirán las siguientes disposiciones para el piso de la platea, escaleras y escapes: <br />
<br />
1. El plano inclinado del piso de la platea tendrá una pendiente máxima del 15%. <br />
<br />
2. Si se produjeran pendientes mayores se salvarán con gradas que se distribuirán uniformemente en la parte del pasillo de mayor pendiente. <br />
<br />
3. Se permitirán soluciones mixtas de rampas y gradas, si se adoptan sistemas especiales de iluminación que señalen cada grada y comunicando, separadamente, al "Escape", la zona de gradas y la zona de rampa.<br />
<br />
4. Los pasillos centrales de platea se comunicarán con el foyer, sin producir cambios de dirección. <br />
<br />
5. Las escaleras tendrán una sola dirección y comunicarán directamente a la calle o espacios públicos comunicados con ella. Sus tramos serán rectos, de no más de 16 gradas por tramo y en que se cumpla la relación de 2h + a = 0,62 m. <br />
<br />
6. Regirán, además, todas las disposiciones del presente Capítulo que no se contrapongan a las aquí enunciadas. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.20.''''': No se permitirán pasillos, escaleras, corredores, o similares que puedan originar corrientes encontradas de tránsito, ni instalaciones de quioscos, mostradores, lamparas giratorias o no, o cualquiera otra instalación que entorpezca la fácil y rápida desocupación de los locales en casos de incendio o pánico. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.21.''''': Los teatros, locales de espectáculos públicos y de reuniones, deberán tener en cada piso servicios higiénicos para ambos sexos, en la siguiente proporción, de acuerdo con su capacidad: <br />
<br />
1. Hasta 1.000 personas, un inodoro por cada 125 personas y un urinario por cada 70 personas. <br />
<br />
2. Sobre 1.000 y hasta 2.000 personas, un inodoro más por cada 250 personas y un urinario más por cada 125. <br />
<br />
3. Sobre 2.000 y hasta 3.000 personas, un inodoro más por cada 500 personas y un urinario más por cada 250.<br />
<br />
4. Sobre 3.000 personas, un inodoro más por cada 1.000 y un urinario más por cada 500 personas.<br />
<br />
5. Los camarines tendrán los servicios higiénicos que determine la Dirección de Obras Municipales. <br />
Además de los artefactos indicados en los números 1. al 4., habrá un lavamanos por cada inodoro independiente y cuando éstos estén agrupados en una sola unidad, habrá como mínimo un lavamanos por cada 4 inodoros.<br />
<br />
Los teatros y otros locales de reuniones, deberán contar con un recinto independiente destinado a servicio higiénico para personas con discapacidad conforme a los requisitos y características establecidas en el artículo 4.1.7. de esta Ordenanza, debiendo agregarse un recinto más por cada 200 personas o fracción que exceda de esa cantidad. <br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.22.''''': La disposición de los asientos para el público, en salas con cabida superior a 500 personas, deberá cumplir con las siguientes prescripciones: <br />
<br />
1. Los pasillos interiores de platea tendrán un ancho mínimo de 1,20 m en su punto más cercano al escenario. Este ancho se aumentará hacia los puntos de salida, en un mínimo de 0,025 m por cada metro de longitud de pasillo. <br />
<br />
2. Los pasillos de platea que sirvan asientos de un solo lado tendrán un ancho mínimo de 0,65 m en su punto más próximo al escenario. Este ancho se aumentará hacia los puntos de salida en un mínimo de 0,015 m por cada metro de longitud del pasillo. <br />
<br />
3. La distancia mínima entre respaldo y respaldo de los asientos de platea será de 0,90 m y 1,00 m para los de funciones rotativas. <br />
<br />
4. Las butacas tendrán los asientos plegables y un ancho libre entre brazos no inferior a 0,45 m. <br />
<br />
5. No podrán ubicarse más de 18 asientos en una fila de platea entre dos pasillos, ni más de 14 en los balcones o galerías. <br />
<br />
6. No podrán disponerse más de 9 asientos por fila con acceso a un solo pasillo de platea, ni más de 7 en los balcones o galerías. <br />
<br />
7. La altura mínima entre el piso y el cielo, medida en el eje del asiento más alto, no será inferior a 2,50 m. <br />
<br />
8. La distancia horizontal entre el muro de boca y el asiento más próximo, destinado a los espectadores, no podrá ser inferior a 6 m en los teatros de representaciones, ni a 5 m en las salas de audiciones musicales o exhibiciones cinematográficas y otras salas de reunión. La distancia de la pantalla en las exhibiciones cinematográficas al espectador más próximo será de 10 m como mínimo. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.23.''''': Las salas destinadas a los espectadores estarán provistas de dispositivos eficaces o de instalaciones mecánicas de ventilaciones y de calefacción, proyectadas en consideración a las condiciones climáticas locales. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.24.''''' Las cabinas de cinematógrafos deberán cumplir con los siguientes requisitos:<br />
<br />
1. Tendrán un cubo interior de 20 m3 a lo menos por cada aparato proyector. <br />
<br />
2. Estarán provistas de medios adecuados para extinguir el incendio de películas. <br />
<br />
3. Tendrán una sola puerta de acceso, que abrirá hacia afuera y que cerrará en forma hermética.<br />
<br />
4. Las aperturas indispensables irán provistas de obturadores de cierre hermético.<br />
<br />
5. El acceso debe hacerse desde el exterior de la sala. <br />
<br />
6. Tendrán ventilación directa al exterior enteramente aislada de la sala. <br />
<br />
7. Estarán dotadas de una caja para guardar películas, de cierre hermético. <br />
<br />
8. Estarán dotadas de un servicio higiénico para el o los operadores. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.25.''''': Ningún teatro, sala de baile o de reunión podrá abrirse al uso público sin la inspección y aprobación previas de la construcción del edificio como de sus instalaciones eléctricas, de calefacción, de higiene y otras, por la Dirección de Obras Municipales.<br />
</div><br />
----<br />
<br />
<br />
===Lugar de emplazamiento===<br />
<br />
<gallery mode="slideshow"><br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.18.JPG<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.19.JPG<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.20.JPG<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.21.JPG<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.23.JPG<br />
</gallery><br />
<br />
----<br />
<br />
<br />
===Entregas Ciclo 02===<br />
<br />
<br />
----<br />
<br />
====ERE Grupal====<br />
<br />
<gallery mode="slideshow"><br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.65.JPG|<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.66.JPG|<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.67.JPG|<br />
</gallery><br />
<br />
<br />
----<br />
<br />
<br />
====ERE Grupal Final====<br />
<br />
<gallery mode="slideshow"><br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.55.PNG|<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.56.PNG|<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.57.PNG|<br />
</gallery><br />
<br />
<br />
----<br />
<br />
====Lámina Final ERE====<br />
<br />
[[Archivo:AdmirariConsultora.TCT.LFE.PDF|center]]<br />
<br />
----<br />
<br />
====Lámina Campos de Abstracción y experimento de la taza====<br />
<br />
[[Archivo:AdmirariConsultora.TCT.LCA.PDF|center]]<br />
<br />
----<br />
<br />
<br />
====Campo de Abstracción====<br />
<br />
<gallery mode="packed"><br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.69.JPG|<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.70.JPG|<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.71.JPG|<br />
</gallery><br />
<br />
<br />
----<br />
<br />
====Lámina Fundamento Campo de Abstracción====<br />
<br />
[[Archivo:AdmirariConsultora.TCT.LCCA.PDF|center]]<br />
<br />
----<br />
<br />
<br />
===Entregas Ciclo 03 - Proyecto Final===<br />
<br />
<br />
<br />
====Lámina Fundamento Proyecto Final====<br />
<br />
[[Archivo:AdmirariConsultora.TCT.LFPF.PDF|center]]<br />
<br />
----<br />
<br />
====Lámina Vistas Proyecto Final====<br />
<br />
[[Archivo:AdmirariConsultora.TCT.LVPF.PDF|center]]<br />
<br />
----<br />
<br />
====Lámina Planimetrías Proyecto Final====<br />
<br />
[[Archivo:AdmirariConsultora.TCT.LPPF.PDF|center]]<br />
<br />
----<br />
<br />
====Maqueta Proyecto Final====<br />
<br />
<gallery mode="slideshow"><br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.60.JPG|<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.72.JPG|<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.73.JPG|<br />
</gallery><br />
<br />
----</div>Catalinasalasbarahonahttps://wiki.ead.pucv.cl/index.php?title=Admirari_Consultor%C3%ADas&diff=1321222Admirari Consultorías2022-07-05T19:50:26Z<p>Catalinasalasbarahona: </p>
<hr />
<div>{{Proyecto<br />
|Título=Admirari Consultorías<br />
|Imagen=baselogoadmirari.jpeg<br />
|Tipo de Proyecto=Proyecto de Taller<br />
|Palabras Clave=ciudad-teatro<br />
|Año de Inicio=2022<br />
|Año de Término=2022<br />
|Carreras Relacionadas=Arquitectura<br />
|Asignaturas Relacionadas=Taller del Programa y Forma de la Edificación<br />
|Cursos Relacionados=Taller del Programa y Forma de la Edificación 1º Semestre 2022<br />
|Profesor=Andrés Garcés, Paula Andrea Olmedo Latoja<br />
|Alumnos=Pía González, Catalina Salas, Camila Torres<br />
}}<br />
=Admirari Consultorías=<br />
<br />
<br />
===Origen===<br />
<br />
''Admirari''. Del conjunto de palabras con etimología en latín ''Ad (hacia)'' y ''Mirari (mirar, admirarse)'', hace referencia al acto de contemplar permanente en que nos encontramos en el habitar y recorrer de la ciudad.<br />
<br />
----<br />
<br />
<br />
===Objetivo===<br />
<br />
Admirari es una consultora dedicada a dar lugar a infraestructuras que acojan actos escénicos y artísticos dentro de la ciudad, generando espacios que reciban correctamente y consideren el desenvolver del cuerpo en conjunto con sus actos variados, conviviendo en armonía con el acontecer dinámico urbano ya existente.<br />
<br />
----<br />
<br />
<br />
===Principios de Teatralidad===<br />
<br />
<br />
====Vinculación con el recorrer urbano====<br />
[[Archivo:ConsultoraAdmirariE1PrincipioVRUEsquema.jpg|350px|miniaturadeimagen|derecha| Polígono de relaciones "Vinculación con el recorrer urbano"]]<br />
<br />
El recorrer bordeante existente en la ciudad como un factor de resguardo del acto escénico, que se ve centralizado en la intimidad de este espacio de dinamismo.<br />
<br />
<gallery><br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.31.JPG| Reunión resguardada en la suplencia corporal. Un descanso contenido en la corporalidad de los vendedores ambulantes reunidos en su paso por la sombra que va intercambiándose para continuar cada uno en su ajetreo sin perder este espacio generado.<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.32.JPG|Frente a lo inclinado del reloj de flores se da una doble disposición dinámica, donde una primera capa utiliza como fondo la vista, y otro se direcciona enfrentado a la imagen, contemplándola y esperando para poder posicionarse dentro de este panorama.<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.33.JPG|Explanada concéntrica del dinamismo simultaneo. El dinamismo urbano se da desde una multiplicidad de recorridos que se reúnen en una misma explanada céntrica, que desde su extensión vincula estas realidades simultaneas. Este núcleo equidista la vista en lejanía hacia todas direcciones.<br />
</gallery><br />
<br />
<br />
====Visual Condicionada====<br />
[[Archivo:ConsultoraAdmirariE2PrincipioCNEsquema.jpg|350px|miniaturadeimagen|derecha| Polígono de relaciones "Visual Condicionada"]]<br />
<br />
Se permite distintas formas de participación en la contemplación del acto escénico desde la disposición corporal y o espacial, dando lugar a un espectador participante, como a uno distanciado con vista ampliada a toda la extensión.<br />
<br />
<gallery><br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.34.JPG|Dicotomía vertical desde la contemplación en lejanía. La dicotomía entre la intimidad de arriba, donde la parte residencia permite la contemplación a la lejanía, y lo de abajo, dinámico pero de una potencia reducida por lo que se enfrenta, quedándose así cada realidad resguardada en su propia naturaleza sin cruzarse.<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.35.JPG|La batucada se conforma en una circunferencia abierta a la vista a través de la separación corporal, permitiendo a todo su contorno que observa a acceder a un frente<br />
Archivo:AdmirariconsultoraC.PT.3.jpg|Las personas se encuentran dando frente a la calle, el muro construido a sus espaldas en su largo y alto cubre la extensión detrás de ellos. Se crea un delante y un detrás en la plaza. Atención dirigida por la envolvente<br />
Archivo:AdmirariconsultoraC.PT.1.jpg|El ancho de las calles y estas curvas que muestran previamente parte de su continuidad, se reúnen en este centro y amplían el fondo extendiéndose. lo opuesto entre la música sonando en alguno de los locales y el flujo del ir y venir de las personas, se ve interrumpido por momentos, por la aparición de vehículos que se detienen en este centro, sus bocinas sonando por encima de lo demás y cubriendo con su tamaño y cercanía el frente y alrededor.<br />
</gallery><br />
<br />
<br />
====Conformación en niveles====<br />
[[Archivo:ConsultoraAdmirariE3PrincipioCNEsquema.jpg|350px|miniaturadeimagen|derecha| Polígono de relaciones "Conformación en niveles"]]<br />
<br />
Determinación particular del espacio en lo nivelado, dando momentos de distención diferida en su separación.<br />
<br />
<gallery><br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.36.JPG|Presencia potenciada en la elevación. Una mujer se sube a un revestimiento de la plaza, para obtener la altura necesaria para buscar a alguien, al encontrarla no se baja, sino que le grita desde ahí y mantiene la conversación. el estar más alto del resto se permite el foco para su interlocutor.<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.37.JPG|La elevación, a nivel del hombro de la plataforma da lugar a una privacidad domestica, donde se come y conversa en desahogo, potenciado también en la ronda corporal. A pesar de la sensación de intimidad que da su cobertura, la vista se ve enfocada hacia allá.<br />
Archivo:AdmirariconsultoraC.PT.4.jpg|Aparece la reunión y el transitar de un mayor número de personas. En el fondo de escena aparece esta amplitud de la plaza, mostrando la dispersión de la gente en su interior y cobijo de los grandes arboles, la extensión de las calles contiguas que la rodean, muestran una mayor amplitud del espacio de enfrente. La calle junto a la plaza es poco concurrido por los vehículos, pareciera formar parte de la plaza estando a su mismo nivel, haciéndola ver más extensa...<br />
</gallery><br />
<br />
<br />
====La disposición corporal como delimitante del acto teatral====<br />
<br />
[[Archivo:ConsultoraAdmirariE4PrincipioDCEsquema.jpg|350px|miniaturadeimagen|derecha| Polígono de relaciones "La disposición corporal como delimitante del acto teatral"]]<br />
La tensión de lo corporal que vincula a las personas en este momento efímero y temporal grupal, que hace aparecer lo extraordinario del acto escénico, siendo esta conformación el intermediario entre el acto y la realidad circundante.<br />
<br />
<gallery><br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.38.JPG|Ronda de vinculación intima equilibrada. los estudiantes a medida que salen se va agrupando en diferentes circunferencias, independiente de la cantidad se personas que se sumen. A través de la cercanía corporal se cierra este interior intimo, donde se da la conversación equilibrando la participación de cada uno.<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.39.JPG|Barrera de permanencia grupal. La gente camina por la calle a pesar del cambio del semáforo y los bocinazos, resguardándose en la barrera que la multitud genera ante los autos. La masa potencia la permanencia al brindar seguridad.<br />
Archivo:AdmirariconsultoraC.PT.2.jpg|Permanencia circular creada por el orden de los cuerpos en el espacio, los puestos dispuestos en ronda acompañados de los arboles alzados sobre el lugar, crean un envolvente cubriendo el sitio en el centro usado para la detención/estadía del transitar exterior.<br />
</gallery><br />
<br />
----<br />
<br />
<br />
===Isomorfismo===<br />
<br />
<br />
[[Archivo:Isomorfismo.1.ConsultoraAdmirari.jpg|700px|center]]<br />
<br />
----<br />
<br />
<br />
===Normativas===<br />
<br />
<br />
====O.G.U.C. / Título 4: Disposiciones comunes a los permisos de urbanización y edificación====<br />
====Capítulo 2: Condiciones generales de seguridad.====<br />
<div class="mw-collapsible mw-collapsed"> <br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.2.''''' Para solicitar autorización de cambio de destino de una edificación, se contemplen o no obras de construcción, deberá adjuntarse un informe suscrito por profesional competente que acredite el cumplimiento de las disposiciones de este Capítulo aplicables al nuevo destino, salvo que se trate de edificaciones cuya carga de ocupación sea inferior a 30 personas, en cuyo caso dichas disposiciones no serán aplicables.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.3.'''''El dimensionamiento de las vías de evacuación de una edificación se basará en la carga de ocupación correspondiente a la superficie servida por dichas vías.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.4.''''' La superficie de la edificación o del sector de ella que señala la tabla de éste artículo, se considerará ocupada por personas para la determinación de la carga de ocupación. En edificios cuyo destino no sea residencial u oficinas, cuando se contemple un número fijo de ocupantes, podrán descontarse de la carga de ocupación aplicable a las salidas comunes aquellos recintos que tendrán una ocupación no simultánea, tales como auditorios o laboratorios en establecimientos educacionales, o salas de reunión o casinos en establecimientos industriales.<br />
En cada caso la cantidad de personas se calculará de acuerdo a la siguiente tabla:<br />
<br />
{| class="wikitable"<br />
|-<br />
! Destino!! m^2 por persona <br />
|-<br />
| Oficinas (superficie útil)|| 10,0<br />
|-<br />
| Comercio (Malls) :<br />
|-<br />
|Locales comerciales, en niveles con acceso exterior|| 10,0<br />
|-<br />
|Pasillos entre locales, en niveles con acceso exterior|| 5,0<br />
|-<br />
|Locales comerciales, otros niveles || 14,0<br />
|-<br />
|Pasillos entre locales, otros niveles || 7,0<br />
|-<br />
|Patios de comida y otras áreas comunes con mesas || 1,0<br />
|-<br />
| Otros :<br />
|-<br />
|Recintos de espectáculos (área para espectadores de pié) || 0,25<br />
|-<br />
|Capillas, Discotecas || 0,5<br />
|-<br />
|Salones de reuniones || 0,8<br />
|-<br />
|Area para público en bares, cafeterías, pubs || 1,0<br />
|-<br />
|Restaurantes (comedores), salones de juego || 1,5<br />
|-<br />
|Salas de exposición || 3,0<br />
|-<br />
|Hogares de niños || 3,0<br />
|-<br />
|Gimnasios, Academias de danza || 4,0<br />
|-<br />
|Hogares de ancianos || 6,0<br />
|-<br />
|Estacionamientos de uso común o públicos (superficie total) || 16,0<br />
|-<br />
|Hoteles (superficie total) || 18,0<br />
|-<br />
|Bodegas, Archivos || 40,0<br />
|}<br />
<br />
Los destinos no considerados en la tabla anterior deberán asimilarse a los allí señalados. <br><br />
En locales con asientos fijos se tomará el número de asientos. <br><br />
En aposentadurías corridas se considerará 0,45 m por persona. <br><br />
En caso de edificaciones con dos o más destinos se calculará la carga de ocupación correspondiente a cada sector según su destino. Cuando en un mismo sector se contemplen usos alternados deberá considerarse la carga de ocupación más exigente. <br><br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.5.''''' El ancho mínimo de cualquier sección de una vía de evacuación se determinará en base a la carga de ocupación de la superficie que sirve dicha sección. <br><br />
En el piso de salida de edificaciones de dos o más pisos se considerará como superficie servida la ubicada hasta en el nivel superior o inferior adyacente a dicho piso, sin incluir la superficie de los demás pisos. <br><br />
En caso de convergencia de un piso superior y uno inferior en un piso intermedio de salida, el ancho de la salida debe calcularse sumando el número de ocupantes de los pisos superior e inferior. <br><br />
Se exceptúan de lo indicado en este artículo las escaleras, cuyo ancho mínimo será determinado conforme al artículo 4.2.10. <br><br />
Las vías de evacuación pueden tener ancho variable siempre que se cumplan los anchos mínimos para cada tramo de ellas.<br<br />
Cuando se contemplen dos o más vías de salida, la superficie servida por dichas vías se dividirá según el número de salidas. <br><br />
<br />
'''alturas mínimas'''<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.6.''''' La altura mínima libre interior de las vías de evacuación será de 2,10 m medidos verticalmente en obra terminada desde el piso hasta la proyección más cercana del cielo, vigas u otros elementos salientes, salvo en el caso de las escaleras, en que la altura mínima se medirá trazando un arco de 1,80 m de radio desde la nariz de las gradas. En los vanos de puertas se admitirá una altura libre mínima de 2 m.<br />
<br />
'''Barandas'''<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.7. ''''' Todas las aberturas de pisos, mezaninas, costados abiertos de escaleras, descansos, pasarelas, rampas, balcones, terrazas, y ventanas de edificios que se encuentren a una altura superior a 1m por sobre el suelo adyacente,deberán estar provistas de barandas o antepechos de solidez suficiente para evitar la caída fortuita de personas. Dichas barandas o antepechos tendrán una altura no inferior a 0,95 m medida verticalmente desde el nivel de piso interior terminado en el plomo interior del remate superior de la baranda o antepecho, y deberán resistir una sobrecarga horizontal, aplicada en cualquier punto de su estructura, no inferior a 50 kg por metro lineal, salvo en el caso de edificios de uso público y todo aquel que, sin importar su carga de ocupación, preste un servicio a la comunidad, en que dicha resistencia no podrá ser inferior a 100 kg por metro lineal.<br><br />
<br />
En los tramos inclinados de escaleras se admitirá una altura mínima de baranda de 0,85 m, medida desde la nariz de los peldaños.<br><br />
La baranda se podrá suprimir en caso de recintos con fachada de cristales fijos o ventanas cuya apertura no sobrepase 0,12 m, que cuenten con antepecho,baranda o refuerzo interior de al menos 0,60 m de altura, medido desde el nivel de piso interior terminado, y que certifiquen una resistencia de los cristales a sobrecargas horizontales no inferior a la indicada en el inciso primero de este artículo.<br><br />
<br />
En los costados de una ruta accesible, que sea parte de la circulación del edificio, no podrán existir desniveles superiores a 0,30 m sin estar debidamente protegidos por barandas y un borde resistente de una altura no inferior a 0,30 m. <br><br />
<br />
Las barandas transparentes y abiertas tendrán sus elementos estructurales y ornamentales dispuestos de manera tal que no permitan el paso de una esfera de 0,125 m de diámetro a través de ellos. En las escaleras las aberturas triangulares formadas por la huella, la contrahuella y la barra inferior de la baranda podrán admitir el paso de una esfera de 0,185 m de diámetro. <br><br />
<br />
Se exceptúan de lo dispuesto en este artículo los andenes de transporte de personas o de carga y descarga de productos, los escenarios y otras superficies cuya función se impediría con la instalación de barandas o antepechos. <br><br />
<br />
'''Vías de evacuación'''<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.8.''''' Para los efectos de este Capítulo, los ascensores, escaleras mecánicas, rampas mecánicas y pasillos móviles no se considerarán vías de evacuación, con las excepciones que señala el artículo 4.2.21. de este mismo Capítulo. <br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.9.''''' Las áreas externas de una edificación, tales como patios, plazoletas, atrios o similares, susceptibles de ser ocupadas por personas, deben estar provistas de vías de evacuación conforme a este Capítulo.En estos casos la carga de ocupación del área externa será determinada por el arquitecto del proyecto según los usos estimados para dicha área.<br><br />
<br />
Cuando la salida de un área externa sea a través de una edificación, el número de ocupantes de dicha área debe ser considerado en el diseño de las vías de evacuación de la edificación.<br />
<br />
'''Escaleras'''<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.10.''''' La cantidad y ancho mínimo requerido para las escaleras que forman parte de una vía de evacuación, conforme a la carga de ocupación del área servida, será la que señala la siguiente tabla:<br />
<br />
{| class="wikitable"<br />
|-<br />
! N° de Personas!! Cantidad y ancho mínimo<br />
|-<br />
|hasta 50 || 1 1,10 m<br />
|-<br />
|Desde 51 hasta 100 || 1 1,20 m<br />
|-<br />
|Desde 101 hasta 150 || 1 1,30 m<br />
|-<br />
|Desde 151 hasta 200 || 1 1,40 m<br />
|-<br />
|Desde 201 hasta 250 || 1 1,50 m<br />
|-<br />
|Desde 251 hasta 300 || 2 1,20 m<br />
|-<br />
|Desde 301 hasta 400 || 2 1,30 m<br />
|-<br />
|Desde 401 hasta 500 || 2 1,40 m<br />
|-<br />
|Desde 501 hasta 700 || 2 1,50 m<br />
|-<br />
|Desde 701 hasta 1.000 || 2 1,60 m<br />
|}<br />
<br />
Cuando la carga de ocupación de una edificación sea superior a 1.000 personas deberá adjuntarse al proyecto un Estudio de Evacuación que determine la cantidad, disposición y características de las escaleras necesarias sobre las requeridas según la tabla anterior. <br><br />
<br />
Cuando se requieran dos o más escaleras, éstas deberán disponerse de manera tal que en cada piso constituyan vías de evacuación alternativas, independientes y aisladas entre sí. Si no existiere en un mismo piso acceso a dos o más escaleras como vías de evacuación de uso alternativo, la única escalera de evacuación accesible en cada piso deberá terminar en una terraza de evacuación que cumpla con las exigencias señaladas para éstas en el artículo 4.2.15. Tratándose de escaleras contiguas, deberán estar separadas por muros con resistencia mínima al fuego según el artículo 4.3.3. y sus puertas de acceso, en cada piso, deberán disponerse separadas por al menos 3 m.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.11.''''' Las escaleras de evacuación deben consultar pasamanos en un<br />
costado a lo menos y cumplir además los siguientes requerimientos:<br />
<br />
1. En los tramos inclinados el pasamanos debe ubicarse a una altura de entre 0,85 m y 1,05 m y en los descansos o vestíbulos a una altura de entre 0,95 m y 1,05 m. <br><br />
<br />
2. Los peldaños tendrán un ancho de huella no inferior a 0,28 m en proyección horizontal y una altura de contrahuella no mayor a 0,18 m ni menor a 0,13 m. Esta norma deberá cumplirse en cualquier peldaño que forme parte de una vía de evacuación. <br><br />
<br />
3. En las escaleras que forman parte de una zona vertical de seguridad los tramos deben ser rectos y las huellas de los peldaños y descansos deben ser antideslizantes. <br><br />
<br />
Se exceptúan de lo indicado en este artículo los peldaños de escaleras auxiliares de evacuación, las que se regirán por lo dispuesto en el artículo 4.2.16. de este mismo Capítulo.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.12.''''' Las escaleras interiores de evacuación terminarán en el piso de salida del edificio en un vestíbulo, galería o pasillo de un ancho mínimo de 1,80 m, el cual debe mantenerse hasta un espacio exterior comunicado a la vía pública.<br />
La distancia máxima desde la primera grada de la escalera hasta dicho espacio exterior no será mayor de 20 m. No obstante, dicha longitud podrá llegar hasta 40 m cuando el espacio al que se accede presente un riesgo de incendio muy reducido, por estar revestido con materiales no combustibles y tener una densidad de carga combustible inferior a 100 MJ/m2, determinada conforme a la norma NCh 1916. <br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.13.''''': En los pisos distintos al de salida del edificio, la distancia máxima desde la puerta de un departamento, oficina o local, hasta una escalera de evacuación en el mismo piso, será de 40 m, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 4.2.17.<br />
<br />
En edificaciones que cuenten con sistema de rociadores automáticos, avalado por un Estudio de Seguridad, la distancia señalada en el inciso anterior será de hasta 60 m.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.14.''''': En los pisos destinados a estacionamientos, bodegas e instalaciones de servicio del edificio, la distancia máxima desde cualquier punto del área de uso común hasta la escalera más cercana no será superior a 60 m, salvo que se trate de una planta abierta en al menos el 50% de su perímetro, en cuyo caso la distancia máxima será de 90 m. En ambos casos la distancia máxima podrá extenderse hasta en un tercio si la planta cuenta con<br />
un sistema de rociadores automáticos avalado por un Estudio de Seguridad.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.15.''''': En los edificios de 10 o más pisos que cuenten con solo una escalera de evacuación, ésta deberá terminar en el nivel de cubierta en una terraza de evacuación, la cual deberá tener un ancho libre mínimo de 3 m y un área no menor a 0,2 m2 por persona, calculada en base a la carga de ocupación del sector del edificio ubicado por sobre la mitad del recorrido de evacuación de la escalera.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.16.''''': En obras de rehabilitación de inmuebles, en que la disposición de escaleras de las características señaladas en los artículos anteriores presente especial dificultad, el Director de Obras Municipales podrá autorizar escaleras auxiliares de evacuación situadas al exterior de la edificación, las cuales deberán cumplir las siguientes condiciones:<br />
<br />
1. El ancho libre del recorrido se calculará de acuerdo a la regla general, pudiendo tener un mínimo de 0,90 m.<br />
<br />
2. Los peldaños tendrán una huella no menor a 0,21 m, una contrahuella no mayor de 0,20 m, y sus tramos serán rectos.<br />
<br />
3. Contarán con defensas o barandas de acuerdo a la regla general, debiendo agregarse, en caso necesario, defensas adicionales que contrarresten posibles sensaciones de vértigo.<br />
<br />
4. Los accesos a la escalera estarán debidamente señalizados, podrán situarse al interior de los departamentos, oficinas o locales y su tramo inferior podrá ser retráctil o desplegable. <br />
<br />
Estas escaleras auxiliares podrán ser de estructura metálica, sin protecciones contra incendio.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.17.''''': Cuando los pasillos de un edificio queden en situación de fondo de saco con respecto a la escalera de evacuación, las puertas de acceso a las unidades no podrán ubicarse a una distancia superior a 10 m respecto de la escalera, salvo que el pasillo esté protegido contra el fuego de acuerdo al artículo 4.3.27. de este mismo Título.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.18.''''': Los pasillos tendrán un ancho libre mínimo de medio centímetro por persona, calculado conforme a la carga de ocupación de la superficie servida, con un ancho mínimo de 1,10 m. En el caso de pasillos que sirvan a varios pisos, el cálculo se efectuará según las reglas del artículo 4.2.5. de este mismo Capítulo.<br />
<br />
Cuando se trate de ocupaciones menores de 50 personas, o en caso de pisos subterráneos destinados a estacionamientos, bodegas o instalaciones de servicio, el ancho mínimo será de 1,10 m.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.19.''''': Los pasillos o galerías que formen parte de una vía de evacuación carecerán de obstáculos en el ancho requerido, salvo que se trate de elementos de seguridad ubicados en las paredes que no reduzcan en más de 0,15 m el ancho requerido.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.20.''''': Las rampas previstas como recorrido de evacuación se asimilarán a los pasillos en el dimensionamiento de su ancho y tendrán una pendiente máxima de 12%, sin perjuicio del cumplimiento, cuando corresponda, de las condiciones establecidas para personas con discapacidad en el artículo 4.1.7. de este mismo Título.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.21.''''': Las rampas mecánicas y los pasillos móviles podrán considerarse como parte de una vía de evacuación, cuando no sea posible su utilización por personas que trasladen carros de transporte de mercaderías y además estén provistos de un dispositivo de parada manual debidamente señalizado, sin perjuicio de su conexión a sistemas automáticos de detección y alarma.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.22.''''': Las puertas de escape deben ser fácilmente reconocibles como tales. En ningún caso podrán estar cubiertas con materiales reflectantes o decoraciones que disimulen su ubicación.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.23.''''': El ancho mínimo requerido conforme al artículo 4.2.5. de este mismo Capítulo debe cumplirse, en el caso de las puertas, sumando los anchos libres de salida de cada una. Dicha medida no podrá ser inferior al ancho mínimo requerido para los pasillos que sirven a las puertas.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.24.''''': Las puertas de escape tendrán un ancho nominal de hoja no menor a 0,85 m y un alto no menor de 2 m. Cuando contemplen mecanismos de apertura o dispositivos anti pánico, estos deberán ubicarse a una altura de 0,95 m.<br />
<br />
El ancho libre de salida, en ningún caso, podrá ser menor a 0,80 m, y el espesor horizontal del umbral de la puerta o vano de escape no podrá ser mayor a 0,60 m.<br />
<br />
En el piso de salida del edificio, la puerta de salida de la escalera de evacuación tendrá un ancho nominal de hoja no menor a 0,90 m.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.25.''''': Las puertas de acceso a una escalera de evacuación no pueden obstruir, durante su apertura, más de un tercio del ancho libre requerido para la escalera.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.26.''''': Las puertas de escape deben abrir en el sentido de la evacuación siempre que el área que sirvan tenga una carga de ocupación superior a 50 personas.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.27.''''': Las puertas de escape deben abrir desde el interior sin la utilización de llaves o mecanismos que requieran algún esfuerzo o conocimiento especial.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.28.''''': Las puertas giratorias o deslizantes que sirvan a un número de ocupantes de 10 o más personas no podrán ser consideradas puertas de escape.<br />
Se exceptúan de lo dispuesto en el inciso anterior las puertas giratorias o deslizantes que dispongan de un sistema que permita el abatimiento de sus hojas en el sentido de la evacuación, mediante la aplicación manual de una fuerza no superior a 14 kg. <br />
<br />
*'''''Artículo 4.2.29.''''': Todas las vías de evacuación y sus accesos deben identificarse mediante señales de gráfica adecuada. En cada caso deben contemplarse las señales necesarias para facilitar la evacua<br />
</div><br />
<br />
====Capítulo 7: Teatros y otros locales de reuniones.====<br />
<div class="mw-collapsible mw-collapsed"><br />
*'''''Artículo 4.7.1.''''' Los edificios destinados a teatros, auditorios y salas de exhibiciones cinematográficas, comprendidas todas ellas bajo la denominación genérica de teatros y otros locales de reuniones públicas, deben cumplir los requisitos siguientes:<br />
<br />
1. Los locales con cabida superior a 1.000 personas deben tener acceso a dos calles de ancho no inferior a 12 m o bien a una calle de ancho no inferior a 12 m y a un espacio libre que comunique directamente con una calle y que tenga un ancho superior a 3 m, siempre que los muros colindantes de este espacio sean asísmicos y con resistencia a la acción del fuego correspondiente a lo menos a la clase F-60, según la norma NCh 935/1, o la que la reemplace.<br />
<br />
2. Los locales con cabida mayor de 500 y menor de 1.000 personas deben tener un acceso principal directamente a una calle y, además, uno de sus costados, con acceso directo a calle por medio de un espacio libre o patio de un ancho no menor de 2,60 m siempre que los muros colindantes de este patio o espacio libre sean asísmicos y con resistencia a la acción del fuego correspondiente a lo menos a la clase F-60, según la norma NCh 935/1, o la que la reemplace. Podrá aceptarse el acceso a una sola calle cuando el eje principal de la sala de espectáculos sea paralelo a aquélla y ninguna localidad (asiento de una sala de espectáculos) diste más de 25 m de la puerta de salida a dicha calle.<br />
<br />
3. Los locales con cabida inferior a 500 personas deben tener su acceso principal directamente a una calle o a un espacio libre de ancho no menor de 9 m.<br />
<br />
4. Sin embargo, todos los locales con cabida inferior a 1.000 personas podrán tener acceso a calle por medio de dos pasillos independientes de ancho no menor de 3m, o por un espacio libre de ancho no menor a 5 m, siempre que los edificios que rodean los pasillos o espacios libres sean asísmicos y construidos con resistencia mínima al fuego de tipo b.<br />
<br />
Los anchos fijados para los patios, pasillos y otros espacios libres se medirán entre paramentos de columnas u otros elementos salientes de la construcción.<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.2.''''' :Los espacios libres o patios laterales a que se refiere el artículo anterior podrán tener un ancho constante en toda su longitud o tener un ancho creciente desde la línea del muro de boca del proscenio o de los locales más lejanos destinados al público, hasta la calle, conservándose el ancho medio indicado. <br />
<br />
Estos patios o espacios libres tendrán su piso o pavimento en un solo plano. Podrán tener rejas de todo su ancho en la línea de la calle, dispuestas de manera que puedan mantenerse abiertas durante los espectáculos o reuniones. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.3.''''': Los edificios a que se refiere el presente Capítulo deben construirse cumpliendo las respectivas exigencias establecidas en la presente Ordenanza y, en especial, las normas de este Capítulo, las que prevalecerán sobre las de carácter general de esta Ordenanza cuando ambas estén referidas a una misma materia. <br />
<br />
Estos edificios deberán construirse de las clases A o B que establece el artículo 5.3.1. de esta Ordenanza, cuando su cabida total sea superior a 1.000 personas, o cuando las aposentadurías para personas comprendan más de un piso principal y un balcón o galería. <br />
<br />
En los sectores destinados a las aposentadurías o a los asientos fijos, según corresponda, se consultarán espacios libres horizontales de 1,20 m de largo por 0,90 m de ancho, reservados para personas con discapacidad en silla de ruedas. Deberán estar antecedidos o precedidos de un espacio libre y horizontal de un diámetro mínimo de 1,50 m que permita el giro en 360° de una silla de ruedas. Se ubicarán uniformemente repartidos en la sala e integrados en los costados de las líneas de aposentadurías o de asientos fijos, de modo que la persona con discapacidad en silla de ruedas pueda ser asistida o acompañada en todo momento. Se ubicarán, además, próximos al nivel de acceso de la sala y la circulación interior para acceder a los espacios libres deberá tener 0,90 m como ancho mínimo, estar libre de peldaños y conectada a la ruta accesible. Estos espacios libres deberán estar señalizados con el Símbolo Internacional de Accesibilidad (SIA).<br />
<br />
La cantidad mínima de espacios libres se calculará según la siguiente tabla:<br />
{| class="wikitable"<br />
|-<br />
!Cantidad de Asientos !! Cantidad de espacios libres horizontales para Personas con Discapacidad !! <br />
|-<br />
|desde 1 hasta 50 || 1 ||<br />
|-<br />
|desde 51 hasta 100 || 2 ||<br />
|-<br />
|desde 101 hasta 150 || 3 || <br />
|-<br />
|desde 151 hasta 300 || 4 || <br />
|-<br />
|desde 301 hasta 500 || 5 || <br />
|-<br />
|desde 501 hasta 5000 ||5 + 1 por cada 300 o fracción, entre 501 y 5000 || <br />
|-<br />
|sobre 5000 || 19 + 1 por cada 500 o fracción, sobre 5000 || <br />
|}<br />
<br />
<br />
El diseño de la línea de visión para los espacios libres a los que se refiere el inciso precedente deberá ser similar al previsto para los demás espectadores, no pudiendo ser interrumpida por espectadores de pie en caso que les antecedan una o más filas de graderías, aposentadurías o asientos fijos. Estas mismas reglas se aplicarán a los anfiteatros o <br />
las graderías que se consulten al interior de espacios públicos o privados. Si contaren con escenario, se aplicará lo dispuesto sobre esta materia en el artículo 4.7.7. de esta Ordenanza.<br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.4.''''': Los locales o salas destinadas a los usos a que se refiere el presente Capítulo deberán estar totalmente rodeados de muros cortafuego.<br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.5.''''': Los teatros que no tengan su sala principal en primer piso deberán cumplir los requisitos siguientes: <br />
1. El edificio debe construirse en su totalidad de las clases A o B de la presente Ordenanza. <br />
<br />
2. Los vestíbulos, pasadizos y escaleras que conduzcan a las salas de espectáculos y demás destinadas al público deben ser independientes de los locales situados en primer piso. <br />
<br />
3. No podrán consultarse recintos bajo o encima del ocupado por la sala del teatro, que puedan destinarse a depósito o para la venta de productos o materiales inflamables, o que puedan originar incendios. <br />
<br />
4. Las escaleras que den acceso a los recintos del piso principal del teatro serán de tramos rectos separados por descansos y tendrán un ancho no inferior a 2 m. No habrá más de 16 gradas por tramo y la altura de éstas no será mayor de 0,16 m y el ancho no inferior a 0,30 m, debiendo mantenerse la condición: 2 h + a = 0,62 m si se adoptaren cifras distintas de esos límites. <br />
<br />
5. El ancho total de los pasillos o zaguanes de salida, así como el de las puertas de <br />
acceso a los recintos para el público, será equivalente a 1 m por cada 125 espectadores que puedan transitar por ellos.<br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.6.''''': La capacidad volumétrica de los locales destinados a los espectadores no será inferior a 3 m3 por persona, debiendo, en todo caso, establecerse la ventilación de manera que se aseguren las condiciones higiénicas que prescriban las normas oficiales correspondientes. No obstante, podrá disminuirse esta capacidad cúbica en caso de emplearse medios mecánicos adecuados. <br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.7.''''': Los escenarios y los camarines de los artistas tendrán acceso independiente al de los espectadores. <br />
<br />
No se permitirá otra comunicación que la boca del escenario entre aquellos recintos y la sala de espectáculos. <br />
<br />
En caso que los edificios a los que se refiere este capítulo, contemplen un escenario, éste deberá ser accesible desde la sala de espectáculos. El desnivel entre el escenario y el nivel de la sala contiguo a éste, se salvará a través de una rampa antideslizante de ancho mínimo de 0,90 m, con pendiente máxima de 10% y protección lateral de al menos 10 cm de alto, o con un dispositivo mecánico elevador que permita su uso en forma autónoma y segura.<br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.8.''''': Los camarines de los artistas no tendrán menos de 4 m2 por persona; podrán alumbrarse y ventilarse artificialmente, y estarán provistos de servicios higiénicos completos y separados para ambos sexos. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.9.''''': La autoridad municipal podrá hacer instalar, por cuenta del propietario, grifos contra incendio en la acera contigua al teatro o sala de reuniones de cabida superior a 300 personas. Estos grifos se ubicarán a una distancia aproximada de 50m de la puerta principal del edificio. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.10.''''': Los locales destinados a talleres y habitaciones de cuidadores deberán contar con accesos independientes a los de los espectadores. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.11.''''': En la techumbre del escenario se dispondrán claraboyas de cierre hermético, que puedan abrirse o romperse en caso de incendio. Estas claraboyas tendrán una superficie equivalente a 1/10 del área de dicho local. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.12.''''':Los teatros y salas de reunión estarán dotados de doble instalación de luz; una especial de seguridad, destinada a la sala de espectáculos, vestíbulos, corredores, pasillos y puertas de escape, que se establecerá con artefactos protegidos y de manera que no quede expuesta a interrupciones por ninguna causa de origen interno; y la instalación general, que deberá funcionar independientemente de la anterior, de acuerdo con la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.<br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.13.''''': No se permitirá consultar instalaciones que empleen esencias minerales, alcoholes y líquidos inflamables para el alumbrado, calefacción o ventilación de las salas de espectáculos y recintos destinados al público. Sin embargo, se permitirá emplear los sistemas de calefacción a petróleo, siempre que el campo productor de calor se encuentre fuera de la sala. <br />
<br />
Se prohíbe, asimismo, la colocación de generadores de gas, electricidad, vapor o agua caliente en los locales mismos destinados al público. <br />
<br />
Los generadores deben instalarse en locales especiales, construidos sin comunicación alguna con la sala de espectáculos, escenario, vestíbulos, corredores y escaleras para el uso del público. <br />
<br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.14.''''': El ancho de los pasillos, puertas interiores, corredores, escaleras, puertas de calle y demás pasos y salidas, ubicados en el trayecto que deben seguir las personas al desalojar un teatro o sala de reuniones, se determinará a razón de 1 m por cada 125 personas que por ellos deban pasar, de acuerdo con la cabida correspondiente.<br />
<br />
Las puertas exteriores del frente principal y las de acceso a las salas de espectáculos de los teatros, cualquiera que sea su cabida, tendrán un ancho no inferior a 2 m y la suma total de sus anchos deberá cumplir con lo dispuesto en el inciso anterior. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.15.''''': Las puertas de los locales destinados al público deberán abrirse hacia afuera y estar provistas de dispositivos de suspensión que permitan abrirlas o eliminarlas con toda rapidez en los casos de alarma. <br />
Estas puertas de acceso para las personas serán independientes de las que se consulten para el servicio de vehículos. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.16.''''': Las puertas laterales y de escape, y las de pasillos y vestíbulos que conduzcan a las escaleras, tendrán letreros luminosos sobre su dintel con la indicación de "Salida". <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.17.''''': Se establecerán escaleras o rampas independientes de la sala misma, para las aposentadurías superiores o inferiores, sean éstas balcones o galerías. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.18.''''': Las escaleras deben cumplir con los siguientes requisitos: <br />
<br />
1. Entregarán a vestíbulos que estén en comunicación directa con las aposentadurías que sirvan y serán de ancho libre no menor de 1,20 m. <br />
<br />
2. Serán de tramos rectos, separados por descansos de longitud no inferior a 1,20 m. Los descansos en los cambios de dirección no tendrán un largo inferior al ancho de la escalera. <br />
<br />
3. Cada tramo podrá tener hasta 16 gradas y cada una de éstas no tendrá más de 0,16 m de altura, ni ancho menor de 0,30 m. <br />
<br />
4. Cuando el ancho de la escalera sea superior a 3 m, se deberá agregar a los pasamanos laterales un doble pasamanos central que la divida en dos secciones paralelas. <br />
<br />
5. Las aposentadurías superiores o inferiores al primer piso, con cabida superior a 500 personas, deberán estar provistas de dos escaleras, ubicadas en lados opuestos. <br />
<br />
6. Las escaleras y cajas de escaleras que sirvan los locales destinados al público no podrán tener comunicación alguna con los subterráneos o pisos en el subsuelo del edificio. <br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.19.''''': No podrá haber gradas o peldaños en el piso de la sala principal ni en el de los vestíbulos, pasillos y corredores ligados con ellos. Las diferencias de nivel se salvarán con planos inclinados de pendiente no mayor de 10%. Para rampas de más de 10m de desarrollo, la pendiente disminuirá proporcionalmente. <br />
<br />
Sin perjuicio de lo anterior, cuando el sistema de proyección corresponda a pantalla panorámica, regirán las siguientes disposiciones para el piso de la platea, escaleras y escapes: <br />
<br />
1. El plano inclinado del piso de la platea tendrá una pendiente máxima del 15%. <br />
<br />
2. Si se produjeran pendientes mayores se salvarán con gradas que se distribuirán uniformemente en la parte del pasillo de mayor pendiente. <br />
<br />
3. Se permitirán soluciones mixtas de rampas y gradas, si se adoptan sistemas especiales de iluminación que señalen cada grada y comunicando, separadamente, al "Escape", la zona de gradas y la zona de rampa.<br />
<br />
4. Los pasillos centrales de platea se comunicarán con el foyer, sin producir cambios de dirección. <br />
<br />
5. Las escaleras tendrán una sola dirección y comunicarán directamente a la calle o espacios públicos comunicados con ella. Sus tramos serán rectos, de no más de 16 gradas por tramo y en que se cumpla la relación de 2h + a = 0,62 m. <br />
<br />
6. Regirán, además, todas las disposiciones del presente Capítulo que no se contrapongan a las aquí enunciadas. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.20.''''': No se permitirán pasillos, escaleras, corredores, o similares que puedan originar corrientes encontradas de tránsito, ni instalaciones de quioscos, mostradores, lamparas giratorias o no, o cualquiera otra instalación que entorpezca la fácil y rápida desocupación de los locales en casos de incendio o pánico. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.21.''''': Los teatros, locales de espectáculos públicos y de reuniones, deberán tener en cada piso servicios higiénicos para ambos sexos, en la siguiente proporción, de acuerdo con su capacidad: <br />
<br />
1. Hasta 1.000 personas, un inodoro por cada 125 personas y un urinario por cada 70 personas. <br />
<br />
2. Sobre 1.000 y hasta 2.000 personas, un inodoro más por cada 250 personas y un urinario más por cada 125. <br />
<br />
3. Sobre 2.000 y hasta 3.000 personas, un inodoro más por cada 500 personas y un urinario más por cada 250.<br />
<br />
4. Sobre 3.000 personas, un inodoro más por cada 1.000 y un urinario más por cada 500 personas.<br />
<br />
5. Los camarines tendrán los servicios higiénicos que determine la Dirección de Obras Municipales. <br />
Además de los artefactos indicados en los números 1. al 4., habrá un lavamanos por cada inodoro independiente y cuando éstos estén agrupados en una sola unidad, habrá como mínimo un lavamanos por cada 4 inodoros.<br />
<br />
Los teatros y otros locales de reuniones, deberán contar con un recinto independiente destinado a servicio higiénico para personas con discapacidad conforme a los requisitos y características establecidas en el artículo 4.1.7. de esta Ordenanza, debiendo agregarse un recinto más por cada 200 personas o fracción que exceda de esa cantidad. <br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.22.''''': La disposición de los asientos para el público, en salas con cabida superior a 500 personas, deberá cumplir con las siguientes prescripciones: <br />
<br />
1. Los pasillos interiores de platea tendrán un ancho mínimo de 1,20 m en su punto más cercano al escenario. Este ancho se aumentará hacia los puntos de salida, en un mínimo de 0,025 m por cada metro de longitud de pasillo. <br />
<br />
2. Los pasillos de platea que sirvan asientos de un solo lado tendrán un ancho mínimo de 0,65 m en su punto más próximo al escenario. Este ancho se aumentará hacia los puntos de salida en un mínimo de 0,015 m por cada metro de longitud del pasillo. <br />
<br />
3. La distancia mínima entre respaldo y respaldo de los asientos de platea será de 0,90 m y 1,00 m para los de funciones rotativas. <br />
<br />
4. Las butacas tendrán los asientos plegables y un ancho libre entre brazos no inferior a 0,45 m. <br />
<br />
5. No podrán ubicarse más de 18 asientos en una fila de platea entre dos pasillos, ni más de 14 en los balcones o galerías. <br />
<br />
6. No podrán disponerse más de 9 asientos por fila con acceso a un solo pasillo de platea, ni más de 7 en los balcones o galerías. <br />
<br />
7. La altura mínima entre el piso y el cielo, medida en el eje del asiento más alto, no será inferior a 2,50 m. <br />
<br />
8. La distancia horizontal entre el muro de boca y el asiento más próximo, destinado a los espectadores, no podrá ser inferior a 6 m en los teatros de representaciones, ni a 5 m en las salas de audiciones musicales o exhibiciones cinematográficas y otras salas de reunión. La distancia de la pantalla en las exhibiciones cinematográficas al espectador más próximo será de 10 m como mínimo. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.23.''''': Las salas destinadas a los espectadores estarán provistas de dispositivos eficaces o de instalaciones mecánicas de ventilaciones y de calefacción, proyectadas en consideración a las condiciones climáticas locales. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.24.''''' Las cabinas de cinematógrafos deberán cumplir con los siguientes requisitos:<br />
<br />
1. Tendrán un cubo interior de 20 m3 a lo menos por cada aparato proyector. <br />
<br />
2. Estarán provistas de medios adecuados para extinguir el incendio de películas. <br />
<br />
3. Tendrán una sola puerta de acceso, que abrirá hacia afuera y que cerrará en forma hermética.<br />
<br />
4. Las aperturas indispensables irán provistas de obturadores de cierre hermético.<br />
<br />
5. El acceso debe hacerse desde el exterior de la sala. <br />
<br />
6. Tendrán ventilación directa al exterior enteramente aislada de la sala. <br />
<br />
7. Estarán dotadas de una caja para guardar películas, de cierre hermético. <br />
<br />
8. Estarán dotadas de un servicio higiénico para el o los operadores. <br />
<br />
<br />
*'''''Artículo 4.7.25.''''': Ningún teatro, sala de baile o de reunión podrá abrirse al uso público sin la inspección y aprobación previas de la construcción del edificio como de sus instalaciones eléctricas, de calefacción, de higiene y otras, por la Dirección de Obras Municipales.<br />
</div><br />
----<br />
<br />
<br />
===Lugar de emplazamiento===<br />
<br />
<gallery mode="slideshow"><br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.18.JPG<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.19.JPG<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.20.JPG<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.21.JPG<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.23.JPG<br />
</gallery><br />
<br />
----<br />
<br />
<br />
===Entregas Ciclo 02===<br />
<br />
<br />
----<br />
<br />
====ERE Grupal====<br />
<br />
<gallery mode="slideshow"><br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.65.JPG|<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.66.JPG|<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.67.JPG|<br />
</gallery><br />
<br />
<br />
----<br />
<br />
<br />
====ERE Grupal Final====<br />
<br />
<gallery mode="slideshow"><br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.55.PNG|<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.56.PNG|<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.57.PNG|<br />
</gallery><br />
<br />
<br />
----<br />
<br />
====Lámina Final ERE====<br />
<br />
[[Archivo:AdmirariConsultora.TCT.LFE.PDF|center]]<br />
<br />
----<br />
<br />
====Lámina Campos de Abstracción y experimento de la taza====<br />
<br />
[[Archivo:AdmirariConsultora.TCT.LCA.PDF|center]]<br />
<br />
----<br />
<br />
<br />
====Campo de Abstracción====<br />
<br />
<gallery mode="slideshow"><br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.69.JPG|<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.70.JPG|<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.71.JPG|<br />
</gallery><br />
<br />
<br />
----<br />
<br />
====Lámina Fundamento Campo de Abstracción====<br />
<br />
[[Archivo:AdmirariConsultora.TCT.LCCA.PDF|center]]<br />
<br />
----<br />
<br />
<br />
===Entregas Ciclo 03 - Proyecto Final===<br />
<br />
<br />
<br />
====Lámina Fundamento Proyecto Final====<br />
<br />
[[Archivo:AdmirariConsultora.TCT.LFPF.PDF|center]]<br />
<br />
----<br />
<br />
====Lámina Vistas Proyecto Final====<br />
<br />
[[Archivo:AdmirariConsultora.TCT.LVPF.PDF|center]]<br />
<br />
----<br />
<br />
====Lámina Planimetrías Proyecto Final====<br />
<br />
[[Archivo:AdmirariConsultora.TCT.LPPF.PDF|center]]<br />
<br />
----<br />
<br />
====Maqueta Proyecto Final====<br />
<br />
<gallery mode="slideshow"><br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.60.JPG|<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.72.JPG|<br />
Archivo:AdmirariConsultora.TCT.73.JPG|<br />
</gallery><br />
<br />
----</div>Catalinasalasbarahonahttps://wiki.ead.pucv.cl/index.php?title=Archivo:AdmirariConsultora.TCT.60.JPG&diff=1321218Archivo:AdmirariConsultora.TCT.60.JPG2022-07-05T19:48:45Z<p>Catalinasalasbarahona: </p>
<hr />
<div><br />
== Licencia ==<br />
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<hr />
<div><br />
== Licencia ==<br />
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<hr />
<div><br />
== Licencia ==<br />
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