Amunche
Título | Amunche |
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Tipo de Proyecto | Proyecto de Taller |
Palabras Clave | ciudad-teatro |
Período | 2021-2021 |
Asignatura | Taller del Programa y Forma de la Edificación |
Del Curso | Taller del Programa y Forma de la Edificación 2º Semestre 2021 |
Carreras | Arquitectura |
Alumno(s) | Carolina Olivares Rojas, Vicente Agustín Fernández Carmona, Camila López |
Profesor | Andrés Garcés, Paula Andrea Olmedo Latoja |
Consultora Amunche
¿Quiénes Somos?
Amunche nace como una consultora independiente focalizada en el diseño arquitectónico de teatros y sus instancias comunitarias, de allí surge el nombre Amunche, que en mapudungun significa gente junta. Nuestro trabajo sigue una línea programática arraigada al territorio y a las necesidades de las personas que lo habitan, creando espacios de recuperación del tejido urbano, que fomentan el uso del espacio público y sus diversas instancias culturales mediante el incentivo a la realización de puestas en escena comunitarias y abiertas.
Visión
Proponemos crear vínculos entre el contexto del emplazamiento de la obra y el uso potencial que le pueda dar la comunidad; buscando abordar estos tópicos mediante un minucioso trabajo de acústica, iluminación y orientación de la escena, poniendo en valor las virtudes presentes en el espacio, el cual sea de carácter público y de reducido costo de mantenimiento y funcionamiento; creemos que así, estamos regalando a la comunidad momentos de encuentro, organización, congregación y por supuesto instancias de distendimiento por medio de las artes escénicas; siempre en mira de ocasionar una temperie donde las personas hagan aparecer la hospitalidad y el encuentro en torno al teatro, estando en un permanente hallazgo de los modos de usos de la espacialidad, de tal manera de ir conformando o potenciando una identidad, un arraigo, un lugar abierto a ser descubierto, donde los ciudadanos puedan ir a “ver” y ser “vistos” en un acto de representación de la vida comunitaria.
Presentación
Principios de la Teatralidad
Amuche constituye una consultora que trabaja desde lo comunitario, poniendo la identidad territorial y su revalorización como un fundamento primordial al momento de abordar nuevos desafíos y propuestas. Así es como abordamos el territorio desde una mirada integral que busca romper con la dicotomía de establecer límites espaciales, encontrándonos con una continuidad de pertenencia y abertura, un espacio constantemente dispuesto a la comunidad y su uso, dando instancias de plaza y recreación en el alero del teatro, creando lugares públicos donde los diversos actos escénicos puedan aparecer. Nuestro trabajo entiende el complejo edificado como una espacialidad integrada a su contexto, donde la forma nace de las virtudes del lugar, como un medio de potenciar el encuentro en torno a nuestras propuestas, así que creamos instancias para la recreación y retiro, un espacio abocado a los sentidos, donde las personas puedan ir a salir de su entorno, sin distanciarse de él, ello lo abordamos con un trabajo minucioso de la luminosidad, la orientación, y la acústica del espacio, creando una atmósfera abierta pero contenida, en donde se cree una demora, una distensión especial, que dé cabida al acto escénico, tanto esporádico como formal, dando una permanencia orientada hacia él.
Vinculo entre el teatro y su entorno
El vínculo de la espacialidad teatral, se da en la continuidad de lo público, aquello que permite un traspaso mediado del cuerpo, el cual crea bordes que vinculan los lugares y producen un ámbito, una atmósfera a la permanencia y el encuentro, contenido con un fuerte arraigo identitario, el cual se abre a la comunidad, su territorio y su ciudad.
Inicio de la Teatralidad desde el sonido
La acústica da cabida al acto primero, aquello que llama y proclama un comienzo, la teatralidad se ubica para dar este llamado, así es como está acústica transforma el espacio y lo reorienta, ocasionando una expectación tanto para aquellos predispuestos, como para aquellos que se hallaban en espera, el acto aparece como un regalo y una sorpresa ocasionada por este sonido primero cobijado por la acústica.
Pendiente dispuesta a la permanencia
La pendiente cumple un rol preponderante en la constitución del teatro, esta da consuelo a su conformación, pues es un espacio que convoca a la vista y orienta el cuerpo; es aquello que sostiene la permanencia dirigida, crea una natural tensión focal de “lo por delante” que es intermediado por un vacío, que con la adecuada construcción de la espacialidad logra encauzar una atmósfera que reconoce las virtudes de la pendiente y da instancia al acto escénico, esta contención es mediada por taludes que dan borde más no limite al espacio, dando ocasión a la estrechez, un vacío que dirige y da nivel, la posibilidad de salir del espacio mediante el cambio.
Transición de la espera a la expectancia
El teatro busca encauzar el tránsito, demorarlo y cautivarlo, para ello es esencial lo público, este espacio de intermediación que permea la vista y los sentidos, crea un vínculo que seduce mediante la extensión y la demora gracias a la curvatura, esto da una distancia proporcionada tanto en suelo como en tiempo para encontrarse con el acto, poder ver y hallar instancia desde un flujo público a la intimidad escénica, y generar este momento cúspide pero dirigido del encuentro.
Luz que dispone la escena
La atmósfera teatral amerita otorgar refugio y resguardo mediante el tamiz de la luz, aquello que permite la estancia, que intercede y demora el recorrer por su goce sensorial, el que decae en el permanecer en el lugar; da acogida tanto al espectador como a la escena, y da espacio a esta distensión de abierta disposición a ver, contemplar y disfrutar los momentos y el lugar.
Contención Atmosférica del Ámbito Escénico
Nos damos paso a esta puesta de escena, en la que se surge esta dimensión de lo sensitivo, la que se orienta en los elementos concéntricos, donde la espacialidad se proporciona a favor de lo en “en común”. Hacemos aparecer lo lejano, que disponga de una corporalidad que surja desde el centro. La música aparece como el desarrollo de un acto contenido, en el que se da este frente visual, abarcando el espacio mediante el sonido. Se produce una jerarquía de aquello que se dispone en la escena para ser visto desde la pendiente, en donde el espacio emerge desde la vista y los sentidos, en el que se crea esta contención de una atmósfera que se dispone a lo orientado.
Encuentro Hospitalario
El rol público de nuestros espacios ampara el acto previo a la performance escénica, donde el encuentro aparece como un acto primordial en la continuidad del uso de la espacialidad, independientemente exista o no el acto escénico, es así como la espacialidad y su autovalencia y sustentabilidad en el tiempo exige que abordemos el lugar desde una perspectiva comunitaria y colectiva, que haga que la comunidad vea el espacio como una oportunidad para el diálogo, el encuentro y la convivencia.
Sentido de Identidad/Arraigo territorial
Creemos que el Teatro presenta una reflexión sobre lo que es, lo que fue y lo que podría llegar a ocurrir, siendo un contexto del territorio en el que está. Por eso, hacemos el vínculo con el entorno para crear una forma no invasiva que aparece para integrar la cultura y la forma de vivir del público.
Orientación abocada al acto escénico
El espacio presenta las posibilidades para construir y dirigir un acto en específico, a nivel teatral la envolvente crea momentos para ver y ser visto, siendo un ápice de la concepción de la teatralidad como acto; la escena entonces debe contener estos actos a través de los elementos que la constituyen, desde una neutralidad sensitiva, para disponer el cuerpo a encontrarse con lo nuevo.
Extensión que da lugar
Como mencionamos anteriormente el contexto constituye lugar, el cual debe ser propicio para hacer aparecer la expresión teatral, un emplazamiento que condicione una libertad del habitar y permita este encuentro con lo teatral, es así como la atmósfera edificada debe mediar los sentidos con su entorno, dando una continuidad y reconociendo su emplazamiento sin darle mediada a este, sino que libertades para poder proyectarse sobre él y hacerlo propio, una unificación del espacio sin mover el cuerpo, sino más bien tanteando con la mirada y el oído el entorno y sus regalos.
Isomorfismo
Caso de Estudio Referenciales
- Caso 1
Vicente Fernández Carmona Vicente Fernández Carmona-Caso Referencial 1-2°S2021
Camila López Calderon Camila López Calderon -Caso Referencial1-2°S 2021.
Carolina Olivares Rojas Carolina Olivares Rojas-Caso Referencial 2oS 2021
- Caso 2
Vicente Fernández Carmona
Camila López Calderon: Camila López Calderón-Caso Referencial 2-2ºS 2021.
Carolina Olivares Rojas Carolina Olivares Rojas-Caso Referencial II 2oS 2021
- Caso 3
Vicente Fernández Carmona
Camila López Calderón: Camila López Calderon -Caso Referencial 3-2°S 2021.
Carolina Olivares Rojas
- Caso 4
Vicente Fernández Carmona
Camila López Calderón: Camila López Calderon -Caso Referencial 4-2°S 2021.
Carolina Olivares Rojas
Campo de abstracción Geometría intangible entre cuerpo y lugar
Estudio de Movimientos
Levantamiento
El espacio escogido se da en la ciudad en una plaza ubicada en recreo, se encuentra constituida por juegos mecánicos y en el que, nos logramos reunir en especifico es en un resbalin con las medidas aproximadamente de 2m de alto x 2.70m de ancho. Sin contar el área que utilizara el cuerpo en el espacio.
Geometría
Se realiza una proyección del campo de abstracción en condición de las posturas realizadas por los cuerpos y constituidas por la cualidad del espacio. Es por esto que se trabaja en un primer momento con hilo uniéndose y tensándose entre si para dar forma al cuerpo y al espacio en lo expuesto en la geometría.
Lo que nos lleva a la forma proyecta definitiva del cuerpo abstracto. En el que se logra percibir un apoyo en común en lo concéntrico de la forma y en su interior, en el que los cuerpos lograban un punto de encuentro para dar lugar a la postura que se extendía en la forma.
- Proceso de Construccion
Primera Proyección
Se da lugar a los cuerpos en modulación de la forma proyectada en el cual, un espacio interno y central se da en esta forma de las posturas propuestas y la suma de tetraedros unidos y tensionados entre sí.
Presentación final
Una forma proyectada en lo sensitivo de las posturas dispuesta da cuenta de una secuencia de espacios que exponen el cuerpo del espacio, un estacio interno, central y periférico, permite mostrar como una gestualidad demarcante en una espacio definido, da lugar a rigidez, tensión y endeble del cuerpo y espacio.
Una mayor rigidez en los tetaedros dispuesto de la forma, se permite a la union propuesta del campo, de tal manera que esta sea armable y desarmable, a partir de nudos y tensores que se intersectan entre si en el campo de Abstracción.
Estudio de Antecedentes Normativos
Recopilación OGUC: Titulo IV
Capitulo 2:De las condiciones generales de seguridad
Disposiciones Generales
Artículo 4.2.1. Las disposiciones de este Capítulo tendrán el siguiente ámbito de aplicación:
1. Áreas de uso común de edificaciones colectivas.
2. Áreas destinadas al público en edificios de uso público.
Artículo 4.2.2. Para solicitar autorización de cambio de destino de una edificación, se contemplen o no obras de construcción, deberá adjuntarse un informe suscrito por profesional competente que acredite el cumplimiento de las disposiciones de este Capítulo aplicables al nuevo destino, salvo que se trate de edificaciones cuya carga de ocupación sea inferior a 30 personas, en cuyo caso dichas disposiciones no serán aplicables.}
Artículo 4.2.3. El dimensionamiento de las vías de evacuación de una edificación se basará en la carga de ocupación correspondiente a la superficie servida por dichas vías.
Cargas De Ocupación
Artículo 4.2.4. La superficie de la edificación o del sector de ella, se considerará ocupada por personas para la determinación de la carga de ocupación. En edificios cuyo destino no sea residencial u oficinas, cuando se contemple un número fijo de ocupantes, podrán descontarse de la carga de ocupación aplicable a las salidas comunes aquellos recintos que tendrán una ocupación no simultánea, tales como auditorios o laboratorios en establecimientos educacionales, o salas de reunión o casinos en establecimientos industriales.
- En locales con asientos fijos se tomará el número de asientos. En aposentadurías corridas se considerará 0,45 m por persona.
- En caso de edificaciones con dos o más destinos se calculará la carga de ocupación correspondiente a cada sector según su destino. Cuando en un mismo sector se contemplen usos alternados deberá considerarse la carga de ocupación más exigente.
Artículo 4.2.5. El ancho mínimo de cualquier sección de una vía de evacuación se determinará en base a la carga de ocupación de la superficie que sirve dicha sección. En el piso de salida de edificaciones de dos o más pisos se considerará como superficie servida la ubicada hasta en el nivel superior o inferior adyacente a dicho piso, sin incluir la superficie de los demás pisos. En caso de convergencia de un piso superior y uno inferior en un piso intermedio de salida, el ancho de la salida debe calcularse sumando el número de ocupantes de los pisos superior e inferior.
- Se exceptúan de lo indicado en este artículo las escaleras, cuyo ancho mínimo será determinado conforme al artículo 4.2.10.
- Las vías de evacuación pueden tener ancho variable siempre que se cumplan los anchos mínimos para cada tramo de ellas.
- Cuando se contemplen dos o más vías de salida, la superficie servida por dichas vías se dividirá según el número de salidas.
Alturas Mínimas
Artículo 4.2.6. La altura mínima libre interior de las vías de evacuación será de 2,05 m medidos verticalmente en obra terminada desde el piso hasta la proyección más cercana del cielo, vigas u otros elementos salientes, salvo en el caso de las escaleras, en que la altura mínima se medirá trazando un arco de 1,80 m de radio desde la nariz de las gradas.
- En los vanos de puertas se admitirá una altura libre mínima de 2 m.
Barandas
Artículo 4.2.7. Todas las aberturas de pisos, mezaninas, costados abiertos de escaleras, descansos, pasarelas, rampas, balcones, terrazas, y ventanas de edificios que se encuentren a una altura superior a 1m por sobre el suelo adyacente, deberán estar provistas de barandas o antepechos de solidez suficiente para evitar la caída fortuita de personas.
- Dichas barandas o antepechos tendrán una altura no inferior a 0,95 m, medido desde el nivel de piso interior terminado y deberán resistir una sobrecarga horizontal, en el caso de áreas de uso común en edificios de uso público en que dicha resistencia no podrá ser inferior a 100 kilos por metro lineal.
- En los tramos inclinados de escaleras se admitirá una altura mínima de baranda de 0,85 m, medida desde la nariz de los peldaños.
- En los sectores accesibles para personas con discapacidad, cuando la altura del piso sobre el suelo adyacente sea de entre 0,30 m y 1 m, se deberá disponer un borde resistente de una altura no inferior a 0,30 m, precedido de un cambio de textura en el pavimento a 0,50 m del borde.
Vías de Evacuación
Artículo 4.2.9. Las áreas externas de una edificación, tales como patios, plazoletas, atrios o similares, susceptibles de ser ocupadas por personas, deben estar provistas de vías de evacuación conforme a este Capítulo.
- La carga de ocupación del área externa será determinada por el arquitecto del proyecto según los usos estimados para dicha área.
- Cuando la salida de un área externa sea a través de una edificación, el número de ocupantes de dicha área debe ser considerado en el diseño de las vías de evacuación de la edificación.
Escaleras
Artículo 4.2.10. La cantidad y ancho mínimo requerido para las escaleras que forman parte de una vía de evacuación, conforme a la carga de ocupación del área servida, será la que señala la siguiente tabla:
- Cuando se requieran dos o más escaleras, éstas deberán disponerse de manera tal que en cada piso constituyan vías de evacuación alternativas, independientes y aisladas entre sí.
Artículo 4.2.11. Las escaleras de evacuación deben consultar pasamanos en un costado a lo menos y cumplir además los siguientes requerimientos:
- En los tramos inclinados el pasamanos debe ubicarse a una altura de entre 0,85 m y 1,05 m y en los descansos o vestíbulos a una altura de entre 0,95 m y 1,05 m.
- Los peldaños tendrán un ancho de huella no inferior a 0,28 m en proyección horizontal y una altura de contrahuella no mayor a 0,18 m ni menor a 0,13 m.
- En las escaleras que forman parte de una zona vertical de seguridad los tramos deben ser rectos y las huellas de los peldaños y descansos deben ser antideslizantes.
Artículo 4.2.12. Las escaleras interiores de evacuación terminarán en el piso de salida del edificio en un vestíbulo, galería o pasillo de un ancho mínimo de 1,80 m, el cual debe mantenerse hasta un espacio exterior comunicado a la vía pública. La distancia máxima desde la primera grada de la escalera hasta dicho espacio exterior no será mayor de 20 m.
Artículo 4.2.14. En los pisos destinados a estacionamientos, bodegas e instalaciones de servicio del edificio, la distancia máxima desde cualquier punto del área de uso común hasta la escalera más cercana no será superior a 60 m.
Pasillos
Artículo 4.2.17. Cuando los pasillos de un edificio queden en situación de fondo de saco con respecto a la escalera de evacuación, las puertas de acceso a las unidades no podrán ubicarse a una distancia superior a 10 m respecto de la escalera.
Artículo 4.2.18. Los pasillos tendrán un ancho libre mínimo de medio centímetro por persona, calculado conforme a la carga de ocupación de la superficie servida, con un ancho mínimo de 1,10 m.
- Cuando se trate de ocupaciones menores de 50 personas, o en caso de pisos subterráneos destinados a estacionamientos, bodegas o instalaciones de servicio, el ancho mínimo será de 1,10 m.
Artículo 4.2.19. Los pasillos o galerías que formen parte de una vía de evacuación carecerán de obstáculos en el ancho requerido, salvo que se trate de elementos de seguridad ubicados en las paredes que no reduzcan en más de 0,15 m el ancho
Rampas
Artículo 4.2.20. Las rampas previstas como recorrido de evacuación se asimilarán a los pasillos en el dimensionamiento de su ancho y tendrán una pendiente máxima de 12%, sin perjuicio del cumplimiento.
Puertas de Escape
Artículo 4.2.22. Las puertas de escape deben ser fácilmente reconocibles como tales. En ningún caso podrán estar cubiertas con materiales reflectantes o decoraciones que disimulen su ubicación.
Artículo 4.2.23. El ancho mínimo requerido conforme al artículo 4.2.5. de este mismo Capítulo debe cumplirse, en el caso de las puertas, sumando los anchos libres de salida de cada una. Dicha medida no podrá ser inferior al ancho mínimo requerido para los pasillos que sirven a las puertas.
Artículo 4.2.24. Las puertas de escape tendrán un ancho nominal de hoja no menor a 0,85 m y un alto no menor de 2 m.
- El ancho libre de salida, en ningún caso, podrá ser menor a 0,80 m, y el espesor horizontal del umbral de la puerta o vano de escape no podrá ser mayor a 0,60 m.
- En el piso de salida del edificio, la puerta de salida de la escalera de evacuación tendrá un ancho nominal de hoja no menor a 0,90 m.
Artículo 4.2.25. Las puertas de acceso a una escalera de evacuación no pueden obstruir, durante su apertura, más de un tercio del ancho libre requerido para la escalera.
Artículo 4.2.26. Las puertas de escape deben abrir en el sentido de la evacuación siempre que el área que sirvan tenga una carga de ocupación superior a 50 personas.
Artículo 4.2.27. Las puertas de escape deben abrir desde el interior sin la utilización de llaves o mecanismos que requieran algún esfuerzo o conocimiento especial.
Señalización
Artículo 4.2.29. Todas las vías de evacuación y sus accesos deben identificarse mediante señales de gráfica adecuada.
Capitulo 7:Teatros y otros locales de reuniones
Artículo 4.7.1. Los edificios destinados a teatros, salas de audiciones musicales y salas de exhibiciones cinematográficas, comprendidas todas ellas bajo la denominación genérica de teatros y otras salas destinadas a reuniones públicas, deben cumplir los requisitos siguientes:
- Los locales con cabida superior a 1.000 personas deben tener acceso a dos calles de ancho no inferior a 12 m o bien a una calle de ancho no inferior a 12 m y a un espacio libre que comunique directamente con una calle y que tenga un ancho superior a 3 m
- Los locales con cabida mayor de 500 y menor de 1.000 personas deben tener un acceso principal directamente a una calle y, además, uno de sus costados, con acceso directo a calle por medio de un espacio libre o patio de un ancho no menor de 2,60 m. Podrá aceptarse el acceso a una sola calle cuando el eje principal de la sala de espectáculos sea paralelo a aquélla y ninguna localidad (asiento de una sala de espectáculos) diste más de 25 m de la puerta de salida a dicha calle.
- Los locales con cabida inferior a 500 personas deben tener su acceso principal directamente a una calle o a un espacio libre de ancho no menor de 9 m.
- Los anchos fijados para los patios, pasillos y otros espacios libres se medirán entre paramentos de columnas u otros elementos salientes de la construcción.
Artículo 4.7.2. Los espacios libres o patios laterales a que se refiere el artículo anterior podrán tener un ancho constante en toda su longitud o tener un ancho creciente, conservándose el ancho medio indicado.
Artículo 4.7.3. Los edificios a que se refiere el presente Capítulo deben construirse cumpliendo las respectivas exigencias establecidas en la presente Ordenanza.
- Estos edificios deberán construirse de las clases A o B que establece el artículo 5.3.1. de esta Ordenanza, cuando su cabida total sea superior a 1.000 personas, o cuando las aposentadurías para personas comprendan más de un piso principal y un balcón o galería.
- En los edificios a que se refiere este capítulo se deberán consultar áreas para personas en sillas de ruedas equivalentes como mínimo al 1% de las localidades accesibles por ellas.
Artículo 4.7.4. Los locales o salas destinadas a los usos a que se refiere el presente Capítulo deberán estar totalmente rodeados de muros cortafuego.
Artículo 4.7.5. Los teatros que no tengan su sala principal en primer piso deberán cumplir los requisitos siguientes:
- El edificio debe construirse en su totalidad de las clases A o B de la presente Ordenanza.
- Los vestíbulos, pasadizos y escaleras que conduzcan a las salas de espectáculos y demás destinadas al público deben ser independientes de los locales situados en primer piso.
- No podrán consultarse recintos bajo o encima del ocupado por la sala del teatro, que puedan destinarse a depósito o para la venta de productos o materiales inflamables, o que puedan originar incendios.
- Las escaleras que den acceso a los recintos del piso principal del teatro serán de tramos rectos separados por descansos y tendrán un ancho no inferior a 2 m. No habrá más de 16 gradas por tramo y la altura de éstas no será mayor de 0,16 m y el ancho no inferior a 0,30 m, debiendo mantenerse la condición: 2 h + a = 0,62 m si se adoptaren cifras distintas de esos límites.5. El ancho total de los pasillos o zaguanes de salida, así como el de las puertas de acceso a los recintos para el público, será equivalente a 1 m por cada 125 espectadores que puedan transitar por ellos.
Artículo 4.7.6. La capacidad volumétrica de los locales destinados a los espectadores no será inferior a 3 m3 por persona, debiendo, en todo caso, establecerse la ventilación de manera que se aseguren las condiciones higiénicas que prescriban las normas oficiales correspondientes.
Artículo 4.7.7. Los escenarios y los camarines de los artistas tendrán acceso independiente al de los espectadores. No se permitirá otra comunicación que la boca del escenario entre aquellos recintos y la sala de espectáculos.
Artículo 4.7.8. Los camarines de los artistas no tendrán menos de 4 m2 por persona; podrán alumbrarse y ventilarse artificialmente, y estarán provistos de servicios higiénicos completos y separados para ambos sexos.
Artículo 4.7.9. La autoridad municipal podrá hacer instalar, por cuenta del propietario, grifos contra incendio en la acera contigua al teatro o sala de reuniones de cabida superior a 300 personas. Estos grifos se ubicarán a una distancia aproximada de 50m de la puerta principal del edificio.
Artículo 4.7.10. Los locales destinados a talleres y habitaciones de cuidadores deberán contar con accesos independientes a los de los espectadores.
Artículo 4.7.11. En la techumbre del escenario se dispondrán claraboyas de cierre hermético, que puedan abrirse o romperse en caso de incendio. Estas claraboyas tendrán una superficie equivalente a 1/10 del área de dicho local.
Artículo 4.7.12. Los teatros y salas de reunión estarán dotados de doble instalación de luz; una especial de seguridad, destinada a la sala de espectáculos, vestíbulos, corredores, pasillos y puertas de escape, que se establecerá con artefactos protegidos y de manera que no quede expuesta a interrupciones por ninguna causa de origen interno; y la instalación general, que deberá funcionar independientemente de la anterior, de acuerdo con la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.
Artículo 4.7.14. El ancho de los pasillos, puertas interiores, corredores, escaleras, puertas de calle y demás pasos y salidas, ubicados en el trayecto que deben seguir las personas al desalojar un teatro o sala de reuniones, se determinará a razón de 1 m por cada 125 personas que por ellos deban pasar, de acuerdo con la cabida correspondiente.
- Las puertas exteriores del frente principal y las de acceso a las salas de espectáculos de los teatros, cualquiera que sea su cabida, tendrán un ancho no inferior a 2 m y la suma total de sus anchos deberá cumplir con lo dispuesto en el inciso anterior.
Artículo 4.7.15. Las puertas de los locales destinados al público deberán abrirse hacia afuera y estar provistas de dispositivos de suspensión que permitan abrirlas o eliminarlas con toda rapidez en los casos de alarma.
Artículo 4.7.16. Las puertas laterales y de escape, y las de pasillos y vestíbulos que conduzcan a las escaleras, tendrán letreros luminosos sobre su dintel con la indicación de "Salida".
Artículo 4.7.17. Se establecerán escaleras o rampas independientes de la sala misma, para las aposentadurías superiores o inferiores, sean éstas balcones o galerías.
Artículo 4.7.18. Las escaleras deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Entregarán a vestíbulos que estén en comunicación directa con las aposentadurías que sirvan y serán de ancho libre no menor de 1,20 m.
- Serán de tramos rectos, separados por descansos de longitud no inferior a 1,20 m. Los descansos en los cambios de dirección no tendrán un largo inferior al ancho de la escalera.
- Cada tramo podrá tener hasta 16 gradas y cada una de éstas no tendrá más de 0,16 m de altura, ni ancho menor de 0,30 m.
- Cuando el ancho de la escalera sea superior a 3 m, se deberá agregar a los pasamanos laterales un doble pasamanos central que la divida en dos secciones paralelas.
- Las aposentadurías superiores o inferiores al primer piso, con cabida superior a 500 personas, deberán estar provistas de dos escaleras, ubicadas en lados opuestos.
- Las escaleras y cajas de escaleras que sirvan los locales destinados al público no podrán tener comunicación alguna con los subterráneos o pisos en el subsuelo del edificio.
Artículo 4.7.19. No podrá haber gradas o peldaños en el piso de la sala principal ni en el de los vestíbulos, pasillos y corredores ligados con ellos. Las diferencias de nivel se salvarán con planos inclinados de pendiente no mayor de 10%. Para rampas de más de 10m de desarrollo, la pendiente disminuirá proporcionalmente.
Artículo 4.7.20. No se permitirán pasillos, escaleras, corredores, o similares que puedan originar corrientes encontradas de tránsito, ni instalaciones de quioscos, mostradores, mamparas giratorias o no, o cualquiera otra instalación que entorpezca la fácil y rápida desocupación de los locales en casos de incendio o pánico.
Artículo 4.7.21. Los teatros, locales de espectáculos públicos y de reuniones, deberán tener en cada piso servicios higiénicos para ambos sexos, en la siguiente proporción, de acuerdo con su capacidad:
- Hasta 1.000 personas, un inodoro por cada 125 personas y un urinario por cada 70 personas.
- Sobre 1.000 y hasta 2.000 personas, un inodoro más por cada 250 personas y un urinario más por cada 125.
- Sobre 2.000 y hasta 3.000 personas, un inodoro más por cada 500 personas y un urinario más por cada 250.
- Sobre 3.000 personas, un inodoro más por cada 1.000 y un urinario más por cada 500 personas.
- Los camarines tendrán los servicios higiénicos que determine la Dirección de Obras Municipales.
- Habrá un lavamanos por cada inodoro independiente y cuando éstos estén agrupados en una sola unidad, habrá como mínimo un lavamanos por cada 4 inodoros. - Los teatros y otros locales de reuniones, deberán contar con un recinto independiente destinado a servicio higiénico para personas con discapacidad que permita el ingreso y circulación de una silla de ruedas y disponga de artefactos adecuados, debiendo agregarse un recinto más por cada 200 personas o fracción que exceda de esa cantidad.
Artículo 4.7.22. La disposición de los asientos para el público, en salas con cabida superior a 500 personas, deberá cumplir con las siguientes prescripciones:
- Los pasillos interiores de platea tendrán un ancho mínimo de 1,20 m en su punto más cercano al escenario. Este ancho se aumentará hacia los puntos de salida, en un mínimo de 0,025 m por cada metro de longitud de pasillo.
- Los pasillos de platea que sirvan asientos de un solo lado tendrán un ancho mínimo de 0,65 m en su punto más próximo al escenario. Este ancho se aumentará hacia los puntos de salida en un mínimo de 0,015 m por cada metro de
longitud del pasillo.
- La distancia mínima entre respaldo y respaldo de los asientos de platea será de 0,90 m y 1,00 m para los de funciones rotativas.
- Las butacas tendrán los asientos plegables y un ancho libre entre brazos no inferior a 0,45 m.
- No podrán ubicarse más de 18 asientos en una fila de platea entre dos pasillos, ni más de 14 en los balcones o galerías.
- No podrán disponerse más de 9 asientos por fila con acceso a un solo pasillo de platea, ni más de 7 en los balcones o galerías.
- La altura mínima entre el piso y el cielo, medida en el eje del asiento más alto, no será inferior a 2,50 m.
- La distancia horizontal entre el muro de boca y el asiento más próximo, destinado a los espectadores, no podrá ser inferior a 6 m en los teatros de representaciones, ni a 5 m en las salas de audiciones musicales o exhibiciones cinematográficas y otras salas de reunión. La distancia de la pantalla en las exhibiciones cinematográficas al espectador más próximo será de 10 m como mínimo.
Artículo 4.7.23. Las salas destinadas a los espectadores estarán provistas de dispositivos eficaces o de instalaciones mecánicas de ventilaciones y de calefacción, proyectadas en consideración a las condiciones climáticas locales.
Artículo 4.7.24. Las cabinas de cinematógrafos deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Tendrán un cubo interior de 20 m3 a lo menos por cada aparato proyector.
- Estarán provistas de medios adecuados para extinguir el incendio de películas.
- Tendrán una sola puerta de acceso, que abrirá hacia afuera y que cerrará en forma hermética.
- Las aperturas indispensables irán provistas de obturadores de cierre hermético.
- El acceso debe hacerse desde el exterior de la sala.
- Tendrán ventilación directa al exterior enteramente aislada de la sala.
- Estarán dotadas de una caja para guardar películas, de cierre hermético.
- Estarán dotadas de un servicio higiénico para el o los operadores.
Artículo 4.7.25. Ningún teatro, sala de baile o de reunión podrá abrirse al uso público sin la inspección y aprobación previas de la construcción del edificio como de sus instalaciones eléctricas, de calefacción, de higiene y otras, por la Dirección de Obras Municipales.
PROYECTO
Estación superior ascensor Espíritu Santo, Cerro Bellavista
Antecedentes
Levantamiento Cartográfico (AVANCES)
Emplazado en la extension del Cerro Bellavista, nos ubicamos específicamente en la Estación superior del Ascensor Espiritu Santo, Inagurado el 24 de Diciembre de 1911,conexion entre el plan de Valparaiso y el Cerro. En el 2016 se da inicio a su restauracion de la infraestructura como resultado el ascensor que hoy en dia se presenta. Se impulsa producto de un proyecto en busqueda de rebitalizar ciertos ascensores del valparaiso,con el objetivo de rescatar y otorgarles un nuevo ciclo de vida util a lo que es e su servicio a la comunidad, sus relaciones Urbanas y características Patrimoniales.
Croquis del lugar
- Vicente Fernandez C.
- Camila López C.
- Carolina Olivares R.
Áreas de Influencia
Las áreas de influencia tienen relación con las dinámicas de movilidad propias del sector, donde el transeúnte posee una clara prioridad en el tejido urbano; apareciendo diversas instancias pensadas al transito de a pie, con intervenciones culturales y de servicio que confluyen a nuestra propuesta, corroborando una vocación peatonal y pública.
Espacialidad
- Accesos:
Se presenta el Ascensor espíritu santo próximo al terreno elegido que permite el acceso desde el plan de Valparaíso a la estación superior en la que nos encontramos. En estos momentos el ascensor se encuentra sin funcionamiento. Un único acceso vehicular por la calle Rudolph y accesos peatonales desde Pasteur y Guimera que permiten conectar el plan con la Estación y esta con los cerros vecinos y colindantes a esta.
- Transportes
Una de las formas de llegar directamente a la estación es a través del Ascensor, pero este como se encuentra inactivo, la única forma de llegar es de forma particular, en vehículo o caminando.
Equipamiento Urbano
Asoleamiento
PDF: Archivo:SunEarthTools SunPath 1638903583796 (2).pdf
El asolamiento del proyecto, responde a la orientación marina de la ladera del cerro bellavista, la cual cuida el espacio de la radiación solar directa en el transcurso de la mañana, y durante la jornada queda expuesta al sol directo de media tarde (esto según corresponda a la época del año), lo cual da la posibilidad de observar todos los día el ocaso en el horizonte marino; esta dinámica de asolamiento favorece una permanecía en el lugar de manera distendida y expuesta durante la mañana y adentrada la tarde. En el caso de una radiación solar intensa, se dificulta el permanecer en el lapso correspondiente entre las12-16 Hrs, en especial durante el verano, debido al pavimento de piedra obsucura que absorbe e irradia fuertemente la radiación solar, sumado a la carencia de elementos que permitan dar resguardo en sombra a la incidencia del sol perpendicular al suelo.
Cualidades Acústicas
A partir del trabajo de medición de dB en el espacio y la experiencia propia encontrada en distintos días y distintos horarios del día, se presenta como un espacio dentro de parámetros tranquilos en lo que son instancias comunes del día a día, mientras que, en días en lo que se realizan actividades, estos aumentan, a partir de la espacialidad dispuesta del lugar en el que los inmuebles permiten el resguardo de la acústica y del ambiente que se presenta. Por lo que el lugar existente permiten amplificar y retener el sonido en el espacio, sin tener repercusiones en el ambiente por la abertura de esta.
La influencia del Publico
- Rango Etario
A partir de entrevistas realizadas en los alrededores del sitio y en la comunidad presente, esta menciona un gran crecimiento en lo que es una población joven y estudiantil, a partir de que, muchos de los inmuebles ubicados en este lugar se están volviendo residencias estudiantiles, para los jóvenes que se trasladan a las universidades cercanas al plan.
ERE Proyecto
ERE Grupal N°1
ERE Grupal N°2
ERE Final
Algoritmo Programa Arquitectónico
- Primera Propuesta
- Segunda Propuesta
- PROPUESTA FINAL
Cuadro Programa Arquitectónico
Planimetría
Croquis Obra Habitada
Vista a vuelo de pájaro
Vista exterior
Vista Interior
- Vicente Fernandez C.
- Camila López C.
- Carolina Olivares O.